Crisis de la Vivienda

Por Leonardo Hortúa

 

Fortaleciendo la Protección del Comprador de Vivienda en México y Latinoamérica: Un Enfoque Inspirado en el Éxito Colombiano 

 

El Temor de Comprar Vivienda nueva: Un Llamado a la Acción  

La protección de los compradores de vivienda es un desafío apremiante en México y Latinoamérica. Los incumplimientos de las constructoras y las quiebras de este tipo de empresas generan graves consecuencias sociales y económicas. Colombia, tras enfrentar situaciones similares, implementó viejas herramientas legales que eran prácticamente desconocidas y que estaban en el baúl de las genialidades de nuestros legisladores, que, sumado al desarrollo de prácticas para implementarlas, podrían servir como modelo para otros países. Nuestra experiencia demuestra que es posible implementar medidas efectivas para salvaguardar los derechos de los consumidores de vivienda. 

 

La realidad es alarmante, pues contar con un fideicomiso o patrimonio autónomo en un proyecto de vivienda, no garantiza la protección de los derechos de los aportantes a una vivienda digna, el derecho a la propiedad privada, ni mucho menos, les garantiza la devolución de su dinero. Cada día, la cantidad de proyectos inconclusos y los miles de familias afectadas se hacen más evidentes; sorprendentemente, el desconocimiento de una herramienta jurídica muy poderosa, denominada por la Ley como, la TOMA DE POSESIÓN, está siendo implementada con gran éxito en Colombia, para alegría y tranquilidad de los adquirientes de vivienda, acreedores y el sector financiero y fiduciario, pues es importante aclarar y recalcar que no se trata de una medida legal para generar impunidad y desconocer al banco financiador de los proyectos. 

 

PASOS PARA EL ÉXITO: 

 

Identificar las Entidades “Claves”: Trabajar con las instituciones gubernamentales responsables de la regulación y supervisión del sector de la construcción en México, como la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) y otros organismos locales dependiendo de cada país. 

La finalidad, es trabajar en conjunto para desarrollar un marco legal global para México, que permita a las ciudades, municipios, provincias o pueblos mexicanos establecer medidas de intervención sobre las constructoras. Esto incluiría la complementación a las normas existentes que regulen la construcción y enajenación de inmuebles. 

Desarrollo de Legislación: Proponer reformas legislativas basadas en el modelo colombiano que han demostrado ser efectivas para proteger a los compradores. Esto incluye la creación de mecanismos legales que garanticen la entrega de viviendas y la protección de los derechos de los adquirientes. 

Capacitación y Concientización: Realizar talleres y sesiones informativas para educar a los compradores sobre sus derechos y los procedimientos disponibles para abordar incumplimientos. Esto empoderará a los ciudadanos y fomentará una cultura de transparencia y responsabilidad en el sector. 

Implementación de Herramientas Jurídicas: Adaptar herramientas legales exitosas del modelo colombiano, como el mecanismo de «Toma de Posesión», que permite a los compradores actuar en caso de incumplimiento sin costos adicionales ni necesidad de abogados. 

 

BENEFICIOS ESPERADOS: 

 

Recuperación Económica: En Colombia, por ejemplo, uno de cada 5 empleos los genera el sector de la construcción; luego recuperar proyectos en crisis, es por sí solo un mecanismo de reactivación económica de corto plazo, que adicionalmente proyectará al sector en el mediano y largo plazo, de forma sólida y sostenible. 

 

Mayor Confianza del Comprador: Al contar con un marco legal robusto, los potenciales compradores se sentirán más seguros al invertir en vivienda y la banca verá con enorme tranquilidad la creación de mecanismos que le permitan el retorno de sus inversiones sin atropellar a los compradores de vivienda. 

 

Reducción de Proyectos Inconclusos: Un sistema de supervisión más eficaz disminuirá el número de proyectos que quedan sin finalizar. 

Estímulo Económico: La confianza en el mercado de vivienda impulsará la inversión y, por ende, el crecimiento económico del sector.

 

 

Leonardo Hortúa Herrera

Administrador de empresas especializado en finanzas, con más de 16 años de experiencia ocupando cargos gerenciales en compañías nacionales y multinacionales del sector Fiduciario, Financiero y Construcción

Entrevista Especial con Josefina Moisés

Por Mundo Fiduciario 

  1. ¿Cuál fue la visión inicial detrás de la creación de AMEFIBRA y cómo ha evolucionado desde su fundación? La Asociación Mexicana de FIBRAs Inmobiliarias (AMEFIBRA), fue constituida en noviembre de 2015 con el propósito de representar y promover la profesionalización del sector de los Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (FIBRAs) en México. Nuestra visión inicial fue establecer un frente común que fortaleciera la institucionalización del sector, promoviera la transparencia y mejores prácticas en la industria inmobiliaria, así como la inversión en el instrumento. Desde entonces, han habido avances significativos. Actualmente, AMEFIBRA agrupa a las 14 FIBRAs inmobiliarias que operan en diversos sectores, incluyendo industrial, comercial, hotelero, oficinas, educativo, auto almacenaje y agroalimentario. En conjunto, estas FIBRAs cuentan con 30.5 millones de m2 de área bruta rentable y un promedio de ocupación para el sector superior al 95%.  
  2. ¿Cuáles son los valores fundamentales que guían las decisiones estratégicas de AMEFIBRA? Los valores fundamentales que guían las decisiones estratégicas en la Asociación Mexicana de FIBRAs Inmobiliarias son:
  • Sostenibilidad Integral (ASG): Promovemos fuertemente las prácticas ambientales, sociales y de gobierno corporativo (ASG) en todas nuestras áreas de dirección. El 100% de nuestras FIBRAs asociadas reportan anualmente en materia ASG y participan en el Comité de Sustentabilidad de la asociación. Además, más de 8 millones de metros cuadrados bajo la gestión de las FIBRAs están certificados bajo estándares internacionales como EDGE, LEED, BOMA y otros. 
  • Transparencia y Buen Gobierno Corporativo: Fomentamos una cultura de ética y transparencia en la toma de decisiones. Actualmente, el 80% de Las FIBRAs cuentan con órganos de gobernanza encargados de supervisar riesgos y oportunidades relacionados con el cambio climático. Inclusive, dentro del Consejo Directivo de la asociación contamos con 2 consejeros independientes.
  • Inclusión y Diversidad: En AMEFIBRA, se han hecho importantes esfuerzos en favor de la inclusión en el sector. Por ejemplo, la presencia de mujeres en los comités técnicos ha crecido del 14% en 2021 al 17% en la actualidad, en las mesas directivas ya representan el 25%; y del total de la planilla de colaboradores de las FIBRAs el 41% son mujeres.
  1. ¿Cuál es la estrategia de crecimiento de AMEFIBRA para los próximos años? En AMEFIBRA buscamos continuamente las iniciativas que promuevan el crecimiento y la inversión en el sector, pero, sobre todo la transparencia y alineación con las mejores prácticas internacionales, una muestra de ello es que somos el primer sector que está impulsando la capacitación de su alcance 3 en materia de involucramiento ambiental.
  2. ¿Cuál será la estrategia de AMEFIBRA para el Plan México? Las FIBRAs son parte del Plan México, están alineadas y comprometidas con los planes de desarrollo impulsados por el Gobierno de México para la atracción de inversión y la consolidación de las cadenas productivas en nuestro país, basados en algunos ejes como son: 
  • Movilización de infraestructura existente: Ponemos a disposición más de 40 millones de metros cuadrados de Área Bruta Rentable (ABR) en sectores estratégicos como el industrial, agroindustrial, comercial, de oficinas, auto almacenamiento y educativo. Esto permite a las empresas instalarse de manera inmediata, sin necesidad de construir desde cero. 
  • Cobertura en Polos de Desarrollo Estratégicos: Las FIBRAs asociadas ya tienen presencia de sus inmuebles en los principales Polos de Desarrollo del país: Franja Fronteriza, Golfo de California, Zona Norte, Zona Centro y el entorno del AIFA. Esto nos posiciona como un aliado clave en la descentralización del crecimiento económico. 
  • Fortalecimiento de cadenas de valor nacionales: Mediante nuestras instalaciones, buscamos integrar proveedores locales y fomentar el desarrollo de sectores como el automotriz, aeroespacial, farmacéutico y la manufactura avanzada. 
  • Impulso a nuevas inversiones y expansión empresarial: La disponibilidad de espacios listos para operar facilita la llegada de empresas y el crecimiento de las ya instaladas, consolidando a México como un destino competitivo y atractivo para la inversión. 
  • Desarrollo de infraestructura complementaria: Además del componente industrial, nuestras FIBRAs también están desarrollando infraestructura comercial, hotelera, educativa, de oficinas y almacenamiento, fortaleciendo el ecosistema integral de los Polos de Desarrollo. 
  1. ¿Cómo identifican nuevas oportunidades de inversión en el mercado inmobiliario? Mediante un enfoque integral y estratégico, las FIBRAs identifican oportunidades de inversión incluyendo las mejores prácticas: 
  • Análisis de tendencias del mercado: Las FIBRAs monitorean continuamente las dinámicas del mercado para detectar áreas con alto potencial de crecimiento. Esto incluye la evaluación de sectores emergentes y regiones geográficas en desarrollo.
  • Diversificación de portafolios: Se busca diversificar las inversiones en diferentes tipos de propiedades, de acuerdo con la especialización de cada FIBRA en segmentos como el industrial, centros comerciales, hoteleras, de oficinas, educación y auto almacenamiento y otros, así, se mitigan riesgos y se atienden las necesidades del mercado. 
  • Evaluación de criterios ASG: La incorporación de criterios Ambientales, Sociales y de Gobernanza (ASG) es fundamental en las nuevas edificaciones y especialmente en las ya existentes. Esto asegura que las propiedades no solo sean rentables, sino también sostenibles en el tiempo y responsables socialmente. 
  • Certificaciones y estándares internacionales: Las FIBRAs priorizan inversiones en propiedades que cumplan con certificaciones reconocidas, como LEED y EDGE, garantizando altos estándares de eficiencia y sostenibilidad. 
  • Alianzas estratégicas: Se establecen colaboraciones con desarrolladores, instituciones financieras y otras asociaciones relacionadas, creando valor al actuar en conjunto. Este enfoque permite a las FIBRAs asociadas a AMEFIBRA mantenerse a la vanguardia en el mercado inmobiliario, adaptarse a las tendencias cambiantes y contribuir al desarrollo económico sostenible de México. 
  1. ¿Qué estrategias específicas están utilizando para expandir su portafolio y aumentar su presencia en el mercado? Las FIBRAs asociadas a AMEFIBRA están implementando diversas estrategias para expandir sus portafolios y fortalecer su presencia en el mercado. Estas incluyen la adquisición de activos estratégicos, especialmente en sectores emergentes, así como la diversificación geográfica para cubrir demandas en todos los estados del país. Además, se están enfocadas en la modernización y certificación de propiedades existentes para mejorar su competitividad y sostenibilidad.
  2. ¿Cómo manejan el riesgo asociado con las fluctuaciones del mercado inmobiliario? Las FIBRAs gestionan el riesgo mediante la diversificación de sus portafolios en diversos sectores y ubicaciones geográficas, lo que ayuda a aprovechar las oportunidades de las fluctuaciones en el mercado inmobiliario. Además, mantienen altos niveles de ocupación y establecen contratos de arrendamiento a largo plazo con inquilinos sólidos, lo que proporciona estabilidad en los ingresos, además, un alto porcentaje de los contratos de las FIBRAs están denominados en dólares. La adopción de prácticas de gobernanza y transparencia también contribuye a una eficiente gestión de riesgos. 
  1. ¿Qué papel ha jugado AMEFIBRA en la transformación del mercado inmobiliario en México? Las FIBRAs han sido fundamentales en la transformación del mercado inmobiliario mexicano, promoviendo el crecimiento inmobiliario de manera profesional, con integración de criterios internacionales y en prácticas sostenibles, democratizando la inversión en bienes raíces en un entorno más transparente y atractivo, lo que ha impulsado el crecimiento y la diversificación del mercado inmobiliario en el país. Desde su implementación hace 14 años, los Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (FIBRAs) en México han mostrado un crecimiento notable, acumulando activos con un valor de más de 891 mil millones de pesos. Este avance está respaldado por una superficie rentable superior a los 30.5 millones de metros cuadrados en edificaciones y una tasa de ocupación promedio de más del 95%. Estos datos reflejan el papel fundamental que hoy desempeñan las FIBRAs en el desarrollo inmobiliario y en el impulso de la economía nacional. 
  2. ¿Qué factores considera más importantes al evaluar una FIBRA inmobiliaria para invertir? Al evaluar una FIBRA inmobiliaria, es esencial considerar la ubicación y calidad de sus portafolios, los niveles de ocupación, la eficiencia operativa y financiera, los contratos con sus arrendatarios, así como el compromiso con prácticas de transparencia y sustentabilidad. entre otros factores que proporcionan una visión integral de la estabilidad y potencial de crecimiento de la FIBRA.
  3. ¿Cómo ha cambiado la percepción de las fibras inmobiliarias entre los inversionistas desde su inicio? Desde su introducción al mercado mexicano, las FIBRAs han ganado confianza hacia sus inversionistas al demostrar estabilidad en los ingresos y periodicidad de sus distribuciones, transparencia en su gestión de reporteo y compromiso con la sostenibilidad. La profesionalización del sector y la adopción constante de mejores prácticas han contribuido a la positiva percepción de estos instrumentos como opciones de inversión atractivas y confiables. Un porcentaje superior al 45% de las inversiones en las FIBRAs está representado por las Afores, facilitando el acceso a la inversión en bienes raíces para millones de mexicanos. 
  4. ¿Cómo ha influido la regulación gubernamental en la evolución de las fibras inmobiliarias en México? Las FIBRAs en México, están reguladas por las principales autoridades gubernamentales, fomentando la transparencia, la estabilidad del mercado y el desarrollo inmobiliario en el país. también ha contribuido a la consolidación de las FIBRAs como instrumentos financieros sólidos y confiables. 
  5. ¿Qué lecciones se han aprendido a lo largo de los años desde la creación de las fibras? Las FIBRAs están gestionadas por profesionales del sector inmobiliario que conocen la importancia de la institucionalización y la gestión de riesgos, la transparencia y el compromiso con sus inversionistas. Se han adaptado a las condiciones naturales del mercado para mantener la confianza de todos sus stakeholders. 
  6. ¿Qué iniciativas ha tomado AMEFIBRA para promover prácticas sostenibles en el sector? Es un orgullo compartir que la sostenibilidad es uno de los mayores compromisos estratégicos de nuestra asociación, trabajamos activamente para posicionar a México como referente en prácticas responsables dentro del sector inmobiliario. Entre nuestras principales iniciativas en materia de sostenibilidad destacan: 
  • Adopción total de Principios ASG: El 100% de las FIBRAs asociadas a AMEFIBRA reporta indicadores Ambientales, Sociales y de Gobierno Ccorporativo (ASG), lo que garantiza una operación profesional basada en la transparencia, responsabilidad ambiental y compromiso social. constantemente se promueven nuevas políticas de desarrollo sustentable, diversidad e inclusión, consolidando una industria más ética y equitativa. 
  • Liderazgo en Bonos Verdes: Las FIBRAs inmobiliarias han sido pioneras en el financiamiento sostenible. A la fecha, hemos emitido más de 2,000 millones de dólares en bonos verdes, reafirmando nuestro compromiso con proyectos que reducen la huella ambiental y generan valor ambiental y social a largo plazo. 
  • Certificación internacional de propiedades: Más de 8 millones de metros cuadrados de propiedades de las FIBRAs están certificados bajo estándares de clase mundial, lo que evidencia nuestro esfuerzo constante por mejorar el desempeño ambiental del portafolio inmobiliario nacional. Algunas de las certificaciones obtenidas incluyen: LEED (Leadership in Energy and Environmental Design), EDGE (Excellence in Design for Greater Efficiencies), Green Key, BOMA BEST, Calidad Ambiental Turística (PROFEPA), y otras.
  • Aumento en el consumo de energías renovables: Hemos incrementado el consumo en energías renovables en las propiedades del 17% al 21% tan sólo en el último año, promoviendo así la eficiencia energética y la descarbonización del sector. Estas acciones no solo impulsan la competitividad y la innovación, sino que demuestran el compromiso de las FIBRAs en su alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODSs). 
  1. ¿Qué la motivó a unirse al sector inmobiliario y qué ha aprendido en su rol actual? De manera personal, tengo una trayectoria de más de 30 años en el sector inmobiliario, puedo decir que ha sido un gran aprendizaje que me ha dejado mucha satisfacción por ser un sector tangible y en constante crecimiento, que genera grandes fuentes de empleo y desarrollo del país, es el termómetro del crecimiento económico de todos los países. En lo personal me apasiona el tema del desarrollo urbano de las ciudades que representa una gran injerencia en la calidad de vida de las personas, la forma en que interactúas con un bien raíz es determinante para la creación de tejido social y desarrollo de los individuos como personas.
  2. ¿Cómo planea adaptarse AMEFIBRA a las tendencias cambiantes del mercado inmobiliario en el futuro? En AMEFIBRA, reconocemos que el mercado inmobiliario está en constante evolución. Para adaptarnos a estas tendencias, nuestras estrategias incluyen:
  • Incorporación de prácticas sostenibles y nuevas tecnologías: Estamos comprometidos con la implementación continua de prácticas sostenibles y la adopción de tecnologías innovadoras en todas las etapas de nuestros procesos. 
  • Respuesta ágil a las necesidades del mercado: Nos enfocamos en adaptarnos rápidamente a los cambios en las preferencias de los consumidores, asegurando que nuestros desarrollos inmobiliarios satisfagan las necesidades actuales y futuras. 
  • Expansión y diversificación: Buscamos oportunidades para expandir y diversificar nuestros portafolios, incluyendo sectores emergentes como el agrícola y la vivienda, para aprovechar nuevas oportunidades de inversión. Estas acciones reflejan nuestro compromiso con la innovación y la sostenibilidad, posicionándonos como líderes en el sector inmobiliario mexicano.
  1. ¿Qué consejos le daría a un nuevo inversionista que está considerando invertir en FIBRAS? Para aquellos interesados en invertir en FIBRAs, recomendamos: 
  • Conocer el tipo de FIBRAs: Identifique los tipos de instrumentos que le resulten familiares o de interés, como oficinas, centros comerciales, hoteles o naves industriales. Puede ser más de uno.
  • Asesorarse con profesionales: Acérquese a un intermediario bursátil o casa de bolsa para obtener orientación sobre cómo invertir en FIBRAs y comprender las ventajas y beneficios de este innovador instrumento
  • Diversificar su inversión: Considere diversificar su inversión en diferentes FIBRAs para mitigar riesgos y aprovechar diversas oportunidades en el mercado inmobiliario. 
  • No es necesario contar con sumas grandes de dinero para invertir en FIBRAS pues ahora hay mecanismos sencillos para hacerlo, incluidas aplicaciones que uno mismo puede manejar.
  • Es importante destacar que el rendimiento de las fibras ha sido excelente, es superior al promedio del mercado financiero de México. En 2024 el sector cerró el año con un crecimiento promedio del 15%, lo que representa un 8% por encima del rendimiento promedio del mercado de valores mexicano. Invertir en FIBRAs es una forma accesible y eficiente de participar en el mercado inmobiliario de forma segura, ofreciendo rendimientos atractivos y exposición a activos tangibles. 
  1. ¿Hay algo que le gustaría compartir a nuestros lectores de Mundo Fiduciario? Espero que esta información haya sido de su agrado y que despierte en ellos el interés por conocer más de las FIBRAs y del sector inmobiliario y de cómo pueden crecer su patrimonio de forma sencilla, reconociendo el entusiasmo que las FIBRAs inyectan al desarrollo del país.

 

 

Josefina Moisés Oliver

 

Directora General de AMEFIBRA. 

La Reinvención del Fiduciario: 7 Claves que Redefinirán los Servicios Fiduciarios en 2025 y 2026 

Los fideicomisos ya no son lo que solían ser. Y lejos de ser una amenaza, es una excelente noticia. 

 

Durante años, el sector fiduciario se percibió como un bastión conservador, discreto y eminentemente técnico, limitado al ámbito legal. Sin embargo, estamos ante una transformación radical. En 2025, los servicios fiduciarios ingresarán a una nueva etapa caracterizada por digitalización, transparencia, sostenibilidad e integración regional. Lo que antes era un oficio silencioso, ahora se consolida como un pilar esencial en la gestión patrimonial, el desarrollo institucional y la innovación financiera. 

 

A continuación, siete fuerzas transformadoras que están dando forma al nuevo fiduciario en Latinoamérica y el mundo, respaldadas por casos concretos que evidencian que el cambio ya está en marcha. 

 

  1. Del Sigilo a la Supervisión: La Era del Fiduciario Transparente

 

Hoy, los fiduciarios operan en un entorno regulatorio mucho más riguroso que hace una década. Normativas internacionales como FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act), CRS (Common Reporting Standard) y los marcos de transparencia fiscal promovidos por el GAFI han pasado de ser desafíos para convertirse en estándares obligatorios. Esta evolución ha desplazado el paradigma del «sigilo fiduciario» hacia una supervisión continua. 

 

La presión regulatoria ha impulsado un cambio en la cultura organizacional de las fiduciarias. Ahora, un fiduciario competitivo invierte tanto en cumplimiento como en tecnología o talento. La gestión de beneficiarios finales, la trazabilidad de fondos y la prevención del lavado de activos se han convertido en funciones clave. Firmas que se adaptan incorporan soluciones RegTech para monitoreo automatizado, análisis de riesgos en tiempo real y reportes dinámicos ante autoridades nacionales e internacionales. 

 

Este giro no solo responde a demandas legales, sino también a las expectativas de los clientes institucionales, quienes valoran la reputación y la ética fiduciaria tanto como la rentabilidad o eficiencia operativa. En Colombia, por ejemplo, la Superintendencia Financiera ha fortalecido sus mecanismos de fiscalización sobre fiduciarias, exigiendo reportes detallados sobre estructuras offshore, lo que ha impulsado a varias firmas a adoptar soluciones de analítica avanzada y automatización de cumplimiento. 

 

  1. TrustTech: Cuando el Fideicomiso se Vuelve Digital

 

El sector fiduciario está viviendo su propia revolución tecnológica. La digitalización de procesos tradicionales como la constitución de fideicomisos, la verificación de clientes (KYC), la gestión documental y el seguimiento de condiciones fiduciarias ha reducido de manera significativa los tiempos y costos asociados. 

 

Las plataformas fiduciarias inteligentes permiten a los fiduciarios operar de forma remota, con el respaldo de blockchain, firmas electrónicas avanzadas y sistemas de administración con interfaces amigables para el cliente. Además, la inteligencia artificial comienza a desempeñar un papel fundamental en el análisis de contratos, la validación de operaciones y la anticipación de riesgos operativos o legales. 

 

Este nuevo ecosistema, conocido como TrustTech, redefine el rol del fiduciario, que deja de ser solo un custodio de activos para convertirse en facilitador digital de estructuras legales flexibles, transparentes y escalables. Para los países emergentes, esto representa una oportunidad para democratizar el acceso a los fideicomisos, ampliando su uso a emprendedores, inversionistas independientes y familias de clase media. 

 

Las plataformas digitales fiduciarias están automatizando lo que antes requería semanas: onboarding, verificación KYC, gestión de documentos y monitoreo de cumplimiento. En México, por ejemplo, la fintech legal Legalario ha desarrollado herramientas digitales para formalizar fideicomisos simples en línea, lo que reduce los costos y el tiempo de implementación para emprendedores y PYMEs. 

 

Con todo, el avance de la digitalización en el sector fiduciario está comenzando a consolidarse, con iniciativas que facilitan el acceso a servicios fiduciarios en línea para diversas industrias. 

 

  1. Fideicomisos para la Vida: Sucesión, Protección y Planificación

 

El fideicomiso ha dejado de ser un instrumento exclusivo para grandes fortunas. En un contexto de incertidumbre política, inestabilidad económica y cambios legislativos frecuentes, más personas están recurriendo a esta herramienta para proteger su patrimonio, garantizar su legado y organizar su sucesión de manera efectiva. 

 

Los Fideicomisos Revocables, de Administración o Testamentarios ofrecen protección frente a disputas familiares, acreedores o riesgos regulatorios. Además, permiten una planificación ordenada y privada de la transferencia de bienes, algo cada vez más atractivo en un entorno de creciente fiscalización estatal. 

 

Hoy, muchas firmas latinoamericanas ofrecen paquetes estandarizados para fideicomisos de planificación patrimonial que incluyen cláusulas de contingencia, administración de bienes internacionales y esquemas de distribución bajo condiciones especiales (como edad, estudios o matrimonio de los beneficiarios). En Panamá, por ejemplo, varios despachos están estructurando fideicomisos revocables para familias que desean proteger sus activos frente a conflictos sucesorios o situaciones de inestabilidad política. En Nicaragua, los fideicomisos se están posicionando como una alternativa válida para la protección del patrimonio familiar, especialmente en un entorno económico donde la planificación patrimonial se vuelve cada vez más esencial. 

 

  1. Sostenibilidad y Propósito: El Fiduciario como Agente de Impacto

 

El fiduciario del futuro no solo gestionará activos; también administrará propósitos. Cada vez más estructuras fiduciarias tienen como objetivo la sostenibilidad, el desarrollo social o el financiamiento de iniciativas con impacto positivo. 

 

Este enfoque responde a una nueva generación de inversionistas y filántropos que buscan combinar retorno financiero con resultados tangibles en términos ambientales, sociales y de gobernanza (criterios ESG). El fiduciario se convierte así en garante del uso adecuado de los fondos para áreas como educación, salud, cultura, conservación ambiental o innovación tecnológica con impacto social. 

 

Las fiduciarias deben desarrollar la capacidad técnica para medir resultados, auditar impactos y estructurar proyectos en colaboración con ONGs, bancos multilaterales o el sector público. Los fideicomisos de impacto social, educativo, ambiental o de salud están en auge. En Chile, por ejemplo, la Fundación San Carlos de Maipo está utilizando fideicomisos para canalizar inversiones sociales orientadas a la salud mental y la educación infantil, alineadas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU. 

 

  1. Tokenización y Activos Digitales: La Frontera del Fideicomiso 3.0

 

La tokenización de activos físicos y digitales plantea una nueva frontera para los servicios fiduciarios. Desde bienes raíces hasta derechos de autor, pasando por obras de arte y acciones privadas, casi cualquier activo puede ser transformado en un token digital intercambiable y fraccionable. 

 

El fiduciario tiene un papel esencial en este ecosistema: como custodio de los activos subyacentes, garante de los derechos de los tokens holders y administrador de las reglas del smart contract que rige su funcionamiento. 

 

Aunque la regulación en América Latina aún está en sus primeras etapas, ya se observan iniciativas de tokenización estructuradas bajo fideicomisos tradicionales con cláusulas adaptadas al entorno digital. En Estados Unidos, la plataforma RealT permite a los inversionistas comprar fracciones tokenizadas de propiedades inmobiliarias, estructuradas a través de fideicomisos, un modelo que podría replicarse en América Latina. 

 

  1. Fideicomisos Públicos y APPs: Transparencia y Ejecución con Propósito

 

En varios países, el fideicomiso es la herramienta preferida para administrar fondos públicos, ejecutar proyectos estratégicos o implementar alianzas público-privadas (APPs). Su valor radica en su flexibilidad, trazabilidad y capacidad para proteger los recursos de injerencias políticas o burocráticas. 

 

El reto radica en hacerlo con una gobernanza sólida: manuales operacionales, procesos de rendición de cuentas, auditorías independientes y participación de múltiples partes interesadas. Las instituciones multilaterales y los bancos de desarrollo exigen estructuras fiduciarias como condición para desembolsos o cooperación técnica. 

 

  1. Multilatino por Naturaleza: El Futuro es Regional y Conectado

 

Los clientes de hoy tienen inversiones en varios países, activos diversificados y necesidades de cobertura jurídica regional. Esto obliga al fiduciario moderno a operar con una mentalidad multilatina, creando sinergias con otras jurisdicciones y manejando estructuras complejas que cruzan fronteras. 

 

El fiduciario de éxito debe comprender marcos normativos diversos, como regulaciones cambiarias, fiscales y societarias, y contar con aliados estratégicos en diferentes países. La coordinación multi-jurisdiccionales y la estandarización de políticas de cumplimiento son esenciales para gestionar eficientemente estos escenarios. 

 

En la región, países como Nicaragua, Costa Rica, El Salvador y otros de Centroamérica requieren una atención especializada debido a las particularidades de sus marcos legales y económicos. En Nicaragua, por ejemplo, la creciente demanda de servicios fiduciarios relacionados con la protección de activos y la planificación patrimonial está abriendo nuevas oportunidades para estructuras fiduciarias regionales. Un grupo empresarial centroamericano con operaciones en Nicaragua, Costa Rica y El Salvador recientemente estructuró un fideicomiso regional para consolidar la garantía de sus créditos sindicados, lo cual requirió coordinación fiduciaria multi-jurisdiccionales y armonización regulatoria. 

 

Así, el fiduciario moderno debe dominar las complejidades de operar a nivel regional, abriendo puertas a la cooperación entre diversas jurisdicciones y gestionando con éxito la sincronización de procesos y el cumplimiento normativo en cada país. 

 

Evolucionar o Desaparecer 

 

El mundo fiduciario ha dejado atrás su traje gris. El nuevo fiduciario es digital, ético, técnico, interdisciplinario y con una mirada global. Debe ser tan ágil como preciso, tan regulado como innovador. 

 

Las reglas han cambiado. Y quienes no se adapten quedarán atrás. 

 

¿Estás listo para liderar esta nueva era fiduciaria?

 

 

 

Camilo Bernheim
 

Abogado especializado en Derecho Corporativo, Desarrollo de Negocios, Fintech y Servicios Fiduciarios. 

Ventajas y Mitos de un Fideicomiso Patrimonial 

Por Johan Lázaro 

Recientemente se ha escuchado mucho un término llamado
“Fideicomiso”, el cual se puso en tendencia debido a la controversia que se generó por la extinción de Fideicomisos asociados al Sistema Judicial y al Gobierno Federal de México. Sin embargo, para muchas personas, este concepto suena extraño o desconocido, mientras que para los que sí lo conocen, es percibido como una vía para dar certeza jurídica o para proteger patrimonios. 

En las siguientes líneas, se abordará el Fideicomiso Patrimonial, una herramienta legal, que ha sido considerada exclusiva para las personas con grandes patrimonios o fortunas. Esta percepción ha llevado a malentendidos y a la creación de mitos respecto a su finalidad, funcionamiento y estructura. No obstante, este recurso jurídico permite que cualquier persona o familia asegure todas sus propiedades, bienes, derechos y fondos.  

Hoy en día, es crucial que tanto familias como personas conozcan esta herramienta, tengan una visión amplia de los beneficios y alcances, y comprendan lo importancia de realizar una adecuada planeación patrimonial para evitar conflictos futuros.  

A continuación, se describirá su concepto, ventajas, y mitos comunes relacionados. 

Concepto y Ventajas del Fideicomiso Patrimonial 

El fideicomiso es un contrato legal mediante el cual una persona moral o física denominada fideicomitente, transfiere la propiedad de sus activos, bienes o derechos a una institución fiduciaria (fiduciario), con el propósito de destinarlos a un fin lícito y determinado (Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, 2018)Esta institución bancaria se encarga de administrar y custodiar los bienes y activos que conforman el patrimonio fideicomitido en beneficio de terceros (fideicomisarios), actuando siempre con la debida diligencia, cuidado y responsabilidad, bajo el principio de un buen padre de familia. 

El Fideicomiso Patrimonial se alinea con las características mencionadas anteriormente. A través de este instrumento jurídico, el titular o fideicomitente establece directrices específicas para la transferencia, protección, inversión, transmisión y eventual disposición de su patrimonio, designando a las personas que se beneficiarían en vida o en un futuro. 

Este modelo de fideicomiso permite al fideicomitente conservar sus derechos y mantener el control sobre los bienes, asegurando que se cumpla el propósito de preservar y proteger el patrimonio conforme a los términos establecidos. En esencia, se trata de un contrato mediante cual una persona o grupo de personas define la planeación, gestión y administración de su patrimonio.  

Este vehículo ofrece una gran versatilidad, puesto que permite adaptar sus características a los intereses de quienes lo constituyen, con el propósito cumplir con la voluntad de las partes y facilitar la transmisión de bienes en diferentes situaciones, como en una sucesión mortis causa, el cumplimiento de una condición o de un plazo determinado. (Pérez , 2024) 

Tipo de activos Transferibles al Fideicomiso Patrimonial 

A continuación, se enumeran algunos de los activos que pueden ser aportados en un Fideicomiso Patrimonial para su protección y administración. (BIM, 2023) 

  • Bienes inmuebles 
  • Dinero 
  • Flujos de Fondos 
  • Títulos de inversiones 
  • Títulos de acciones de sociedades 
  • Pólizas de Seguros de vida 
  • Dividendos 
  • Otros 

Entre sus ventajas más relevantes destacan: 

  • Planeación sucesoria: Permite la transmisión directa de los bienes a los beneficiarios designados, evitando la necesidad de recurrir al proceso testamentario, sin costos judiciales. (H&CO, 2024) 
  • Ceder la propiedad a la Fiduciaria: Al constituir un Fideicomiso, los activos y bienes son transferidos al patrimonio de este, lo que implica que pasan a ser propiedad de la Institución Fiduciaria, quien es la responsable de administrarlos en favor de los beneficiarios, dejando de estar a nombre del titular real (Fideicomitente). (Gutiérrez Patrón, 2021) 
  • Protección de Activos: Los bienes o derechos transferidos a un fideicomiso están protegidos de embargos o acciones legales en su contra, dado que quedan fuera del patrimonio del fideicomitente, brindando mayor seguridad jurídica. (Collier Law, s.f.) 

 

  • Confidencialidad: El fiduciario no revelará ninguna información confidencial de los bienes, activos, derechos y beneficiarios del fideicomiso.  (Vela, 2024) 

 

  • Reducción de Impuestos o Aplicación de Tasas Menores: Contribuye a mejorar la carga fiscal o bien la reducción en los impuestos sobre donaciones y sucesiones. (Collier Law, s.f.) 
  • Traje Hecho a la Medida: Permite estructurarse acorde las necesidades del titular, estableciendo características, condiciones, cláusulas y fines específicos, lo que permite una adecuada administración de activos, la definición de un procedimiento claro para la distribución de recursos, la correcta transmisión de las propiedades y mayor tranquilidad para quien lo constituye y sus beneficiarios. 
  • Continuidad Generacional: Un fideicomiso puede ser diseñado para preservar los bienes o intereses de una familia a lo largo de las generaciones, garantizando que se mantengan conforme a los lineamientos establecidos en el fideicomiso. (Collier Law, s.f.) 

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Ventajas y Mitos de un Fideicomiso Patrimonial 

Por Johan Lázaro 

Recientemente se ha escuchado mucho un término llamado
“Fideicomiso”, el cual se puso en tendencia debido a la controversia que se generó por la extinción de Fideicomisos asociados al Sistema Judicial y al Gobierno Federal de México. Sin embargo, para muchas personas, este concepto suena extraño o desconocido, mientras que para los que sí lo conocen, es percibido como una vía para dar certeza jurídica o para proteger patrimonios. 

 

En las siguientes líneas, se abordará el Fideicomiso Patrimonial, una herramienta legal, que ha sido considerada exclusiva para las personas con grandes patrimonios o fortunas. Esta percepción ha llevado a malentendidos y a la creación de mitos respecto a su finalidad, funcionamiento y estructura. No obstante, este recurso jurídico permite que cualquier persona o familia asegure todas sus propiedades, bienes, derechos y fondos.  

 

Hoy en día, es crucial que tanto familias como personas conozcan esta herramienta, tengan una visión amplia de los beneficios y alcances, y comprendan lo importancia de realizar una adecuada planeación patrimonial para evitar conflictos futuros.  

A continuación, se describirá su concepto, ventajas, y mitos comunes relacionados. 

 

Concepto y Ventajas del Fideicomiso Patrimonial 

 

El fideicomiso es un contrato legal mediante el cual una persona moral o física denominada fideicomitente, transfiere la propiedad de sus activos, bienes o derechos a una institución fiduciaria (fiduciario), con el propósito de destinarlos a un fin lícito y determinado (Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, 2018)Esta institución bancaria se encarga de administrar y custodiar los bienes y activos que conforman el patrimonio fideicomitido en beneficio de terceros (fideicomisarios), actuando siempre con la debida diligencia, cuidado y responsabilidad, bajo el principio de un buen padre de familia. 

 

El Fideicomiso Patrimonial se alinea con las características mencionadas anteriormente. A través de este instrumento jurídico, el titular o fideicomitente establece directrices específicas para la transferencia, protección, inversión, transmisión y eventual disposición de su patrimonio, designando a las personas que se beneficiarían en vida o en un futuro. 

 

Este modelo de fideicomiso permite al fideicomitente conservar sus derechos y mantener el control sobre los bienes, asegurando que se cumpla el propósito de preservar y proteger el patrimonio conforme a los términos establecidos. En esencia, se trata de un contrato mediante cual una persona o grupo de personas define la planeación, gestión y administración de su patrimonio.  

 

Este vehículo ofrece una gran versatilidad, puesto que permite adaptar sus características a los intereses de quienes lo constituyen, con el propósito cumplir con la voluntad de las partes y facilitar la transmisión de bienes en diferentes situaciones, como en una sucesión mortis causa, el cumplimiento de una condición o de un plazo determinado. (Pérez , 2024) 

 

Tipo de activos Transferibles al Fideicomiso Patrimonial 

 

A continuación, se enumeran algunos de los activos que pueden ser aportados en un Fideicomiso Patrimonial para su protección y administración. (BIM, 2023) 

 

  • Bienes inmuebles 
  • Dinero 
  • Flujos de Fondos 
  • Títulos de inversiones 
  • Títulos de acciones de sociedades 
  • Pólizas de Seguros de vida 
  • Dividendos 
  • Otros 

 

Entre sus ventajas más relevantes destacan: 

 

  • Planeación sucesoria: Permite la transmisión directa de los bienes a los beneficiarios designados, evitando la necesidad de recurrir al proceso testamentario, sin costos judiciales. (H&CO, 2024) 
  • Ceder la propiedad a la Fiduciaria: Al constituir un Fideicomiso, los activos y bienes son transferidos al patrimonio de este, lo que implica que pasan a ser propiedad de la Institución Fiduciaria, quien es la responsable de administrarlos en favor de los beneficiarios, dejando de estar a nombre del titular real (Fideicomitente). (Gutiérrez Patrón, 2021) 
  • Protección de Activos: Los bienes o derechos transferidos a un fideicomiso están protegidos de embargos o acciones legales en su contra, dado que quedan fuera del patrimonio del fideicomitente, brindando mayor seguridad jurídica. (Collier Law, s.f.) 
  • Confidencialidad: El fiduciario no revelará ninguna información confidencial de los bienes, activos, derechos y beneficiarios del fideicomiso.  (Vela, 2024) 
  • Reducción de Impuestos o Aplicación de Tasas Menores: Contribuye a mejorar la carga fiscal o bien la reducción en los impuestos sobre donaciones y sucesiones. (Collier Law, s.f.) 
  • Traje Hecho a la Medida: Permite estructurarse acorde las necesidades del titular, estableciendo características, condiciones, cláusulas y fines específicos, lo que permite una adecuada administración de activos, la definición de un procedimiento claro para la distribución de recursos, la correcta transmisión de las propiedades y mayor tranquilidad para quien lo constituye y sus beneficiarios. 
  • Continuidad Generacional: Un fideicomiso puede ser diseñado para preservar los bienes o intereses de una familia a lo largo de las generaciones, garantizando que se mantengan conforme a los lineamientos establecidos en el fideicomiso. (Collier Law, s.f.) 

 

Mitos Comunes sobre el Fideicomiso Patrimonial

 

Si bien el Fideicomiso Patrimonial es un excelente mecanismo legal con ventajas para proteger un patrimonio, aún existen ideas equivocadas, ya que muchas personas lo visualizan riesgoso, complejo o les produce desconfianza. Por ello, el desconocimiento, la limitada comprensión de sus beneficios y su funcionamiento han permitido que se creen mitos que limitan su alcance y potencial. A continuación, se presentarán algunos mitos comunes y se describirá la realidad de estos escenarios. 

 

Mito 1: Al constituir un fideicomiso, pierdo el control sobre mis bienes 

 

Las personas tienen el temor que al constituir este tipo de Fideicomiso se perderá el control sobre los bienes, propiedades o fondos transferirlos al Fiduciario. 

 

Realidad: El fideicomitente o titular no pierde el control sobre sus activos. Al contrario, al constituir un fideicomiso, tiene la facultad de establecer todos los lineamientos, condiciones y términos para administrar sus bienes, definir a los beneficiarios. No obstante, también puede designar un comité técnico integrado por un grupo de personas de confianza que ayuden en la supervisión y administración del fideicomiso. 

 

Mito 2: Es un instrumento complicado y costoso de mantener 

 

Uno de mitos más latente en la sociedad es la creencia de que este instrumento es complicado y costosos de mantener, es decir, que solo es de uso exclusivo de grandes fortunas o patrimonios y que implica costos elevados por su creación y administración.  

 

Realidad: Este tipo de Fideicomiso tiene reglas y características propias que se deben comprender para poder establecer la estructura, objetivos y fines del contrato, por lo cual podría considerarse complicado.  Además, es trascendental reconocer que este lleva implícitos costos de análisis, estructuración y administración, los cuales varían en función del tipo de fideicomiso, cantidad de propiedades y bienes, así como las responsabilidades que el Fiduciario debe asumir para cumplir con las disposiciones del Fideicomitente. 

Este instrumento se puede personalizar o realizarlo a la medida acorde a las necesidades particulares, ya sea para un patrimonio considerable o modesto. 

 

Por otro lado, se debe contemplar que la labor del fiduciario es actuar «como un buen padre de familia,» brindando seguridad jurídica al administrar los bienes que el titular agrega al fideicomiso. Además, al constituir esta herramienta legal, se puede tener acceso a ciertas ventajas fiscales tales como reducción del impuesto sobre el patrimonio, planificación del impuesto sobre la renta, evitar sucesión. (Collier Law, s.f.).  Asimismo, es relevante considerar que tiene una estructura más flexible o versátil, en comparación con otros tipos de instrumentos de planeación patrimonial.

 

Mito 3: El fideicomiso es irreversible e inmodificable 

 

Existe la idea de que, una vez creado un fideicomiso patrimonial, este no puede modificarse o es irreversible, y solo resta esperar el tiempo o las condiciones establecidas en el contrato para su cumplimiento o ejecución.  

 

Realidad:  Durante la vigencia del Fideicomiso mientras el titular o fideicomitente esté vivo, tiene la facultad de realizar modificaciones, tales como adherir otras propiedades, designar nuevos beneficiarios, agregar o ajustar alguna condición o cláusula establecida. Estas modificaciones, deben cumplir con el marco legal aplicable a este recurso, y es fundamental que cualquier modificación en las reglas del fideicomiso, se formalicen en un documento escrito que respete los lineamientos jurídicos del contrato original. (Sucre Míguex, s.f.) 

 

Mito 4: Un fideicomiso solo es útil en casos de muerte o incapacidad 

 

La concepción común entre muchas personas es que la creación del fideicomiso patrimonial solo es necesario en caso de fallecimiento o incapacidad. 

 

Realidad: Los alcances de este instrumento van más allá de esos escenarios, ya que es un instrumento ideal para la administración de propiedades y para planeación sucesoria. Este recurso legal se puede constituir mientras el fideicomitente se encuentra vivo, mismo que tiene la posibilidad de efectuar modificaciones según a sus intereses y necesidades. Además, esta herramienta ayuda a blindar el patrimonio del fideicomiso antes riesgos legales y financieros, a su vez la carga tributaria. Por lo tanto, es fundamental reconocer que el fideicomiso es un mecanismo versátil, flexible y con múltiples beneficios. 

 

Mito 5: El fideicomiso expone mis bienes a los riesgos del fiduciario 

 

Algunas personas consideran que, al constituir el Fideicomiso, y transferir los bienes al Banco que actúa como fiduciario, estos quedan expuestos a los riesgos asociados a sus actividades u operaciones propias. 

 

Realidad:  Los bienes que constituyen el patrimonio de un Fideicomiso no forman parte del patrimonio del Fiduciario, permanecen separados y son destinados a los fines establecidos en el contrato de Fideicomiso. Esta separación garantiza que los bienes no sean sujetos a ninguna obligación o riesgo financiero propios del fiduciario. Además, las instituciones financieras tienen la obligación legal de mantener los bienes del fideicomiso completamente separados de su propio patrimonio, asegurando que estén protegidos y administrados de acuerdo con las regulaciones y condiciones contractuales, protegiendo los intereses de los fideicomitentes y beneficiarios. (Central Fiduciaria, 2017) 

 

Mito 6: Mis herederos pueden impugnar el fideicomiso, igual que un testamento 

 

Muchos piensan que los herederos o beneficiarios tienen la posibilidad de impugnar el fideicomiso de la misma manera que lo harían con un testamento.  

 

Realidad:  Una vez que el fideicomiso ha sido constituido y ocurre el fallecimiento del fideicomitente, este no puede ser impugnado por los herederos o familiares, a diferencia de un testamento, que en ciertos casos puede ser sujeto de cuestionamientos. Sin embargo, es crucial contemplar que, al fallecer el titular, el fideicomiso se convierte en irrevocable y el fiduciario tiene la obligación de cumplir con las condiciones establecidas en el contrato.  Así mismo, los beneficiarios, no tienen la facultad de modificar o impugnar los términos y condiciones del fideicomiso, por lo que deberán regirse por los lineamientos o disposiciones legales contractuales al igual que los procesos a los cuales está sujeto el instrumento.  

 

En conclusión, el fideicomiso patrimonial es una herramienta legal valiosa, flexible y versátil que no debe limitarse a la idea que solo está al alcance de personas con grandes fortunas.  Más allá de las malinterpretaciones, prejuicios o mitos acerca de su funcionamiento, este mecanismo brinda una serie de beneficios importantes, como la administración y protección de bienes, la planeación sucesoria, y la optimización de la carga fiscal. Además, permite que tanto personas como familias pueden administrar su patrimonio de manera segura, transparente. 

 

Finalmente, al tener una perspectiva más amplia del fideicomiso, su funcionamiento, participantes, ventajas o beneficios, costos, más personas y familias podrían considerar este instrumento legal como una solución para sus necesidades o preocupaciones relacionadas con la administración y protección de su patrimonio. Además, el Fideicomiso, puede estructurarse como un traje a la medida, para alcanzar objetivos específicos. 

 

No obstante, es fundamental recurrir a profesionales especializados que brinden una asesoría adecuada para tomar decisiones informadas y que se evalúen todos los alcances de esta herramienta.  

 

 

Johan Lázaro
Analista Senior de Compliance de Fideicomisos en Tecnología en Cuentas por Cobrar (Administrador Maestro).

El Fideicomiso en Vida como Herramienta de Planificación Patrimonial

Por Ismael Vélez 


La figura fiduciaria, flexible y sobre todo con capacidad de estructurar soluciones a la medida ante eventuales manejos presentes y futuros de bienes, se ha constituido como una herramienta muy importante al momento de establecer un mecanismo de protección patrimonial, incluyendo o no una estructura de sucesión sobre un patrimonio determinado.
 

 

Bajo esa perspectiva se ha colocado a la figura fiduciaria como una alternativa sustancial a estructuras legales tradicionales como es el testamento, con sus ventajas y desventajas.  Una de estas figuras descansa en el denominado Fideicomiso en vida, que de manera general lo podremos definir como aquel en el que un individuo desea estructurar su sucesión para que a futuro sus activos y patrimonio en el caso de no estar presente se tenga una definición respecto a cómo deberán y podrán ser distribuidos.  Quien constituye la figura se denomina constituyente o fideicomitente del fideicomiso y lo otorga con el fin de que esta estructura legal con impactos económicos, financieros y patrimoniales se ajuste a sus intereses incluso dentro de una economía globalizada.   Esta estructura fiduciaria, del fideicomiso en vida, permite que el mismo se aplique a esquemas de planificación patrimonial personal, familiar y empresarial. 

Características de un Fideicomiso en Vida 

La flexibilidad de la figura fiduciaria permite establecer un manejo acorde a las necesidades de una planificación patrimonial personal en la cual el fideicomiso puede tener una figura similar a la del testamento, hasta figuras más complejas que giran alrededor del mundo empresarial como es una planificación patrimonial empresarial.   

 

A su vez el fideicomiso en vida permite que el mismo se lo pueda establecer bajo figuras de que el mismo sea revocable o modificable en el tiempo, acorde a determinadas condiciones que se le puedan presentar al constituyente o fideicomitente del mismo, hasta un mecanismo de que se presente irrevocable a su cumplimiento. 

 

El mecanismo de que será revocable, el constituyente o fideicomitente mantiene el control sobre los activos que fueren entregados al fideicomiso. Si bien se designa de manera inicial potenciales beneficiarios o fideicomisarios, con el aporte de ciertos activos, en el transcurso del tiempo al constituyente o fideicomitente podría modificar la línea de beneficiarios o fideicomisarios o los bienes que conforman la estructura fiduciaria.  No está por demás entender que si se presentare el fallecimiento del constituyente o fideicomitente o su ausencia definitiva los beneficiarios o fideicomisarios designados al momento de este hecho. 

 

Uno de los motivos iniciales de constituir este tipo de mecanismos es para la protección de activos y bienes del constituyente o fideicomitente en caso de que no pudieran controlarlos.  Las instrucciones que se constituyan dentro del fideicomiso serán establecidas en un inicio por parte del constituyente o fideicomitente, y como hemos mencionado incluso el caso de falta definitiva de parte del constituyente o fideicomitente debe estar previsto en este tipo de vehículos legales. 

 

La otra figura sería la contraria, esto es estructurar en este vehículo legal la condición de que las instrucciones dadas y los beneficiarios o fideicomisarios establecidos, por ejemplo, quedarán de manera irrevocable establecidos.  La propiedad de los bienes estarán a cargo del fideicomiso, con las instrucciones previamente establecida incluso sus modificaciones pueden llegar a establecerse en casos muy puntuales.   Quizás la mayor ventaja de una estructura irrevocable, frente a una revocable radica en que en la primera al haber un traslado del dominio y de la propiedad se protege frente a futuras acciones que potenciales acreedores o demandantes a futuro puedan establecerse  

 

 

Ventajas y Desventajas de un Fideicomiso en Vida 

 

Las ventajas más claras radican en que se pueden evitar un proceso sucesorio que muchas veces puede generar problemas y la distribución de los activos y bienes bajo esta figura pueden ser entregados de manera ordenada sin que medien temas judiciales.  

 

Un tema importante gira alrededor del manejo de la información, sobre todo hoy en día en que el manejo de la privacidad se está tornando en un tema de gran importancia, como es el tema de la seguridad personal.  A esta situación habrá que añadir la referente a la protección de acreedores y de situaciones legales inesperadas, o por el contrario contar con una figura que permita un manejo ordenado de uno o varios activos hasta cuando realmente el constituyente del fideicomiso necesite de ellos.   

 

Como una potencial desventaja encontramos que el constituyente o fideicomitente puede perder el control de los activos, si este se estructura de una manera irrevocable.  Esta situación podría generar un alto grado de inflexibilidad sobre todo en condiciones cambiantes y se podría requerir en un momento liquidar un activo o aportarlo para un beneficio de un futuro negocio.  Si se tomó la decisión de realizarlo de manera irrevocable es un riesgo que deberá asumirse. 

 

No existen ventajas de orden fiscal al estructurar este tipo de figuras, a no ser qué la razón de otorgar una estructura irrevocable radique en una disminución sustancial del patrimonio.  Este tema cobra vigencia en legislaciones en donde exista el impuesto al patrimonio y se desea reducir esta carga fiscal respecto de los activos.

 

Muchos tratadistas comparan esta figura fiduciaria con la del testamento tradicional. En ambos casos existe la figura de ser revocables en el tiempo, hasta antes de la ausencia definitiva del constituyente o del fideicomitente o del causante según sea el caso. Quizás una de las grandes diferencias radique que un testamento, bajo estructuras tradicionales de nuestras legislaciones establece mecanismos obligatorios de sucesión o lo que se denomina “herencia forzada” o “reserva hereditaria”, la misma que no podrá ser modificada al antojo de quien la otorga.  Si bien un fideicomiso en vida tampoco puede modificar las leyes hereditarias, esta figura permite tener una herramienta de administración, transferencia y gestión de dichos activos a favor de los beneficiarios. 

 

No debemos dejar a un lado la posibilidad de que si se estructura un fideicomiso de manera ilegítima hacia los herederos forzosos estos podrían impugnar dicha situación puesto que como todo contrato, y siendo el fideicomiso uno de ellos, la causa licita es parte esencial de su existencia legal.        

 

Conclusiones 

Los mecanismos fiduciarios son de gran atractivo e importancia al momento de buscar soluciones dentro de un ámbito de planificación patrimonial.  Hoy en día la figura de la planificación patrimonial está siendo vista con una perspectiva distinta. Una de las razones radica, en que se la seguridad jurídica esta sobre la opción impositiva.  Se profiere pagar y regularizar estructuras existentes, pero tener seguridad jurídica.      

Vivimos la época de la longevidad en donde se supone que viviremos más pero no sabemos cómo llegaremos a futuro.  Estadísticamente una persona de 65 años que se jubila tiene aún un tercio de vida por delante y parte de cómo va a vivir esa vida debe descansar en una planificación patrimonial que permita tener más orden y control sobre los bienes que mantiene y en primer orden ajustar a sus necesidades futuras y también a lo que le importaría que el legado pase en una sucesión.
 

Este último tema puede ser muy interesante en una sucesión patrimonial empresarial en donde no solo la jubilación implica el retirarse del manejo de una firma o empresa sino también la forma y condiciones bajo las cuales la propiedad de dicha empresa pueda ser parte de la sucesión, con determinados controles y es aquí que la figura de una sucesión en vida puede formar parte de una solución ajustada a las necesidades del constituyente o fideicomitente.
  
 

Las figuras fiduciarias constituyen herramientas muy poderosas para poder llevar adelante decisiones tan importantes como son la planificación patrimonial desde una visión personal hasta una visión empresarial. 

 

 

Ismael Vélez

 

Abogado y Doctor en Jurisprudencia por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (PUCE).

Profesional con más de 25 años de experiencia en Mercado de Valores, estructuraciones financieras incluyendo esquemas fiduciarios y Finanzas Internacionales. 

Las Dudas Frecuentes del Fideicomiso

Por Miguel Izaguirre

En los dos últimos meses, he estado en contacto con diversos clientes y profesionales del derecho y he observado que comparten principalmente dos inquietudes importantes sobre el fideicomiso. La primera de estas inquietudes: ¿Qué es el fideicomiso? ¿Es un contrato accesorio, un gravamen, ambas cosas, una anotación marginal o aviso preventivo? La segunda gran duda que es: ¿Cómo se determinan los costos de un fideicomiso? ¿Por qué puede ser tan económico o costoso? 
 

 

Cuando se tiene intenciones de constituir un fideicomiso, independientemente de su finalidad, es fundamental contar con la asesoría de un experto y en quien se pueda confiar. La base de todo buen negocio siempre es y será la confianza.  

 

En este sentido, el primer contacto suele con un abogado, un contador público o, en muchas otras ocasiones con un notario público. Todos ellos son profesionales en su campo y, por lo general, personas de confianza para el cliente. 

 

Continuando con la trama, alguno de los profesionales que mencione anteriormente, escucha al cliente qué es lo que desea o cuáles son sus intenciones al constituir el fideicomiso. 

Después de todo escuchar, salvo los notarios que propondrán otros esquemas, como compraventas con reservas de dominio, hipotecas, donaciones, etc. (Disculpen amigos notarios, pero así sucede a veces, y no es su culpa; sé que es debido al mal servicio de las fiduciarias, pero no somos todos somos así) estos profesionales buscarán acercarse a un fiduciario para poder constituir el fideicomiso. 

 

Hasta aquí, aparentemente todo transcurriría en calma. Sin embargo, es en este punto donde comienzan a complicarse. y aquí amigo lector, es donde debes de estar muy bien asesorado, que algo se complique, no significa que siempre sea negativo -quiero desmenuzar todo esto para que te sea más fácil entenderlo y sepas a que te enfrentas y como hacerle frente- Por lo general cada que hablamos de un fideicomiso involucramos un tema eminente económico, ósea que hay dinero de por medio, si como cliente has elegido que lo mejor para la operación que vas a realizar es el fideicomiso, y así lo confirman tus asesores, solo hay que buscar que se den en las mejores condiciones, sin embargo hay que tomar en cuenta, que hay que realizar una cierta inversión para lograr la seguridad y transparencia que proporciona el fideicomiso. Los cuales pueden ser los siguientes: 

 

  • Abogado, que podrá negociar con alguna de las partes, te asesorará a lo largo de todo el proceso, podrá elaborar ciertos contratos previos y hasta un borrador del contrato de fideicomiso. Cobrará conforme a su experiencia y prestigio, NO existe un tabulador, pero dependiendo de las condiciones del negocio te pudiera cobrar una iguala, una cantidad fija o un porcentaje, el cual en mi experiencia no debería de ser superior al 1% del valor del negocio (lo cual sería un límite alto, pero se puede dar, dependiendo de las condiciones de pago). Aclarando que puede ser que lo contrates o no, mi sugerencia seria que si contrataras. 
  • Financiero/Contador, posiblemente la operación requiere de un contador y/o financiero que revise la contabilidad y/o los flujos del negocio fiduciario, previo, durante o finales del fideicomiso. Los cobros son bastante variables y van a depender de tamaño del negocio. Puede ser que llegues a no necesitarlo, mi sugerencia es asesórate. 
  • Notario Público, casi siempre intervendrá un notario público en las operaciones fiduciarias, para ellos en la mayoría de los Estados existe una ley que regula los aranceles, pero en algunos casos he visto que llegan hasta el 4% del valor de la operación, no conozco todas las legislaciones, pero es para tomarse en cuenta y también de platicarlo con los notarios.  
  • Fiduciario, invariablemente tiene que intervenir el fiduciario, los costos por los diversos servicios son variables, pero creo que el que más interesa, es por constituir un fideicomiso y el mantenimiento. Por constituir un fideicomiso he visto fiduciarias que pueden llegar a cobrar $50,000 mxn hasta 3% del valor de la operación; y por mantenimiento anual desde $10,000 mxn hasta .5% del valor del patrimonio fiduciario. Cabe aclarar que cada fiduciaria tiene sus propios aranceles, que cambian constantemente y que algunas los puedes negociar en costo o en forma de pago (es el caso de mi fiduciaria) en algunas otras no, cada quien sabe cómo estructura su negocio. 

Que es lo importante de todo esto, que a los profesionales que te acerques, tengan conocimiento del tema que les vas a plantear, si es un tema de inversión, ósea un fideicomiso patrimonial, existen fiduciarias de nicho especializadas específicamente en el tema, de cómo organizar un portafolio de inversión y que sea transmisible para tus hijos, pero que no puedan gastar el capital solo los intereses, por ejemplo; hay otras fiduciarias que te pueden ayudar con servicios conexos al ser bancos, te dan otros servicios que te pueden ayudar en tu negocio; existimos  otros fiduciarios que le entendemos muy bien al tema de desarrollo inmobiliario, y que no es solo hacer un contrato, si no todas las implicaciones que toma el desarrollo inmobiliario.   

 

Con esto a lo que quiero llegar es asesórate lo mejor posible, pero toma en cuenta que eso tiene un costo, con eso no quiere decir que derroches dinero, pero que si, definitivamente va a haber que gasta, porque no existen los negocios de puro aire. 

 

Con la otra duda que les comento que me he topado, el fideicomiso ¿qué es, un contrato accesorio, un gravamen, son ambas o qué, o una anotación marginal, o un aviso preventivo?  

 

El Fideicomiso es un contrato autónomo, en algunas ocasiones puede tener como antecedente algún otro contrato, pero siempre conservara su autonomía, no puede considerarse como un contrato accesorio o subsidiario, como lo pudiera ser el contrato de prenda o el contrato de hipoteca; puesto que para que estos contratos existan invariablemente es necesario que exista un contrato principal que les de origen.  

 

El Fideicomiso NO puede ser considerado un gravamen, porque como ya te comenté, no es un contrato accesorio, y al ser un contrato autónomo con la característica formidable que tiene un patrimonio propio, esto es, que los fideicomitentes al decir que aportan bienes muebles o inmuebles, al patrimonio del fideicomiso, esto quiere decir que dejan de ser suyos para pasar al patrimonio propio del fideicomiso, administrado por el Fiduciario, en otras palabras, los bienes pasaran a nombre del Fiduciario. Es por ello, que el fideicomiso debe contar con su propia inscripción (si hablamos de bienes muebles), o tendrían que endosar en propiedad si hablamos de facturas, o refacturaciones en algunos casos, etc. 

 

Una cosa más, no tengas temor a preguntar, y resolver cualquier duda, y te reitero asesórate lo mejor posible. 

 

 

 

Miguel Izaguirre

 

Licenciado en Derecho con más de 18 años de experiencia.  Miembro del bufete de abogados Izaguirre Consultoría Legal & Litigio

El Fideicomiso Público en México 

Por Juan Manuel Altamirano 


Considero que son fideicomisos públicos en México aquellos fideicomisos constituidos por la federación (poderes ejecutivo, legislativo y judicial) y las entidades federativas, no importando que los recursos que aporten sean parte del presupuesto de egresos federal o local, es decir son públicos por que son constituidos por un ente público.
 

 

En este artículo hablaremos en lo general de los fideicomisos públicos federales. 

 

La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH) en su artículo 9 señalan cuales son los fideicomisos públicos federales, “Son fideicomisos públicos los que constituye el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaria [Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP)] o en su carácter de fideicomitente única de la administración pública centralizada, o las entidades [Entidades Paraestatales], con el propósito de auxiliar al Ejecutivo Federal en las atribuciones del Estado para impulsar las áreas prioritarias y estrategias del desarrollo. Asimismo, son fideicomisos públicos aquellos que constituyan los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos a los que se asignen recursos del Presupuesto de Egresos a través de los ramos autónomos.”  

 

Del artículo 9 de la LFPRH podemos considerar que 2 tipos de fideicomiso públicos: 

 

1.- Los que constituyen el Poder Ejecutivo por conducto de la SHCP como fideicomitente único de la administración pública centralizada y las Entidades Paraestatales, debiendo estos fideicomisos tener como finalidad “auxiliar al Ejecutivo Federal en las atribuciones del Estado para impulsar las áreas prioritarias y estrategias del desarrollo”. 

 

A su vez, este tipo de fideicomisos se dividen en dos: 

 

a). – Los Fideicomisos públicos considerados entidades paraestatales en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. 

 

Estos fideicomisos para su constitución requieren la autorización del Ejecutivo Federal, la cual es emitida por conducto de la SHCP.  

 

b). – Los Fideicomiso públicos no consideradas entidades paraestatales o sin estructura orgánica. 

 

Los cuales para constituirse sólo requieren la autorización de la SHCP en los términos del Reglamento de la LFPRH, quedando exceptuados de esta autorización aquellos fideicomisos que constituyan las entidades paraestatales no apoyadas presupuestariamente. 

 

Una vez constituidos deberán registrarse y renovar anualmente su registro ante la SHCP para efectos de su seguimiento, en los términos del Reglamento de la LFPRH.  

 

Los recursos se identificarán específicamente en una subcuenta, misma que deberá́ reportarse en informes trimestrales a la SHCP, conforme lo establece el Reglamento de la LFPRH, debiendo identificar los ingresos, incluyendo rendimientos financieros del periodo, egresos, así́ como su destino y el saldo.  

 

En estos fideicomisos se deberá establecer la unidad responsable de la dependencia en el caso de los fideicomisos públicos constituidos por la SHCP como fideicomitente de la administración pública centralizada o de la entidad paraestatal con cargo a cuyo presupuesto se hayan otorgado los recursos, o que coordine su operación, que será́ responsable de que se apliquen a los fines para los cuales fue constituido el fideicomiso.  

 

2.- Los que constituyen los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos a los que se asignen recursos del Presupuesto de Egresos. 

En estos fideicomisos se requerirá la autorización de quien constituya el fideicomiso.  

 

El artículo 12 de la LFPRH establece que los fideicomisos que constituyan los Poderes Legislativo y Judicial y los entes autónomos a los que se asignen recursos del Presupuesto de Egresos “deberán publicar en el Diario Oficial de la Federación, los ingresos del periodo, incluyendo los rendimientos financieros; egresos; destino y saldo de los fideicomisos en los que participen, en los términos de las disposiciones generales aplicables.  

 

La información a que se refiere el párrafo anterior deberá́ remitirse a la Secretaría para efectos de la integración de los informes trimestrales, a más tardar 10 días hábiles antes de la fecha de entrega del informe trimestral correspondiente. Asimismo, deberán reportar a la Auditoria [Auditoría de la Federación] el ejercicio de los recursos públicos aportados a dichos fideicomisos para efectos de la Cuenta Pública.”  

 

Cabe señalar que está prohibido por la fracción III del artículo 10 de la LFPRH  que en los fideicomisos que constituyan particulares, la suma de los recursos públicos federales otorgados no podrá́ representar, en ningún momento, más del 50 por ciento del saldo en el patrimonio neto de los mismos y la fracción IV señala que en el caso de fideicomisos constituidos por las entidades federativas, se requerirá́ la autorización del titular de la dependencia o entidad paraestatal para otorgar recursos públicos federales que representen más del 50 por ciento del saldo en el patrimonio neto de los mismos, informando de ello a la Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública. 

 

En el próximo artículo hablaremos de los fideicomisos públicos no considerados entidades paraestatales o sin estructura orgánica.  

 

Los fideicomisos públicos no considerados entidades paraestatales o sin estructura orgánica, como ya dijimos en el artículo anterior son aquellos que para su constitución sólo requieren la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en los términos del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH), no requieren de algún decreto para su constitución. 

 

Este tipo de fideicomisos son los que la SHCP como fideicomitente único de la administración pública centralizada y las Entidades Paraestatales, constituyen preferentemente ya que como su nombre lo señala no crean estructura orgánica alguna en su constitución.  

 

Es conveniente señalar que existe la creencia de que al final de un ejercicio fiscal y con el objeto de no devolver los recursos a la Tesorería de la Federación (Tesorería) se crean fideicomisos, lo cual no es cierto ya que el penúltimo párrafo del artículo 214 del Reglamento de la LFPRH (RLFPRH) lo prohíbe tal como se señala a continuación: “Queda prohibido constituir o participar en fideicomisos, mandatos o análogos, con ahorros, economías o subejercicios del Presupuesto de Egresos, que tengan por objeto evitar la concentración de recursos en la Tesorería al final del ejercicio correspondiente.”  

     

El artículo 215 del RLFRH señala que las dependencias y las entidades que constituyan fideicomisos deberán cumplir con lo siguiente: 

 

La fracción I establece que el Comité Técnico que en su caso se constituya, ya que para los fideicomisos públicos no considerados entidades paraestatales no es un requisito contar con Comité Técnico, deberá estar integrada en su mayoría por servidores públicos de la Administración Pública Federal cuyas facultades deberán estar relacionados con el fin del fideicomiso y los miembros del Comité Técnico que no sean servidores públicos serán considerados como particulares que manejan o aplican recursos públicos en los términos de las disposiciones aplicables.  

 

La participación de los miembros del Comité Técnico es de carácter honorifico, por lo que no podrán recibir emolumento alguno por su participación en los Comités Técnicos.  

 

La fracción II del artículo 215 del RLFRH establece que los contratos de  fideicomiso se deberán elaborar conforme al modelo de contrato obligatorio establecido por la SHCP y difundido en su página de Internet, en la siguiente liga electrónica:

www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/151761/Modelos_de_Contratos_de_

Fideicomisos_y_Mandatos.pdf, se encuentran publicados los siguientes modelos: 

  

  • Fideicomiso Público no considerado entidad paraestatal de administración y pago.  Este tipo de fideicomiso solo recibe recursos y el fiduciario únicamente realiza pago por instrucciones del Comité Técnico o del fideicomitente y no está previsto que se pueden realizar contrataciones.  
  • Fideicomiso Público no considerado entidad paraestatal para la adquisición de bienes y/o contratación de servicios y obra pública, En este tipo de fideicomiso solo recibe recursos y el fiduciario si puede realizar contrataciones Comité Técnico o del fideicomitente. 
  • Contrato de mandato  
  • Fideicomiso público considerado entidad paraestatal  
  • Convenio de Extinción de Fideicomiso  

 

Asimismo, la fracción II establece que los contrato deberán contener como mínimo ciertos supuestos, a continuación, comentare los que desde mi punto de vista son muy importantes.    

 

El inciso e) señala que en el contrato se deberá incluir “La instrucción del fideicomitente al fiduciario para que transparente y rinda cuentas sobre el manejo de los recursos presupuestarios que se hubieren aportado al fideicomiso, o análogo; proporcione los informes que permitan su vigilancia y fiscalización, así́ como las facilidades para realizar auditorías y visitas de inspección por parte de las instancias fiscalizadoras federales. Asimismo, que el titular de la unidad administrativa encargada de coordinar la operación, o con cargo a cuyo presupuesto se hayan otorgado los recursos será responsable de facilitar dicha fiscalización;”  

 

Para mi punto de vista lo señalado anteriormente es muy importante ya que permite que el fiduciario sin violar el secreto fiduciario proporcione información o permita la fiscalización, en caso de que le requieran información o realicen visitas de inspección las instancias fiscalizadoras federales,   

El inciso i) establece que en el contrato se deberá incluir “La previsión expresa de que la institución fiduciaria llevará a cabo la defensa del patrimonio del fideicomiso; asimismo, que en el supuesto de que las instituciones fiduciarias requieran, de forma excepcional, la contratación de terceros para dicha defensa, con sujeción a las disposiciones aplicables se harán responsables de ésta y se preverá́ que lleven a cabo el seguimiento de la actuación de los apoderados y, en su caso, recomendaran realizar las acciones que consideren pertinentes en el ámbito de su competencia. El Comité́ Técnico o a falta de éste la unidad responsable, deberá́ autorizar los honorarios correspondientes;”  

Es importante señalar que en práctica fiduciaria lo señalado anteriormente es lo contrario ya que los fiduciarios en sus cláusulas de defensa del patrimonio fideicomitido señalan que en caso de que se requiera su responsabilidad terminara cuando otorguen los poderes por instrucciones del Comité Técnico o del fideicomitente o fideicomisario y no llevaran el seguimiento de los apoderados. 

 

La fracción IV señala que es requisito contar con la autorización presupuestaria de la SHCP y el VI con la opinión jurídica de la SHCP, pero el último párrafo del artículo 215 del RLFPRH establece que el caso de las entidades no apoyadas presupuestariamente no se requerirá las autorizaciones a que se refieren las fracciones IV y VI. 

 

En el próximo artículo seguiremos hablando de los fideicomisos públicos no considerados entidades paraestatales o sin estructura orgánica.  


Juan Manuel Altamirano 

Director de Ingeniería Fiduciaria

Fidevida: Un Fideicomiso para el Futuro de tus Hijos

Por Mundo Fiduciario

 

Fidevida: Un Fideicomiso para el Futuro de tus Hijos 

 

En la actualidad, la educación y la alimentación son pilares fundamentales para el desarrollo integral de los niños. Conscientes de esta realidad, surge Fidevida, un fideicomiso diseñado específicamente para garantizar el bienestar de tus hijos a través de la inversión en su alimentación y educación. A continuación, exploraremos los beneficios de Fidevida, su funcionamiento y por qué es una opción superior en comparación con otras alternativas disponibles en el mercado. 

 

Beneficios de Fidevida

 

  • Inversión en Educación

 

Fidevida permite destinar fondos específicos para la educación de tus hijos. Según estudios recientes, los hijos que participan en actividades extracurriculares tienen un 30% más de probabilidades de obtener mejores calificaciones. 

 

  • Alimentación Saludable

 

El fideicomiso también se enfoca en asegurar una alimentación balanceada para tus hijos, la nutrición adecuada en la infancia puede aumentar la capacidad de aprendizaje hasta en un 20%.

 

  • Flexibilidad y Seguridad

 

A diferencia de otras opciones de ahorro, Fidevida ofrece: 

 

Flexibilidad en los aportes: Puedes ajustar las contribuciones según tus posibilidades económicas. 

Seguridad financiera: Los fondos están protegidos y se gestionan de manera profesional, asegurando que estén disponibles cuando los necesites. 

 

Comparativa con Otras Opciones del Mercado 

 

  • Cuentas de Ahorro Tradicionales

 

Rendimiento bajo: Las cuentas de ahorro suelen ofrecer tasas de interés muy bajas (alrededor del 1% anual), que no cubren la inflación. 

Falta de enfoque: No están diseñadas específicamente para la educación y alimentación de los niños. 

 

  • Planes de Ahorro Educativo

 

Restricciones: Muchos planes tienen limitaciones en el uso de los fondos, que solo pueden destinarse a matrícula. 

Costos ocultos: Algunos planes pueden incluir comisiones que reducen el monto final disponible. 

 

  • Fidevida como Opción Superior

 

Rendimiento competitivo: Fidevida ofrece un rendimiento más alto que las cuentas de ahorro tradicionales, lo que significa que tu inversión crece más rápidamente. 

Uso flexible de los fondos: Puedes utilizar los recursos no solo para educación, sino también para asegurar una alimentación adecuada. Se podrá determinar cuándo podrán disponer de este fideicomiso. 

 

Funcionamiento de un Fideicomiso de Educación y Alimentación 

 

Un fideicomiso de educación y alimentación es una herramienta financiera diseñada para asegurar que los fondos destinados a estos propósitos se gestionen de manera eficiente y segura. A continuación, se describen los componentes y el funcionamiento de este tipo de fideicomiso. 

 

  • Creación del Fideicomiso
  • Establecimiento

 

Partes involucradas: Se establece un fideicomiso entre un fideicomitente (quien crea el fideicomiso), un fiduciario (la entidad que gestiona los fondos) y los fideicomisarios (los beneficiarios). 

Documentación: Se redacta un contrato que especifica los términos y condiciones del fideicomiso, incluyendo los objetivos, aportes y distribución de los fondos. 

 

  • Aportes Iniciales

 

Contribuciones: El fideicomitente realizar aportes iniciales en efectivo al fideicomiso.

 

  • Gestión de Fondos
  • Inversión

 

Diversificación: Los fondos se invierten en diferentes instrumentos financieros (acciones, bonos, bienes raíces) para maximizar el rendimiento. 

Rendimiento: El fiduciario se encarga de administrar las inversiones, buscando obtener un retorno que supere la inflación y aumente el capital disponible. 

 

  • Control y Supervisión

 

Informes periódicos: El fiduciario proporciona informes regulares al fideicomitente sobre el estado de los fondos y su rendimiento. 

Cumplimiento de objetivos: Se asegura que los fondos se utilicen de acuerdo con los propósitos educativos y alimentarios establecidos en el contrato. 

 

  • Distribución de Fondos
  • Retiro de Fondos

 

Uso específico: Los fondos se pueden retirar para cubrir gastos relacionados con la educación (matrículas, libros) y la alimentación (compras de alimentos, programas nutricionales). 

Condiciones de retiro: El fideicomiso puede establecer condiciones específicas sobre cuándo y cómo se pueden retirar los fondos. 

 

  • Beneficios para los hijos

 

Educación: Los beneficiarios pueden acceder a una educación de calidad sin la preocupación constante de los costos. 

Alimentación: Se garantiza que los hijos tengan acceso a una alimentación saludable, lo que contribuye a su desarrollo físico y cognitivo. 

 

  • Ventajas del Fideicomiso

 

Seguridad financiera: Los fondos están protegidos y gestionados de manera profesional. 

Flexibilidad: Los fideicomitentes pueden ajustar las aportaciones según sus posibilidades y necesidades. 

Planificación a largo plazo: Permite una planificación financiera efectiva para el futuro de los beneficiarios. 

 

Conclusión 

 

Fidevida es una opción ideal para aquellos padres que desean invertir en el futuro de sus hijos. Con su enfoque en la educación y la alimentación, este fideicomiso no solo asegura un crecimiento financiero, sino que también promueve un desarrollo integral. Al elegir Fidevida, no solo estás ahorrando, sino que estás construyendo un futuro más brillante para ellos. Este fideicomiso es una herramienta poderosa que permite a los padres y/o tutores asegurar su bienestar proporcionando un marco financiero sólido que garantiza que los fondos se utilicen de manera efectiva y eficiente para cubrir necesidades educativas y alimentarias.  

 

 

FIBRAS en México: Oportunidades y Consideraciones para Inversionistas en el Mercado Inmobiliario 

Por Mundo Fiduciario 

 

Las Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (Fibras) en México son instrumentos financieros que brindan a los inversionistas la oportunidad de participar en el mercado inmobiliario sin necesidad de comprar propiedades directamente.  

 

El marco regulatorio para las FIBRAS en el país se inspiró en los Real Estate Investment Trusts (REITs) que existen en Estados Unidos y otros países, mientras que para 2004 en México, se emitieron las primeras regulaciones a través de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV).  

 

En México, el primer fideicomiso de inversión en bienes raíces que se lanzó fue el FIBRA Uno, que comenzó a operar en marzo de 2011. Su éxito inicial ayudó a establecer un modelo de FIBRAS en el país, y aceleradamente se fueron creando otros fideicomisos que han ganado popularidad entre los inversionistas debido a su capacidad de ofrecer rendimientos atractivos y su estructura que permite la diversificación de inversiones en bienes raíces. Esta nueva forma de inversión fue parte de un esfuerzo por atraer capital hacia el sector inmobiliario.  

¿Cómo funcionan?   

 

Funcionan de manera similar a los fondos de inversión, donde los recursos de varios inversionistas se fusionan para comprar y administrar bienes raíces. Las FIBRAS se crean mediante un fideicomiso donde se agrupan diferentes propiedades. Los inversionistas compran certificados bursátiles fiduciarios de este fideicomiso, lo que les permite apropiarse de una parte de las propiedades gestionadas. Estas generan ingresos, principalmente a través del arrendamiento. De acuerdo con la ley, se exige que al menos el 95% de las ganancias obtenidas por la FIBRAS se distribuyan entre los inversionistas, lo que ofrece un flujo de ingresos habituales derivados de la ocupación de los inmuebles.  

 

Desde su creación las FIBRAS se han adaptado a las condiciones del mercado, lo que ha permitido que sigan siendo una opción viable para los inversionistas en México, prueba de ello, son las facilidades fiscales que representan para el mercado debido a que pueden adquirir certificados bursátiles fiduciarios de un fideicomiso que posee y opera bienes inmuebles generadores de ingresos como: oficinas, centros comerciales, entre otro tipo de propiedades. 

 

El desempeño de una FIBRA puede verse afectado por la ocupación de inmuebles y cambios en las rentas, lo cual puede ser riesgoso en condiciones económicas adversas, sin embargo, hoy en día, su regulación por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ha contribuido a generar confianza en el mercado. De esta manera, han proporcionado a los inversionistas la oportunidad de recibir ingresos regulares a través de distribuciones de utilidades, además de potencialmente beneficiarse del incremento en el valor de las propiedades en las que invierten. Como resultado, las FIBRAS se han convertido en una parte importante del mercado financiero en México, promoviendo la inversión en el sector inmobiliario y contribuyendo a su desarrollo.  

 

El acceso al mercado inmobiliario que ofrecen las FIBRAS es considerable, puesto que permiten que pequeños inversionistas participar en oportunidades que normalmente estarían reservadas para grandes capitales, lo que fomenta una mayor inclusión en el sector. Además, proporcionan diversificación del portafolio, permitiendo la inversión en distintos tipos de propiedades, desde comerciales hasta residenciales, lo que puede ayudar a mitigar riesgos asociados a la concentración en un solo sector. Si está interesado en invertir, los expertos recomiendan la importancia de analizar las diferentes opciones disponibles, ya que cada FIBRA puede tener un enfoque y rendimiento diferente. “Para que los nuevos inversores tengan un portafolio de inversión diversificado necesitan contar con instrumentos diversos que presenten: tanto activos de apreciación de capital como activos que ofrezcan flujos constantes, y es aquí donde las FIBRAS ofrecen dicha diversificación”. Comentó Juan Manuel Olivo, Director de Promoción y Emisoras de la Bolsa Mexicana de Valores. 

 

Juan Manuel Olivo, experto en el sector inmobiliario expresó que actualmente en nuestro país se están impulsando mecanismos que van a permitir a las FIBRAS colocar certificados de forma ágil con el fin de aprovechar las oportunidades que el mercado inmobiliario les presente.  

 

Otro de los principales beneficios de las FIBRAS radica en su tratamiento fiscal favorable, ya que no están sujetas al impuesto sobre la renta, por ganancias de capital. Esto permite que la mayor parte de sus ingresos se distribuyan directamente a los accionistas, atrayendo así a inversores en busca de rendimientos atractivos sin la carga fiscal habitual que enfrentarían otros instrumentos de inversión. 

 

Sin embargo, este atractivo fiscal viene acompañado de una necesidad de permanecer atentos a la regulación y los posibles cambios legislativos que abarcan a las FIBRAS. Estas entidades están sujetas a un marco regulatorio que puede modificarse, lo que tiene el potencial de impactar significativamente su operación y rentabilidad. Estos cambios en la legislación podrían introducir nuevos requisitos, alterar el tratamiento fiscal o modificar las condiciones del mercado, lo que podría llevar a incertidumbre tanto para los administradores de las FIBRAS como para los inversores.  

 

Conclusión: 

 

El crecimiento de las FRIBAS en México, sin duda refleja un equilibrio de expansión estratégico.  Además de que las FIBRAS han transformado el panorama del mercado inmobiliario en México, ofreciendo oportunidades tanto para inversionistas como para desarrolladores, aunque deben estar atentos a los cambios en el entorno económico y social.  

 

Sin duda, invertir en FIBRAS puede ser una opción atractiva para aquellos que buscan diversificar sus portafolios y obtener rendimientos pasivos. Sin embargo, es importante considerar tanto lo beneficios como las áreas de crecimiento y evaluar el perfil de riesgo y los objetivos de inversión antes de realizar una inversión. 


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Juan Manuel Olivo
Director de Promoción y Emisoras de la Bolsa Mexicana de Valores