Diferencias entre el Trust Anglosajón y el Fideicomiso Mexicano

Por Juan Pablo Juárez Serdio
Amicorp México / Coautor Mauricio Cano del Valle

Si bien el Fideicomiso Mexicano y el Trust Anglosajón son figuras similares en cuanto a sus fines, tienen elementos distintivos que de no ser identificados podrían causar la nulidad o invalidez del acto.

 

INTRODUCCIÓN

El fideicomiso ha formado parte de nuestro ordenamiento jurídico desde principios del siglo XX. La intención del legislador en introducir esta figura fue la de adaptar un vehículo extranjero que había demostrado mucha versatilidad en el manejo de inversiones y negocios. El vehículo que originalmente sirvió de referencia para el fideicomiso en México fue el Trust Anglosajón. En sus inicios el fideicomiso pudo haber sido similar al Trust, sin embargo, con el paso del tiempo y el desarrollo de cada figura en sus respectivos sistemas jurídicos, se ha creado una considerable diferencia entre ellas. A diferencia de nuestro sistema jurídico donde la ley es la principal fuente de derecho, en el sistema anglosajón los precedentes (sentencias emitidas por las Cortes donde se establece un principio o regla que otros juzgadores pueden utilizar para resolver asuntos con hechos similares), se pueden considerar como una fuente de derecho con el mismo o mayor valor que la ley. Es la intención de este artículo señalar algunas de las diferencias que hacen del Fideicomiso y del Trust figuras jurídicas distintas.

 

EL TRUST ANGLOSAJÓN NATURALEZA JURÍDICA

 En la doctrina angolsajona la naturaleza jurídica del Trust se ha debatido considerablemente tanto por los juristas como por el sistema judicial. Derivado de este continuo análisis se ha llegado a la conclusión, definiendo lo que no es, que el Trust es un vehículo sui generis y se debe estudiar, interpretar y aplicar por sus propios principios, reglas y precedentes. El Trust no es un contrato pues una vez celebrado el acto una de las partes (Settlor) pierde toda facultad de solicitar a la otra parte (Trustee) el cumplimiento del mismo. Dicha facultad la adquiere un tercero (Beneficiario) que formalmente no participa en el acto. Se puede dar el caso que el Settlor se reserve expresamente facultades, pero estos casos son las excepciones y no la norma.

 

Por otra parte, para efectos del sistema anglosajón, al celebrarse un Trust el Settlor transmite la propiedad sobre los bienes y derechos al Trustee. El Trustee, como titular de los bienes aportados es responsable de su defensa frente a terceros. Los Beneficiarios, en cambio, no tienen derechos en relación con la propiedad, sino un derecho personal (acción ante la corte para exigir el actuar del Trustee) frente al Trustee. Un elemento relevante de esta figura es que tanto personas físicas como personas morales pueden ser Settlor, Trustee o Beneficiario. Inclusive pueden ocupar uno o dos de los papeles al mismo tiempo (una persona física puede ser Settlor y Beneficiario o Settlor y Trustee). Lo único que no es posible es que los tres papeles se encuentren depositados en la misma persona.

 

ELEMENTOS DE EXISTENCIA

 Para determinar si un Trust ha sido constituido de manera válida, el sistema ingles se apega a las Tres Certezas introducidas por el caso Knight vs Knight de 1840. Estas Tres Certezas estipulan el contenido mínimo que un Trust deberá cumplir para considerarse como válido. Primera Certeza: Intención. El autor del Trust no debe dejar la menor duda que su intención es transmitir un patrimonio a un tercero (Trustee) para que este lo administre en beneficio de un tercero (Beneficiario). Segunda Certeza: Materia Sustantiva. Los elementos o el patrimonio aportado a un Trust debe ser identificable y determinado en todo momento. La ambigüedad en la designación del patrimonio podría causar que el Trust sea invalido. Tercera Certeza: Objetivo. Es necesario que en el acto de creación del Trust se mencione el objetivo a recibir el beneficio, para efectos del sistema anglosajón los Beneficiarios son denominados como tales ya que son la causa y razón detrás de la administración de los bienes por parte del Trustee. Es necesario que en todo momento se pueda determinar si una persona es o no es miembro de una clase de beneficiarios. Si esto no es posible, entonces el Trust será invalido.

 

PROPIEDAD DEL PATRIMONIO

La naturaleza y alcance de la titularidad del patrimonio aportado ha sido analizado a detalle por parte de las cortes en el sistema Anglosajón. Según dicho sistema, uno de los elementos necesarios para que se constituya válidamente un Trust es que el Trustee tenga la titularidad sobre el patrimonio. Asi las cosas, el Trustee tiene un derecho real sobre los bienes y titularidad de los derechos aportados. En el sistema anglosajón un Trust puede ser revocable o irrevocable. Sin embargo, esta condición no afecta el derecho que tiene el Trustee. Un Trust revocable le confiere al Settlor la facultad de solicitar que el patrimonio aportado le sea devuelto. Al ejercer este derecho personalisimo el Trustee le devuelve la propiedad aportada únicamente. Cualquier accesorio que se haya generado durante la vida del Trust se deberá transmitir a los beneficiarios del mismo conforme a las reglas de distribución que se hubiesen impuesto en el documento.

EL FIDEICOMISO MEXICANO NATURALEZA JURIDICA

A pesar de que el Fideicomiso tiene más de cien años de haberse introducido en nuestro ordenamiento jurídico, ni la legislación, ni la doctrina parecen haber llegado a un consenso en cuanto a su naturaleza jurídica. Originalmente, se ideó al fideicomiso como un mandato irrevocable o un patrimonio sujeto a una afectación. Estas dos teorías surgieron de la interpretación por parte de dos juristas sobre el Trust Anglosajón y cómo propusieron adoptarlo en un sistema de corte civilista como México. Actualmente, se ha planteado que el fideicomiso puede ser un contrato, declaración unilateral de la voluntad, estipulación a favor de terceros, negocio jurídico o un negocio fiduciario. Cada teoría invariablemente tiene sus méritos y sus defectos. Lo cierto es que nuestra legislación en materia de fideicomisos no aclara esta situación.

 

ELEMENTOS DE EXISTENCIA

Como elementos esenciales del Fideicomiso por una parte tenemos a las partes que deben estar presentes al celebrarse el acto. El Fideicomitente es necesario toda vez que es el dueño original del patrimonio (bienes o derechos) y por su actividad los transmite a la institución fiduciaria al mismo tiempo que le impone el encargo que deberá cumplir con dichos bienes. Por su parte el fiduciario es necesario toda vez que es el receptor de dicha transmisión de bienes y derechos así como es el encargado de cumplir con los fines impuestos por el fideicomitente. El patrimonio fideicomitido es sin duda uno de los elementos centrales de este acto. La ley no concibe un fideicomiso sin patrimonio. De igual forma, el concepto de patrimonio fideicomitido es bastante amplio ya que se pueden incluir bienes (muebles o inmuebles) o derechos. La única limitación serían los bienes o derechos que el fideicomitente no pueda transmitir por su propia naturaleza (ej. Derechos personalisimos). La ley exige que el fideicomitente determine en el acto de creación del fideicomiso un fin licito y determinado y encargue su cumplimiento a la Institución fiduciaria. Si el fideicomitente no menciona fin alguno no habría fideicomiso y solamente estaríamos enfrente de una transmisión de la propiedad

PROPIEDAD DEL PATRIMONIO

El tema de la titularidad de los bienes y derechos aportados a un fideicomiso sigue causando polémica y debate entre la doctrina. Si bien la legislación vigente al momento establece que para que exista fideicomiso el fideicomitente debe transmitir la propiedad de ciertos bienes o derechos a la institución fiduciaria, es común encontrarse con doctrinarios que sostienen que no es una transmisión sino una afectación del patrimonio. Adicionalmente nuestro ordenamiento jurídico establece que un fideicomiso puede ser revocable/irrevocable o reversible/irreversible. La primera condición se refiere al acto jurídico mientras que la segunda se refiere al patrimonio fideicomitido. Un fideicomiso revocable le permite al fideicomitente terminar con el fideicomiso y que todos los bienes y derechos le sean regresados a su patrimonio incluyendo los bienes accesorios que con el tiempo se hayan generado. Por otra parte la reversibilidad se refiere únicamente al patrimonio afectado y le permite al fideicomitente solicitar al Fiduciario que le devuelva a su patrimonio alguno de los bienes contribuidos. Derivado de esto, se pueden tener fideicomisos irrevocables pero con patrimonio reversible o irreversible. Sin embargo, no se podría tener un fideicomiso revocable con patrimonio irreversible.

 

CONCLUSIÓN

Del análisis de estos tres elementos (naturaleza jurídica, elementos esenciales y propiedad del patrimonio aportado) se puede concluir que si bien el Fideicomiso Mexicano y el Trust Anglosajón son figuras similares en cuanto a sus fines, tienen elementos distintivos que de no ser identificados podrían causar la nulidad o invalidez del acto. A manera de ejemplo está el nombramiento de beneficiarios (fideicomisarios en nuestro sistema legal). En un Trust el nombrar beneficiarios es una condición sine qua non para la existencia del acto, mientras que en el Fideicomiso el acto tiene validez tan solo con la determinación de un fin lícito para el patrimonio aportado. Al mismo tiempo, el evitar conceptualizar al Trust y al Fideicomiso como figuras idénticas nos permitirá entender cómo otras jurisdicciones han resuelto varios de los problemas a los que se puede enfrentar un Fiduciario y con ello buscar su correcta aplicación dentro del marco de nuestro sistema legal.

Defendiendo a Panamá: Nuestro Derecho de Ofrecer Servicios Necesarios a la Comunidad Internacional

Por Antonio Jenkins-Lara 

Panamá está por primera vez en los titulares de todos los periódicos internacionales y los comentaristas de casi todos los países están contribuyendo a que aumente la desinformación financiera. La creación y administración de compañías offshore es un servicio que ha sido el pilar de la eficiencia tributaria de todos los servicios financieros globales, al igual que de los megaproyectos alrededor del mundo. Desafortunadamente la comisión de un delito contra una firma de abogados panameña facilitó la divulgación no autorizada de información confidencial de clientes de alto perfil de diferentes partes del mundo. El acceso, uso y reciente divulgación de información no debe ser motivo de celebración, ni siquiera cuando la misma se realizó en nombre de la libertad de prensa o el periodismo investigativo.

 

Introducción

Mucho se ha escrito sobre una variedad de conceptos y desafortunadamente gran parte de esta información es errónea y pareciera malintencionada. Entre los países hay algunos con hidrocarburos, otros con muchos minerales, otros con piedras preciosas y otros solamente cuentan con su posición geográfica o la legislación que han implementado. Los países que no cuentan con grandes cantidades de recursos naturales se han visto forzados a desarrollar su empleomanía y su economía con una industria sin humo que generalmente está basada en incentivos tributarios y de ahí el término de paraíso fiscal.

 

¿Qué es un paraíso fiscal?

Un paraíso fiscal es una jurisdicción cuyo gobierno ha decidido ofrecer incentivos fiscales para incentivar su economía. Contrario a lo que se cree, este concepto no significa una ausencia total de impuestos, pero más bien impuestos más bajos o condiciones comerciales más favorables en comparación con otras jurisdicciones. Expertos tributarios utilizan los llamados paraísos fiscales para sacar ventajas de sus leyes y cuando esta explotación se realiza cumpliendo con todas las normas establecidas se considera evitar impuestos, pero cuando se infringe la ley es evadir impuestos; el evitar el pago de impuestos es una profesión honorable y se enseña en todas las universidades, mientras que evadir impuestos es un delito en muchas jurisdicciones. Como evidencia de la legalidad del uso de un paraíso fiscal tenemos que se estima que las grandes empresas estadounidenses declaran mantener más de $1 trillón (18 ceros) en utilidades no repatriadas fuera de los EE.UU.! 

Este es el monto declarado y no considera los montos no declarados por empresas medianas o pequeñas, ni los recursos de las personas naturales que utilizas profesionales tributarios en su planificación tributaria familiar. Considerando la mala connotación que conlleva el término de paraíso fiscal, países como Panamá no quieren verse asociados con el mismo. Sin embargo, consideramos que Panamá es un paraíso fiscal al igual que lo son los Estados de Delaware, Nevada, Wyoming, Dakota del Sur y Florida en los Estados Unidos de América, y países como Singapur, Nueva Zelandia, Irlanda, la Isla del Hombre y Seychelles, entre decenas de jurisdicciones alrededor del mundo. Cada uno de estos territorios ha implementado de manera deliberada un marco regulatorio que resulta en impuestos bajos, facilita las transacciones que permiten atraer negocios del extranjero o el registro contable de transacciones offshore en el país o facilitan el registro o la incorporación de diferente tipos de entidades o las llamadas compañías offshore.

 

¿Qué es una compañía offshore?

Una compañía offshore es una entidad legal –corporación, sociedad civil, sociedad de responsabilidad limitada, fundación de interés privado, etc.– organizada bajo la legislación de un territorio, pero sus beneficiarios propietarios o dueños son de otro territorio. El uso que se le vaya a dar a la misma va a depender del tipo de entidad legal, los beneficios ofrecidos por ésta y el objetivo del potencial usuario. La industria de registro y administración de sociedades offshore se podría comparar con la fabricación de un arma de fuego –el proveedor de servicios la fábrica, pero no sabe ni tiene responsabilidad de lo que se va a hacer con la misma. Contrario a lo que se piensa, la venta de compañías offshore no se limita países pequeños o islas del Caribe, sino que incluyen jurisdicciones como Singapur, Nueva Zelandia y los EE.UU, entre otros países desarrollados.

 

¿Cuáles son los usos legítimos de una compañía offshore?

Independientemente del tipo de entidad legal offshore que se adquiera, planificadores financieros, estructuradores de megaproyectos y expertos tributarios, entre otros, analizan las bondades de cada uno de los paraísos fiscales y de las compañías offshore que ofrecen. Este análisis determinaría el tipo de compañía offshore más adecuado para lograr el uso legítimo deseado. 

Este es el monto declarado y no considera los montos no declarados por empresas medianas o pequeñas, ni los recursos de las personas naturales que utilizas profesionales tributarios en su planificación tributaria familiar. Considerando la mala connotación que conlleva el término de paraíso fiscal, países como Panamá no quieren verse asociados con el mismo. Sin embargo, consideramos que Panamá es un paraíso fiscal al igual que lo son los Estados de Delaware, Nevada, Wyoming, Dakota del Sur y Florida en los Estados Unidos de América, y países como Singapur, Nueva Zelandia, Irlanda, la Isla del Hombre y Seychelles, entre decenas de jurisdicciones alrededor del mundo. Cada uno de estos territorios ha implementado de manera deliberada un marco regulatorio que resulta en impuestos bajos, facilita las transacciones que permiten atraer negocios del extranjero o el registro contable de transacciones offshore en el país o facilitan el registro o la incorporación de diferente tipos de entidades o las llamadas compañías offshore.

 

¿Qué es una compañía offshore?

Una compañía offshore es una entidad legal –corporación, sociedad civil, sociedad de responsabilidad limitada, fundación de interés privado, etc.– organizada bajo la legislación de un territorio, pero sus beneficiarios propietarios o dueños son de otro territorio. El uso que se le vaya a dar a la misma va a depender del tipo de entidad legal, los beneficios ofrecidos por ésta y el objetivo del potencial usuario. La industria de registro y administración de sociedades offshore se podría comparar con la fabricación de un arma de fuego –el proveedor de servicios la fábrica, pero no sabe ni tiene responsabilidad de lo que se va a hacer con la misma. Contrario a lo que se piensa, la venta de compañías offshore no se limita países pequeños o islas del Caribe, sino que incluyen jurisdicciones como Singapur, Nueva Zelandia y los EE.UU, entre otros países desarrollados.

 

¿Cuáles son los usos legítimos de una compañía offshore?

Independientemente del tipo de entidad legal offshore que se adquiera, planificadores financieros, estructuradores de megaproyectos y expertos tributarios, entre otros, analizan las bondades de cada uno de los paraísos fiscales y de las compañías offshore que ofrecen. Este análisis determinaría el tipo de compañía offshore más adecuado para lograr el uso legítimo deseado. 

¿Es Panamá el único país que ofrece compañías offshore?

Contrario a lo que la prensa mal informada o mal intencionada quiere hacer ver, Panamá no es el único país que ofrece a la venta compañías offshore y ni siquiera es el que más compañías offshore venden. Muchos se sorprenderán al saber que uno de los países que más compañías offshore vende es EE.UU. Un panameño que compra una limited liability company (LLC) de Delaware, Wyoming, Dakota del Sur, Nevada o Florida está adquiriendo una compañía offshore de la misma manera como un francés compra una corporación de las Islas Vírgenes Británicas (BVI), y cada uno tiene el derecho a hacer lo que considere prudente con la entidad adquirida sin que esto signifique que el proveedor de la compañía offshore sea un cómplice en el uso de la entidad que vendió. Cada una de las jurisdicciones mencionadas ha creado el marco regulatorio para promocionar la venta de sus entidades legales, al igual que otros servicios conexos. En los EE.UU. la legislación tributaria estatal, al igual que la federal consideran que una LLC con un solo miembro –la llamada disregarded entity– tributa como tributaría ese único miembro y si éste es un extranjero sin obligación de tributar en los EE.UU., la entidad no tendría que tributar. La credibilidad y legitimización transaccional que trae consigo una compañía offshore de los EE.UU. son su mayor herramienta de mercadeo al punto que ni siquiera los requisitos de identificación impuestos por la llamada Ley FATCA han podido disminuir su atractivo y sigue incrementando la venta masiva de LLCs de los EE.UU. alrededor del mundo.

 

Es bien sabido que los EE.UU. es el destino final de todos los capitales mal habidos globalmente porque se legitimiza la tenencia de los mismos. El Volumen II del International Narcotics Control Strategy Report (INCSR) del 2016, publicado por el Departamento de Estado de los EE.UU., hace eco de esta aseveración al listar a EE.UU. como uno de los países en donde mayor lavado de dinero existe –country of primary concern! El uso de una LLC que no tributa facilita la apertura de cuentas globalmente, la administración de capitales de dudosa procedencia y la eventual entrada de recursos financieros a los EE.UU.. El envío de dineros a los EE.UU. podría ser en busca de seguridad jurídica, legitimización de depósitos e inversiones bancarias y financieras o para adquirir diferentes tipos de activos. Recientemente el Financial Crimes Enforcement Network (FinCEN) –la entidad estadounidense responsable de administrar la lucha contra el lavado de dinero– divulgó un incremento sustancial en el número de extranjeros que estaban comprando bienes raíces en ciudades como Nueva York y Florida en transacciones sin crédito hipotecario y en donde existía una cadena de entidades offshore como propietarios, sin que se divulgara la identidad del beneficiario final. Estructuradores de transacciones seleccionan la jurisdicción y el proveedor de servicios que les ofrece mayores ventajas para lograr su objetivo.

¿Qué servicios ofrecen los proveedores de compañías offshore?

De la misma manera como cada jurisdicción podría ofrecer diferentes tipos de vehículos legales e incentivos tributarios, así mismo diferentes proveedores de compañías offshore podrían ofrecer diferentes servicios de valor agregado para llenar las expectativas de su clientela. Entre los servicios más comunes está la venta de diferentes tipos de entidades utilizando los directores nominales provistos por el proveedor de servicios. Igualmente se ofrece la apertura de cuentas bancarias y la ejecución de estructuraciones financieras creadas fuera del país. La planificación financiera o tributaria internacional generalmente se realiza fuera del país en donde opera el proveedor de servicios y éste se limita a ejecutar lo diseñado con entidades legales que vende a grandes firmas de abogados e instituciones financieras globales. Las grandes firmas de abogados en Nueva York, Los Ángeles, Chicago, Miami y Houston, al igual que los llamados guardianes del portón grandes –gatekeepers– son los verdaderos expertos en las transacciones estructuradas que son parte integral de actividades delictivas.

¿Qué están haciendo los gobiernos y los organismos multilaterales para controlar las compañías offshore?

Los gobiernos y los organismos multilaterales están haciendo absolutamente nada para controlar las compañías offshore porque están conscientes de los beneficios que vienen con el uso legítimo de las mismas; prueba de esto es que ninguna entidad financiera multilateral o banca de desarrollo nacional o regional rechaza un crédito porque se utilizan compañías offshore. La implementación de regulaciones de conozca al cliente, debida diligencia, requisitos especiales para PEPs y ampliación de los sujetos regulados hacen muy poco si no existe el compromiso de prevenir el uso indebido de los servicios y entidades legales, y no se capacita debidamente y de manera integrada a los auditores tributarios y bancarios que realizan las labores del día a día. Esta capacitación y el uso de las herramientas tecnológicas adecuadas deben formar parte de una estrategia integrada a nivel nacional para prevenir los delitos financieros y el uso indebido de los servicios que se ofrecen.

¿Por qué la violación de la privacidad de los clientes que tienen compañías offshore?

Si bien es cierto que el público tiene derecho a saber de la existencia de actos ilegales y otras irregularidades que cometen los funcionarios públicos o cualquier individuo, también es cierto que hay límites en cuanto a los medios utilizados en la obtención de la información. La información robada a la firma de abogados Mossack Fonseca y compartida inicialmente por el periódico alemán Süddeutsche

Zeitung y luego analizada y diseminada por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación podría representar una violación a la privacidad de las personas involucradas. De la misma manera como Julian Assange es un paria que ha visto sus movimientos limitados desde que divulgó públicamente información privilegiada robada por el exmilitar Chelsea Manning, y luego Edward Snowden que es buscado por la justicia de los EE.UU., el gobierno federal de los EE.UU. debe abrir una investigación para deslindar responsabilidades relacionadas con el acceso no autorizado y el uso de información robada, primordialmente si el análisis de la información robada ocurrió en territorio de los EE.UU.. A nuestro juicio el uso y comercialización de información obtenida ilegalmente –han aumentado las ventas de los medios de comunicación– es tan ilegal como comprar y utilizar la información de las tarjetas de crédito hurtadas de los sistemas J.P. Morgan o Target hace unos años, o la información de los contribuyentes robadas del gobierno federal de los EE.UU.

 

¿Análisis Comparativo de Paraísos Fiscales y de Requisitos de Incorporación?

Curiosamente la prensa internacional deja la percepción que cualquier persona, local o extranjero, llega a Panamá y compra una sociedad anónima y abre una cuenta bancaria tan fácil como comprar una camisa. Si bien es cierto que hay proveedores de servicios con las relaciones bancarias ya establecidas para abrir cuentas, también es cierto que el proceso de adquirir una compañía offshore en Panamá y abrir una cuenta bancaria es un proceso muchísimo más difícil que en los EE.UU. y en otras jurisdicciones. En muchas ocasiones se mantiene una total transparencia y se provee toda la documentación solicitada sin que esto garantice que se va a lograr el objetivo de abrir una cuenta bancaria. El cuadro que a continuación presentamos muestra de manera comparativa alguna de las variables relacionadas con compañías offshore de Panamá y EE.UU.

Con lo antes establecido no quiero dejar la impresión que en Panamá no existan proveedores de servicios que operan al margen de la ley o que fungen de manera inadvertida o deliberada como facilitadores de actividades ilegales. Igualmente, en Panamá existen instituciones bancarias y financieras que de manera sistemática están asistiendo a elementos criminales y a PEPs en su objetivo de colocar los fondos obtenidos de actividades ilícitas.

 

¿Es Mossack Fonseca el único o el mayor proveedor de compañías offshore?

La firma de abogados Mossack Fonseca ha sido crucificada en la prensa internacional sin considerar que esta firma es solamente un proveedor de un servicio legal y legítimo. Es más, esta firma de abogados no es el único proveedor de compañías offshore y ni siquiera el mayor proveedor de estos servicios en Panamá o alrededor del mundo. Independientemente de lo que se piense de la firma y sus servicios, ésta fue víctima de un acto criminal que se complica más aún porque la prensa disemina información tendenciosa y especulativa que mancha la imagen de Panamá. No existe comparación alguna entre el volumen de ingresos por servicios de incorporación de compañías offshore y de agentes registrados (equivalente al agente residente de Panamá) ofrecidos por entidades como CT Corporation, cuyo propietario es Wolters Kluwer, una entidad Holandesa con ingresos de más de $3.0 billones de euros o Worldwide Incorporators, una entidad estadounidense, y los volúmenes de entidades y de facturación que maneja Mossack Fonseca.

 

¿Hacia dónde debemos ir y que hoja de ruta debemos seguir?

Sabiendo que es más fácil escribirlo que hacerlo y más complicado aún si no existe una clara determinación de cumplir con los estándares internacionales para la prevención del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, consideramos que entre los pasos a seguir para esclarecer lo relacionado con los Papeles de Panamá, por diferentes organismos y entidades que luchan contra las actividades ilegales, son los siguientes

1. Investigar y procesar legalmente a los responsables relacionados con la manera como se obtuvo la información de la firma Mossack Fonseca y la legalidad relacionada con su uso y diseminación desde los EE.UU. El Departamento de Justicia de los EE.UU. sería el más prudente para esta investigación porque podría existir, como mínimo, una violación del Computer Fraud and Abuse Act (CFAA) 18 U.S. Code §1030 y del Wiretap Act (conocido como Title III). De no tomarse las medidas enérgicas, éste no será el último evento de este tipo en Panamá o en otras jurisdicciones, inclusive en los EE.UU.

2. Analizar la información para identificar personas buscadas por algún delito y teniendo presente el precepto legal del fruto del árbol envenenado que establece, salvo algunas excepciones limitadas, que al obtenerse la información de manera ilegal, su uso podría no ser admisible en un tribunal o como parte de un proceso judicial. Este análisis se podría realizar de manera independiente en cada jurisdicción o por organismos internacionales. Este análisis también debe incluir que asistencia han brindado los guardianes del portón –abogados, auditores y entidades financieras– a elementos criminales, siempre siguiendo el debido proceso y manteniendo el principio de presunción de inocencia.

3. Desarrollar una estrategia integrada a nivel de país para prevenir el uso indebido o el abuso de los servicios que ofrecen los diferentes proveedores de servicios legales, bancarios y financieros en Panamá. Considerando que esta industria sin humo provee el sustento para decenas de miles de panameños, esta estrategia debe tomar prioridad por parte del Ejecutivo. Por otro lado, la naturaleza crítica del tema exige que debe predominar la experiencia y la experticia sobre el amiguismo y el nepotismo. El producto final debe integrar la tecnología apropiada, capacitación y una campaña de diseminación de tipologías aunada a una campaña de mercadeo y promoción nacional, todo con los mecanismos de control y medición de resultados.

4. Revisar las leyes y regulaciones implementadas para identificar su coherencia operativa, al igual que para eliminar vulnerabilidades. La nueva Ley 23 que facilitó la salida de Panamá de la llamada Lista Gris del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), puede mejorarse sustancialmente sin que esto represente un atentado al centro financiero y los servicios que aquí se ofrecen.
Debemos tener claro que combatir los delitos, cumplir con nuestras obligaciones como ciudadanos del mundo y crecer nuestra economía de servicios no son alternativas mutuamente excluyentes.

5. Implementar enérgicamente medidas que tiendan a contrarrestar las influencias destructivas de gobiernos extranjeros u organismos multilaterales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Las medidas en mención deben estar basadas en datos fehacientes y estudios estadísticos que demuestren los servicios que Panamá ofrece y/o el daño que se le pudiera causar a la economía nacional. Igualmente se debe combatir la implementación selectiva de medidas de intercambio de información y la aplicación de dobles estándares dependiendo de la jurisdicción. Estados Unidos protege la privacidad de la información de sus ciudadanos y no acepta firmar el intercambio multilateral automático de la información tributaria de sus contribuyentes que exige la OCDE, sin que se le aplique ninguna medida punitiva. Por el contrario, la OCDE no quiere aceptar el intercambio bilateral de información tributaria propuesto por Panamá y que es similar a la medida con que se ha visto privilegiada EE.UU.

 

6. Fiscalizar constante y enérgicamente las transacciones de todos los sujetos regulados utilizando la tecnología apropiada y respetando los derechos a la privacidad de todos los individuos. Los resultados de las acciones de fiscalización deben ser publicadas y que las mismas sirvan para depurar el sistema financiero de Panamá de manera sistemática, sostenible y recurrente. Las medidas mencionadas representan un buen primer paso para darle cierre a problemas ya ocurridos como Los Papeles de Panamá y mitigar el riesgo que ocurran eventos similares en el futuro. Igualmente estas medidas servirían para identificar y depurar el sistema financiero de las malas manzanas y crear las bases para un centro financiero transparente con una industria de servicios aceptada globalmente.

Conclusión

Desafortunadamente el robo de información a una firma de abogados panameña ha resultado en la violación de la privacidad de muchas personas que hoy ven que sus riesgos personales y familiares han aumentado. Peor aún es que se quiera utilizar este delito de manera maliciosa y malintencionada para manchar la imagen de Panamá. El gobierno de los EE.UU. debe intervenir para enviar un mensaje claro que el hackeo como mecanismo de obtención de información y violación de la privacidad no serían toleradas en nombre de la libertad de prensa y el periodismo investigativo. La industria de servicios legales y financieros es crítica para la economía panameña y Panamá ha sido y será un aliado crítico de los EE.UU. por lo que la destrucción de nuestro sistema financiero repercutirá en la economía estadounidense. 

Controles para Prevenir el Lavado de Dinero en México

Por: Fernando Castrejón Hernández

Introducción

Como consecuencia de la globalización económica y de la rapidez con que operan los mercados de capitales, los particulares y las empresas pueden movilizar con relativa libertad grandes cantidades de dinero de un mercado financiero a otro, tanto a escala nacional como internacional, esta libertad ha permitido lavar dinero, obtenido de actividades ilícitas.

Aunque difícil de cuantificar, la magnitud y el alcance de la cuestión, repercuten en la asignación regular de los recursos a nivel nacional e internacional, y en la estabilidad macroeconómica. En los últimos años, el lavado de dinero y las medidas adoptadas para contrarrestarlo han aumentado su importancia.

En diferentes documentos oficiales de organismos internacionales se analiza el costo de las actividades internacionales de lavado de dinero para la economía mundial y se proponen posibles medidas correctivas. Por definición, el lavado de dinero es una actividad clandestina. El dinero “sucio” que pasa por las economías internacionales de capital procede de actividades que suelen escapar del control de las autoridades.

Estas actividades comprenden, entre otras, la producción y distribución ilegal de drogas, el robo, el fraude, las transacciones basadas en información privilegiada, el tráfico de indocumentados, el tráfico de armas, la prostitución etc. Aunque resulta imposible cuantificar con precisión absoluta, se estiman dichos beneficios a escala global en un billón 500 millones de dólares de los E.U.A., o lo que es lo mismo, aproximadamente un 5% del PIB mundial. Además, es probable que el volumen total del dinero lavado sea mayor que el PIB de muchos países. Según algunos especialistas, se observa una relación directa entre la evidencia empírica sobre lavado de dinero a gran escala y la actividad delictiva, según datos de Interpol, en el grupo de países industriales.

Dada la enorme cantidad de recursos vinculados a estas operaciones, han aparecido métodos cada vez más complejos para lavarlos.

Actualmente se utiliza una amplia gama de instrumentos financieros, que suele incluir a bancos y similares, corredores y agentes de mercados bursátiles y cambiarios.

El mayor volumen de dinero lícito que circula con relativa libertad por los mercados mundiales ha permitido que los recursos de origen dudoso se infiltren sin mayores problemas en este circuito, dificultando su detección.

Efectos macroeconómicos

Los datos disponibles parecen indicar que, en algunos países, esta actividad está lo suficientemente generalizada como para ejercer un marcado efecto sobre la macroeconomía. Por lo general, los que lavan dinero no buscan la tasa de rendimiento más alta, sino más bien la plaza o el tipo de inversión que más se preste al reciclaje del dinero obtenido por medios ilícitos, aun cuando ello signifique aceptar una tasa de rendimiento baja.

Transacciones de esta modalidad, contrarias a lo que lógicamente se esperaría, logran a menudo sobredimensionar mercados financieros, bursátiles o inmobiliarios en los llamados “paraísos fiscales”, con consecuencias adversas sobre las tasas de interés y los tipos de cambio.

El Lavado de Dinero

El llamado lavado de dinero es generalmente entendido como los procedimientos llevados a cabo para ocultar el origen delictivo de activos o inversiones o la naturaleza delictiva de una transacción. Existe una aceptación generalizada de este significado que, frecuentemente, conduce a la creencia de que existe un significado legal preciso y acabado del término. Lo cierto es, que la legitimación de bienes y capitales provenientes de actividades delictivas, es un concepto amplio, se trata de una frase abreviada, útil para brindar una descripción genérica de un proceso completo, que ha sido incluso dividido en sus componentes de colocación, estratificación e integración de las ganancias ilegales.

Sin embargo, cuando los instrumentos legales se interpretan para prevenir y controlar el fenómeno del lavado de dinero, se utiliza, generalmente, una terminología jurídica más precisa, por ejemplo “……. el ocultamiento o disfraz de la verdadera naturaleza, fuente, ubicación, disposición, movimiento, derechos respecto de, o titularidad de un bien sabiendo que dicho bien proviene de un delito…….” ( Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, Viena, 1988).

En efecto, los delitos contemplados en la legitimación de bienes y capitales provenientes de actividades delictivas, incluyen una compleja serie de violaciones de diversas normas regulatorias y penales, tales como las transgresiones a esquemas de información para transacciones y transferencias de divisas, violaciones de los requisitos de registro de intermediario financiero, entre varias otras.

Fundamentalmente se traduce en una conducta de encubrimiento. Convencionalmente, en consecuencia, entendemos por lavado de dinero toda operación comercial o financiera tendiente a legitimar los recursos, bienes y/o servicios provenientes de actividades ilícitas. En términos generales del estudio que se ha hecho de los sofisticados y especializados métodos que se utilizan para lavar dinero, se ha detectado que dicho proceso consta de los siguientes tres pasos fundamentales:

Colocación

Este primer paso, el cual puede ser el más vulnerable para ser detectado, involucra la disposición física de efectivo mediante diversos medios, ya sea invirtiéndolo en una mezcla de negocios legítimos con los ilegales y/o haciendo depósitos en bancos e instituciones financieras.

Estratificación

Una vez efectuado el paso anterior, el dinero se encuentra invertido en el sistema financiero o en bienes y negociaciones, se busca con este paso que es el más complejo, ocultar la fuente de los recursos, mediante múltiples movimientos de fondos entre cuentas, vía transferencias de fondos, entre otros medios.

Integración

Es el último paso, con el cual el dinero ya lavado se integra a la economía ( se gasta o se invierte ) con la apariencia de haberse obtenido de fuentes legales.

Técnicas del Lavado de Dinero

Compañías de Fachada:

Una compañía de fachada es una entidad que está legítimamente incorporada (u organizada) y participa, o hace ver que participa, en una actividad comercial legítima. Sin embargo, esta actividad comercial sirve primeramente como máscara para el lavado de fondos ilegítimos. La compañía de fachada puede ser una empresa legítima que mezcla los fondos ilícitos con sus propias rentas. Puede ser también una compañía que actúa como testaferro, formada expresamente para la operación de lavado de dinero. Puede estar ubicada físicamente en una oficina, o a veces puede tener únicamente un frente comercial; sin embargo, toda la renta producida por el negocio realmente proviene de una actividad criminal. En algunos casos, el negocio está establecido en otro estado o país para hacer más difícil rastrear las conexiones del lavado de dinero.

 

Mezclar: en esta técnica, el lavador de dinero combina los productos ilícitos con fondos legítimos de una empresa, y después presenta la cantidad total como renta de la actividad legítima de tal empresa. La mezcla confiere la ventaja de proveer una casi inmediata explicación para un volumen alto de efectivo, presentado como producto del negocio legítimo. Al menos que la institución financiera sospeche que hay un problema con la transacción ( por ejemplo, determinando que los recibos comerciales son demasiado altos para el nivel comercial de cierta vecindad), la mezcla de fondos ilegales es difícil de ser detectada por las autoridades competentes.

 

Contrabando de Efectivo: esta técnica involucra el transporte físico del efectivo obtenido de una actividad ilegal. El lavador puede transportar el efectivo por avión, barco, o vehículo a través de las fronteras terrestres. El efectivo puede estar en el equipaje, en compartimentos secretos del vehículo, o ser llevado consigo por la persona que actúa de correo. Los lavadores de dinero han demostrado el más alto grado de imaginación para encontrar nuevos medios para mover el dinero en efectivo.
El contrabando de dinero en efectivo, si resulta exitoso, otorga al lavador la ventaja de destruir completamente sus huellas.

 

Transferencias Electrónicas: esta técnica involucra el uso de la red de comunicaciones electrónicas de bancos o de compañías que se dedican a transferencias de fondos comerciales. El uso de transferencias es probablemente la técnica más importante usada para estratificar fondos ilícitos, en términos del volumen de dinero que puede moverse, y por la frecuencia de las transferencias. Los lavadores prefieren esta técnica porque les permite enviar fondos a su destino rápidamente, y el monto de la transferencia normalmente no está restringido. Después de transferir los fondos varias veces, especialmente cuando esto ocurre en una serie de transferencias sucesivas, se vuelve difícil la detección de la procedencia original de los fondos.
Hasta hace poco Estados Unidos no limitaba las cantidades que podían ser transferidas electrónicamente dentro o fuera del país, ni requería informes sobre las transacciones entre cuentas o instituciones financieras.

 

Compras de Bienes o Instrumentos Monetarios con Productos en Efectivo: en esta técnica, un lavador de dinero compra bienes tangibles (tales como automóviles, embarcaciones, aviones, artículos de lujo, propiedades y metales preciosos) o instrumentos monetarios (tales como giros bancarios, giros postales, cheques de caja o de viajero, y valores) con la masa de efectivo que se origina directamente de una actividad criminal. A menudo, el minorista que vende el artículo al lavador lo hace a sabiendas, y hasta podría ser un empleado de la organización ilícita. Posteriormente, el lavador usa bienes comprados para continuar su actividad ilícita (por ejemplo, transporte, escondites, etc.), como método para cambiar las formas del producto, o para mantener un estilo de vida lujoso.

 

Cambiar la Forma de Productos Ilícitos por medio de Compras de Bienes o Instrumentos Monetarios: bajo esta técnica, el lavador de dinero cambia los productos ilícitos de una forma a otra, a menudo en rápida sucesión. El lavador puede, por ejemplo, adquirir cheques de caja con giros bancarios o cambiar giros bancarios por cheques de viajero. Los productos se vuelven más difíciles de rastrear a través de estas conversiones; además, se vuelven menos voluminosos, con lo cual se hace menos probable su detección si se les transporta. En algunos casos, los casinos u otras casas de juego pueden facilitar el lavado de dinero convirtiendo los productos criminales en fichas. Después de un corto tiempo, el lavador cambia las fichas por cheques o efectivo.

 

Establecimiento de Compañías de Portafolio o Nominales (“shelf company”): una compañía de portafolio es una entidad que generalmente existe solamente en el papel; no participa en el comercio ( a diferencia de una compañía de fachada).
En el lavado de dinero, se usan tales compañías para enmascarar el movimiento de fondos ilícitos. Las compañías de portafolio ofrecen la cobertura confidencial de una sociedad anónima, disfrazando a sus verdaderos dueños por medio de una representación nominal tanto para los accionistas como para los directores. Ellas se pueden formar rápidamente y se convierten en entidades legales que pueden dedicarse a cualquier negocio excepto a aquellos expresamente prohibidos por las leyes bajo las cuales se establecieron, o por sus estatutos.

 

Falsas Facturas de Importación/Exportación o “Doble Facturación”: Esta técnica se lleva a cabo sobre declarando el valor de las importaciones y exportaciones. Por ejemplo, si las importaciones desde otro país se sobrevalúan en la factura comercial, entonces, cuando se paga dicha factura, la diferencia entre el valor real de la mercadería y lo sobrevaluado puede ser objeto de lavado. La sobrefacturación de exportaciones permite una justificación legítima de fondos recibidos del extranjero.


Venta de Valores a través de falsos Intermediarios: 

bajo esta técnica el lavador se vende valores a sí mismo a través de un falso intermediario, generalmente una compañía de portafolio. El intermediario hace que suba el precio de estos valores y el lavador puede entonces mostrar una ganancia aparentemente legal.

 

SISTEMA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO

Son muchos en el mundo los países que en su legislación interna ya han adoptado medidas para la prevención y punición de conductas de lavado de dinero. Aun entendiendo que la sanción penal es la última medida de una sociedad en su lucha contra las conductas criminales, en muchos sectores explican que poner énfasis en la prevención supone capacitar a los agentes que intervienen en la actividad económica, mantenerlos informados y constantemente actualizados sobre las tareas específicas a asumir para frustrar la posibilidad de concentración de esas conductas criminales.

 

El esquema de prevención

Objetivo del sistema: el objetivo no es ni más ni menos que reconocer que la importancia de la lucha contra el lavado de dinero tiene como respuesta desarrollar e implementar un eficiente esquema de control que permita detectar clientes en operaciones sensibles al lavado de dinero, y mediante un proceso de investigación, encuadrado asimismo en el sistema de prevención, determinar si “el cliente” es sospechoso de lavar dinero, para proceder luego a su reporte a las autoridades pertinentes. Precisamente, el objetivo del sistema se establece para evitar que la entidad pueda ser utilizada por las actividades del lavado de dinero, mediante la aplicación de herramientas y procedimientos que controlen y verifiquen la veracidad de las operaciones que se cursan en ella. Ello como objetivo global del cual se irán encadenando objetivos particulares para que cada pieza integrante, que permitirán la interacción de las funciones y responsabilidades inherentes a cada elemento componente.

 

Organización del sistema: el primer aspecto integrador del sistema de prevención, o sea, su organización, es el que le da validez y respaldo institucional. El fin propuesto para la organización de un sistema de prevención debe encuadrar en sus contenidos en el “marco legal interno”, estableciendo un ordenamiento de funciones y responsabilidades tanto institucionales como personales de los funcionarios involucrados en la puesta en marcha y ejecución del sistema.

 

Conocimiento del Cliente

En igual grado de importancia se puede citar el “CONOCIMIENTO DEL CLIENTE”, en esta línea se debe dotar de normas, procedimientos, y controles internos encaminados a tener un eficaz y completo conocimiento de los clientes y sus actividades, con el fin de confirmar y documentar la verdadera identidad de los que mantengan cualquier tipo de relación comercial; confirmar y documentar cualquier información adicional, de acuerdo con la valoración de riesgos de lavado de dinero, garantizar que no se realicen operaciones con individuos o entidades cuyas identidades no se puedan confirmar, etc.

 

Identificación de Clientes

La herramienta más importante con que se cuenta para evitar el riesgo de que se involucre y utilice a las instituciones como intermediarios en operaciones ilícitas, es el correcto “CONOCIMIENTO DEL CLIENTE”. Las Instituciones deberán establecer las medidas para recabar la información que les permita tener un conocimiento general del cliente, origen de los recursos que el cliente ingresa a la Institución, uso que se le dará a las cuentas y de su comportamiento transaccional esperado que espera registrar en las mismas. Asimismo, para obtener información acerca de la verdadera identidad de las personas en cuyo nombre se abre una cuenta o se realizan transacciones, se procederá a identificar a titulares, cotitulares y terceros autorizados, por ello se deberán tomar medidas concretas para la identificación y conocimiento adecuado del cliente, mismas que deben observarse tanto al efectuar aperturas de cuentas y contratos como al realizar cualquier transacción.

 

Operaciones relevantes

Definición: Aquella que se realice en billetes y las monedas metálicas de curso legal en los Estados Unidos Mexicanos o en cualquier otro país, así como con cheques de viajero y monedas acuñadas en platino, oro y plata por monto igual o superior al equivalente a 10,000.00 Dlls. de los E.U.A.

 

Operación Inusual

Definición: Aquella operación que realice una persona física o moral dubitativa en razón de su monto, frecuencia, tipo y naturaleza de la operación; al lugar, región o zona en que se efectúe; a los antecedentes y actividad de la persona física o moral; así como a los criterios establecidos en los Manuales y demás comunicados que sobre la materia se emitan y que las Instituciones deberán formular y registrar ante las autoridades. Cabe señalar que para el caso de estas operaciones, además de los instrumentos que comprenden las operaciones relevantes, deben considerarse los cheques, pagarés derivados del uso de tarjetas de crédito o de débito, o los recursos que se transfieran por cualquier medio electrónico o de otra naturaleza análoga. 

 

Operaciones Internas Preocupantes

Definición: Se entiende por Acto u Operación Interna Preocupante toda conducta u operación que asuma o realice un miembro del Consejo de administración, funcionario o empleado de la organización que pueda considerarse como inusual.

Entrevista a: Dra. Stella Villegas

Presidenta de la Asociación de Fiduciarias

1. Dra. Stella sabemos que está próximo a realizarse el primer congreso de la Asociación de Fiduciarias, podría platicarnos más sobre el tema?

El congreso se realizará los días 1 y 2 de agosto de 2013 en la ciudad de Medellín, como un homenaje a la misma al ser escogida como la ciudad más innovadora del mundo. En este mismo sentido, la herramienta fiduciaria se caracteriza por la innovación en las soluciones que ofrece. En atención a la especial responsabilidad que significa administrar recursos públicos, el Congreso de Asofiduciarias tiene como objetivo abordar la gestión profesional de dichos recursos, como herramienta para asegurar la finalidad buscada por el gobierno nacional y las entidades del orden territorial, lo cual se traduce en beneficios para toda la Nación. Durante los dos días del Congreso, se tratarán temas relacionados con experiencias exitosas fiduciarias en las actividades del sector privado y del público; la responsabilidad en la ejecución de recursos públicos; experiencias en la gestión de recursos de regalías en países vecinos, asuntos fiscales y regulatorios y análisis de asuntos presupuestales y de inversión en materia regional

2. Vemos que este evento se desarrolla bajo el lema “La fiducia como herramienta confiable para el desarrollo del país”, ¿Cuál es el objetivo?

Incrementar el conocimiento de la fiducia entre empresarios y entes gubernamentales, destacando las importantes realizaciones que ha alcanzado el sector en los últimos 5 años, balance por lo demás positivo y estimulante para continuar haciendo país y acompañando en los más importantes proyectos que se están actualmente llevando a cabo.

 

3. Podría comentarnos como se encuentra Colombia en temas de infraestructura.

Nuestro país ha hecho un gran esfuerzo en los últimos años para organizar los entes que se encargan de contratar y administrar la infraestructura, particularmente la relacionada con vías Pasado estoy estamos esperando inversiones importantes en este mercado. El país va a hacer un importante esfuerzo en los próximos años para salir del estancamiento que en este particular tópico se mostraba. En adelante todos los proyectos que se conciban como asociaciones público privadas deberán incorporar la fiducia como mecanismo que facilite la bancarización de los mismos, resultado de la confianza que se imprime con su concurso.

4. En materia fiduciaria, ¿Cómo se encuentra Colombia actualmente?

El sector fiduciario administra al cierre fiscal del año 2012 bienes de sus clientes en un porcentaje que corresponde al 37% del PIB colombiano, una suma que alcanza los $246 billones de pesos (Usd $136.500 millones) en más de 18.000 negocios.

 

5. ¿Cómo se pretende impulsar la figura del fideicomiso como herramienta para el desarrollo de la infraestructura en Colombia?

Necesitamos impulsar la educación financiera. Eventos como el presente también abren oportunidades al sector. Si nos conocen nos utilizan y estos espacios de análisis de la industria nos acercan más a los clientes actuales, potenciales, ante la opinión pública y demás actores interesados en profundizar sobre el funcionamiento de la fiducia en Colombia.

 

6. ¿Quiénes participan en este evento?

Esperamos reunir a 250 personas de diferentes sectores económicos del país, entre autoridades nacionales y locales, expertos en materia de gestión de recursos públicos del orden nacional y territorial, consultores, firmas de abogados, áreas financieras del sector público y privado y desde luego Presidentes y demás funcionarios de las Sociedades afiliadas, entre otros.

7. ¿Qué temas podremos encontrar en el programa del evento?

Nuestra agenda es altamente profesional y académica. Van desde temas normativos sobre administración de recursos públicos, aspectos relacionados con regalías, infraestructura, módulo en el que nos acompaña Dann Mc Nichol, importantísimo conferencista norteamericano. Lanzaremos un libro sobre derechos fiduciarios y, también mostraremos casos exitosos, tanto desde el punto de vista público como privado. Finalmente tendremos a Robert Tucker como conferencista internacional que tratará el tema de la innovación, destacando que hemos escogido este tema porque fiducia además de confianza es innovación.

8. ¿Qué resultados esperan obtener con este 1er. Congreso?

Una asistencia importante, unas conclusiones que nos enriquezcan profesionalmente y que fortalezcan la actividad a futuro.

 

9. Para nuestros lectores de LATAM, ¿Qué temas de interés pueden encontrar en este congreso?

Definitivamente la agenda académica y la calidad de los conferencistas lo dicen todo. Para Latinoamérica todos los temas que se analizarán en el congreso son de interés.

 

10. Algún mensaje que guste brindarle a nuestros lectores. Que para mí siempre es un gusto y una oportunidad compartir con tan importante medio de difusión fiduciaria y esperamos contar con ustedes en nuestro congreso para compartir experiencias que enriquezcan la actividad fiduciaria.

Perfil Stella Villegas de Osorio
Abogada de la Universidad Javeriana, especialista en Derecho financiero y bursátil. Con experiencia en el manejo de riesgos  operacionales, legales y de mercado y con formación empresarial tanto en sociedades del sector real como del financiero.
A cargo de la Dirección de la Oficina de Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio, y de la Dirección Jurídica de la Superintendencia Bancaria. En esta misma entidad Superintendente delegada para seguros, capitalización, bolsas de valores y de productos, y compañías de financiamiento comercial. Vicepresidenta jurídica de la Compañía Colombiana Automotriz (MAZDA) y presidenta de Fiduciaria Bancolombia. Miembro de la Cámara Disciplinaria de la Bolsa de Bogotá y de la Bolsa de Valores de Colombia, y presidenta de la Comisión de Supervisión de la Cámara. Conciliadora y árbitro del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá y Presidente del Tribunal Disciplinario de AMV. A partir del primero de noviembre de 2011, Presidente de la Asociación de Fiduciarias.
Conferencista a nivel nacional e internacional en temas financieros, bursátiles y de autorregulación de los mercados y, particularmente en materia de Fiducia Mercantil. Profesora en las mismas materias en Universidades Colombianas, Italianas y de México.

Entrevista a: Ing. Luis Quijano

Luis Quijano Axle
Presidente Nacional ASOFOM

1.¿Nos puede hablar un poco de su experiencia profesional?

Luis Alberto Quijano Axle es Director de Servicios Financieros de Grupo Bepensa y Director de Financiera Bepensa SA de CF SOFOM ENR desde 2008. El también fue el CFO del Grupo entre 2010 y 2011. Luis Quijano también fundó The Yucatán Consulting Group, una compañía de consultoría basada en Mérida Yucatán. Previamente fue Director General Adjunto en HSBC México y estuvo a cargo de la banca de todos productos para personas físicas a nivel nacional incluyendo 8 Direcciones Ejecutivas a su cargo. Fue miembro del Comité Ejecutivo, asó como de los Comités de Riesgos, Tesorería, ALCO y miembro del Consejo de HSBC Seguros, S.A. El entró a HSBC (antes Bital) en 1990 y desarrollo el banco hasta convertirlo en primer lugar en utilidades, captación, sucursales, productividad, participación en el mercado y clima laboral, cuando fue Director Ejecutivo de la Región Sureste. En 2003 dirigió el grupo de trabajo que ganó el Premio Nacional de Calidad en Equipos de Trabajo. Es Ingeniero Industrial y de Sistemas del Tec de Monterrey, y también tiene una Maestría en Finanzas y una Maestría en Filosofía. Ha tomado cursos de alta dirección en Tuck, Duke, Harvard, Wharton e Ipade. También es conferencista destacando en los últimos dos años su participación en temas bancarios internacionales en Estados Unidos, Curacao, México y Singapur. Es miembro del Consejo de varias empresas, principalmente en México. Actualmente es Presidente Nacional de la Asociación Nacional de Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, A.C. (ASOFOM) y miembro del Consejo de fundaciones culturales y humanitarias.

2.¿Cuál es el objetivo que tiene la asociación, la cual usted dignamente preside?

La Asociación de Sociedades Financieras de Objeto Múltiple en México, A.C (ASOFOM) es una asociación creada en el año 2006,como un vehículo integrador que reúne a las diversas sociedades financieras de objeto múltiple, con el propósito de fortalecer esta figura y solucionar la problemática en común por lo cual se tiene la oportunidad de desarrollar de forma auto regulada y apegada a las mejores prácticas corporativas, todos los lineamientos y políticas necesarios para lograr una asociación fortalecida con altos estándares de cumplimiento, que mejore la imagen y su proyección nacional, difundiéndola ampliamente en el sector financiero y entre nuestros asociados.
Los objetivos que la Asofom persigue son los siguientes:
• Consolidación de la Figura SOFOM en México.
• Fortalecer estructuralmente a la Asociación misma.
• Ser un interlocutor válido ante socios y autoridades para consolidar a estas sociedades como un instrumento ordenado y productivo para el crecimiento económico de México.
• Establecer mecanismos de apoyo e integración a los tres niveles de SOFOM (pequeña, mediana y grande).
• Acreditar la Figura SOFOM a nivel Internacional.
• Impulsar la vinculación con las diferentes actividades empresariales progresistas.
La misión de la Asofom es Fomentar el desarrollo del mercado de Sociedades Financieras de Objeto Múltiple en México, proporcionando recursos financieros de corto y largo plazo a nuestros asociados para impulsar la inversión productiva e incrementar su competitividad y rentabilidad; su visión es ser el principal impulsor a través de nuestros asociados, del financiamiento alternativo y colocador de recursos de la banca de desarrollo del país, y actuar como un vehículo alternativo de crédito para el desarrollo de las empresas mexicanas.

3.¿Cuál es el reto que tiene la ASOFOM en materia de Prevención de Lavado de Dinero? (medidas y objetivos)

Es interés de alta prioridad para ASOFOM el pleno apego a la normatividad vigente en la materia e incorporar las mejores prácticas internacionales. Todas las SOFOMES afiliadas a ASOFOM tenemos plena conciencia de la trascendencia de esta aplicación tanto como como entidades financieras, y miembros del sector empresarial.

 

4.¿Qué porcentaje representa el sector dentro del sistema financiero, en cuanto al número de participantes?

Las cifras oficiales indican que existen más de 4 mil SOFOMES en todo el país de las cuales un 76% están en operación. El impacto que tienen en las diferentes economías de las ciudades medias es alto en el entendido que ya representa más del 8% de la colocación. Las SOFOMES afiliadas a ASOFOM lograron una colocación de 65 mil millones de pesos y una generación de empleados de 35 mil puestos de trabajo nuevo para el sector financiero.

 

5.¿Cuáles son las perspectivas y el crecimiento esperado por la asociación para este año? Tenemos la expectativa de un crecimiento importante de 2 dígitos en nuestras SOFOM derivado de la necesidad imperante de financiamiento de la actividad productiva necesaria para nuestro país. En cuanto a ASOFOM, nuestra expectativa es de mejora continua y acogeremos a todas las SOFOMES cuyo horizonte es de establecimiento continuo del negocio de crédito en forma habitual y regular.

 

6.¿Cuáles son los retos que enfrentarán las SOFOMES este año?

El principal reto es el crecimiento. Los diferentes modelos de cada una de nuestras SOFOMES, han demostrado ser exitosos y el gran reto esta en la escalabilidad de estos negocios que les permita continuar un crecimiento sostenido ad-hoc al requerimiento de nuestro país.

7.Algún mensaje que guste dar a los agremiados de la ASOFOM, por medio de nuestra revista.

Estamos convencidos de la figura de SOFOM y su impacto en la economía nacional, demostrada en la actividad realizada en los últimos 5 años. Actualmente nuestra asociación opera con fortaleza, debidamente organizada con un gobierno corporativo, conceptual y de facto y con un impacto en todas las regiones a través de las oficinas regionales que para ello tenemos. El paso más difícil lo hemos dado al comprometernos a apoyar las diferentes actividades que a nivel nacional requieren un recurso con el cual se beneficien nuestros clientes y con ello se fortalezcan nuestras instituciones. El dinero, cualquiera lo pueda conseguir. El reto está en operar el talento íntegra y profesionalmente de manera que una institución financiera además de generar utilidades, genere bienestar para todos.

México, Memorias del 1er. Encuentro de Prevención de Lavado de Dinero

Redacción

El pasado 22 de febrero TMSourcing llevó a cabo el 1er. Encuentro de Prevención de Lavado de Dinero en la Ciudad de México. Dicho evento nació con el objetivo de actualizar los conocimientos y compartir las experiencias profesionales de expertos en la materia con todas las personas interesadas que necesitan identificar y cuidar aspectos esenciales tanto en sus funciones como en las actividades que lleva a cabo la entidad financiera en donde prestan sus servicios, a fin de prevenir que sea instrumentada en la comisión del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita. 

 

Este evento logró poner sobre la mesa diferente temas que permitieron actualizar y ampliar los conocimientos de los sectores asistentes en la materia, dejando así herramientas y conocimientos mucho más sólidos para actuar de manera individual en cada una de las entidades en las que se desempeñan. 

 

Dentro del marco del 1er. Encuentro de Prevención de Lavado de Dinero, estuvieron presentes diversos sectores del sistema financiero tales como sociedades financieras de objeto múltiple, E.R. y E.N.R., casas de cambio, centros cambiarios, transmisores de dinero, instituciones de crédito y casas de bolsa, así como organismos como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y FIRA. 

 

En el desarrollo del evento, se tocaron diversos e importantes aspectos de interés general para todos los sujetos obligados en la materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita, así como casos particulares como el hecho de que el tema preventivo representa para las sociedades financieras de objeto múltiple, uno de los mayores retos del sector financiero, ya que la implementación de este tipo de medidas permanentes representa entre 300 y 400 mil pesos, cantidad que resulta excesiva para entidades pequeñas o de reciente inicio; y de que actualmente el nivel de cumplimiento del sector no rebasa el 50 por ciento de todos los elementos que exige la CNBV, como es el caso del Manual de Procedimientos, Capacitación, Oficial de Cumplimiento y Sistema de Automatizados.

 

Para contribuir a la profesionalización del sector, la Asociación Nacional de Sociedades Financieras de Objeto Múltiple ha buscado crear economías de escala para dar asesoría a sus asociados de manera que puedan reducir los costos y permitir que sofomes pequeñas tengan oportunidad en el mercado, indicó Lamberto Corral Velderrain, Presidente Nacional Adjunto de la ASOFOM. 

 

Por otra parte, para los Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero, el mayor riesgo se encuentra actualmente en aquellos negocios informales que siguen realizando operaciones, después de que en 2004 en que se implementaron las medidas de prevención de lavado de dinero aplicables a este sector, existían alrededor de 4 mil entidades que brindaban el servicio. 

 

Con el registro voluntario se acreditaron ante las autoridades 2,800 pero con la regulación de la materia que entró en vigor en diciembre de 2011 la Comisión Nacional Bancaria y de Valores tiene solamente 1,570 centros cambiarios debidamente autorizados, indicó Jorge López, Gerente de la Asociación Nacional de Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero, ANCEC-TD. 

 

El propio funcionario indicó que los negocios que no están regulados no piden nada al usuario, y estos pueden llegar con operaciones entre los veinte y treinta mil dólares y se los cambian sin problema alguno. 

 

De igual forma, señaló que con la regulación de los Centros Cambiarios se han venido sacrificando operaciones, desconociendo si se va a mantener la misma circulación de activos en el país que se daba previo a la regulación, y de ser así, esas divisas que no se están cambiando con ese sector, están encontrando servicios en los centros no regulados, y erradicarlos o formalizarlos se convierte en el reto de la autoridad.

Decálogo antilavado 

 

En el marco de este evento, Teodoro Briseño Maldonado, Director de Prevención de Lavado de Dinero de TMSourcing, propuso un decálogo en el que los diferentes actores involucrados en la prevención de lavado de dinero, pueden participar de manera conjunta y armoniosa para fortalecer el combate a esta problemática: 

 

Recomendaciones

 

1.Adecuar las recomendaciones que no sean aplicables al entorno nacional, pues con ello se hará más sencillo cumplir con las instrucciones y el campo de actuación se reducirá, con lo que se facilitará la prevención de este delito. 

 

2.Las autoridades deben conocer e identificar plenamente las actividades que lleven a cabo los sujetos obligados, ya que esto da la oportunidad de lograr un mejor control en la prevención de delitos que puedan afectar al sector financiero. 

 

3.Las autoridades deben emitir la normatividad adecuada desacuerdo a las actividades y nivel de riesgo que pueda presentarse en cada uno de los sectores que conforman el sistema financiero. 

 

4.Los organismos supervisores deberán llevar a cabo la supervisión de manera oportuna y equitativa para hacer cumplir la normatividad de una manera justa y apropiada. 

 

5.Deberán de emitir los criterios obtenidos como resultado de la supervisión , para dar a conocer las tipologías existentes a los sujetos obligados y prevenir que estos sean instrumentados. 

 

6.Aplicar las sanciones correctivas de manera oportuna, de acuerdo a la importancia de la infracción e infractor. 

 

7.Las entidades supervisadas deben cumplir con la normatividad que les es aplicable y entregar en tiempo y forma la información que les es solicitada por la autoridad supervisora, y no argumentar con evasivas o con información incompleta a la normatividad aplicable

La Visión Internacional

 

Si bien México es un país que ha trabajado arduamente en el combate contra el lavado de activos, existen otros países de Latinoamérica que han logrado importantes acuerdos para el combate a este delito. 

Las instituciones financieras que operan en un país son las mayores responsables de la identificación de prácticas ilícitas, el gobierno no podrá combatir este delito si no se cuenta con una estrecha colaboración entre dichas instituciones, así lo menciono Luis Camilo Osorio, experto colombiano en materia de prevención de lavado de activos. 

 

Al hablar sobre las prácticas que implementó Colombia frente al lavado de activos hace más de tres décadas, hizo hincapié en que actualmente, en los países latinoamericanos especialmente México “no hay suficiente rigor de las autoridades y hay falta de participación por parte de la sociedad para denunciar este tipo de prácticas”, mencionó. 

 

Reveló que según cifras del Fondo Monetario Internacional en 2011, el lavado de dinero representó 2.6 trillones de dólares a nivel mundial, lo que corresponde al 3.6 por ciento del PIB mundial. 

Siguiendo en el contexto internacional, un tema que es de gran importancia por el impacto que generará y del cual se conoce poco es FATCA (Forgein Acount Tax Compliance Act) y es la Ley de cumplimiento Fiscal sobre Cuentas Extranjeras, la cual entró en vigor en noviembre de 2012, cuando la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Departamento del Tesoro y El Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en ingles) de Estados Unidos, firmaron un acuerdo por medio del cual se puede dar un intercambio de información sobre las cuentas que sus ciudadanos tienen en la otra nación. 

 

El convenio que entró en vigor el pasado 1 de enero en México, recomienda a los miembros del sector financiero tomar en consideración, que si bien FATCA no exige reportes inmediatos, para el 30 de Septiembre de 2015 se deberá entregar la información correspondiente al 2013.

La consolidación de los sistemas internos Actualmente existe una gran importancia en que las instituciones financieras del país cuenten con un Comité de Comunicación y Control. Se señaló que cualquier entidad financiera interesada en la rentabilidad de su negocio debe consolidar su estructura interna, en la que el Oficial de Cumplimiento es la figura principal en detectar operaciones de procedencia ilícita. 

 

La relevancia de integrar un Comité es que, al tener diferentes tareas y cargos que dediquen a supervisar tanto al personal que labora en la empresa , así como a los cliente y posibles clientes de la misma , se podrá prevenir ser parte del delito. 

 

Si hablamos del Oficial de Cumplimiento, hay que señalar que su importancia se basa en que es el responsable de dictaminar operaciones inusuales o preocupantes, aprobar los programas de capacitación en la entidad, coordinar a las áreas competentes para sancionar a responsables y asegurar que los sistemas de monitoreo registren las listas de personas y empresa elaboradas por las empresas. 

 

Por otra parte, sobre esta ultima responsabilidad del Oficial de Cumplimiento, las instituciones financieras deben conocer perfectamente el perfil de un prospecto de cliente antes de aceptarlo, ya que en caso de no hacerlo, se estará asumiendo un riesgo importante porque estaríamos hablando de corrupción, de narcotráfico, terrorismo, lavado de dinero y sobre todo la reputación de la empresa, ya que dicha información se puede conocer mediante los 15 centros de investigación que existen en el mundo. 

 

El Sistema Financiero Mexicano sigue siendo vulnerable ante las prácticas de lavado de dinero, sobre todo por las fisuras que aún presentan las entidades financieras pequeñas como las sofomes y los centros cambiarios e incluso instituciones más robustas como las casas de bolsa. 

 

Compartimos con ustedes esta conclusión del 1er. Encuentro de Prevención Lavado de Dinero organizado por TMSourcing, en el que también se dejó clara la necesidad de promover un mayor intercambio de información entre los diferentes actores involucrados, entidades y autoridades, así como una mayor participación, en aras de combatir de manera frontal, decidida, uniforme y consolidada, las acciones emprendidas por el Gobierno Federal en contra de los delitos de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y de financiamiento al terrorismo.

Honduras: COLAFI 2010

Entrevista con Rosybel Bueso de Vásquez

Este tipo de congresos reúnen a conferencistas internacionales y representantes del más alto nivel de las instituciones afiliadas a dicha Federación, quienes compartirán su conocimiento en áreas que son relevantes a la actividad fiduciaria, esenciales para tomar decisiones acertadas de negocios.

1. ¿De dónde o cómo se origina la idea de realizar congresos de fideicomiso en Latinoamérica y quiénes lo organizan?
La Federación Latinoamericana de Bancos, FELABAN, agrupa a más de 600 bancos y entidades financieras de América Latina, a través de sus respectivas asociaciones en 19 países del continente. Dentro de la FELABAN se cuenta con comités destinados a diferentes actividades bancarias, entre los cuales se encuentra el Comité Latinoamericano de Fideicomiso COLAFI, siendo éste responsable de organizar anualmente el Congreso Latinoamericano de Fideicomiso, en diferentes países de América Latina, con el objetivo de estudiar y desarrollar la importante figura del fideicomiso. La ocasión es propicia para revisar y mejorar las estrategias de los negocios fiduciarios a la luz de las tendencias y experiencias regionales, así como del acercamiento a tecnologías de punta.
Estos congresos reúnen a conferencistas internacionales y representantes del más alto nivel de las instituciones afiliadas a dicha Federación, quienes compartirán su conocimiento en áreas que son relevantes a la actividad fiduciaria, esenciales para tomar decisiones acertadas de negocios.
La Federación Latinoamericana de Bancos FELABAN, coordina la organización de estos eventos con las Asociaciones Bancarias de cada País, en el caso de Honduras, la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias AHIBA, es la responsable de la organización de este congreso, con el apoyo de funcionarios fiduciarios representantes del Sistema Bancario de Honduras.

2. ¿Cuál es la importancia del Congreso Latinoamericano de Fideicomiso?
La importancia del congreso es la oportunidad que tendremos los hondureños de escuchar 14 conferencias magistrales de los mejores fiduciarios de Latinoamérica, siendo una oportunidad única de capacitación tanto para banqueros, como para abogados, firmas auditoras, gremios, gobierno, organismos multilaterales, organismos de cooperación internacional, inversionistas, instituciones reguladoras, especialistas financieros y clientes potenciales en general. Además de compartir con más 150 fiduciarios de toda Latinoamérica quienes compartirán su conocimiento en áreas que son relevantes a las actividades fiduciarias y esenciales para tomar decisiones acertadas de negocio.

3. ¿Cuál es el Objetivo de XX Congreso Latinoamericano de Fideicomiso?
Se tiene como objetivo compartir las experiencias de la fiducia en Latinoamérica, su aplicación práctica y las perspectivas de crecimiento en la región a través de su implementación.

4. ¿Para quiénes está dirigido este Congreso Latinoamericano de Fideicomiso?
Para los diferentes funcionarios y colaboradores del sistema Bancario, al igual que para funcionarios de organismos internacionales, multilaterales, organismos de cooperación internacional, inversionistas, instituciones reguladoras, especialistas financieros funcionarios de Gobierno, bufetes de abogados, profesionales independientes, colegios profesionales, universidades, fundaciones, organizaciones privadas de desarrollo y toda aquella institución que administre recursos en beneficio de las grandes mayorías que requieren de apoyo para poder superarse y mejorar su calidad de vida.

 

5. ¿El nombre del congreso lo definió Honduras y porqué “La Fiducia y su Aplicación Práctica en América Latina”?
“La Fiducia y su Aplicación Práctica en América Latina”, fue el nombre que el comité organizador del congreso definió para este evento, porque como éste es ya el congreso numero 20, los fiduciarios de Latinoamérica no estamos para escuchar sobre lo que dicen los libros, sino para que nos expongan casos prácticos que se puedan replicar en cada uno de nuestros países, por eso nuestro congreso tendrá como modalidad que en cada tema a disertar debe aplicarse a un caso práctico que se haya dado en el país del expositor.

6. ¿De que países esperan participantes al congreso?
Esperamos participantes de toda Latinoamérica y el Caribe, especialmente de Venezuela, Colombia, Perú, Argentina, Ecuador, Uruguay, Bolivia, República Dominicana, Guatemala, El Salvador, Nicaragua, Costa Rica, Panamá, Cuba y México. Y por supuesto el mayor porcentaje de Honduras.


7. ¿Quiénes constituyen el Comité Latinoamericano de Fideicomiso, COLAFI y cuál es su objetivo?
El COLAFI lo formamos un grupo de profesionales especialistas fiduciarios que representamos los países miembros, interesados en promover la actualización e intercambio de conocimientos, vivencias y experiencias relacionadas con la gestión fiduciaria en Latinoamérica.


8. ¿Cómo ha evolucionado el fideicomiso en Honduras y cuáles son las perspectivas de crecimiento?
Ha evolucionado muy rápidamente, habiendo logrado un crecimiento de un 675%, ya que en el año 2000 administrábamos un patrimonio fideicometido de US$ 290.00 Millones de dólares y al 31 de diciembre del 2009 el saldo del Patrimonio se registra en cerca de US$ 2,000.00 millones, representando para nuestro país un significativo logro, ya que demuestra la confianza en la figura del fideicomiso y sus ventajas, las cuales han sido reconocidas por las instituciones públicas y privadas

9. ¿Cuáles son las perspectivas de crecimiento de este negocio en el país?
Las perspectivas de crecimiento son muy halagadoras, pues cada día estamos teniendo más cultura fiduciaria en el país tanto en el sector público como privado, así como la creciente solidez y credibilidad del Sistema Bancario hondureño. Tenemos muchas esperanzas que con la realización del COLAFI 2010 en Septiembre el negocio fiduciario se incremente a gran velocidad.

 

10. ¿Qué Beneficios dejará al país este congreso?
Como el Congreso latinoamericano de Fideicomiso es el principal evento en la agenda fiduciaria de Latinoamérica, nos permite capacitación en materia de fideicomisos de la mejor calidad y a un bajo costo, pues si el congreso fuera en otro país por ejemplo de Sur América, el costo de enviar un representante por banco sería equivalente a inscribir 8 participantes en nuestro congreso.
Adicionalmente compartir con fiduciarios de toda Latinoamérica, conocer nuevos negocios fiduciarios, así como el natural ingreso de divisas al país, pues además de los 4 días que estarán en Tegucigalpa estamos promoviendo paquetes turísticos a las Islas de la bahía y a Copan. Como es un evento internacional que involucra la participación de expertos fiduciarios nacionales e internacionales, nos permitirá dar a conocer la experiencia que en materia fiduciaria hemos tenido, así como la experiencia positiva que otros países de Latinoamérica han experimentado, misma que podemos aprender y adaptar a nuestra realidad.

11. ¿Cómo calificaría usted la experiencia de Honduras en materia fiduciaria y que beneficios ha dado al país el uso del fideicomiso?
Sumamente positiva, a lo largo de los años nuestro país se ha beneficiado con fideicomisos que han sido constituidos con diferentes fines, a través de esta figura se han desarrollado proyectos habitacionales, mercados, agua potable y saneamiento y otras obras de infraestructura de gran beneficio para las comunidades, se han administrado programas de becas, programas de financiamiento a la agricultura y crédito a microempresarios, se han administrado recursos provenientes de donaciones de países amigos, logrando el objetivo para el cual nos facilitan los recursos. Además del logro de los fines para los que se han constituido, como las obras y programas descritas anteriormente, quizá lo más sobresaliente es la transparencia que el fideicomiso brinda en el manejo de los recursos, ingrediente indispensable en toda administración pública y privada.


12. Uno de los temas del congreso es “Prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo en operaciones fiduciarias”, ¿cuál es el objetivo de esta conferencia?
El objetivo de la conferencia se centra en mejorar el negocio fiduciario, así como encontrar mecanismos comunes que ayuden a establecer un mejor marco legal y prácticas que permitan desarrollar la actividad fiduciaria con la Aplicación y regulación para la prevención del lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, aplicables a las operaciones de fideicomiso. Las acciones que las instituciones fiduciarias están implementando y las propuestas al respecto.


13. Siguiendo con el temario observamos un Panel sobre “El fideicomiso como vehículo para la protección del Medio Ambiente y la Responsabilidad Social Corporativa”, ¿a que se refiere este tema?
Se presentarán diversas experiencias fiduciarias en la administración de fondos destinados a la protección de Medio Ambiente y su proyección bajo el concepto de Responsabilidad Social Corporativa, tanto para el caso de Perú como para el de Costa Rica.
Específicamente en el fideicomiso que nos presentará la expositora de Perú, se refiere a un convenio del Estado firmado con las empresas mineras en beneficio de las comunidades campesinas de su zona de influencia, especialmente para el mantenimiento de un reservorio de agua; con esto la empresa minera resuelve temas sociales y de impacto ambiental en su zona de influencia. Lo bonito de esta operación es que, además del impacto social, tiene como objetivo ser un fideicomiso perpetuo, y que los fondos transferidos, bajo la política de inversión prevista en el contrato, sirvan para sufragar los costos de mantenimiento del reservorio de agua.
El caso de Costa Rica nos expondrá “la protección de la biodiversidad y el pago por servicios ambientales”, la experiencia del Fideicomiso Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. El tema girará en torno a la experiencia de Costa Rica en el uso del fideicomiso como vehículo gestor de proyectos para la protección del medio ambiente y el pago de los servicios ambientales, así como el papel del fiduciario en el proyecto y su proyección bajo el concepto de Responsabilidad Social Corporativa.

14. También se expondrá el concepto sobre El fideicomiso como canal de transparencia para los organismos internacionales y las Experiencias fiduciarias exitosas en América Latina, desde la perspectiva del BID, que nos podría comentar al respecto?
Como caso de Honduras se explicará la utilización de un esquema fiduciario en el manejo de fondos de la Millenium Challenge Corporation (MCC), tanto para financiar créditos agrícolas, como para el saneamiento carretero y mejoramiento y ampliación de la red vial del país, esto expuesto desde la Perspectiva del fideicomitente MCA Honduras. Además se presentará la Visión del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en su rol de fideicomitente, sobre el fideicomiso como instrumento para la canalización y distribución de recursos por parte de instituciones financieras internacionales hacia Latinoamérica.


15. Existe alguna fuente en la cual se puede obtener mayor información relacionada con los congresos y las Legislaciones de fideicomisos a nivel Latinoamericano?
La principal fuente de información de las legislaciones y los congresos se encuentra publicada en internet en la página de la FELABAN, http://www.felaban.com, adicionalmente el COLAFI, organiza periódicamente chat fiduciarios, en los cuales se comparten conocimientos y experiencias con diferentes profesionales sobre temas especializados en fideicomisos y sus vinculaciones con otros negocios bancarios. Para mayor información y para inscribirse en nuestro congreso consulte el sitio en internet http://www.colafi2010.com


16. ¿En su opinión, cuál sería el reto de los fiduciarios hondureños?
Continuar promocionando y desarrollando la figura del fideicomiso, diseñando estructuras fiduciarias seguras y adecuadas a las necesidades y expectativas de nuestros clientes, con los controles necesarios y una precisa identificación de riesgos, así como las medidas de mitigación correspondientes. Adicionalmente promover una mayor implementación de la Fiducia en la Administración Pública, para contribuir al manejo eficiente y transparente de los recursos y bienes del estado, romper viejos paradigmas y demostrar que el fideicomiso es una excelente herramienta de desarrollo

 

Rosybel Bueso de Vásquez

Gerente de Fideicomisos, Bac Honduras, S.A, representante titular de Honduras ante el COLAFI. Ex presidenta del COLAFI para los años 2007 y 2008. Presidenta del Comité Organizador del XX Congreso Latinoamericano de Fideicomiso

México: D.E.P. Licenciado Miguel Moreno del Mazo

El sábado 28 agosto ocurrió el sensible fallecimiento del Licenciado Miguel Moreno del Mazo, figura representativa en materia Fiduciaria, tanto en México como en Latinoamérica.

México, septiembre 2010.


Nació el 23 de febrero de 1931 en México Distrito Federal y se graduó como Licenciado en Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). En 1949 inició su labor fiduciaria a la edad de 18 años, en el entonces Banco de Comercio, S.A. y permaneció allí hasta 1963. Organizó el departamento fiduciario del Banco Longoria, S.A.. En 1965 ingresó como Delegado Fiduciario de Banca Serfín, S.A. y permaneció hasta 1985. En su trayectoria impartió diversos cursos y seminarios del Fideicomiso, en sedes como Puebla, Monterrey, Guadalajara, Acapulco, Tijuana y Querétaro. Fue Conferencista en las Asociaciones de Banqueros de: Quito, Caracas, Venezuela, Guatemala y Río de Janeiro, dentro de la Federación Latinoamericana de Bancos.

Fungió como Presidente de la Comisión de Fiduciarios de la Asociación Mexicana de Bancos, A.C., en el ejercicio de 1983 – 1984. Participó como Catedrático de la Universidad Panamericana y hasta 1991 fue Coordinador y Catedrático del área jurídica del Instituto Panamericano de Alta Dirección de Empresas (IPADE). Asistió como Asesor Permanente de la Comisión de Fiduciarios de la Asociación de Banqueros de México, A.C.; fue Cofundador y redactó los estatutos del Comité Latinoamericano de Fideicomisos (COLAFI), el cual se constituyó en el año de 1990, en Venezuela y participó también como Coordinador de la Subcomisión Legal del COLAFI. Es autor del Compendio de Leyes en materia Fiduciaria de 1993. Era Secretario del Consejo de Administración del Banco de Crédito y Servicio, S.A.; Director Ejecutivo y Delegado Fiduciario de Bancrecer, S.A. y de Banoro, S.A., desde 1987 y hasta 1997; Cofundador del Banco BANCRECEN, en San José de Costa Rica, en donde sus funciones fueron como Secretario del Consejo de Administración y Socio.

El Licenciado Moreno fue un hombre de buenos principios, activo, de carácter fuerte, inteligente, gentil y visionario del fideicomiso. Estudioso hasta sus últimos momentos, por lo que poseía un amplio vocabulario. A él le debemos la formación institucional de muchas personas que actualmente laboran en áreas Fiduciarias. Era un completo apasionado del Fideicomiso y de que su aplicación en el futuro como herramienta de transparencia.

R.I.P. Descanse en paz.