17° Convención Nacional ASOFOM 

Por Irving Gerardo Peña

En el marco de la 17a Convención ASOFOM 2023, Click Seguridad Jurídica y TMSourcing, participaron de manera activa  en la esfera de temas fiduciarios y consultoría jurídica, consolidando su posición como líderes en el sector financiero.

 

Click Seguridad Jurídica, reconocida por su pericia en asuntos fiduciarios, deslumbró a los participantes de la convención con su profundo conocimiento y experiencia en el gremio de Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (SOFOM). Los representantes de Click Seguridad Jurídica participaron activamente en mesas de discusión y presentaron charlas especializadas que abordaban los desafíos y las soluciones innovadoras en el ámbito fiduciario en el sector.

 

«En Click Seguridad Jurídica, nos enorgullece ser parte de la Convención ASOFOM 2023, donde hemos tenido la oportunidad de compartir nuestra experiencia y conocimientos en temas fiduciarios. La seguridad jurídica es clave en el sector financiero, y estamos comprometidos a ofrecer soluciones integrales»,

expresó Genoveva Franco, directora general de Click Seguridad Jurídica.

Por otro lado, TMSourcing se destacó como ser una consultora especializada en temas jurídicos, Prevención de Lavado de Dinero (PLD) y diplomados junto con la Universidad Anáhuac. Sus expertos participaron activamente en el stand del evento como parte de nuestro compromiso con la excelencia, compartió valiosas perspectivas en la Convención ASOFOM 2023. Nos enorgullece ser una voz influyente en temas jurídicos, fiduciarios y de Prevención de Lavado de Dinero, contribuyendo al desarrollo y la seguridad del sector financiero», comentó Irving Peña, director de operación de TMSourcing.

 

Ambas empresas no solo compartieron conocimientos sino que también presentaron herramientas y soluciones que buscan elevar los estándares en seguridad jurídica y compliance en el ámbito SOFOM. Su participación activa refleja un compromiso compartido con la excelencia y el avance continuo en el sector financiero.

 

Finalmente, la presencia de Click Seguridad Jurídica y TMSourcing en la Convención ASOFOM 2023 ha dejado una huella duradera, destacando su liderazgo y contribución significativa al fortalecimiento de las prácticas legales y fiduciarias en el panorama financiero actual.

La convención de ASOFOM  se consolidó como uno de los eventos más destacados dentro del ámbito del sector privado en México con la mayor participación en eventos de Intermediarios Financieros no Bancarios  apuntalando al gremio como parte fundamental siendo un sector que atiende a más de 30 millones de mexicanos, presta 1.1 billones de pesos y es el de mayor actividad bursátil en México desde hace casi 10 años.

 

Fondo de Ahorro a través del Fideicomiso

Por Jessica Gaona Andrade

Ahorrar es un hábito que solo muy pocas personas tienen en la sociedad; sin embargo, es un hábito que todos deberíamos practicar ya que permite generar un patrimonio propio que se puede utilizar para cubrir emergencias económicas y objetivos a corto, mediano o largo plazo, como puede ser alguna enfermedad, gastos escolares, viajes, compra de un bien inmueble, inversiones, cubrir gastos diarios en caso de desempleo, constituir un fondo para la vejez, etc.

 

Para fomentar ese hábito de ahorro, algunas empresas lo establecen como una prestación a favor de sus empleados, la cual pueden administrar mediante un contrato de fideicomiso. Éste da una mayor certeza a los patrones de que los recursos que se destinen se invertirán adecuadamente, así como a los empleados de que sus recursos se están administrando únicamente para el fondo de ahorro y que no pueden ser solicitados ni utilizados por el patrón, salvo para ser entregados a los mismos empleados. 

 

El fondo de ahorro a través del fideicomiso, se realiza mediante un contrato de fideicomiso irrevocable de administración en el que el patrón o la empresa tendrá el carácter de fideicomitente y los trabajadores el carácter de fideicomisarios. El patrimonio del fideicomiso se conformará por:

  • Los recursos líquidos o dinero que se descuente a los trabajadores.
  • Los recursos que aporte el patrón, los cuales deben ser mínimo del mismo monto que aporten los trabajadores.
  • La inversión que se obtenga de esos recursos.

 

Normalmente, se establece como un fin del fideicomiso que la institución bancaria que tenga carácter de fiduciario en el contrato de fideicomiso, realice la apertura de un contrato de intermediación bursátil con alguna Casa de Bolsa para garantizar que se invierta el patrimonio del fideicomiso en términos del artículo 49 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). 

 

También se puede realizar la contratación de servicios de individualización o record keeping para que se realice el registro y la individualización de la información relacionada con las contribuciones, inversiones y retiros de los empleados que participan en un fondo de ahorro. Este registro puede incluir detalles sobre las contribuciones de los empleados y del patrón, los retiros y transferencias de fondos, el rendimiento de las inversiones y los balances de las cuentas de los empleados, también los empleados pueden acceder a su información de cuenta y monitorear sus ahorros y rendimiento de inversión.

En los fines del contrato de fideicomiso además de establecer los temas de inversión e individualización de la información de los trabajadores, se deben establecer las reglas de operación del fondo, es decir, quién puede girar las instrucciones al fiduciario (fideicomitente o comité técnico) para que se entreguen recursos a los trabajadores ya sea por préstamo que solicita el trabajador a la empresa o porque le corresponde al trabajador recibir los recursos del fondo de ahorro en los plazos que señala el artículo 49 del Reglamento de la LISR.

 

Una vez que se concluye con la vigencia del Plan del fondo de ahorro o la empresa decide que ya no dará esa contraprestación a sus empleados, se debe notificar al fiduciario e instruir que se transfieran los recursos que correspondan a los trabajadores para posteriormente extinguir el contrato de fideicomiso.

 

Es importante mencionar que realizar un fondo de ahorro en apego a la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR) y su reglamento, permite obtener beneficios fiscales para el patrón y para el empleado.

 

Al momento de constituir el contrato de fideicomiso en el que se establezcan las bases del fondo de ahorro de alguna empresa, se deben tomar en consideración los requisitos establecidos en la LISR y su reglamento, así como señalar expresamente el fundamento legal en el contrato. Asimismo, debe realizarse en apego al Plan de fondo de ahorro que haya definido la empresa para sus trabajadores, el cual se anexa al contrato de fideicomiso.

 

En primer lugar, los beneficios fiscales para el patrón se advierten en el artículo 27 fracción XI de la LISR, el cual establece que serán deducibles las aportaciones a los fondos de ahorro cuando se otorguen en forma general, es decir, que se establezca en el contrato de trabajo a todos los empleados y que el monto de las aportaciones efectuadas por la empresa sea igual al monto aportado por los trabajadores, no exceda el 13% del salario del trabajador y se cumplan los requisitos de permanencia que se establecen en el Reglamento de la LISR.

 

Al respecto, el artículo 49 del Reglamento de la LISR señala que serán deducibles las aportaciones que se realizan a un fondo de ahorro, cuando se cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Que el trabajador pueda retirar las aportaciones del que se trata, únicamente al término de la relación de trabajo o una vez por año. 
  2. Que el fondo de ahorro se destine a otorgar préstamos a los trabajadores participantes y el remanente se invierta en valores a cargo del Gobierno Federal inscritos en el Registro Nacional de Valores, así como en títulos valor que se coloquen entre el gran público inversionista o en valores de renta fija que el SAT determine, y 
  3. Que en el caso de préstamos otorgados a trabajadores que tengan como garantía las aportaciones del fondo, dichos préstamos no excedan del monto que el trabajador tenga en el fondo, siempre que éstos sean otorgados una vez al año. 

Por su parte, los beneficios fiscales de los trabajadores se establecen en el artículo 93 fracción XI de la LISR y el artículo 149 del Reglamento de la LISR, los cuales disponen que no se paga impuesto sobre la renta por la obtención de ingresos provenientes de fondos de ahorro establecidos por las empresas para sus trabajadores cuando reúnan los requisitos de deducibilidad de esa misma ley y tampoco se pagará el impuesto por los que se obtengan por personas físicas que obtengan ingresos por actividades empresariales conforme al Título IV, Capítulo II de la LISR o por personas morales con fines no lucrativos conforme al Título III de la LISR.

 

Como se advierte, el ahorro no es sólo un buen hábito, sino también una herramienta con beneficios fiscales para los patrones y trabajadores, por lo que es algo que se debe fomentar y además administrar con reglas claras y fáciles. Para lograr lo anterior, es recomendable que las empresas que deseen constituir un fondo de ahorro en beneficio de sus trabajadores lo hagan en apego a lo establecido en la LISR y su reglamento y que, se constituya a través de la figura del fideicomiso, ya que de esa manera; garantizan a sus empleados que los recursos que aporten serán administrados por el fiduciario correctamente, el patrón se obliga contractualmente a realizar aportaciones mínimo del mismo monto del que realizan sus trabajadores, se establecen las reglas en apego a la legislación correspondiente, y se tiene la información individualizada de cada uno de los empleados.

 

 

CONARED hace patente su compromiso para conectar y encontrar soluciones de financiamiento para las ciudades en México

Suma dos nuevas comisiones especializadas: Financiamiento y Proyectos Ferroviarios.

 

 

El Consejo Nacional de Desarrollo Urbano de México (CONARED) liderado por la maestra en arquitectura Romy Rojas Garrido, presentó ante especialistas en el ecosistema financiero del país, dos nuevas comisiones que se suman al trabajo coordinado y multidisciplinario que realiza la organización.

Durante la sesión intermedia del consejo desarrollada en las instalaciones de la Bolsa Institucional de Valores, Romy Rojas Garrido, precisó que las nuevas comisiones son parte fundamental para aportar propuestas y trabajo innovador ante los retos que enfrenta nuestro país en materia de desarrollo urbano.

 

“En México el Índice de Prosperidad tiene un valor agregado promedio total de 51.03, en una escala del 1 al 100; es decir, moderadamente débil, lo que implica una importante disparidad en sus condiciones para impulsar el desarrollo. Por lo que debemos buscar cómo impulsar los elementos urbanos y su conectividad” mencionó Romy Rojas Garrido.

 

Se presentaron dos nuevas  comisiones del CONARED:  La comisión de Financiamientos e Inversiones, liderada por el TEP Adolfo González Olhovich, experto en modelos asociativos, financiamiento y estrategias jurídico fiduciarias; y la comisión de Proyectos Ferroviarios que lidera el Dr. David Camacho Alcocer, experto en la materia, catedrático, ingeniero civil y ambiental por la Universidad de Massachusetts, Maestro en Planeación de Infraestructura y Doctor en Ingeniería Ferroviaria por la Universidad de Stuttgart, Alemania.

 

Los trenes en México construyeron el desarrollo en el siglo pasado, muchas de las ciudades del país se fundaron alrededor de sus estaciones, con el tiempo, el espejismo de otros medios de transporte llevó hacia final del siglo a conectar ciudades de manera ineficiente. El siglo XXI nos presenta un nuevo modelo de logística donde el sistema ferroviario, sea probablemente, la forma más eficiente de transportar carga y pasajeros entre centros urbanos; por lo que es necesario crear un concepto operativo que incluya a las metrópolis, a las comunidades y los sistemas de transporte.

“Para transportar los 450,000 contenedores mensuales, que en promedio han transitado de México a Estados Unidos en 2023, el tren es una solución. Solo debemos poner tecnología del siglo XXI en los derechos de vía que el Estado adquirió en el siglo XX y transportaremos la carga que el Nearshoring demande, mejorando además las condiciones de transporte de las personas.” Señaló David Camacho Alcocer.

 

Para poder atender las necesidades actuales y futuras, las comunidades, ciudades y los costos que esto conlleva, se ha creado la comisión de Financiamiento e Inversiones que sumará al CONARED y que trabajará en las estrategias para lograr los proyectos desde un punto de vista de fondeo de infraestructura para las   comunidades en México, e incluso, hacer frente al Nearshoring; así como, establecer estrategias y metodología para financiar proyectos urbanos con capital privado y público, donde se generen beneficios sociales, culturales, ambientales y económicos.

 

En México debe haber alrededor de $5 billones de pesos, en activos inmobiliarios patrimonio de fideicomisos incluyendo a las FIBRAS. Puede ser que el problema no sea el dinero, sino crear buenos proyectos que hagan que la sociedad, las autoridades y los inversionistas estén cómodos y alineados”, explicó Adolfo González Olhovich, presidente de la Comisión de Financiamiento.

 

Con respecto a las posibilidades de financiamiento y diversidad de opciones a partir de las alianzas y del trabajo en conjunto, el evento también contó con la participación de Francisco Valle, de la Bolsa Institucional de Valores, Manuel Lobato Osorio de BBVA, Daniela Cuéllar Müller de Banobras y Roberto Molina Acedo de Nadbank quienes vieron con buenas expectativas la conformación de dichas comisiones resaltando las posibilidades de acompañamiento institucional de los proyectos en materia de financiamiento y desarrollo de proyectos ferroviarios.

 

En ese sentido, Francisco Valle, director de Emisoras de BIVA, señaló “El mercado de valores definitivamente tiene muchas ventajas, le vamos a proporcionar certidumbre, solidez y transparencia a los inversionistas, en BIVA estamos preparados para ir de la mano con todos estos proyectos para llegar al mercado. En su momento se financiaron los estados y municipios y se le dio una transparencia al mercado para que fueran utilizados en inversión productiva, carreteras y plantas de tratamiento de agua, entre otros, y eso se puede replicar en estos momentos de innovación en desarrollo urbano y ferroviario” apuntó Valle.

 

En la sesión se realizó el panel de discusión de secretarios de Desarrollo Urbano:

“Los retos del financiamiento de proyectos urbanos”, a cargo de la maestra Karina Lizeth Saldívar Lartigue, secretaria de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del estado de Tamaulipas, la arquitecta Irene Jiménez Montiel, secretaria de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ordenamiento Territorial del estado de Guerrero y el ingeniero Armando Lara De Nigris, secretario de Desarrollo Territorial Urbano Sustentable del estado de Quintana Roo.

 

También se contó con la participación de la maestra Martha Laura Peña Ordóñez, Titular de Planeación de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, (SEDATU) así como de la maestra Roxana Montealegre Salvador directora de Movilidad de la misma dependencia.

Miguel Ángel Alcaráz Silva, socio de Mckinsey presentó la ponencia Nearshoring en México, una visión general de México, sus regiones y sus vocaciones y finalmente se realizó el panel “Visión de 360 grados, el financiamiento de comunidades, ciudades, regiones y su infraestructura” con la participación del TEP Adolfo Gonzalez Olhovich, el maestro Francisco Valle Montaño representante de BIVA, el Dr. Manuel Lobato Osorio de BBVA, el maestro Francisco Amador Ramírez de Banobras y el ingeniero Roberto Molina Acedo de NADBANK.

 

Los moderadores de los paneles de discusión fueron el Dr. Alfonso Iracheta consejero del CONARED, especialista en planeación, estudios regionales y geografía; el ingeniero Roberto Aguerrebere experto en logística, movilidad, infraestructura y transporte seguro, sostenible e incluyente y el ingeniero Jorge Jiménez Alcaráz presidente de la comisión de enlace institucional del CONARED.

No todo son parques industriales, ¿Qué necesita México para el Nearshoring?

Por Adolfo González Olhovich

Creemos las comunidades del Siglo XXI en México, no todo son parques industriales. Creemos las comunidades del Siglo XXI en México, donde a todos nos gustaría vivir.

El rumor o chisme de pasillo dice que, nuestra capacidad instalada de naves industriales debe, por lo menos, multiplicarse en 5 años. Para atender el interés que ha creado México por diferentes razones que muchos han abordado académicamente, así como desde un punto de vista financiero y de estrategia de negocios, en nuestro país se deben tomar decisiones de qué rumbo tomar, entender qué necesitamos, cómo debemos de participar, hacia dónde debemos de ir y cómo debemos de lograrlo. El esfuerzo debe ser liderado desde una visión incluyente que nos lleve a 2050, o el siguiente siglo, y que permita a todos lograr beneficios reales para todos. Es decir, debemos encontrar respuestas al ¿Por qué? ¿Qué? ¿Dónde? ¿Cómo? ¿Cuándo?

 

¿Por qué México necesita pensar íntegramente?

Nuestro país en el siglo XXI está en una posición privilegiada hablando comercialmente con una cantidad de tratados internacionales que pocos países en mundo tienen; físicamente somos vecinos del mercado más importante que el planeta tiene, por lo que las manufactureras de productos no requieren sofisticación para la entrega, el famoso “Nearshoring”; nuestros espacios turísticos además de tener belleza cultural y natural inigualable, en algunos casos son ejemplos nacionales de cómo desde una perspectiva ecológica, de servicio, y culturalmente se pueden atender grandes volúmenes de turistas y tenemos lecciones aprendidas que deben ser analizadas.  

 

México tiene muy pocas ciudades que por sus características sean o vayan a ser prósperas, con calidad de vida y servicios para sus habitantes. En general las comunidades nacieron por suerte o por elementos de infraestructura tan complejos como los topes en carreteras, dejando atrás a los urbanistas con el diseño y la creación de infraestructura básica. Palabras como drenaje son desconocidas en muchas regiones, el uso de canales, drenaje a cielo abierto, o fosas sépticas presionando a la naturaleza e incrementando la posibilidad de enfermedades sobre todo en los niños y población vulnerable. No hay planeación sistemática ni sistémica, cada uno de los stakeholders cuida su parcela y sin visión de equipo, por lo que temas donde la comunidad debe funcionar como colectividad se quedan atrás, y así, podemos ver muchos ejemplos en educación y salud.

Generalmente el político o funcionario público quizás tiene intención, pero no la capacidad técnica, el tiempo y mucho menos el dinero por lo que solo ve lo que le dará votos sin pensar en décadas o centurias. Son muy pocas comunidades en nuestro país atractivas para vivir, y lamentablemente a la pregunta ¿a qué ciudad te mudarías? No hay respuesta positiva. Incluso, cuando hablamos de estética o belleza donde encontramos elementos de arquitectura de siglos pasado, algunas zonas planeadas como las realizadas por FONATUR, o barrios que, tienen su encanto atrayente a turistas, pero la mayor parte de nuestro país arquitectónicamente tiene áreas de oportunidad y en el urbanismo no es integrado como debe a la economía; es claro que cuando los hijos salen a estudiar pocas veces regresan a vivir en la localidad donde nacieron o crecieron.

Es importante que tengamos un modelo o concepto operativo como país donde se incluyan a los estados, sus municipios y entidades que, integre lo necesario para tener Ciudades Prósperas conforme a la definición de ONU Hábitat y un país sustentable en concordancia con la Agenda 2023 de la ONU para el Desarrollo Sostenible.  

 

¿Qué debe pasar en México?

Se deben crear comunidades, subcentros urbanos, ciudades o ecosistemas prósperos. Donde se puedan atender de manera lógica, metódica, planeada, sistemática, y organizada las necesidades de sus habitantes en espacios que generen una buena calidad de vida y servicios, con la posibilidad de tener empleos dignos en negocios con visión local, regional, estatal, nacional e internacional y en industrias con futuro. 

 

Es apasionante pensar cómo comunidades como Londres, Dubai, Orlando, Mónaco o Singapur que tienen certeza jurídica, calidad de vida y servicios, conectividad, empleos, sencillez para emprender y lugares de recreo, tienen mayor plusvalía debido a que las personas quieren vivir ahí a diferencia de Acapulco en México que, en  las primeras décadas del siglo pasado compitió con algunas de ellas y hoy la plusvalía es negativa.  

 

Asimismo, debemos establecer los vínculos y puentes para que los ejidatarios, propietarios de un gran porcentaje del país, tengan las herramientas para generar este tipo de comunidades, y no vendan barato las tierras en lugar de ser socios del negocio que implica pasar de parcelas sembradas con maíz a metrópoli sustentable.  

¿Cómo?

Debemos alinear a los tres grupos relevantes: las autoridades en todos sus niveles, la sociedad, desde personas vulnerables hasta los “fifis”; y los inversionistas, quizás los más sencillos porque requieren su capital más su premio seguro en un plazo cierto, en cuatro grandes ejes: social, en un sentido amplio que incluya a la sociedad en su conjunto; cultural, dejando clara la identidad y la riquezas de arte, usos, costumbres y legado histórico; ambiental, buscando sostenibilidad y equilibrio con el medio ambiente, y el finalmente, el económico.

¿Dónde?

En comunidades existentes o nuevas que atienden los mercados propios de las vocaciones a las que tienen acceso, en virtud de la zona geográfica en la que se encuentren y sus características y la viabilidad de la infraestructura que se necesite para tener movilidad y conectividad de carreteras, vías de tren, aeropuertos y puertos. 

Así como aquellos que atraigan personas por elementos ancla que causen interés. Sin importar si quieren estar ahí por cuestiones: económicas, culturales, ambientales, religiosas o la simple necesidad de apreciar su belleza. 

¿Cuándo?

Hoy, no debemos dejar pasar más tiempo.

“Después de muchos años analizando nuestras comunidades, poniendo píe en todo el país, pensando en las comunidades de México del siglo XXI, mi conclusión es que: debemos hacer ciudades donde nos gustaría vivir”.

 

 

Adolfo Gonzáles Olhovich

Estate and Trust Practitioner con más de 25 años de experiencia como Consultor, Presidente del Consejo de Administración; Consejero, propietario en independiente; Director General y Miembro de diferentes Comités Fiduciarios, Intermediarios Financieros, sociedades, asociaciones, fundaciones filantrópicas y fideicomisos en México y Latinoamérica. Actualmente presidente del consejo de TMSourcing. 

El Fideicomiso como Gestor de Proyectos de Protección Ambiental 

Por Ismael Vélez

Los temas relacionados a la protección del medio ambiente se ha han visto plasmados en diferentes iniciativas de desarrollo sostenible como fue la celebrada en septiembre del 2021 en París, en la que se adoptó un modelo de desarrollo sostenible para las actuales y futuras generaciones, buscando en última medida no solo el cuidado y mantenimiento del medio ambiente sino también la lucha contra la pobreza.   Naciones Unidas aprobó la agenda 2030 que entre sus temas relativos a medio ambiente destacan el de agua limpia y su mantenimiento, energía asequible y no contaminante, producción y consumo responsable, acción por el clima, vida submarina y de ecosistemas terrestres.   Si bien las iniciativas regionales ya llevan un tiempo desarrollándose, el haber colocado una agenda global demuestra la importancia que se mantiene respecto al tema de la protección al medio ambiente. Esta protección apoyada por una mayor conciencia social alrededor de estos temas crea la necesidad de estructurar proyectos de protección del medio ambiente.  

 

Bajo esa perspectiva en muchos países se han desarrollado, como ya indicamos incluso antes de la cumbre de París del 2015, determinados proyectos que con la ayuda de esquemas fiduciarios logran crear no solo un mecanismo idóneo sino replicable en las economías mundiales en defensa y protección del medio ambiente.

 

Es aquí en donde las figuras fiduciarias mediante los cuales se logra canalizar de manera transparente, y a través de un tercero especializado como es el fideicomiso en la ejecución de programas de carácter ambiental estableciendo una serie de mecanismos de control que permiten tener una gestión más clara en estos temas.

Estructuras Fiduciarias

Al estructurarse un mecanismo de ejecución de proyectos de preservación ambiental los interesados en generar, denominados Constituyentes buscan que la figura fiduciaria, que se le suele denominar Fideicomiso de Gestión Ambiental.

 

Quienes participan en estos mecanismos son por lo general ONG, Estructuras ministeriales públicas y también proyectos desde el sector privado.  En los últimos años han existido iniciativas gubernamentales en impulsar estos proyectos a través de mecanismo de beneficios tributarios. 

 

Entre los principales beneficios de la estructura fiduciaria encontramos:

  • Independencia tanto gestores, beneficiarios y entes de control que logren determinar el alcance que se quiere obtener con estos proyectos. 
  • Transparencia en el manejo de los recursos al estar en un vehículo legal separado, esto es un patrimonio autónomo administrado por terceros, incluyendo los aportes para lograr el objetivo final  
  • Flexibilidad, una estructura fiduciaria de protección de medio ambiente puede contar participación público y privada, 

 

Si bien, la política de protección de medio ambiente es política pública,  la responsabilidad es de todos los partícipes de una sociedad y el desarrollo, implementación y ejecución de esas políticas llegan a involucrar a toda una sociedad.  

 

Estructura y Financiamiento de un Fideicomiso de Protección Ambiental

Uno de los puntos principales en la estructura de un fideicomiso de gestión ambiental es el referente a la obtención, administración y utilización de los recursos económicos.

 

Estos fideicomisos buscan estructurarse por lo general, a través de tres mecanismos básicos:

 

  • Obtención de los requerimientos de capital inicial, esto es aportes que se destinan al fideicomiso y constituyen su único ingreso para sus actividades.
  • Recursos financieros inicialmente definidos en un transcurso de tiempo en el cual ayudarán a la obtención de los recursos y de los ingresos que por potenciales inversiones se den en el tiempo.
  • Fondos rotativos que acompañarán al proyecto, producto de tasas o impuestos previamente establecidos para el programa de conservación otorgando una fuente continua de recursos.

En algunas ocasiones los proyectos pueden llevar un tamaño de operación muchos más grande y complejo que lo recomendable es la figura de un Fondo Ambiental.  Estos fondos ambientales han participado en programas de canje de deuda por naturaleza y fueron creados para aprovechar, en un inicio esto es los años 80 y 90. 

 

Recientemente Ecuador anunció el canje de deuda más grande del planeta para protección de las Islas Galápagos, el cual genera un ahorro de 1,100 millones de dólares en duda para el país y con ellos se invertirá 450 millones para la protección de la biodiversidad del archipiélago.  En este caso el vehículo legal establecido fue a través de una Fundación con domicilio en Delaware.  

En cualquier de estos tres casos, la función del fideicomiso a través de su gestión previamente establecida o a través de las instrucciones previamente definidas y en las que el papel de la Junta del Fideicomiso que suele tener el apoyo de una Secretaría Técnica o Gerencia del Proyecto que coordina y ejecuta el o los proyectos definidos de manera inicial.

 

Conclusiones

El cambio climático es uno de los temas de mayor preocupación no solo a nivel de los gobiernos mundiales sino también de parte de generaciones futuras que ven con preocupación el poder no solo mantener la biodiversidad del planeta sino también la calidad de vida de las generaciones futuras.   

 

El lograr establecer programas de protección ambiental va creciendo cada día más y a diferencia de lo que se consideraba algunos años atrás en que para el desarrollo e implementación de estos programas se requeriría de los denominados escudos fiscales, hoy en día la participación en estos proyectos otorga una mayor importancia hacia las empresas al estar de por medio la reputación de las mismas.  

 

La estructuración de un Fideicomiso con un enfoque ambiental constituye la figura más idónea, como vehículo legal constitutivo y gestión  de estos recursos,  y dependiendo del tamaño del proyecto o del proceso se podría llegar a establecer el mecanismo de un Fondo de Protección Ambiental en el cual no se enfocaría únicamente a un solo proyecto sino a una variedad de los mismos.  

Pero más allá de las estructuras y vehículos legales, de la transparencia de objetivos y uso de sus recursos, el objetivo de un Fideicomiso de Protección Ambiental está en la concientización hacia la población en general de la correcta utilización y cuidado de los recursos que aún tenemos. 

 

 

 Ismael Vélez

Abogado con más de 25 años de experiencia en Mercado de Valores, estructuraciones financieras incluyendo esquemas fiduciarios y Finanzas Internacionales. Consultor Legal en Derecho Corporativo y Financiero.

El Arbitraje en la Solución de Conflictos en Fideicomisos

Por Lucely Cruz Sánchez

Como es de saberse, con el objetivo de ofrecer justicia alternativa existen diferentes mecanismos de solución de conflictos que podemos aplicar hoy en día, uno de ellos es el arbitraje, mecanismo que, comparado con los demás, es poco conocido debido a la mínima familiarización que existe en torno a este, por ello capta mi atención, ya que tiene beneficios a los que le pudiésemos aprovechar exorbitantemente si le pusiéramos en práctica.

 

El arbitraje es aplicable a actos mercantiles, y por supuesto, tomando en cuenta que el fideicomiso es un contrato meramente mercantil y siempre que no se afecte el orden público podremos aplicarlo, en este texto lo veremos a grosso modo.

 

El arbitraje está sustanciado en el Título Cuarto del Código de Comercio, por lo que en dicho Título, podemos encontrar todas las reglas que le aplican al arbitraje nacional e internacional si le aplicare.

 

A diferencia del proceso judicial convencional, el arbitraje como mecanismo alternativo de solución de conflictos es mucho más rápido y eficaz, puesto que no se ve contaminado con criterios comunes de los juzgadores jurisdiccionales, ni de plazos, etapas y requisitos de ley que engrosan y entorpecen el proceso, pues con gran diferencia, será resuelto por una o varias personas físicas elegidas por las partes, personas a las que se le denomina árbitro o tribunal arbitral, mismo que deberá resolver única y exclusivamente con base a lo pactado en el acuerdo arbitral, en otras palabras podríamos decir que se trata de un proceso privado que no se sujeta a la resolución de una persona designada por el Estado.

 

Ya con un previo resumen y en menos palabras, ¿qué es el arbitraje? 

No es más y nada menos que un método de solución de conflictos en materia mercantil, que se pacta por las partes desde una cláusula arbitral compromisoria establecida dentro de un contrato, misma que fungirá como la médula o acto principal del que pudiese derivar controversia alguna, situación donde iniciará la actuación del árbitro o tribunal arbitral para la resolución de la controversia.

En otros términos, el arbitraje es uno de los medios alternativos para la solución de conflictos en el que uno o varios terceros neutrales llamados árbitros, deciden sobre la controversia jurídica mercantil planteada por las partes, las cuales, en principio, voluntariamente decidieron someterse y obligarse a cumplir con la decisión del tercero neutral (árbitro), a efecto de lograr un fallo favorable a su posición.

 

Y ¿por qué en un fideicomiso? 

Si bien es cierto, el fideicomiso no está exento de disputas que se pudiesen ocasionar entre las partes, incluyendo por supuesto a las fiduciarias, inclusive en ocasiones, es necesario iniciar un proceso judicial para darle solución a dichas disputas que invariablemente sucedieron, situación que muchas si no es que todas las fiduciarias quisieran evitar, pues le temen a las posibles consecuencias desencadenantes en una posible mala reputación a la fiduciaria e incluso la reputación de la industria fiduciaria en general, es así que, con la implementación de este mecanismo alternativo, dichas posibles fatales consecuencias se pudieran evitar.

 

Enfocándonos en los fideicomisos, a diferencia de otros mecanismos alternativos de solución de conflictos, el arbitraje tiene diversas ventajas que lo hacen competitivo ante los demás métodos, sus características sobresalientes son: rapidez, especialización y confidencialidad

 

Para abundar en las características, describo a grosso modo las más sobresalientes:

  • El acuerdo de arbitraje podrá adoptar la forma de una cláusula compromisoria (cláusula arbitral) incluida en un contrato, que en este caso se debería incluir en las cláusulas del fideicomiso, o la forma de un acuerdo independiente, es decir, siempre deberá constar por escrito. 

 

El código de comercio señala que, constituirá acuerdo de arbitraje la referencia hecha en un contrato que contenga una cláusula compromisoria, siempre que dicho contrato conste por escrito y la referencia implique que esa cláusula forma parte del contrato. 

 

  • Podrá llevarse a cabo o no ante una institución arbitral permanente, además de que las partes podrán determinar libremente el número de árbitros (tribunal experimentado/especializado) que instaurará el tribunal arbitral, esto es, las partes podrán elegir a su panel arbitral integrado por especialistas en las materias que detenten la disputa (ejem. Integrante especialista en temas fiduciarios, integrante especialista en temas arbitrales y los especialistas en la materia de disputa que sean necesarios). Por ejemplo, si la disputa versa sobre un conflicto dentro de un fideicomiso inmobiliario, además de las personas especialistas en la materia fiduciaria y arbitral, podrán elegir como parte del tribunal a una persona capacitada en el ramo inmobiliario, permitiendo con ello una solución más ágil y especializada, situación que no ocurre dentro del proceso judicial convencional, ya que los jueces muchas veces carecen de la especialización que se necesita en esta clase de conflictos fiduciarios y por supuesto de la materia sobre la que verse la disputa, tornando el proceso de solución en un largo y dificultoso desarrollo, es así que, salvo disposición en contrario, en el arbitraje no se requerirá intervención judicial; en mínimas palabras, el tribunal arbitral experimentado asegurará que dichos asuntos sean abordados de manera apropiada, eficiente y eficaz.

 

 

  • Las partes podrán determinar libremente el lugar del arbitraje, puesto que, salvo pacto en contra, el Código de Comercio en su artículo 1436 le permite al tribunal arbitral “… reunirse en cualquier lugar que estime apropiado para celebrar deliberaciones entre sus miembros, oír a las partes, a los testigos, o a los peritos, o para examinar mercancías u otros bienes o documentos.” Esta permisión claramente dota de total confidencialidad al proceso y deliberación del tribunal arbitral, con el objetivo de darle secrecía y privacía a la disputa y solución.

 

  • El tribunal arbitral dará solución al conflicto de acuerdo con las normas de derecho que las partes hayan elegido y determinado en el contrato y cláusula compromisoria, la solución del conflicto se dictará mediante laudo, el cual deberá constar por escrito y ser firmado por el o los árbitros.

 

El Diccionario Jurídico Mexicano de la Suprema Corte de Justicia de la Nación define al laudo arbitral como la “Decisión dictada por el árbitro para resolver un conflicto que haya sido sometido a su análisis y estudio por los contendientes en un juicio, sobre cuestiones que no afecten el orden público, inspirada en el principio de equidad”.

 

Hasta este punto claro está que el mecanismo en cuestión, comparándolo con el proceso de solución de conflictos de un proceso convencional judicial (versus el arbitraje), se puede hacer una gran diferencia, pues considerando que el o los árbitros decidirán el fin del conflicto de manera experta, expedita y confidencial, la resolución es mucho más justa y eficaz no solo para una sino para todas las partes, esto debido a la forma en que la disputa se resuelve, pues solo las partes son las que establecerán cada una de las reglas y normas de derecho que deberán tomarse en cuenta para la solución del conflicto.

 

Teniendo en cuenta las consideraciones del arbitraje, la actuación arbitral es, si no la más justa e importante, al menos debería ser la más razonable e imparcial ante el conflicto, pues el laudo arbitral deberá ser una resolución equitativa que tendrá presente y le dará importancia a todos y cada uno de los antecedentes del conflicto, además que tanto la disputa y posibles fugas de información (preocupación de las fiduciarias) como la actuación arbitral se verán menos expuestas a sobornos, impericia, prolongación del proceso, a crear una mala reputación de las fiduciarias e incluso a vagas interpretaciones normativas y de peritaje como sucede comúnmente en un proceso jurisdiccional común.

 

 

Lucely I. Cruz Sánchez

Licenciada en Derecho y Maestra en Derecho Corporativo. Profesional con más de 8 años de experiencia en el sector Corporativo y Fiduciario, se ha desempeñado como Abogado Corporativo y Ejecutivo de Promoción y Administración Fiduciaria en importantes Instituciones Financieras.

México es una Potencia Financiera

Además de dar Servicios Financieros a los mexicanos hay que dar a conocer lo que hacemos y cómo lo hacemos en el mundo.

Por Adolfo González Olhovich

Desde hace varias décadas vislumbré a México como una potencia financiera. Hace quince años, este sueño me llevó a proponerle al presidente municipal de Benito Juárez, Cancún el establecimiento de un barrio financiero, lo que hoy, más que nunca, se puede convertir en una realidad.

 

El mundo cambió. Los países considerados alguna vez centros financieros quizá se están convirtiendo en lugares en donde a los inversionistas les daría miedo tener su patrimonio. Un claro reflejo de esto, son sus mercados ya que muchos no cumplen, o aún no implementan estándares normativos de transparencia fiscal, prevención de lavado de dinero, uso de datos personales, cumplimiento de prácticas ASG, o mecanismos anticorrupción. El solo hecho de invertir en esos centros financieros coloca a los inversionistas como posibles delincuentes ante las autoridades mexicanas; solo hay que recordar los Panama Papers, Bahamas Leaks, Paradise Papers y otros tantos casos similares.

 

Estas jurisdicciones diseñaron su sistema financiero bajo las premisas del siglo XIX y XX donde la confidencialidad, no pagar impuestos y no cuestionar la procedencia del dinero eran su principal atractivo. Sin embargo, temas como el idioma, el huso horario, la macroeconomía, el costo de abogados en caso de una contingencia, entre otras, no dejan de estar presentes. Solo imagine tener que contratar a un abogado en la Isla Nieves, en las Islas Vírgenes Británicas o en Hong Kong cuyo costo por hora sería mayor a $700.00 USD adicional a lo que el abogado mexicano cobraría, o tener que decidir si: comparecer ante un tribunal en Panamá, aceptando el haber establecido una estrategia de evasión fiscal, o dejar ir sin pena alguna al banquero o abogado que malverso su patrimonio.

Crease o no, el ecosistema financiero mexicano es uno de los mejores del mundo, perfectible como todos para ser capaz de atender nuestros mercados donde convergen, en la capital económica de Latinoamérica, un gran número de habitantes considerados en pobreza, algunas de las personas más ricas del mundo y zonas rurales con problemas de comunicación.

 

Aquí algunas de las ventajas que tiene México:

A) Percepción de México. México está en la tabla ‘media alta’ con una percepción positiva a nivel mundial (según Doing Business Report).

B) Capital Humano. La capacidad de los colaboradores y su formación han creado en México instituciones robustas y bien calificadas, incluso por las mejores agencias a nivel mundial.

C) Sistema Financiero Robusto. De acuerdo con el Reporte de Estabilidad Financiera Primer Semestre 2021 del Banco de México, el sistema financiero mexicano continúa mostrando resiliencia y cuenta con una posición en general sólida que le permitiría contribuir a la recuperación económica.

D) Legislación y Normatividad:

  1. Financiera. La cantidad de figuras jurídicas desde las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple reguladas para cuestiones de servicio, prevención de lavado de dinero, datos personales, anticorrupción y temas fiscales, hasta las instituciones de banca múltiple con una carga prudencial y regulatoria apegada a las mejores prácticas a nivel mundial son ejemplo en diferentes mercados, incluyendo la actividad fiduciaria.
  2. Civil. En materia familiar y de sucesiones nuestra legislación es justa y razonable, y contundente en asuntos de protección familiar. Las instituciones jurídicas como el matrimonio, la adopción, y las sucesiones están bien normadas, y no existen legítimas.
  3. Mercantil. El crédito y demás actividades financieras están reguladas de tal forma que se cuenta con los elementos para realizarlas de manera eficiente.

 

Aunque debemos reconocer que el sistema judicial mexicano no es lo expedito, y que debemos evitar hacer negocios en algunos estados de la república donde el estado de derecho no es aceptable, existen también medios de solución de controversias como lo es la mediación y el uso de fideicomisos que salvaguardan los derechos de las partes.

E) Fiduciarios altamente calificados. El uso de fideicomiso, figura económica jurídica que un buen número de intermediarios financiero  después de 115 años de lecciones aprendidas, el ecosistema fiduciario es el número uno en el mundo, con alrededor de $550,000 millones de dólares americanos en patrimonio administrado.

F) Autoridad Financiera. México cuenta con sistemas y personal capacitado de alto desempeño en la supervisión y vigilancia del ecosistema.

G) Autorregulación. El gobierno mexicano ha permitido crear instituciones y mecanismos que mejoran la supervisión y coordinan la implementación y seguimiento para su cumplimiento normativo en diferentes esferas como la bursátil.

H) Transparencia Fiscal. Desde 2017 nuestro país está intercambiando con alrededor de 100 países información financiera de sus contrayentes a través del Estándar de Transparencia Fiscal y el Sistema de Reporte de Cuentas Financieras (CRS, por sus siglas en inglés).

I) Transparencia Fiscal con EEUU. En 1992, México y los Estados Unidos de Norteamérica firmaron un acuerdo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, incluyéndose las condiciones para el intercambio de información. Dos décadas después, se suscribe el acuerdo intergubernamental para implementar la Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras (FATCA, por sus siglas en inglés), estableciéndose las reglas para el reciproco intercambio automático de información financiera de sus ciudadanos a fin de detectar y combatir la evasión fiscal.

J) Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo. Si bien, México tiene aún mucho por hacer, lo cierto es que ha estado trabajando para fortalecer -desde hace décadas- el marco normativo, incluyendo no sólo a las instituciones financieras y a las actividades vulnerables sino también al marco regulatorio penal que contempla las conductas de una manera muy clara.

K) Protección de Datos Personales. Según diferentes organizaciones, tanto el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales como la legislación mexicana está entre las 10 mejores del mundo. Esperemos que esta situación no se modifique esté año.

L) Competencia Económica. El mercado financiero mexicano cuenta con un buen número de figuras legales que ayudan a la competencia económica de los diferentes mercados.

M) Tecnología Financiera. Nuestro país fue uno de los primeros en aceptar en su legislación mercantil operaciones digitales hace más de 20 años y a principios de siglo XXI México tomó una posición relevante en lo que respecta al uso de la tecnología en las finanzas. Al aprobarse en 2018 la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, comúnmente conocida como Ley Fintech, México forma parte de la innovación financiera.

N) Infraestructura Digital. México tiene la infraestructura de tecnologías de la información necesaria para atender las necesidades el mercado, existiendo además proyectos para su ampliación.

O) Infraestructura Física. México cuenta hoy en día con las capacidades y características de ciudades comunicadas, capital humano, así como infraestructura y supraestructura necesaria para lograr satisfacer losrequerimientos de las instituciones financieras, incluyendo espacios de convivencia y capacitación.

P) Asociaciones. Representativas del sector financiero como ABM, AMIB, ASOFOM, STEP, ALIDE, AMEXCAP, AMEFIBRA, ASOFICH, AMEFIBRA, CONUNION, AMSOFIPO, AMDEN, entre otras, hace un gremio organizado y receptivo a nuevas ideas.

Q) Ubicación Geográfica. La ubicación geográfica de México entre América del Norte y América Latina lo convierte estratégicamente en un centro de conexión importante para los negocios en la región.

R) Estabilidad Política y Económica. En los últimos años, México ha gozado de estabilidad política y económica aventajando así a otros países.

S) Reformas Estructurales. Se ha iniciado una serie de reformas estructurales en los últimos años que incluyen temas laborales, así como una política fiscal puntual la cual ha sido muy exitosa.

T) Acuerdos Comerciales. México tiene acuerdos comerciales con alrededor de 50 países, lo que lo convierte en un mercado sumamente vinculado y con un sistema financiero reconocido a nivel mundial.

U) Bolsas de Valores. Hoy el mercado mexicano cuenta con dos bolsas de valores en el cual se puede potencializar el financiamiento de empresas.

V) El peso mexicano. Peso mexicano es una de las monedas con mayor transacción global.

El sistema financiero mexicano prácticamente busca solo clientes mexicanos ya que su población es mayoritariamente joven y en crecimiento. Esta joven población pujante, quienes están ingresando a la fuerza laboral y pueden hacer uso de los servicios y productos financieros. Sin embrago, hoy la oportunidad de servir en otras latitudes en una realidad, al igual que lo es el nearshoring para la industria de manufactura.

 

México es un centro financiero importante en la región y a nivel mundial. Quizás debemos no solo buscar clientes mexicanos sino crear la marca de México en el mundo de las finanzas; y por qué no, crear uno o varios barrios financieros en ciudades como la CDMX, Monterrey, Cancún, Puerto Vallarta o los Cabos donde la conectividad es clave.

 

“No veo en este momento por qué México no puede ser un centro financiero; sobre todo, comparado con otros mercados financieros de Latinoamérica. Tenemos escala, tecnología, control de riesgos, desarrollos muy importantes como las cámaras de compensación, y también tenemos sistemas que nos permiten integrar los mercados.”

– Gabriel Yorio, subsecretario de Hacienda.

El Economista. Octubre 22, 2020

 

 

 

 

Adolfo González Olhovich

Presidente de consejo de TMSourcing.

El Fideicomiso como Fuente de Pago de Financiamiento

Por Jessica Gaona Andrade

Actualmente la mayoría de las personas tanto físicas como morales recurren al otorgamiento de financiamientos para poder capitalizar sus negocios, proyectos o emprendimientos; sin embargo, las instituciones que otorgan estos financiamientos son muy exigentes en cuanto a los requisitos y condiciones que requieren para asegurarse de que los financiamientos que otorguen sean cubiertos en su totalidad y con el menor margen de incumplimiento o de mora posibles.  

 

Existen varias opciones para poder garantizar el cumplimiento de un financiamiento, como son avales, fianzas, obligados solidarios, garantías hipotecarias, pagarés, entre otros; no obstante, una figura innovadora, fácil y segura es el contrato de fideicomiso de fuente de pago. 

 

Los contratos de fideicomiso de fuente de pago pueden ser alternos o directos. En el alterno, el fideicomiso no es la principal fuente de pago del financiamiento y sólo se dispondrá del patrimonio del fideicomiso en caso de que la persona física o moral que solicitó el financiamiento incumpla con el pago de alguna amortización, intereses, comisiones, etc. En el directo, el fideicomiso es la fuente directa y principal del pago del financiamiento, por lo que el patrimonio del fideicomiso se dispondrá cada ocasión que deba pagarse una amortización, intereses, comisiones, etc. 

Antes de profundizar más en este tipo de contrato de fideicomiso, recordemos que el fideicomiso es un contrato en el que, conforme al artículo 382 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (“LGTOC”) “…el fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos, según sea el caso, para ser destinados a fines lícitos y determinados, encomendando la realización de dichos fines a la propia institución fiduciaria…”. 

 

En este sentido, en el contrato de fideicomiso de fuente de pago, ya sea alterno o directo, es necesario que el fideicomitente -que en este caso será la persona que obtenga el financiamiento- destina ciertos bienes de su propiedad para constituir el patrimonio del fideicomiso que servirá como fuente de pago del financiamiento. Por su parte, la entidad que otorga el financiamiento tendrá el carácter de fideicomisario en primer lugar. 

 

En cuanto a las maneras de constituir el patrimonio del fideicomiso de fuente de pago nos enfocaremos en dos: i) cesión de derechos de cobro de contratos que el fideicomitente tenga celebrados; o ii) la aportación de bienes inmuebles con el objeto de que se comercialicen y/o arrienden y que con los recursos que se obtengan se realice el pago del financiamiento.

 

Respecto a la cesión de derechos de cobro, ésta se puede formalizar en el mismo contrato de fideicomiso o en un documento por separado, no obstante, en cualquiera de los dos supuestos es necesario revisar previamente los contratos de los que se ceden los derechos de cobro para validar que permitan realizar tal cesión y, en su caso, validar los requisitos que se requieran. 

Asimismo, para que la cesión de derechos tenga validez jurídica debe apegarse a los requisitos previstos en el artículo 2036 del Código Civil de la Ciudad de México o sus correlativos en el Código Civil Federal o de los demás Estados de la República Mexicana, por lo que debe realizarse ante dos testigos o ante un fedatario público y su inscripción en el Registro Único de Garantías Mobiliarias, conforme al artículo 389 de la LGTOC. 

 

En cuanto al supuesto del inciso ii), al tratarse de aportación de bienes inmuebles es necesario que el contrato de fideicomiso se formalice en escritura pública y se inscriba en la Sección de la Propiedad del Registro Público del lugar en donde los bienes estén ubicados, conforme al artículo 388 de la LGTOC.

 

Sin importar los bienes que se aporten al patrimonio del fideicomiso de fuente de pago, es recomendable que dicho fideicomiso se constituya con la facultad de que el fideicomitente adquiera el patrimonio, de tal forma que al cumplirse con los fines del fideicomiso se pueda revertir el patrimonio del fideicomiso al fideicomitente sin que se considere enajenación para efectos fiscales, en términos del artículo 14, fracción V, inciso b) del Código Fiscal Federal.

Por otra parte, en los fines del fideicomiso se debe establecer claramente que el patrimonio del mismo servirá como fuente alterna o directa del financiamiento y la forma en la que el fiduciario aplicará el pago del financiamiento, ya sea que se señale la obligación de realizarla en una fecha exacta de manera mensual o que se realice conforme a las instrucciones que reciba por parte del fideicomisario en primer lugar, quien, una vez cubierto el pago correspondiente, podría instruir al fiduciario la entrega de remanentes a favor del fideicomitente.

Otro aspecto importante que se debe señalar en el contrato de fideicomiso de fuente de pago, es el procedimiento que se deberá realizar en caso de que no se cuente con los recursos suficientes para el pago del financiamiento en el patrimonio del fideicomiso para que, en su caso, el fideicomitente se encargue de aportar recursos al patrimonio del fideicomiso o a pagar el financiamiento directamente. 

 

Adicional a ello, en el caso del fideicomiso que tenga bienes inmuebles se puede establecer un procedimiento para ejecutar el patrimonio en términos del artículo 403 de la LGTOC y que con los recursos que se obtengan se liquide el financiamiento en su totalidad. En caso de optar por este procedimiento, el contrato de fideicomiso además de ser una fuente de pago sería un contrato de garantía y debería apegarse a lo establecido en el capítulo V, sección segunda de la LGTOC.

 

Una vez cubierto en su totalidad el pago del financiamiento, se procederá con la reversión del patrimonio del fideicomiso a favor del fideicomitente y con la extinción total del fideicomiso, mediante la firma del convenio de extinción correspondiente. En el caso de los fideicomisos en los que únicamente se realizó la cesión de derechos de cobro, será necesario que en el convenio de extinción se realice la reversión de la cesión de derechos de cobro y se establezca el plazo en el que se deberá notificar a la parte que corresponda la nueva cuenta en la que se realizará el pago de los derechos de cobro. 

 

Por su parte, en los contratos en los que se aportaron bienes inmuebles, en caso de que todavía existan bienes inmuebles en el patrimonio del fideicomiso, se procederá a realizar una escritura de reversión de propiedad a favor del fideicomitente y en esa misma escritura se formalizará el convenio de extinción total del fideicomiso.

 

Un fideicomiso de fuente de pago, ya sea alterno o directo, otorga seguridad y certeza jurídica para las instituciones que otorgan financiamiento, pues garantiza que el mismo será cubierto con un margen mínimo de incumplimiento y, en caso de haberlo, se contemplan procedimientos para que se obtengan recursos para el pago del financiamiento. 

 

Asimismo, el fideicomiso de fuente de pago también resulta benéfico para la persona que obtiene el financiamiento, ya que tendrá la seguridad de que el mismo será cubierto en tiempo y forma sin el riesgo de incurrir en el pago de intereses moratorios, pues dicho fideicomiso será administrado por el fiduciario, quien tendrá a disposición el patrimonio que servirá como fuente de pago del financiamiento.  

 

 

 

Jessica Gaona Andrade

Especialista en Derecho Administrativo. Actualmente  Gerente de Promoción Fiduciaria.

La solución tecnológica SaaS que transforma la administración de Patrimonios

Por Budawho

En un mundo donde la eficiencia, agilidad y seguridad son primordiales, las soluciones tecnológicas basadas en la nube se han vuelto indispensables para la gestión de diversos tipos de negocios. Una solución innovadora que aspira a transformar el mercado financiero es Budawho; una plataforma SaaS (Software as a Service) especializada en la Administración de Negocios de Banca de Inversión.

 

¿Qué es Budawho?

Budawho es una solución tecnológica SaaS, diseñada para automatizar el ciclo de vida completo de diversos tipos de negocios, tales como: Negocios Fiduciarios, Fondos de Inversión, Family Office así como Portafolios de Inversión y Patrimonios Individuales. Su enfoque global y su capacidad de adaptación a diferentes entornos y regulaciones la convierten en una herramienta fundamental para el éxito de estos negocios.

Funcionalidades clave para su negocio

  1. Pantalla Inicial con Dashboard intuitivo y fácil de usar: Ofrece una visualización completa del negocio en tiempo real, facilitando la toma de decisiones rápidas y eficientes, así como las acciones a realizar en cada uno de los negocios o patrimonios administrados.
  2. Transacciones y contabilización: Budawho posibilita el registro de transacciones y la contabilidad individualizada para cada negocio, simplificando considerablemente los procesos contables y asegurando la precisión en los registros.
  3. Reportes dinámicos y personalizables: Facilitan el acceso a información clave para la toma de decisiones, adaptándose a las necesidades específicas de cada usuario.
    1. Tareas y recordatorios: Permiten a los usuarios crear y programar sus tareas de manera ordenada, estar al tanto de sus responsabilidades y asegurarse de que no se omitan eventos importantes.
    2. Integración con APIs: Budawho se integra fácilmente con servicios externos a través de APIs, ampliando sus funcionalidades y permitiendo una mayor adaptabilidad a diferentes entornos y sistemas.
  • Buddy – tu asistente virtual con inteligencia artificial: Buddy te ofrece asesoramiento en tiempo real a los usuarios, agilizando la resolución de dudas y optimizando la gestión de las operaciones financieras.
  • Acceso Online para Clientes: Budawho está liberando en el 2do semestre de 2023, el acceso online para los clientes de las instituciones usuarias, para permitir consultas, acceso a estados de cuenta, envío de instrucciones, notificación de transacciones y solicitudes de retiro.


Una solución global respaldada por la experiencia de GESTOR

GESTOR, la empresa detrás de Budawho, cuenta con más de 25 años de experiencia en el desarrollo de software especializado para el sector financiero internacional, lo que respalda su capacidad para crear soluciones tecnológicas de vanguardia. Con clientes en 15 países y creciendo, GESTOR se ha establecido como un referente en el desarrollo y provisión de Software para Banca de Inversión a nivel internacional y Budawho es el resultado de su compromiso con la excelencia y la innovación.


Budawho es una solución SaaS que combina eficiencia, agilidad y seguridad para optimizar la administración de Fideicomisos, Fondos, Family Office y otros patrimonios, permitiendo que el personal de nuestros clientes en distintas ubicaciones geográficas, puedan interactuar en su operación interna y con sus clientes, en una solución integrada única. Su enfoque global y su funcionalidad, la convierten en una herramienta imprescindible para aquellos que buscan optimizar sus procesos y garantizar un rendimiento óptimo en un mundo cada vez más competitivo y tecnológico.

Encuentros TMSourcing 2023

Por Paola Castro

La empresa de servicios financieros, legales y de procesos, que provee consultoría y back office a personas de alto perfil, TMSourcing, llevó a cabo el pasado 20 de abril en el Hotel Hilton Reforma su evento anual Encuentros TMSourcing 2023; un espacio en el que se reúnen simultáneamente especialistas de los sectores Fiduciario, Prevención de Lavado de Dinero y Compliance, Inmobiliario y Estate Planning & Family Office.

 

Este evento buscó que los asistentes aprovecharán tres acciones en concreto; un enfoque académico, revisando tendencias y temas que se deben atender en el mercado apoyando la creación de redes de negocio y socios estratégicos, oportunidades de networking; ayudar a sus asistentes a crear negocio entre agentes clave, y finalmente, un enfoque social; creando un ambiente donde la empatía y el intercambio de ideas sea entre amigos. 

 

Los Encuentros TMSourcing estuvieron conformados por 3 salones, donde en cada uno de ellos se desarrollaron el 9° Encuentro Fiduciario, 7° Encuentro en Prevención en Lavado de Dinero con el apoyo de Top Compliance, el 1° Encuentro Inmobiliario y Estate Planning and Family Office. 

Durante el marco de la agenda del Encuentro Fiduciario; el coloquio más longevo de los Encuentros TMSourcing, se contó con la presencia de actores importantes del sector como lo son: el Mtro. Ernesto Fragoso Montaño, C.TEP Adolfo González Olhovich, el Lic. Narciso Campos Cuevas, el Lic. Emmanuel Gómez Farías Mata, el Mtro. Nicolás Olea Zazueta, el Lic. Eduardo de la Peña Corral, el Lic. Rodrigo Granovsky, el Lic. Miguel Ángel Dávalos, el Lic. Armando Zuñiga Salinas. Asimismo, al evento asistió el  Secretario de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad de México, el Lic. Fadlala Akabani Hneide, el cual tuvo una participación en la mesa de análisis “Hablemos de PYME Alta Calidad”, una evaluación cuyo objetivo es calificar el nivel de crecimiento de las pymes para que logren mejores oportunidades, y a su vez la bursatilización.   

 

El contenido ofrecido a los asistentes se conformó por ponencias y mesas de análisis entre los cuales se destacaron; la mesa de análisis ¿México necesita una ley de fideicomisos?, Ciudades inteligentes: el fideicomiso como modelo asociativo, transparencia fiscal y estructuras patrimoniales en México y en el extranjero. Ponencias como Cumplimiento normativo de las partes en el fideicomiso en México y El mercado fiduciario en México y Latinoamérica, entre otros. 

Por otro lado, dentro del Encuentro de Prevención y Lavado de Dinero, tuvieron presencia personajes de gran nivel en el sector entre los que destacan el Dr. David Merino Téllez, Dr. Sandro García Rojas Castillo, Cynthia Escoffie Caballero, Mtro. Gerardo Nochez Cerón, la Mtra. Graciela Castro Gonzalez, el. Lic.Raúl Joel Diaz Pérez, el Ing. Rodolfo Enrique Martínez, así como dos personalidades del Departamento de Justicia de EE.UU. y Ex Interpol. 

 

Se pudo conocer de temas como los Nuevos retos profesionales de especialistas en prevención de lavado de dinero certificados, El Lavado de Dinero por accidente, Los cambios legislativos en materia anticorrupción, PLD y Compliance, Inteligencia y contra inteligencia enfocada en Compliance PLD, Ciberseguridad, Compliance y PLD, entre otros temas de gran importancia donde los asistentes pudieron actualizar y dialogar en las rondas de preguntas y respuestas. 

Por su parte, el Encuentros Inmobiliario dirigido a constructores, desarrolladores, arquitecto, ingenieros y profesionales inmobiliarios, y el Encuentro Estate Planning and Family Office dirigido a Empresarios, Accionistas, Directores Generales, Directores Financieros, Directores, Jurídicos, Tenedores de Activos, personas de alto perfil e Instituciones que ofrecen Servicios Financieros, compartieron un espacio por primera vez en este evento organizado por TMSourcing para hablar sobre estos sectores, que si bien, cuentan con un papel importante en los negocios del país. 

 

Especialista como el Ing. Rodrigo Pechas Porchas, la Mtra Claudia Ivonne Rodríguez Campos, la Mtra. Claudia de Buen Unna, el Mtro. Raúl Aarón Rosado Castillo, el Ing. Nestor Adrián Valdéz Oviedo, entre otros, los cuales pudieron compartirnos una gran variedad de temas sobre Instrumentos bursátiles para family office, ¿qué es una planeación patrimonial y porque debo tener family office?, temas fiscales y de cumplimiento en materia de planeación patrimonial, el mercado inmobiliario en México, Estrategias fiscales y compliance en material inmobiliaria, oportunidades inmobiliarias en el sureste del país, etc. 

Sin duda, un evento completo de contenido innovador y relevante para los negocios y el patrimonio personal y empresarial, con presencia de destacados patrocinadores, donde cada asistente se llevó conocimientos y experiencias de importantes fuentes de los cuatro sectores. 

 

 

 

Paola Castro 

Redacción Mundo Fiduciario.