Importancia de la Garantía Fiduciaria en el Crédito

Por Luis Felipe Gómez

Uno de los principales puntos al momento de abordar el tema del crédito, es el relacionado a las “garantías”, las cuales se pueden entender como el mecanismo mediante el cual, el deudor ofrece al acreedor, una fuente de repago en caso de no poder cumplir con los pagos del financiamiento que le fue otorgado. 

 

Las disposiciones que emanan de la Ley de Instituciones de Crédito, normatividad que rige el actuar de las instituciones integrantes del Sistema Financiero Mexicano, señalan los requisitos que deben cumplir las garantías para efecto de ser consideradas en la determinación del requerimiento de capital por riesgo de crédito. En estas, se señalan dos tipos de garantías, reales y personales. Siendo las garantías reales aquellas que derivan de los bienes que posee el acreditado, mientras que las personales, se entienden como los instrumentos de cobertura que podría contratar el acreditado como lo son: seguros y derivados de crédito. 

 

Como parte de las garantías reales, se contemplan garantías financieras y no financieras. Las primeras correspondientes al dinero en efectivo, así como valores, títulos y documentos que gocen de un grado de riesgo bajo conforme la calificación crediticia de una Institución Calificadora reconocida, y en el caso de las garantías no financieras, se pueden considerar los inmuebles comerciales o residenciales, bienes muebles, derechos de cobro, participaciones en los ingresos federales, ingresos propios que correspondan a las entidades federativas o municipios, certificados de depósito y bonos de prenda. 

Garanias no financieras-min

Dentro del conjunto de garantías susceptibles de ser consideradas por parte de las instituciones financieras, encontramos la garantía fiduciaria, definida por la propia Comisión Nacional Bancaria y de Valores como “el contrato mediante el cual el fideicomitente (deudor) transmite bienes o derechos que serán ejecutados, conforme al procedimiento extrajudicial previsto en el propio contrato, para cubrir las obligaciones garantizadas al fideicomisario (acreedor)”.

 

Este tipo de garantía es entonces, un conjunto de bienes que se incorporan a la figura del fideicomiso como respaldo para el pago de las obligaciones contraídas y que tradicionalmente, son administradas por un fiduciario, quien será el encargado de responderle al acreedor en caso de algún impago del deudor. 

 

La garantía fiduciaria ha tomado gran relevancia en los últimos años, debido a las ventajas que trae consigo, entre las que destaca, la rapidez para la ejecución de la garantía debido a que se concibe como un “patrimonio autónomo”, es decir, no resulta necesario entablar un proceso judicial para la realización de la misma. 

Uno de los ejemplos más comunes para explicar la importancia de la garantía fiduciaria, es el paralelismo con la garantía hipotecaria, toda vez que en el caso de un crédito con hipoteca, el acreedor debe esperar la liquidación del crédito vía dación en pago o resolución del juicio hipotecario, mientras que en el caso del fideicomiso en garantía, esta situación se prevé desde su constitución y es un tercero (fiduciario) quien será el responsable de ejecutar la garantía debido a que cuenta con la facultad para esto, ya que es el titular del patrimonio fideicomitido, así como para liquidar el adeudo. Asimismo, en el caso de la hipoteca, esta se grava dependiendo la cantidad de financiamientos que ampare, mientras que, en el caso del fideicomiso, uno solo puede amparar diversos financiamientos dependiendo el aforo de los bienes integrados en él.

 

Otra de las ventajas que ofrece la garantía fiduciaria, corresponde a la certeza del patrimonio, debido a que no se podrán realizar embargos o actos que atenten contra el valor y existencia de los bienes inscritos dentro del fideicomiso, toda vez que como se mencionó anteriormente, la titularidad de los derechos es transferida al fiduciario para su administración. 

Por último, es menester señalar que, si bien las garantías sean del tipo que sean, representan un mecanismo de respaldo para el pago del crédito y las cuales debidamente formalizadas, contribuyen a mitigar los riesgos asociados al otorgamiento de crédito tanto para la institución acreedora como para el deudor, nunca deberán sustituir la obligación de pago del acreditado, la cual le permitirá continuar gozando de un buen historial crediticio y del acceso a más y mejores financiamientos.  

Tendencias regionales en planificación y tributación internacional

  • «Ya tenemos tres países que han aprobado un impuesto extraordinario a los patrimonios (o a las grandes fortunas) poniendo como excusa la pandemia»
  • «Más allá de las normas aprobadas por Argentina y Bolivia, existe un proyecto muy avanzado en Chile y rumores o proyectos más incipientes o con menos apoyo en México, Perú, Uruguay y otros países»
  • «Es muy probable que la creciente voracidad fiscal de los países lleve a que estructuras 100% legales hoy, no lo sean tanto en el futuro»

Desde 1998 hasta el presente, las áreas de planificación patrimonial internacional y tributación internacional se han visto atravesadas por dos tendencias macro, a saber:

  1. la homogeneización o cartelización fiscal (lo cual implica subas de impuestos a nivel global y destrucción de cualquier vestigio de competencia fiscal); y
  2. el avance sobre la privacidad de los individuos (muy necesario para poder alcanzar el objetivo anterior).

Ambas tendencias ganaron momentum luego del vil atentado a las Torres Gemelas hasta la irrupción de Donald Trump como líder político y parecen estar nuevamente tomando protagonismo en la actualidad.

Para graficarlo basta con recordar que, entre ambos hechos, se registraron -entre muchos otros- los siguientes cambios, todos ellos en las direcciones que apuntamos al comienzo:

  1. se aprobó la “Patriot Act”;
  2. se forzó a las jurisdicciones de baja o nula tributación a eliminar las acciones al portador y, en muchos casos, a obligar a las sociedades allí constituidas a registrar con las autoridades registros de directores (lo cual no sucede, por ejemplo, en muchos Estados de los Estados Unidos);
  3. se aprobó y se instrumentó FATCA; y
  4. se aprobó y se instrumentó el Common Reporting Standard.

Así como el triunfo de Trump en su momento frenó al avance de la invasión a la privacidad (a modo de ejemplo, se detuvo la firma de acuerdos IGA para la implementación de FACTA con terceros países) y de hecho implicó no solo un freno sino una vuelta atrás en lo que tiene que ver con los grandes acuerdos entre países de alta tributación, generando un revival de la competencia fiscal que en su momento había promocionado Ronald Reagan, la victoria de Biden y, sobretodo la pandemia, han causado una rápida vuelta a las tendencias antes aludidas.

Nuevamente, para muestra, un botón.

Cuando Trump ya había perdido las elecciones presidenciales, pero aún estaba en funciones, el Congreso ignoró su veto a la Ley de Defensa Nacional y forzó la aprobación. Dentro de la misma, estaba la “Corporate Transparency Act” que, en pocas palabras, estableció la obligación de comunicar los beneficiarios finales de cualquier sociedad que se incorpore en los Estados Unidos a FinCEN. Cómo va FinCEN a procesar tamaño volumen de información es incierto, lo que no es incierto es el increíble avance sobre la privacidad de las personas que -de manera justificada o no- esta norma prevé.

Respecto del segundo tema, los impuestos, aún resuenan en mis oídos las palabras de Yellen: Estados Unidos no debería tener problemas en aumentar sus impuestos corporativos y no perder inversiones como consecuencia de ello si los demás países del mundo cooperan. Mejor definición de cartelización fiscal, imposible.

A nivel de América Latina, ambas tendencias están a la orden del día.

Comenzando por el tema impuestos, ya tenemos tres países que han aprobado un impuesto extraordinario a los patrimonios (o a las grandes fortunas) poniendo como excusa la pandemia. Nos referimos a Argentina (con el agravante de que Argentina ya era uno de los países de la región, junto con Uruguay y Colombia, que tenía un impuesto al patrimonio antes de que existiera el Covid-19), Bolivia y Chile.

Si bien el mundo descartó hace tiempo este tipo de impuesto, básicamente por ser contraproducente para el crecimiento de los países, por ser difícil de administrar, por violar el principio de igualdad y por ser uno de los más evadidos a nivel global, en algunos países de América Latina el mismo pareciera estar ganando “momentum” sobre la base de las pérdidas ocasionadas por la pandemia que aún estamos viviendo y del surgimiento de nuevos gobiernos populistas.

Hasta hace muy poco, solo en tres países de América (continente que incluye 35) tenían un impuesto al patrimonio, los bienes personales o la riqueza. Se trataba de Argentina (que tiene además la tasa más alta y el mínimo imponible más bajo), Colombia y Uruguay.

Sobre finales del año pasado, Bolivia se transformó en el cuarto país de la región en contar con este tipo de gravamen. En efecto, el 28 de diciembre de dicho año, el parlamento boliviano aprobó un impuesto a las fortunas superiores a los 30 millones de bolivianos que alcanzará a 152 personas en Bolivia y un segundo impuesto a la riqueza (en teoría, por única vez) en Argentina. De acuerdo con la información que compartió el presidente de Bolivia en redes sociales, la autoridad del área económica estimó que con la nueva norma se recaudaría unos 100 millones de bolivianos, aproximadamente 14,3 millones de dólares.

Los casos de Argentina y Bolivia tienen importantes diferencias entre sí, a saber:

  • en primer lugar, y tal cual señalamos más arriba, en Argentina ya existía un gravamen a los bienes personales, con lo cual este gravamen adicional, que afecta los mismos bienes, es claramente inconstitucional (dado que el pago de este impuesto vencía originalmente el 30 de marzo, ya hay de hecho varias presentaciones judiciales que solicitan medidas cautelares contra el mismo y/o la declaración de inconstitucionalidad);
  • en segundo lugar, el impuesto en Bolivia afecta patrimonios de más de 4.300.000 de dólares, en tanto que en Argentina se paga a partir de los 2.420.000 millones de dólares.
  • en Argentina, las alícuotas correspondientes a este impuesto van de 2% a 3% para activos que se encuentran en el país y de 3% a 5,25% para activos que se poseen en el extranjero; mientras que en Bolivia son del 1,4% para personas con patrimonios de entre 4,3 millones de dólares y 5,7 millones; 1,9% para patrimonios de 5,7 millones de dólares a $72 millones de dólares y 2,4% para patrimonios mayores; y
  • el nuevo impuesto en Bolivia será anual y permanente para todas las personas que vivan en Bolivia, incluso los extranjeros, y con bienes, depósitos y valores que tengan en el territorio nacional y en el exterior; esto no sucede (al menos por ahora) en Argentina porque ya existe allí el Impuesto sobre los bienes personales, que es anual e incluye alícuotas que pueden llegar al 2,25% con un mínimo no imponible prácticamente inexistente.

Más allá de las normas aprobadas por Argentina y Bolivia, existe un proyecto muy avanzado en Chile y rumores o proyectos más incipientes o con menos apoyo en México, Perú, Uruguay y otros países.

En el caso del proyecto de ley chileno, las dos diferencias más importantes con los que vimos hasta aquí son las siguientes:

  • que el threshold en Chile se colocó en 22 millones de dólares (similar al que existe en Estados Unidos para el impuesto a la herencia y en línea con lo que se considera una gran fortuna a nivel bancario); y
  • que, al existir en este país un nivel alto de seguridad jurídica, es altamente probable que este impuesto “extraordinario” y “por única vez”, realmente lo sea. En Argentina, existen numerosos ejemplos de impuestos que se aprobaron por un plazo determinado y se prorrogaron por décadas (i.e. impuesto a las ganancias, impuesto a los bienes personales, impuesto al cheque, aumento de alícuota del IVA, etc.)

Nuestra postura sobre este impuesto, más allá de las características que adopte en cada país, es la misma de siempre: existen cuatro clases de impuestos a nivel global (a las ganancias, al consumo, a las transacciones y al patrimonio) y esta última es la peor para el país de que se trate por lejos. Es algo que solemos graficar diciendo que el impuesto a la riqueza actual es esencialmente un impuesto a la pobreza futura. ¿Por que esto es así? Porque los sectores más pobres y vulnerables de una sociedad son los que mas dependen del crecimiento económico de la misma.

Volviendo al tema de la privacidad de los individuos, otra desafortunada tendencia en América Latina se caracteriza por la aprobación de distintas normas que obligan a los pagadores de impuestos a notificar a las autoridades fiscales acerca de sus planificaciones patrimoniales, violando -además de la privacidad de las personas- principios tan básicos como importantes como es el secreto profesional de abogados y contadores.

En este caso, quien tomó la iniciativa fue México, a través de una ley aprobada el 30 de octubre de 2019 por el Congreso Mexicano que entró en vigor el 1 de enero de 2020. Dicha ley, entre otras cosas, incorporó en el Código Fiscal de la Federación la obligación, no solo en cabeza del pagador de impuestos, sino también de sus asesores fiscales, de revelar estructuras fiduciarias que generen un beneficio fiscal en México.

Quien siguió a México, para variar, fue Argentina a través de la Resolución General 4838 de AFIP que está siendo en estos momentos analizada por diversos jueces de la Nación.

Siguiendo con el tema privacidad, si miramos que pasó con relación a la adopción del Common Reporting Standard en este último tiempo, vamos a ver que en 2020 se sumaron siete países a dicho sistema de intercambio automático de información financiera promovido por la OCDE. Entre ellos, se encuentran Ecuador y Perú. Obviamente, las economías más grandes de la región y/o las más relevantes en materia de planificación patrimonial ya intercambian información bajo CRS desde 2017 (Argentina, Colombia y México) o 2018 (Brasil, Chile, Panamá y Uruguay).

El resurgimiento y el fortalecimiento de ambas tendencias, no solo en América Latina, sino en todo el mundo, implica para nosotros la necesidad de revelar estructuras patrimoniales actuales de manera de anticiparse a cambios mayores y acelerar en el armado de estructuras fiduciarias para quienes no lo hayan hecho aún. Es muy probable que la creciente voracidad fiscal de los países lleve a que estructuras 100% legales hoy, no lo sean tanto en el futuro.

 


Martín Litwak es fundador y CEO de Untitled, una boutique de servicios legales especializada en planificación patrimonial internacional y en el establecimiento y, a la vez, el primer “Legal Family Office” de las Américas. Por otro parte, Martín es autor de los libros “Cómo protegen sus activos los más ricos (y por qué deberíamos imitarlos)” y “Paraísos fiscales e infiernos tributarios” y preside la Fundación 1841, una organización sin fines de lucro que promueve y defiende la competencia fiscal entre países, la privacidad de los individuos y el derecho a la propiedad privada.

 

 

Tratamiento Fiscal de los Intereses Generados del Fideicomiso

La figura del fideicomiso es una figura cada vez con más uso en el ámbito de los negocios, tanto en México como en el extranjero. En el caso mexicano, por definición de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, de acuerdo con el artículo 382, encontramos que el fideicomiso es el acto por el cual:

el fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos, según sea el caso, para ser destinados a fines lícitos y determinados, encomendando la realización de dichos fines a la propia institución fiduciaria”.

En el presente artículo se pretende dar una explicación sencilla y concisa del tratamiento fiscal que la Ley exige, se debe dar a los intereses generados por la administración del fideicomiso, para ello nos debemos remitir a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que para el tema que nos ocupa, señala lo siguiente:

El artículo 54 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, establece que:

las instituciones que componen el sistema financiero que efectúen pagos por intereses, deberán retener y enterar el impuesto aplicando la tasa que para tal efecto establezca el Congreso de la Unión para el ejercicio de que se trate en la Ley de Ingresos de la Federación, sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los intereses, como pago provisional”.

Para efectos prácticos, es importante señalar que de acuerdo con el artículo 54 de la Ley mencionada, dicha retención se deberá enterar “ante las oficinas autorizadas, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente a aquél al que corresponda”, y se deberá expedir comprobante fiscal en el que conste el monto del pago de los intereses, así como el impuesto retenido.

Cabe destacar que el propio artículo 54 de la Ley, señala ciertos casos en los cuales las instituciones que componen el sistema financiero que realicen pagos por concepto de intereses, no deben efectuar la retención del Impuesto Sobre la Renta a que se refiere dicho artículo.

Entre otros, por los intereses que se paguen a la Federación, a los Estados, a la Ciudad de México o a los Municipios, organismos descentralizados cuyas actividades no sean preponderantemente empresariales, los partidos o asociaciones políticas legalmente reconocidos, las personas morales autorizadas para recibir donativos, las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro, a los fondos de pensiones o jubilaciones de personal, los que se paguen entre el Banco de México, las instituciones que componen el sistema financiero y las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro, los que se paguen a fondos o fideicomisos de fomento económico del Gobierno Federal, así como intereses que se paguen a fondos de ahorro y cajas de ahorro de trabajadores o a las personas morales constituidas únicamente con el objeto de administrar dichos fondos o cajas de ahorro.

Es de suma importancia señalar que la obligación de la institución financiera de retener el Impuesto Sobre la Renta, correspondiente a los intereses que se paguen a un fideicomiso, estará en función de la naturaleza de los fideicomisarios, es decir, de los receptores efectivos de los intereses y no de los fideicomitentes que, en su caso, hayan aportado los bienes o recursos al fideicomiso.

En el caso de los fideicomisos a través de los cuales se paguen intereses a entidades que se consideren exentas en los términos del citado artículo 54 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la institución financiera no se encontrará obligada a efectuar la retención del impuesto, esto con independencia de la naturaleza del fideicomitente que, en su caso, haya afectado los bienes o recursos al fideicomiso de los cuales deriven los intereses, es decir, que el fideicomitente sea una entidad exenta o no exenta.

En estos casos, la institución fiduciaria deberá proporcionar a la institución financiera que pague dichos intereses una constancia, que pudiera ser el contrato de fideicomiso, en la que se señale la naturaleza y características de cada uno de los fideicomisarios que sean considerados como entidades exentas.

Lo anterior, con el objetivo de que el intermediario financiero que intervenga en dichas operaciones, certifique que efectivamente el receptor efectivo de los rendimientos respecto de los bienes fideicomitidos, no se encuentra sujeto de retención del Impuesto Sobre la Renta.

Por el contrario, si el fideicomisario no se considera una entidad exenta de acuerdo con lo establecido por el artículo 54 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la institución financiera que realice el pago por intereses correspondientes a los bienes o recursos fideicomitidos, deberá efectuar la retención del Impuesto Sobre la Renta.

En el caso de los intereses que sean pagados por instituciones financieras a un fideicomiso, cuyos fideicomisarios de acuerdo con lo establecido por la Ley del Impuesto Sobre la Renta tengan la naturaleza de entidad exenta y no exenta, respecto de los bienes o recursos afectos al fideicomiso por fideicomitente el cual, a su vez, puede tener indistintamente la característica de entidad exenta y no exenta.

La  Ley  del  Impuesto  sobre  la  Renta  o  la  Resolución  Miscelánea  Fiscal,  no  contienen disposiciones que expresamente prevean dichos supuestos, por lo que  se tendría que efectuar la retención completa de los intereses pagados, salvo que se obtuviera una confirmación de criterio a este supuesto.

Con base en el criterio antes señalado, la institución financiera que efectúe el pago de intereses podrá retener el Impuesto Sobre la Renta correspondiente a los rendimientos que se generen por los bienes fideicomitidos. Lo anterior, en función de la parte que de dichos intereses corresponda a cada uno de los fideicomisarios, es decir, si uno de los fideicomisarios tiene la naturaleza de entidad exenta, la parte de los intereses que se identifiquen y correspondan a dicho fideicomisario, estarán exentos de la retención del Impuesto Sobre la Renta.

Como conclusión a lo anteriormente expuesto, podemos decir que en primer lugar debemos determinar la persona que actuará como fideicomisario en el contrato de fideicomiso, para poder determinar si se deben gravar o no los intereses, es decir, saber si el fideicomisario está o no exenta del gravamen.

Así mismo, es importante señalar que para el caso de que el fideicomisario no esté exento del gravamen, debemos conocer que en la mayoría de los casos, se atenderá a que la institución financiera que pague los intereses o rendimientos sobre los bienes o recursos fideicomitidos, deberá ser quien retenga y entere el impuesto ante la autoridad correspondiente, en la periodicidad que para ello señala la Ley correspondiente. Es importante destacar y señalar que en ningún caso se deberá entender que la institución fiduciaria actuará como contribuyente del Impuesto Sobre la Renta.

Impuestos y Aportes Patrimoniales en Latinoamérica

Las personas físicas y/o morales como participantes del sistema financiero, formamos parte esencial de los recursos que circulan día a día, sin embargo, no saber qué pasará con nuestro patrimonio el día de mañana, genera incertidumbre para nuestras familias, mismo patrimonio que si no se administra adecuadamente      puede llegar a disminuir o peor aún perderse.

En la actualidad y aun teniendo un sin fin de fuentes de información a nuestro alrededor, como seres humanos no vemos la necesidad de tener un adecuado gobierno corporativo de nuestras empresas o aún más, una correcta administración de nuestros activos como parte de una planificación familiar.

Para resolver y establecer un panorama más claro, analizaremos los puntos de vista de tres asesores especializados en Planeación Patrimonial, Martin Litwak, Francisco Nugué y Adolfo González Olhovich, reconocidos consultores que se reunieron en el Webinar “Impuestos y Aportes Patrimoniales en Latinoamérica por COVID”, en donde compartieron grandes ideas en torno a los impuestos y patrimonio en Latinoamérica.

Respecto a la protección de patrimonios y ayuda a las familias, Martín Litwak y González Olhovich coinciden que, lo principal va en función de atender la seguridad jurídica, anteponiendo la privacidad del cliente frente a terceros, partiendo de las necesidades del cliente se armara un vehículo eficaz que ayude a mitigar riesgos patrimoniales. 

Por su parte Francisco Nugué, nos indica que, en su rol de fiduciario, su función primordial va enfocada a la administración de fideicomisos, fondos de inversión y aún más conforme a la legislación de Ecuador, a la titularización. La función principal de crear estas herramientas va con el único fin de que los activos del patrimonio prevalezcan. 

Si bien es cierto, proteger el patrimonio de la familia es de vital importancia, ¿cómo puedo hacer esto sin generar conflicto dentro del núcleo familiar? Litwak menciona que en la gran mayoría de casos la falta de información que se le proporciona a los sucesores, puede generar un conflicto innecesario, y hace el llamado a no esperar el último momento para comenzar a ceder la estafeta. Asimismo, nos dice que crear un fideicomiso es una herramienta que busca establecer qué pasará con el patrimonio familiar.

Profundizando con el fideicomiso, Francisco Nugué nos dice cómo ésta puede ser tu mejor herramienta para la administración de activos, ya que se basa en el entorno y en los intereses del cliente, éste se creará con las características necesarias, únicas y particularidades que se requiera, y coincidiendo con Litwak, nos dice que su fin no es evitar peleas, sino brindar tranquilidad al cliente, haciendo saber que su patrimonio ya tiene un camino a seguir. 

Por su parte y en complemento con el fideicomiso, el Presidente de TMSourcing, Adolfo González, hace referencia a la importancia de contar con un inventario de los bienes con los que se cuenta, ya de acuerdo al tipo de bienes que se tengan, las necesidades y los fines de estos pueden ser diferentes. Dejar patrimonio sin inventariar siempre generara conflicto. 

Como base fundamental de una debida y adecuada planeación patrimonial siempre será de vital importancia, tener reglas claras y debidamente documentadas, que no baste con una “reunión de damas y caballeros” para que se considere una planeación establecida. Estas reglas deberán constar por escrito siempre dejando en claro la voluntad de las partes y adaptándose a las necesidades del entorno familiar. 

Ahora bien, al respecto de los impuestos y/o reformas fiscales que afectan la administración patrimonial, Martin Litwak, hace énfasis de que la estructura que se elabora para administrar los recursos son para evitar posibles impuestos futuros y no pasados, asimismo, será parte del estudio del consultor, evaluar la legislación local, ya que en su gran mayoría, los países en Latinoamérica no generan impuestos al patrimonio, tal es el caso de Uruguay, Argentina y Colombia,  únicos países que tienen gravado el patrimonio de los bienes personales, caso excepcional Argentina que tiene legislado dos impuestos al patrimonio. 

Sin embargo, también es importante tomar en consideración que si el vehículo utilizado nos da la posibilidad legalmente de evitar el pago de impuestos, evitemoslo, si no existe la posibilidad tenemos que cumplir ante la autoridad, ya que los instrumentos de planificación familiar no son para evadir impuestos.

Por otro lado, Francisco Nugue, nos habla particularmente de Ecuador, en dondel no existen impuestos al patrimonio, pero sí la obligación de hacer una declaración patrimonial sobre los activos. Por lo que se refiere en impuestos a la herencia, nos encontramos que existe la sucesión forzosa, de donde partimos de dos supuestos, la donación del patrimonio y el impuesto a la herencia por la muerte, que se encuentra en una tasa del 35%, de la cual existe un descuento del 50% si el patrimonio va a favor de los hijos y cuando los descendientes sean menores de edad no se cubre ningún arancel.

Mientras tanto en México, ha estado sobre la mesa de los legisladores establecer el cobro de impuesto a la herencia, sin embargo, al día de hoy, México es un buen país en términos fiscales, ya que no se paga por transmitir los bienes a los herederos, puntualizó el Presidentede TMSourcing, Adolfo González.

La recomendación de los expertos va desde dar el primer paso y decidir crear una estructura hasta construirla, ver el lado positivo de la planificación y no solo los gastos que esto me va a generar, es decir, considerar a la planeación de bienes como un proceso necesario y benéfico.

Por su parte el Dr. Guillermo Cruz, destacado consultor en Gobierno Corporativo,y de acuerdo con estadísticas del Banco Mundial, el 95% de las empresas familiares se pierden en la tercera generación y en la segunda generación el 50%. También destaca que parte de la educación patrimonial y la planificación familiar comienza en la casa, por ello, siempre será de vital importancia crear reglamentos y sentar las bases del juego para anticiparnos a los conflictos intrafamiliares     .

Para concluir es importante saber que la planeación patrimonial no es exclusiva de “gente de alto perfil”, con tener activos será suficiente para poder iniciar tu planeación. Como mencionamos previamente, es importante no dejarse llevar por comentarios de tributación y que siempre la información venga de un experto que ayude a inventariar los bienes, identificar las necesidades con base al patrimonio, requerimientos del cliente y documentar los acuerdos para una debida integración, dispersión del patrimonio y activos conforme a la voluntad del cliente. 

Como intermediarios en el sistema financiero, las entidades financieras deben redoblar esfuerzos para tener una adecuada difusión a través de diferentes canales de los modelos para una debida planeación patrimonial. 

Serie: Cómo sobrevivir en tiempos de Covid-19

10 formas de conseguir dinero para tu empresa – parte 2

En el tema anterior las primeras 5 alternativas para tener liquidez en tu empresa durante la pandemia se enfocaron a los cambios que puedes hacer desde adentro y lo que tienes más a tu alcance. Vamos a continuar en esta segunda parte del tema donde los expertos nos platican otras formas de poder meter dinero al negocio con ayuda de las instituciones financieras.

Reestructura tus créditos, pero sigue cumpliendo.

Si bien desde hace meses muchas entidades de crédito están realizando reestructuras para facilitar a sus clientes el cumplimiento en sus pagos, nuestra recomendación es evitar tomarlo como una primera opción. Ten en cuenta que una reestructura no significa la condonación de intereses o de capital, sino que se refiere al diferimiento de pagos. Lo común es que estos sean menores, pero se alargue el plazo y los intereses se generen durante más tiempo. Antes de optar por una reestructura, analiza bien los flujos que tienes, podría ser que realizando algunos cambios logres contar con el dinero para seguir pagando normal.
“Si no sabes cómo va a estar la situación después y hoy puedes pagarlo, mejor hazlo. Creo que el dicho «No dejes para mañana lo que puedes hacer hoy», cabe perfecto”
Moisés Gené A
Una vez que has examinado tu empresa y hecho lo posible por tener más efectivo, si aun así no puedes cubrir los pagos de tu crédito, entonces acércate a tu institución financiera para solicitar una reestructura. Revisa muy bien los términos y condiciones bajo los que se otorga, pregunta todas las dudas que tengas a tu ejecutivo. Asegúrate de entender bien tu nueva tabla de pagos para no atrasarte y no generar comisiones o intereses moratorios. Recuerda que esta es una alternativa para ayudar a tu negocio, cuida tu dinero.

El factoraje, un adelanto de tus CxC.

Existen sociedades financieras que pueden otorgar liquidez a tu empresa a través de la compra de sus cuentas por cobrar. Dependiendo del tipo de productos que vendas, del perfil de tus clientes y el volumen de ventas, es posible que puedas aplicar a esta alternativa. Con el objetivo de ilustrar, te explicamos a grandes rasgos cómo funciona: Le vendes tus cuentas por cobrar a la empresa de factoraje, esta te adelanta un porcentaje del total, por ejemplo, el 80%. Cuando la empresa logre cobrar a tus clientes las facturas que le cediste, entonces te pagará el saldo menos los cargos que correspondan. Existen diversos tipos de factoraje, por lo que la institución que la ofrece puede recomendar la que más convenga y se adapte mejor a tu negocio. Este producto es una buena opción para empresas con ciclos de cobranza a largo plazo y tiene como ventaja que en poco tiempo puede disponer de efectivo para cubrir su operación. El factoraje es una opción más de financiamiento, por lo que es importante que te asesores bien para saber si es lo que necesitas.

La línea de crédito como un seguro.

Ante la situación económica que vivimos por la pandemia, es normal que te preguntes si te conviene sacar un crédito para continuar con tu negocio. Quizá pienses que endeudarte solo te traerá problemas y eso será verdad si no lo adquieres de forma responsable. Entonces, ¿cómo tener un crédito que te convenga? Hoy, la clave es determinar cuánto es lo que puedes pagar. Si después de optimizar tu operación, recortar gastos, obtener apoyo de tu proveedor y cualquier otra acción, consigues tener un excedente de efectivo mensual entonces busca un crédito que puedas pagar con ese dinero. Recordemos que en este tiempo el principal objetivo como empresario es que tu negocio tenga liquidez. Así que para que un crédito te convenga deberás invertirlo de forma que genere más efectivo en un corto plazo. Por ejemplo, comprando materias primas o mercancía. Otro punto de vista que pocas veces tenemos presente, es que una línea de crédito puede funcionar como un seguro para tu empresa. Muchas instituciones financieras, como las sofomes te permiten abrir líneas de crédito sin costo y solo te cobran las comisiones e intereses que corresponda a la disposición de efectivo que hagas. Así que aunque ahora no requieras usar el dinero, puedes realizar tu trámite para mantener líneas abiertas (que no te cuesten) con el fin de tenerlas a la mano cuando las necesites.

Sácale provecho a tus propiedades a través de un préstamo con garantía.

Es común que en un crédito tradicional, durante la evaluación, la institución financiera ponga especial atención en los flujos de efectivo del solicitante. Sin embargo, ante la pandemia es de esperarse que estos se vean reducidos.
«En el escenario económico actual, donde nadie tiene certeza de qué va a pasar, los flujos de efectivo se convierten en algo muy difícil de asegurar.»
Adolfo González.
Por lo tanto, un instrumento del que pueden hacer uso los empresarios que se encuentran en esa situación, es el préstamo con garantía del cual existen diversos tipos. En todos los casos, una garantía tiene como objetivo asegurar el cumplimiento de un compromiso. Dependiendo de la cantidad de dinero que quieras solicitar será el tipo de préstamo al que deberás recurrir. Si tu empresa no tiene recursos de su propio flujo de negocio y requiere una cantidad importante para continuar, el crédito podría ser respaldado por medio de bienes inmuebles como casas, edificios y terrenos. La entidad financiera te dará las condiciones para que la propiedad pueda aplicar. El Sr. Ricardo Madrazo nos platica otro mecanismo que utilizan en Cualli, consiste en dar un crédito sobre propiedades que saldrán a la venta. Por ejemplo, si quieres vender tu casa te pueden adelantar el 25% de su valor, así obtienes un recurso temporal y no pagas nada hasta que no se venda. De esa forma, la fuente de repago es tu misma propiedad.
«Los bienes son para subsanar los males».
Recuerda que cada entidad financiera tiene sus propias políticas y criterios de negocio. Algunas te ofrecerán este producto aún si tu historial de crédito no es óptimo, otras podrán pedir que el valor de la garantía sea dos o más veces el monto del crédito, también podría llevarse a cabo a través de un contrato fiduciario, entre otras condiciones.

El arrendamiento como inversión.

De forma simple, podemos explicar el arrendamiento así: una entidad financiera compra el bien que tú necesitas, te otorga su uso durante un plazo acordado bajo un plan de rentas y al terminar puede darte la opción de devolver el bien o quedártelo pagando el valor residual. De esa forma puedes rentar vehículos, maquinaria, mobiliario, tecnología y cualquier otro activo que necesites para tu operación. Como producto financiero, sus grandes beneficios son poder adquirir bienes costosos sin tener que realizar un fuerte desembolso de dinero y reducir la carga fiscal de tu empresa deduciendo todas tus rentas. Ante la crisis por pandemia, además de tomar en cuenta los beneficios antes mencionados, contratar un arrendamiento debe evaluarse desde el punto de vista de inversión, es decir, que genere un adicional. Por ejemplo, para un despacho contable arrendar un auto no le producirá un ingreso explícito, así que no podría tomarse como inversión. En cambio, para un negocio de servicio de paquetería que ha tenido un incremento en la demanda, arrendar más camionetas podría significar una buena inversión a corto plazo, pues aumentará su capacidad y mejorará sus tiempos de entrega. Existen diversos esquemas de arrendamiento, otro de ellos es el lease back.
«Debe haber algunas fábricas con equipos que fueron comprados y hoy pudieran acceder a arrendamientos para poder tener liquidez.»
Ricardo Madrazo.

¿Cómo funciona el lease back?

«Consiste en que la empresa vende alguno de sus activos productivos a una entidad financiera, esta le paga el precio pactado y después se lo da en renta a la empresa bajo un contrato. De esta forma, al vender el activo la empresa se hace de una liquidez importante en ese momento y al tomar la opción de arrendamiento puede seguir usando el equipo y realizar cómodos pagos de rentas para mantener sus flujos de efectivo.»
Gerardo López N.
Dependiendo del giro de tu negocio puede ser conveniente o no algún esquema de arrendamiento. Es muy importante que tengas en cuenta lo siguiente:
«El arrendamiento no se puede prepagar sobre saldos insolutos a diferencia de un crédito que puede liquidarse por anticipado, son dos instrumentos financieros muy diferentes.»
Moisés Gené A.
Si decides optar por algún producto de arrendamiento asegúrate de entender muy bien los términos y condiciones del contrato para no tener inconvenientes y que de verdad resulte beneficioso.

Conclusión

Antes de implementar cualquiera de las 10 formas para conseguir dinero durante la pandemia, conoce bien la situación actual de tu empresa, toma en cuenta:
  • El giro o actividad. ¿Es post-Covid?, ¿vale la pena seguir invirtiendo o será mejor trabajar en un proyecto más viable?
  • El modelo de negocios. ¿Se adapta a la actualidad o necesito modificar algo?
  • El personal y los recursos de los que dispones ¿Qué requiero y qué no?
  • Su estructura operativa. ¿Mis procesos son los óptimos?, ¿cómo mejorarlos?
  • La afectación económica que está teniendo a causa de la pandemia. ¿Cómo van mis ingresos y gastos?
  • Los cambios del público al que se dirige. ¿Cómo han modificado sus hábitos de consumo?
  • Las disposiciones o restricciones de las autoridades. ¿Cómo afectan a mi empresa?
Es importante que todas las decisiones que tomes vayan alineadas con tu plan de negocios. Renuévalo si es necesario pero siempre tenlo a la mano, te ayudará a no perder de vista tus objetivos. Si aún no tienes el tuyo, hoy es un buen día para hacerlo.

LA RESPONSABILIDAD DEL FIDUCIARIO

Cuando en 1995 mi amigo Jairo me dijo que estaban buscando a alguien para trabajar en el área comercial de una fiduciaria y que si quería participar en ese proceso, le pregunté: ¿qué hace una fiduciaria? Los cargos que había tenido hasta ese momento no habían tenido relación con esta industria y menos con áreas comerciales; él me dijo “fresco que es para trabajar conmigo”.

La entrevista fué en el edificio de un banco muy importante, en una oficina muy bonita. Unos días después mi amigo me llamó y me contó que había pasado y que fuera a realizar el proceso de vinculación.

El primer día me presentaron a la Dra. Stella Presidente de la compañía. Aún recuerdo sus palabras, ella me dijo “Bienvenido y que aprenda…”. Esas mismas palabras las he utilizado muchas veces en mi vida como fiduciario, siempre que llegaba alguna persona nueva a trabajar o no conmigo y tenía oportunidad de presentarme les decía “Bienvenido y que aprenda…”.

En su momento no entendí el sentido de esas palabras, ¿que aprenda? ¿que será lo que tengo que aprender? Yo suponía que este trabajo sería igual que los otros administrativos que había tenido hasta ese momento, donde se aprende lo que se debe hacer y luego lo mismo.

Desde ese momento comenzó mi proceso de formación en fiducia, el cual luego de 25 años puedo decir con certeza: no he acabado. Se aprende todos los días y de igual forma se comparte ese conocimiento.

Durante este tiempo he hecho muchos amigos, he visto el progreso de muchas personas y de muchas empresas, y he ayudado de alguna u otra forma al crecimiento de esta industria. Todo eso hace que esté altamente agradecido con mi amigo Jairo por haberme enganchado en este negocio y del cual ahora vivo como gerente de Be Trust, mi empresa de consultoría dedicada a prestar servicios a la industria fiduciaria.

Una de las cosas más difíciles que me costó aprender y que a mi juicio debe ser lo primero que se le explique a quienes laboren en una fiduciaria o en una sección que administre fideicomisos, fue el identificar y entender la responsabilidad que el fiduciario adquiere cuando se ofrecen servicios y administran negocios fiduciarios. 

Si nos remontamos al inicio de fiducia en el mundo, la responsabilidad del fiduciario nace con la esencia misma del negocio, cuando en el derecho romano se le otorgaba al fiduciario la responsabilidad del buen cumplimiento de las actividades asignadas, de acuerdo con la voluntad de quien confío en él. 

La responsabilidad, como muchas cosas que existen y no vemos, es algo difícil de identificar y por lo mismo de cuantificar, y si se decide trabajar en esta industria hay que esforzarse por adquirir la habilidad de identificarla, esta le servirá mucho para la toma de decisiones en la vida de un fiduciario. 

Como lo indique, la responsabilidad es difícil de identificar y de cuantificar, puesto que tiene un grado de subjetividad que depende mucho de la cultura propia de cada administrador fiduciario, de la forma de ver y analizar los riesgos así como de la propia estructura organizacional con que se decida administrar los fideicomisos. Sin embargo las diferentes legislaciones dan las premisas básicas respecto de la responsabilidad del fiduciario, como por ejemplo indicando que debe actuar como un buen hombre de negocios o indicando que la responsabilidad del fiduciario va hasta la culpa leve en el desarrollo de su gestión, por lo cual es importante realizar una interpretación adecuada por parte de la administración de la entidad para determinar el alcance real de esta obligación legal. 

Alguien de forma desprevenida podría pensar que una fiduciaria es como un outsourcing que se encarga de hacer pagos, nada mas lejos de esa realidad. Algunos clientes desestiman la responsabilidad, llevando al fiduciario a medir su gestión por temas netamente operativos como el número de pagos, los informes, los viajes, etc., de esta forma incorporan dentro de los contratos la responsabilidad legal del fiduciario pero no pagan por ella.

La responsabilidad se mide al momento de estructurar los negocios fiduciarios, para lo cual se debe identificar con claridad cuál es la finalidad que tiene el cliente de hacer un negocio, qué tipo de negocio necesita, quiénes intervienen en el mismo y conocer e identificar detalladamente las actividades y el alcance de las mismas. De esta forma se analizarán los riesgos que el negocio tiene y la responsabilidad que su administración conlleva.

Cuando se analizan los laudos arbitrales o los fallos de las cortes en los cuales las fiduciarias se encuentran involucradas, se observa que los árbitros o jueces sustentan sus decisiones en la responsabilidad que el fiduciario tiene, incluso en ocasiones yendo más allá de lo que se pensaba respecto del negocio fiduciario, ese es el criterio de las personas.

Por ejemplo en Colombia a partir de 2016 la circular 024 le impone a las fiduciarias que incursionen en negocios inmobiliarios la obligación de evaluar, valorar y verificar que se encuentren dadas las condiciones técnicas, financieras y jurídicas para que el proyecto llegue a término, antes de permitir que los constructores dispongan de los recursos de los futuros compradores. De igual forma le impone las mismas obligaciones a la fiduciaria en cuanto que el constructor o promotor del proyecto cumpla con unos niveles mínimos de solvencia, capacidad técnica, administrativa y financiera.

Como vemos, la responsabilidad del fiduciario va más allá de ser un simple administrador de recursos y de registro de transacciones. La responsabilidad implica cada vez más un conocimiento técnico de los negocios en los cuales es administrador o incluso propietario de bienes, buscando que cuando existan terceros o beneficiarios que de alguna forma participan en el negocio, se les brinde seguridad por la participación de un fiduciario.

Con este artículo busco que los responsables de los negocios fiduciarios, y en particular aquellos que llevan poco en esta industria, tengan en cuenta que la responsabilidad del fiduciario es real, que debe ser evaluada, cuantificada y cobrada, y que es uno de los conceptos más importantes en la administración de negocios fiduciarios y lo que en realidad genera más valor para los clientes.

Andres Castañeda Monroy

Gerente Be Trust
Colombia

El valor de la tierra en tiempos de incertidumbre

Autor: Gustavo Reyes Aguiar, Federación de Colegios de Valuadores, Presidente.

 

Estimados Lectores, son momentos de reflexión y replanteamiento de prioridades para todos nosotros. La perspectiva de una nueva realidad nos obliga a tomar conciencia de los nuevos valores y lo que en un futuro cercano, serán los bienes más codiciados, que, sin temor a equivocarme, tenderán a ser mas intangibles que materiales. La prioridad en el confort, la seguridad y la salud, reemplazarán la demanda de bienes y servicios que antes nos atraían.

 

El comercio electrónico sustituirá en gran medida a los grandes almacenes, y la comida a domicilio, a los restaurantes.

 
 

Foto: freepik

Las cadenas hoteleras cederán paso a las villas vacacionales y los parques temáticos a reuniones familiares como antaño.

 

Ninguno de estos escenarios atenta contra el valor de la tierra, que es a fin de cuentas la base del valor inmobiliario; simplemente deberemos adaptarnos.

 

El bien raíz sigue y seguirá siendo la mejor opción para proteger nuestro patrimonio y generar riqueza, fuentes de empleo y plusvalía. No obstante, deberemos ser muy cautelosos en detectar la verdadera vocación de la tierra, pues habrá cambios en nuestras costumbres y preferencias.

 

La buena noticia es que en México, los valuadores estamos perfectamente calificados para reconocer estas nuevas tendencias y coadyuvar a que este cambio en la demanda se dé con orden y cuidando siempre los intereses de nuestra sociedad.

 

No es casual nuestra insistencia; La Federación de Colegios de Valuadores, como el órgano colegiado que representa a la mayoría de los especialistas y maestros en valuación del país, en actualizarnos académicamente y apegarnos a las Normas Internacionales de Valuación, que han demostrado su efectividad en casi todos los países del mundo; pues es el conocimiento, lo que nos dará la ventaja para afrontar ésta u otras contingencias que pudieran darse en un futuro.

 

No tenemos nada que temer, en tanto las entidades financieras sigan siendo sólidas como hasta ahora, y la oferta crediticia se mantenga, estamos seguros de que saldremos adelante como país y como sociedad.

 
 

Aspectos a considerar en la reestructuración de financiamientos:

Autor: Sergio Aquiles Contreras, Coordinador del área de Crédito en TMSourcing.

 

La reestructuración de pasivos financieros (reestructurar significa modificar la estructura), es el buscar el cambio de un pasivo no favorable por otro más favorable, cambiando las condiciones principales de un financiamiento, que son: El plazo, La tasa de interés y las condiciones de pago (frecuencia y montos de pago de capital e intereses).

 
 
 

 

¿Cuándo es necesaria una reestructuración de pasivos financieros?:

 

 

Las principales causas de la reestructuración son:

 
  • Disminución importante de los ingresos de las empresas por caída de las ventas.

  • Incremento considerable de los costos.

  • Cambio importante en la economía del país.

  • Aumento del costo del dinero traducido alza de las tasas de interés cuando el contrato del crédito se hizo en la modalidad de interés variable.

  • Devaluación de la moneda si el contrato y la disposición de los recursos se realizó en moneda extranjera.

  • Cambios en la composición accionaria de la empresa.

 

 

Si se presentan alguno (s) de los factores o (todos) y comprendemos que la operación de la empresa no va a tener la capacidad de pago para cumplir sus compromisos financieros la mejor decisión que se debe tomar es con la mayor anticipación posible, es acudir bien asesorado tanto financieramente como legalmente ante los acreedores con un plan de pagos a través de una Reestructura formal de Pasivos Financieros.

 

 

Para llevar a cabo esto se deben realizar análisis y estudios que proyecten la situación financiera de la empresa en el corto y mediano plazo para determinar la capacidad de pago y así definir cuál debe ser la propuesta de reestructuración de los pasivos de la compañía.

 

 

Servicios de Reestructuración de Pasivos a través de TMSourcing.

 

 

Si usted está interesado en un diagnóstico de sus pasivos financieros, primero a través de una breve entrevista, se procede a intercambiar información y si hay un acuerdo preliminar se procede a la contratación de prestación de servicios para realizar una asesoría financiera y legal para encontrar de manera conjunta el tipo de Reestructura adecuada bajo las circunstancias de cada empresa y acreedor (es) financieros con un “traje a la medida”.

 

Esto será en función la capacidad de pago estimada con los flujos proyectados de la operación del negocio y con ello hacer una propuesta de valor en donde se aprecie la disminución de la carga financiera y a su vez indagar el uso de posibles garantías adicionales a las contratadas si la capacidad de pago es pobre o apretada.

Cimientos para una comunidad

Cimientos para una comunidad

Autora: Ximena Suárez Corzo, Directora Ejecutiva de Fideicomiso Fuerza México.

 

Cubiertos con pieles y armados con largas lanzas, un grupo se organiza para atrapar al gran reno que pasta distraído. Con sonidos ásperos y señas, consiguen cazarlo y llevar el valioso cargamento de regreso a la cueva. Cada vez era más difícil conseguir una presa: los renos y otras especies huían al norte mientras el clima se volvía más cálido. Así como los grandes animales huían al norte, el clima favorecía la producción de vegetación apta para el consumo humano.

 

Es así como hace alrededor de 10,000 años, el Homo Sapiens dejó de ser nómada, habitante estacional de cuevas encontradas al azar durante la cacería, para volverse en un recolector que habitaba en cuevas elegidas, sin depender de sus presas.

 

Poco después surgió la agricultura y el hombre comenzó a construir precarias cabañas cerca de los campos que cultivaba. El siguiente paso fue la construcción con adobe y piedra, junto con el incremento de la domesticación de animales y la ganadería, para culminar este último período de la edad de piedra con la creación de poblados, mercados, el comercio y la escritura.

 

Aunque se han encontrado fósiles de un Homo Sapiens de hace 300,000 años, es hasta el Neolítico que el clima y el medio ambiente permiten a estos grupos de primeros humanos, satisfacer sus necesidades básicas de alimento, resguardo y territorio propio bajo el concepto de lo que ahora conocemos como una “vivienda”.

 
 

Es a partir de la edificación de viviendas que se consolidan los grupos sociales y la civilización en general. Las construcciones dieron cabida a las interacciones sociales y con ello al desarrollo del lenguaje, la transmisión del conocimiento, las negociaciones e intercambios, el desarrollo de vínculos afectivos, la estructura familiar y en general, la civilización humana.

 

Considerando que el Homo Sapiens aparece hace 300,000 años, resulta sorprendente que, en tan sólo 3 mil años, a partir de que los hombres tuvieron una vivienda -fomentando las relaciones cercanas y el compartir afectos y conocimientos- es que surgieron las bases de toda cultura y civilización: el lenguaje y la escritura.

 

Desde entonces y hasta hoy, tener un hogar no significa únicamente protección y refugio, es un elemento esencial y catalizador del desarrollo humano a través de la convivencia familiar y comunitaria. Ahí se constituye y construye la familia, se vincula la pareja y crecen los hijos.

 

Es fácil evocar una familia conviviendo alrededor de la mesa o estudiantes haciendo la tarea en ese mismo lugar. Las confidencias de los adolescentes, las discusiones políticas, las propuestas de innovaciones o nuevos trabajos, la convalecencia de una enfermedad. Ahí es también donde se aprende y ejercita el principal trabajo humano: cuidarnos unos a otros a través de los afectos, la atención emocional a las personas cercanas y el desarrollo de la socialización de los miembros de la familia.

 

Todo ello hace crecer las capacidades individuales y grupales para obtener bienestar y mejorar la calidad de vida. Cuando las personas resuelven la necesidad básica de contar con un techo propio, se da espacio para iniciar proyectos que implican una mejor educación para sus hijos, un mejor empleo o quizá emprender con un negocio propio.

 

Cuando la naturaleza te arrebata de forma inesperada ese espacio, se lleva junto con ladrillos los sueños y esperanzas forjados en ese hogar.

 

De allí la relevancia de buscar que las personas damnificadas por fenómenos naturales regresen lo más pronto posible a su vida cotidiana, y quizá a mejorar la calidad de vida que tenían anteriormente. La reconstrucción de viviendas en zonas vulnerables es una prioridad para el Fideicomiso Fuerza México, ya que sabemos que el contar con una vivienda digna marca el comienzo de una vida más próspera.

 

Es por ello que cada día nos llena de orgullo ser parte de este proyecto, que no sólo contribuye a la reconstrucción de inmuebles, sino a la reconstrucción de vidas y familias que lo perdieron todo.

 
 
 

El Fideicomiso Fuerza México está apoyando la reconstrucción de más de 5 mil viviendas en 8 Estados de la República. Sabemos que el beneficio que tienen las más de 20 mil personas a las que estamos ayudando repercutirá en que tengan un patrimonio propio, una casa con materiales de calidad, con espacios amplios para la convivencia familiar, pero sobre todo que su nuevo hogar se convertirá en el inicio de nuevos sueños y metas por cumplir.

 

Esperamos que más mexicanos se sumen a este proyecto, ayudando a aquellos que más lo necesitan, creando una mejor comunidad, una mejor sociedad y por lo tanto un mejor país para todos.

 

Twitter: @XimeSuarezCorzo

5 Tendencias del 2020 según Linkedin y su aplicación al mundo fiduciario

Autora: Genoveva B. Franco Aguado.

La red social de los negocios nos sorprendió éste diciembre comunicando a sus suscriptores un estudio en el cual, conforme a los feeds de los usuarios, se identificaron las grandes ideas que definirían el año 2020 y en Mundo Fiduciario no quisimos pasar la oportunidad de compartirla con Usted, querido lector, y cómo podríamos aplicar éstas tendencias en el mundo de los fideicomisos.

 
 
 

1. El tiempo se convierte en un beneficio cada vez más valorado.

 

Es un hecho que el mundo está cada vez más acelerado y el tiempo es primordial al momento de cerrar negocios. Tanto el cliente como el empleado fiduciario valoran cada vez más el tiempo personal, por lo que la productividad efectiva es indispensable al momento de hacer negocios.

 

El trabajo flexible en algún momento se consideró como un privilegio de unos pocos empleados, sin embargo hoy en día se trata de una demanda general, y es necesario que los procesos fiduciarios estén preparados para cubrir con éstas cuestiones.

 

No se trata, ni se ha tratado, del tiempo que se le dedique al cierre de un negocio, sino que el mismo pueda realizarse de la manera más sencilla en el menor tiempo posible. Para esto, la automatización de procesos juega un papel fundamental en la organización fiduciaria, ya que muchas veces la falta de procesos automáticos hacen de distractores y consumen tiempo valioso.

 

La clave para que esto funcione es que los empleadores y empleados encuentren formas de trabajo más eficientes.

 

2. Salud mental en el ámbito laboral.

 

¿Sabían que la depresión y la ansiedad solas le cuestan a la economía mundial cerca de $1 Billón de Dólares en pérdida de productividad al año? Éste dato, tomado de la Organización Mundial de la Salud, nos indica que el cuidado de la salud mental es un tema urgente, sin embargo al día de hoy sigue siendo incierto, ya que hablar sobre salud mental en el trabajo podría malinterpretarse y plantear cuestiones de privacidad, responsabilidad legal y discriminación, por tanto por motivos mentales, sólo el empleado tendría que ser quien comenzara la conversación.

 

En México, en octubre del presente año salió publicada la Norma Oficial Mexicana emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social NOM-0035, misma que tiene como objetivo establecer los elementos de identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo. Los especialistas se han pronunciado en diversos estudios que es indispensable una buena salud física y mental para un buen desempeño, y, por ende, una buena productividad laboral, por lo que ésta Norma jugará un papel fundamental en las organizaciones para mejorar el ambiente de trabajo dentro de las organizaciones. Es fundamental que en 2020 se crea una cultura de apoyo, con confidencialidad, un plan de adaptación y beneficios similares a los de la cobertura de la salud física, y actuar como líderes en lugar de jueces.

 

3. Tu habilidad para concentrarte será tu aptitud más importante.

 

Si alguna vez te sorprendiste mirando tus redes sociales en hora laboral, déjame decirte que no estás solo. De acuerdo con un estudio de Udemy, dos tercios de los trabajadores admitieron mirar su teléfono durante al menos una hora durante su día laboral, lo cual genera un gran costo tanto como para el empleado como para el empleador.

 

“Aunque las distracciones no son necesariamente tu culpa, son tu responsabilidad” escribe Nir Eyal, autor de “Indistractable: How to Control Your Attention and Choose Your Life”. Eyal ofrece estrategias para ayudar a mantener la concentración: Dominar la curiosidad, planificar el día a día y hacer pactos con uno mismo para no caer en distractores, incluyendo controlar el uso de la tecnología.

 

Como hemos mencionado, la productividad jugará un papel vital en las organizaciones, por lo que eliminar la procrastinación será el verdadero reto de todas las instituciones fiduciarias.

 

4. La Inteligencia Artificial como forma de hacer negocios.

 

Estamos siendo testigos del surgimiento de las primeras compañías de escala sobrehumana, empresas donde son tantos usuarios que el volumen de trabajo necesario para su evaluación y procesos alcanza un nivel inmanejable por seres humanos. Para éstas empresas, la inteligencia artificial es la única manera de gestionar sus negocios.

 

En el Mundo Fiduciario es indispensable la utilización de las herramientas tecnológicas para el mejor aprovechamiento y productividad de los negocios. Desde la búsqueda en listas negras hasta el manejo de un buen CRM para prospectar, sin duda nos estamos volviendo cada vez más tecnológicos.

 

El gran desafío del 2020 será empezar a entender mejor los efectos y alcances de la inteligencia artificial y aprender a vivir con ella.

 

5. El 2020 será el año en que los humanos seremos “más humanos”.

 

Cada día más tareas repetitivas se automatizarán y los humanos tenemos que descubrir qué hacer con nuestra capacidad humana en el trabajo. El próximo año será clave porque necesitaremos más herramientas para re- humanizarnos y, al mismo tiempo, aprovechar mejor los recursos de las empresas y lograr una satisfacción total tanto con nuestros clientes como con nosotros mismos. Como consecuencia, debemos prepararnos para ser cada día más creativos, empáticos, pensar estratégicamente, romper jerarquías, conversar, trabajar en equipo y resolver problemas. “Las compañías que incorporen ésta tendencia como parte de su estrategia tendrán más chances de éxito. Quienes ayuden a otras empresas a hacerlo aún más.” Dice Leo Piccioli, escritor y speaker cobre liderazgo.

 

Hablando fiduciariamente, desde el primer contacto con nuestros clientes deberemos estar de la mano con ésta tendencia. Sin lugar a dudas como instituciones fiduciarias es un gran reto el “llegar al corazón de nuestros clientes”, sin embargo, con la ayuda de toda la organización, se puede hacer de éste esfuerzo una realidad.

 

Fuente: https://www.linkedin.com/pulse/20-grandes-ideas-para-2020-estas-son-las-tendencias-que-fabeni/