La Innovación en el Mercado Inmobiliario y la Colocación Hipotecaria 

Por Mundo Fiduciario 

 

La innovación en el mercado inmobiliario es un tema crucial, especialmente en un contexto económico cambiante. A medida que las necesidades de los consumidores cambian, es fundamental que las instituciones financieras y los desarrolladores se adapten a estas nuevas dinámicas. En este artículo, se presenta un análisis integral de los aspectos clave que interrelacionan la adquisición de vivienda, los productos hipotecarios y la gestión del riesgo crediticio. SOFTEC en uno de los paneles de su seminario sobre “Decisiones inmobiliarias basadas en datos”, brindó información valiosa sobre el sector inmobiliario. 

La Adquisición de Vivienda: Una Transformación Digital 

 

La forma en que las personas adquieren viviendas ha cambiado drásticamente gracias a la tecnología. Las plataformas digitales y las aplicaciones móviles han facilitado el proceso de búsqueda, compra y financiamiento de propiedades, así como han simplificado el proceso de búsqueda, compra y financiamiento. La manera en que las personas adquieren viviendas ha transformado significativamente.  

 

Leopoldo Hirschhorn cofundador de Grupo HIR, abrió el panel explicando las iniciativas de Grupo HIR en el sector inmobiliario, enfocándose en métodos más sustentables y eficientes en la construcción. Su nueva línea de investigación, basada en óxido de magnesio, permite la construcción de paneles que optimizan el proceso, haciéndolo tres veces más rápido y rentable. Hirschhorn comentó que, “La innovación va desde la conceptualización de una idea hasta su impacto en la sociedad”, resaltando la importancia de implementar ideas innovadoras y evaluar sus efectos en el mundo real. 

 

Por otra parte, Andrés Ponce de León, cofundador y CEO de Entropía AI, enfatizó que, “La inteligencia artificial ya no es una opción sino una necesidad”. La definición de inteligencia artificial, según Ponce de León, se centra en la capacidad de los sistemas para aprender y mejorar, lo que es esencial en el sector inmobiliario. Esta tecnología facilita la creación de renders para desarrollos y el análisis crítico del mercado, permitiendo predecir tendencias y optimizar el comportamiento del segmento, capaz de adaptarse a las necesidades del mercado. 

 

La intersección de la tecnología, la innovación y la inteligencia artificial está redefiniendo el panorama del sector inmobiliario, facilitando el acceso a la vivienda y mejorando la experiencia de compra para los usuarios.

 

Tasas de Interés: Flexibilidad y Estrategias Financieras 

 

Las tasas de interés son un factor determinante en la adquisición de vivienda. Innovaciones como la fijación de tasas variables y la opción de tasas fijas por períodos determinados ofrecen a los compradores flexibilidad en sus decisiones. El uso de modelos predictivos y análisis de datos permite a las instituciones financieras ajustar sus tasas de forma más efectiva, adaptándose a las fluctuaciones del mercado y mejorando la experiencia del usuario.

 

El proceso de colocación hipotecaria, que implica la concesión de préstamos garantizados por la propiedad, ha evolucionado con la diversificación de productos hipotecarios. Desde hipotecas a tasa fija hasta créditos puente, cada opción está diseñada para satisfacer diferentes segmentos de mercado, incluyendo a compradores de vivienda por primera vez, inversionistas y propietarios que desean refinanciar. 

 

El panel también exploró las oportunidades para el desarrollo de comunidades destinadas a jubilados extranjeros, subrayando la importancia de adoptar un enfoque integral a este sector de la población.  

 

Javier Govi, fundador de Grupo AMAR, mencionó que, para 2025 se alcanzará la maduración que el mercado necesita para atender al sector de la población de retirados, conocido como New Retirem. Esto ampliará el acceso al crédito hipotecario, permitiendo que un mayor número de personas pueda financiar una vivienda.  

 

Productos Hipotecarios: Diversificación y Personalización 

 

La oferta de productos hipotecarios ha experimentado una transformación notable. Opciones como las hipotecas verdes, que ofrecen tasas preferenciales para propiedades sostenibles, y la personalización de productos según las necesidades de los clientes son cada vez más comunes. Estos desarrollos no solo mejoran el acceso a la vivienda, sino que también fomentan la sostenibilidad en el mercado inmobiliario.

 

Seguros de Crédito a la Vivienda: Protección en Tiempos de Incertidumbre 

 

La relevancia de los seguros de crédito a la vivienda ha aumentado en un entorno económico incierto. La innovación en este campo ha permitido la creación de productos más flexibles y accesibles, que protegen tanto a prestatarios como a prestamistas. La integración de tecnología en la gestión de riesgos y la personalización de pólizas mejora la oferta actual, brindando mayor seguridad a todas las partes involucradas. 

 

Nuevos Modelos de Negocio: Co-living y Blockchain 

 

La innovación en el mercado inmobiliario no solo se trata de tecnología, sino también de nuevos modelos de negocio. Conceptos como el co-living y el co-working están ganando popularidad, adaptándose a las nuevas formas de vida y trabajo. Además, el uso de blockchain para la compra y venta de propiedades promete hacer el proceso más transparente y seguro, eliminando intermediarios y reduciendo costos. 

 

Gabriela Mena CEO de Polibit apuntó que, a pesar de la búsqueda de oportunidades de inversión, en México y Latinoamérica las opciones siguen siendo limitadas, concentrándose en Private equity y banca de inversión. Esto no permite innovar en proyectos que requieren estructuras de financiamiento a largo plazo. La tecnología, según Mena, está cambiando esta dinámica, permitiendo a los desarrolladores tener un control más directo sobre su estructura de capital al reducir la dependencia de intermediarios. 

 

Conclusión: Adaptación y Oportunidades 

 

Sin duda, la experiencia de estos ponentes refleja la innovación en el mercado inmobiliario, lo cual es fundamental para responder a las necesidades cambiantes de los consumidores y a los desafíos económicos actuales. La integración de tecnología, la creación de productos financieros inclusivos y la adaptación a nuevas formas de vida son claves para el desarrollo del sector. Y es que estas innovaciones inmobiliarias en México prometen transformar el mercado, haciéndolo más accesible, sostenible y eficiente, lo que podría tener un efecto positivo en la economía y en la calidad de vida de sus habitantes. Sin embargo, también será crucial abordar los desafíos que estas innovaciones traen consigo, como la regulación y la necesidad de capacitación en nuevas tecnologías. 

 

Mantenerse al tanto de estas tendencias y adaptarse rápidamente puede ofrecer ventajas competitivas tanto para las instituciones financieras como para los desarrolladores y agentes inmobiliarios. A medida que el proceso de colocación hipotecaria evoluciona, la diversificación de productos hipotecarios se convierte en una herramienta esencial para satisfacer las diversas necesidades del mercado, asegurando así la salud financiera del sector y su capacidad para prosperar en un entorno desafiante. 

 

 

 

Estrategias y Desafíos del Futuro Inmobiliario: Lo Mejor del Seminario Softec 2024 

Por Mundo Fiduciario
 

Estrategias y Desafíos del Futuro Inmobiliario: Lo Mejor del Seminario Softec 2024 

 

El Seminario Softec 2024: “Decisiones inmobiliarias basadas en datos”, se llevó a cabo en el hotel Four Seasons en la Ciudad de México, el 3 de diciembre a partir de las 9 am. Este evento reunió a expertos y profesionales del sector inmobiliario como lo son Leopoldo Hirschhorn de Grupo HIR, Gabriela Mena de Polibit, Javier Govi de AMAR y Andrés Ponce de León de Entropía AI.  

 

Para discutir las tendencias, desafíos y oportunidades alrededor del mercado. Con un enfoque en la innovación, la tecnología y la sostenibilidad, el seminario ofreció valiosas perspectivas sobre cómo enfrentar los cambios y aprovechar las nuevas herramientas disponibles para tomar decisiones estratégicas en el ámbito inmobiliario. 

 

 A través de diversas ponencias y paneles de expertos, se abordaron temas como: 

 

 1. La Innovación y la Tecnología: Exponer cómo la adopción de la inteligencia artificial y la tokenización, puede transformar el sector inmobiliario, mejorando la eficiencia y la personalización de los servicios. 

2. Sostenibilidad: Destacar la importancia de la sostenibilidad en los proyectos inmobiliarios, abordando temas como la calidad, el mantenimiento sobresaliente y el uso eficiente de recursos como la energía eléctrica y el agua. 

3. Análisis de las Tendencias del Mercado: Exponer la importancia del análisis profundo de las macrotendencias del mercado inmobiliario, considerando los ciclos largos de los proyectos, las oportunidades y retos que estos presentan. 

4. Facilitar el Acceso al Crédito Hipotecario: Discutir modelos de desarrollo hipotecario que permitan un mayor acceso al crédito hipotecario para las personas no afiliadas, impulsando un mayor crecimiento en el mercado de adquisición de viviendas. 

5. Explorar Nuevas Oportunidades de Inversión: Identificar nuevas fuentes de inversión y oportunidades en el mercado inmobiliario, como el desarrollo de comunidades para retirados y la diversificación de las oficinas y hoteles. 

6. Fortalecer la Gestión de Proyectos: Resaltar la importancia de una gestión eficiente de recursos y procesos administrativos en los proyectos inmobiliarios, asegurando la formación de equipos de trabajo sólidos y la mitigación de riesgos. 

 

Puntos clave del seminario Softec 2024 

 

Las ideas principales y discusiones del seminario, proporcionando una visión integral de las tendencias y desafíos para el estado actual y futuro del mercado inmobiliario: 

Se destacó la importancia de la adopción de tecnología en el sector inmobiliario, especialmente la inteligencia artificial y la tokenización. Estas tecnologías pueden mejorar la eficiencia y personalización de los servicios, así como fomentar la liquidez y atraer nuevas inversiones. La digitalización de transacciones y el uso de blockchain son herramientas clave para esta transformación. 

 

Además de la tecnología, la sostenibilidad y la calidad de los proyectos inmobiliarios siguen siendo prioridades; se enfatizó la necesidad de un enfoque riguroso en la regulación y el análisis del mercado para asegurar proyectos sostenibles y de alta calidad. Dicho enfoque no solo mejora la viabilidad de los proyectos, sino que también impulsa el crecimiento del mercado inmobiliario al ampliar el acceso al crédito hipotecario, permitiendo que una mayor parte de la población acceda a financiamiento para vivienda. 

 

El seminario también abordó las oportunidades en el desarrollo de comunidades para retirados extranjeros, destacando la importancia de pensar de forma integral sobre el envejecimiento de la población. 

 

La diversificación de las oficinas y la reducción de la construcción de centros comerciales debido a su baja rentabilidad fueron identificadas como tendencias importantes. En conjunto, estos temas enfatizan la necesidad de una gestión eficiente de recursos y procesos administrativos, así como la formación de equipos de trabajo sólidos, para garantizar el éxito de los proyectos inmobiliarios en un mercado en constante transformación. 

 

Se espera que las conclusiones del seminario tengan un impacto significativo en el sector inmobiliario, impulsando la adopción de nuevas tecnologías y prácticas sostenibles.  

 

Los profesionales del sector estarán mejor preparados para enfrentar los desafíos del futuro, aprovechar las oportunidades de inversión y mejorar la calidad de vida de la población a través de proyectos innovadores y sostenibles. La ampliación del acceso al crédito hipotecario y el desarrollo de comunidades para retirados extranjeros también pueden contribuir al crecimiento económico y social del país.  

 



 

Fideicomiso Testamentario: Herramienta para la Protección y Transmisión Eficiente del Patrominio

Por José Alejandro Ramírez Martínez

 

  1. DEFINICIÓN Y ESTRUCTURA DEL FIDEICOMISO CON FINES DE TRANSMISIÓN PATRIMONIAL
     

Como se sabe, la definición “sacramental” del Fideicomiso se encuentran en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, misma que refiere que es la figura mediante la cual el fideicomitente transmite a una fiduciaria la propiedad o titularidad de ciertos bienes o derechos, para ser destinados a fines lícitos y determinados, para la realización de dichos fines. 

 

Por otra parte, una definición menos “rebuscada” nos dice que el fideicomiso es un contrato mediante el cual el fideicomitente transfiere la titularidad de bienes o derechos a una fiduciaria, para que ésta los administre y, de ser el caso, entregue los bienes o recursos a un fideicomisario, quien puede ser un tercero.

Estas definiciones y, desde luego, la propia figura del fideicomiso, cobran importante relevancia cuando hablamos de transmisiones patrimoniales con fines testamentarias. 

 

Y es que, como en todo fideicomiso, la estructura no varía. Siguen presentes las figuras del fideicomitente, fiduciaria, comité técnico y fideicomisario. Pero ésta última cobra relevancia, ya que actúa como beneficiario –o posible beneficiario– de los bienes que forman la masa patrimonial del fideicomiso, asumiendo el rol que en un testamento tradicional correspondería al heredero. Entonces, el fideicomisario se traduce como el destinatario final del patrimonio fideicomitido, ajustándose con la voluntad del fideicomitente al distribuir sus bienes de manera clara, detallada y bajo control.  

 

Ya una vez entendido esto, podemos entender que el fideicomiso es una poderosa herramienta jurídica que nos permite realizar una transmisión patrimonial segura, planeada, blindada y controlada a nuestras siguientes generaciones. 

 

        2. VENTAJAS FRENTE A UNA SUCESIÓN TRADICIONAL. 

 

Primero, debemos abundar sobre los beneficios del Fideicomiso con fines de transmisión patrimonial. 

 

  • El fideicomitente define siempre los fines del fideicomiso. 
  • Secreto fiduciario fundado en el artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, por lo que se mantendrán reservados los nombres de los integrantes del fideicomiso, activos y datos en general (salvo los casos previstos en la ley, tales como solicitud por mandato judicial o si dentro del fideicomiso se manejan recursos públicos).
  • Los bienes que conforman la masa patrimonial del fideicomiso son libres de embargos (exceptuando los derechos fideicomisarios). 
  • Protección del patrimonio de posibles demandas o problemas legales que pudieran surgir.
  • El patrimonio será administrado por profesionales en activos y fideicomisos, por lo que incluso, siendo el escenario ideal, se generarán rendimientos y abrirán oportunidades de negocio.
  • La fiduciaria es quien asume gran parte de las cargas y actividades afines a la naturaleza del patrimonio, por lo que el fideicomitente se desprende de dichas cargas.
  • Y la más importante, cuando fallece el fideicomitente, no hará falta tramitar una sucesión para la transmisión del patrimonio. En dicha situación, siguiendo las reglas establecidas en el fideicomiso, la fiduciaria únicamente realizará las gestiones para dar cumplimiento a la voluntad del fideicomitente. 

 

Por su parte, la sucesión tradicional, mediante juicio o intestamentaria, suelen presentar las siguientes características: Son juicios largos y cansados, que dependen de una gran cantidad de variantes, tales como carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales, desacuerdos y conflictos entre los herederos, mala administración del albacea, posibles impugnaciones de testamentos, corrupción en el sistema de justicia, notificaciones a todas y cada una de las partes, entre otras. 

 

Ante ese panorama, es difícil asegurar que, al concluir el proceso sucesorio tradicional, se logre cumplir plenamente la voluntad del testador o incluso que cuando eso suceda, los beneficiarios disfruten a cabalidad del patrimonio heredado. 

 

 

Es importante traer del recuerdo el famoso caso de la sucesión de los bienes de Mario Moreno “Cantinflas”, que a pesar de dejar testamento y nombrar a su hijo Mario Moreno Ivanova, fue escenario de una disputa larga, costosa y cansada entre el heredero y el sobrino del famoso actor. Tras más de 25 años después de la muerte del histrión, conflictos legales, resoluciones incluso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el heredero murió en 2017 y los bienes del comediante quedaron en el limbo, pues se desconoce el estatus jurídico-patrimonial de éstos.

 

Entonces, queda claro, tomando este famoso caso, que la sucesión tradicional implica grandes riesgos tanto para los bienes como para los beneficiarios, pues pueden estar en conflictos legales por años, incluso décadas, sin resolverse en su totalidad, por lo que el patrimonio sufre un menoscabo y, cuando finalmente logran disponer de ellos, es posible que los beneficiarios ya no se encuentren con vida para aprovecharlos. 

 

  • OPTIMIZACIÓN FISCAL Y PROTECCIÓN DE ACTIVOS.

     

Entre los muchos beneficios de los fideicomisos en nuestro país, se encuentran los relacionados con la materia fiscal y de contribuciones. 

La primera, aplicable para todos los fideicomisos, es la referente a los casos en los que el fideicomitente se reserve el derecho de reversión. Y es que, si no hay una transmisión del dominio fiscalmente, no existe un hecho generador del pago del Impuesto Sobre la Renta ni mucho menos del Impuesto de Adquisición de Inmuebles, situación que se generará hasta la plena transmisión al beneficiario.  

 

Y, además, es transcendental señalar que en el fideicomiso sucede una simplificación en la retención de impuestos, pues se actúa como un intermediario en la retención y pago de los impuestos, disminuyendo drásticamente la carga administrativa y fiscal para los beneficiarios finales, quienes finalmente recibirán ingresos ya gravados. 

 

 

  • CONSIDERACIONES LEGALES Y ASPECTOS PARA TENER EN CUENTA.
     

Los fideicomisos con fines de transmisión patrimonial, así como todos los fideicomisos en general, son herramientas para una segura y correcta planeación y protección del patrimonio. Por ello, es esencial saber emplearla y tener cuidado en cada detalle para sacarle el provecho a esta figura. 

Por eso, creemos que las consideraciones legales que se deben tener en cuenta, entre otros, podrían ser los siguientes:

 

  • Claridad en los objetivos: Definir con claridad los objetivos del fideicomiso, tales como los beneficios, la transmisión, la forma de protegerlos y la distribución del recurso.
  • Emplear los derechos de reversión o revocación no solo como herramientas fiscales, sino también como herramienta de control y ejecución, misma que se puede alinear a la voluntad del fideicomitente conforme se vaya desenvolviendo su contexto empresarial, familiar y económico.
  • Elegir sabiamente a la fiduciaria: La elección de la institución fiduciaria cobra relevancia, no solamente por los costos operativos y de honorarios que se llegaran a cobrar, sino también se debe considerar la disposición, flexibilidad, tiempos y formas de administrar el patrimonio, pues es la fiduciaria quien finalmente tendrá temporalmente la titularidad del patrimonio, con las consecuencias legales que eso implica.
  • Impuestos: Si bien es cierto, en México aún no contamos con impuestos directos sobre herencias, es esencial estructurar y planear estrategias fiscales de tal forma que el fideicomiso no genere obligaciones fiscales no deseadas cuando finalmente los beneficiarios se hagan del patrimonio.
  • Terminación del fideicomiso: Más allá de tomar en cuenta los límites de temporalidad previstos por las leyes mexicanas, es importante definir determinados eventos que pueden dar fin al fideicomiso, que puede ser el cumplimiento de los objetivos, muerte de beneficiarios o condiciones especiales para cada asunto. 

 

  •  TENDENCIAS ACTUALES Y FUTURAS.

 

Los fideicomisos, como todas las figuras jurídicas, se ven forzados a evolucionar de la misma forma que evoluciona la sociedad, pues no pueden permitirse encontrarse distantes a las realidades y contextos históricos. Las tendencias de los fideicomisos con fines de transmisión patrimonial parten de los cambios en la demografía, la globalización, avances tecnológicos y diseños de marcos legales. 

 

Seguramente este tipo de fideicomisos se adaptará a la complejidad de las familias modernas, pues ya se incluyen generaciones de segundos y terceros matrimonios, con la consecuente ramificación de herederos, beneficiarios, administradores y controladores. 

 

Tampoco podemos pasar por alto la incorporación de activos digitales debido a la popularización de monedas y activos digitales, mismos que deben ser tratados con peculiar atención por su volatilidad y los futuros marcos normativos. 

 

Y, desde luego, no nos podemos sorprender ante los “Smart contracts”, pues las regulaciones van en constante avance y pronto permitirán que se integre la tecnología para el diseño y ejecución de los términos del fideicomiso. 

Pero, ante todo, estamos seguros de que los fideicomisos con estos fines sabrán adaptarse a la evolución de la sociedad y serán cada vez más empleada como una herramienta para la protección y transmisión eficiente del patrimonio, priorizando siempre la voluntad del empresario fideicomitente, garantizando la protección, seguridad y cumplimiento en sus decisiones. 

 

 

 

 

José Alejandro Ramírez Martínez 

Presidente del Consejo de
Administración de B.P. Financiera, Director y Fundador de ARM Soluciones Patrimoniales y Presidente del Consejo de Administración y Fundador de
Supremacía Consulting.

Planeación Patrimonial; ¿Por qué tomar la Decisión?

Por Javier Contreras

La vida está llena de incertidumbres, pero una cosa es segura: todos enfrentaremos eventos importantes como jubilaciones, enfermedades, y eventualmente, la inevitable realidad de la muerte. Si bien, estos temas pueden parecer desalentadores, sin embargo abordarlos de manera proactiva a través de la planeación patrimonial puede brindar una gran tranquilidad y protección tanto para ti como para tus seres queridos. Por ello, es importante que exploremos por qué es crucial considerar la planeación patrimonial y cómo puede beneficiarte a lo largo de tu vida y más allá.

 

Para la protección de tu Patrimonio

 

Uno de los aspectos más importantes de la planeación patrimonial es asegurarse de que tus deseos sean cumplidos después de tu fallecimiento. Al elaborar un testamento claro y detallado, siendo este una herramienta necesaria, puedes especificar cómo deseas que se distribuyan tus activos y propiedades entre tus seres queridos. Sin una planificación adecuada, tus bienes podrían quedar sujetos a la distribución según las leyes de sucesión del estado, lo que podría no reflejar tus verdaderos deseos y causar conflictos entre tus herederos.

 

Minimización de impuestos y costos

 

La planeación patrimonial también puede ayudarte a minimizar la carga fiscal que recae sobre tus herederos, buscando lograr su eficiencia. Estrategias como la creación de fideicomisos, la donación de bienes durante tu vida y el uso de exenciones fiscales pueden reducir significativamente los impuestos sobre la herencia y maximizar la cantidad de activos que pasan a tus beneficiarios. Además, la planeación patrimonial puede ayudarte a evitar costosos procedimientos legales y disputas familiares que podrían surgir si no se abordan adecuadamente las cuestiones de la sucesión.

Protección durante la vida

 

Ahora bien, la planeación patrimonial es a menudo asociada con la planificación para después de la muerte, no obstante, tambiénse  puede proporcionar importantes beneficios durante tu vida. Por ejemplo, la creación de poderes notariales y directivas anticipadas te permite designar a personas de confianza para tomar decisiones en tu nombre en caso de que no puedas hacerlo por ti mismo debido a una enfermedad o incapacidad. Del mismo modo, la planificación financiera adecuada puede ayudarte a proteger tus activos y asegurar tu bienestar financiero a medida que envejeces.

 

Corazones Sanos, Bolsillos Llenos

 

Uno de los mayores beneficios de la planeación patrimonial es la tranquilidad que proporciona. Al saber que has tomado medidas para proteger a tus seres queridos y asegurar tu patrimonio, puedes disfrutar de una mayor seguridad financiera y emocional. Además, la planeación patrimonial te permite abordar temas difíciles de manera proactiva y tomar el control de tu futuro, en lugar de dejarlo al azar.

 

Ahora es importante que tengamos claro qué es lo que queremos buscar, una herencia, un legado o una dinastía, y para eso es importante que veamos las diferencias.

 

La herencia se refiere a los bienes, activos y deudas que una persona deja a sus herederos después de su fallecimiento. Esto puede incluir propiedades inmobiliarias, inversiones financieras, cuentas bancarias, vehículos, empresas y cualquier otro tipo de activo o pasivo que forme parte del patrimonio del difunto. La herencia se distribuye entre los herederos según las disposiciones establecidas en el testamento del fallecido o, en su ausencia, según las leyes de sucesión del país o estado correspondiente.

 

El legado se refiere a las posesiones, bienes materiales o inmateriales, valores y tradiciones que una persona deja como parte de su patrimonio cultural, social o emocional. Esto puede incluir objetos de valor sentimental, obras de arte, joyas familiares, propiedades con un significado especial, así como valores, creencias y enseñanzas transmitidas a través de las generaciones. A diferencia de la herencia, que se trata principalmente de activos financieros, el legado se centra en aspectos más intangibles y personales del patrimonio de una persona.

Una dinastía se refiere a una familia o linaje que mantiene una posición de poder, influencia o prestigio durante varias generaciones. En el contexto de la planificación patrimonial, una dinastía puede implicar la implementación de estrategias específicas para preservar y hacer crecer la riqueza familiar a lo largo del tiempo, así como para mantener la continuidad y el legado familiar. Esto puede incluir la creación de fideicomisos familiares, empresas familiares, fundaciones benéficas y otras estructuras legales diseñadas para proteger y administrar los activos familiares de manera efectiva y asegurar su transmisión a las generaciones futuras.

 

En resumen, herencia, legado y dinastía son conceptos fundamentales en el ámbito de la planificación patrimonial y la transmisión de bienes y valores a través de las generaciones. Mientras que la herencia se refiere a los activos y deudas que se transmiten a los herederos, el legado abarca los aspectos más intangibles y personales del patrimonio de una persona, y la dinastía implica la preservación y continuidad del legado familiar a lo largo del tiempo. Juntos, estos conceptos forman parte de la compleja red de planificación patrimonial que busca proteger y preservar el patrimonio de una persona y su familia para las generaciones futuras.

 

 

Javier Contreras Flores

Director General de TMSourcing y especialista en Planeación Patrimonial.

Cada vez es más caro ser rico en México; posibles nuevos Impuestos

Por TEP. Adolfo González y el Dr. David Enrique Merino

El pasado 9 de mayo de 2023 el diputado Manuel Vázquez Arellano presentó a la Cámara de Diputados un proyecto para reformar el artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, adicionando la palabra “progresiva” a su fracción IV, quedando la misma de la siguiente forma:

 

“Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos…

 

IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional, progresiva y equitativa que dispongan las leyes.”

 

El principio de progresividad tributario no es nuevo en el mundo, de hecho, en México existe desde hace muchos años e inclusive se ve reflejada en la llamada “tarifa proporcional progresiva” del Impuesto Sobre la Renta para personas físicas, dicho principio se puede definir como:

 

El principio de progresividad consiste en que aquellas personas titulares de mayor capacidad económica deben ser gravadas de forma proporcional a su capacidad, en comparación con las personas que tienen una capacidad económica menor.

Es decir, según el principio de progresividad, quien tiene mayor capacidad contribuirá en mayor medida a través de los tributos al sostenimiento de los gastos públicos”.

 

De la misma manera la propuesta de incorporación de dicho principio por parte del poder legislativo tampoco es nueva, ya en el año 2018 la entonces diputada de la LXIII Legislatura, Cecilia Soto González, presentó una iniciativa similar, misma que no prosperó.

 

Ahora bien, la mayoría de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) tienen el concepto ya incorporado de forma expresa en su normativa y lo han implementado, esto significa que, a mayor nivel de ingresos, mayores son los impuestos que se pagarán.

 

Interesante es que los mexicanos en el extranjero invierten principalmente en Estados Unidos de Norte América donde el impuesto de herencia y de regalos para bienes considerados us situs son muy importantes. En España desde 2022 cuenta con un Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas por dar unos ejemplos.

 

Es importante señalar que la iniciativa del Diputado Vázquez Arellano se encuentra bien fundado y explica una de las tantas visiones del tema, por lo que es importante el apuntar que en caso de aprobarse afectaría directamente a:

 

  1. Las empresas de medianas a grandes que tengan ingresos interesantes pagarán más impuestos. Por lo que deberán encontrar dentro de su actividad el equilibrio correcto, entendiendo que se lo que posiblemente implique menos utilidades. Veremos qué pasa con la inversión extranjera, nearshoring o similares.
  2. Los contribuyentes mexicanos o residentes fiscales en nuestro país, ya que además de pagar más impuesto sobre la renta, podrían quitase algunos de los conceptos hoy exentos a dicha carga como: el Impuesto a la herencia, y las donaciones de hijos a padres y viceversa; o se pueden crear nuevos conceptos impositivos como el impuesto al patrimonio, o impuesto de grandes fortunas.

Dejo también en la mente del lector el qué pasaría sí a los grandes terratenientes del país, incluyendo a los Ejidatarios, le impondrían un impuesto de grandes fortunas. Hay que pensar cómo lo podrían pagar en ese momento.

 

Concluyendo diré que no sé si sea una recomendación de la misma OCDE o la iniciativa se encuentre respaldada por la SHCP y el SAT, pero hay que tomar las precauciones adecuadas y establecer una planeación patrimonial adecuada.

 

 

 

 

TEP. Adolfo Gonzalez Olhovich

Presidente de Consejo de TMSourcing.

 

 

Dr. David Enrique Merino Téllez

Director de Prevención de Lavado de Dinero y Cumplimiento de TMSourcing.

El Fideicomiso de Planeación Patrimonial

Por Ismael Vélez

ANTECEDENTES

Con la globalización no solo los mercados son más cercanos y asequibles, sino que la información se transformó en un mecanismo de oportunidad de crear negocios, pero también, de dar a conocer información ya no solo global sino inclusive personal.   

 

Uno de los mayores beneficiarios de esta realidad han sido los Estados, que a través de sus gobiernos han buscado la forma de que dicha información contribuya en su política tributaria. Recordemos siempre, no solo como principio de economía sino como principio tributario-redistributivo, que las necesidades de los Estados, a través de sus gobiernos, siempre serán superiores a los recursos que logran obtener para su funcionamiento. Esta situación generó por muchos años atrás, que el concepto de planificación patrimonial esté más enfocado a esquemas de evitar exceso de cargas tributarias. Y para dicho efecto, se presentaron las posibilidades del manejo patrimonial, por ejemplo, de los denominados paraísos fiscales, dejando en un plano secundario el concepto de la planeación y planificación patrimonial.    

 

Esta realidad cambió a partir de la Gran Crisis Financiera Global del 2008, donde  a través de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico), organismos de Naciones Unidas se han incorporado o añadido a programas de intercambio de información financiera por más de 160 países. 

Es interesante este esquema porque empezó a marcar el fin de la existencia de paraísos fiscales. Aunque no es el tema principal de esta exposición, es interesante conocer este antecedente que marca un gran objetivo, a mi entender, un antes y un después respecto a la planificación patrimonial. Si hay interés en ahondar en el tema pueden dirigirse a aquí.

 

Como vemos la transparencia fiscal es un tema que pasó de ser un cliché a ser una realidad que enfrenta una situación clara respecto al manejo y estructura de la situación financiera patrimonial, en un inicio de grandes patrimonios, pero sin olvidar que el objetivo final de las administraciones tributarias es recaudar más, y la mejor manera, es lograr que los contribuyentes transparenten sus realidades fiscales y patrimoniales a todo nivel.  

En los últimos años han avanzado programas de sinceramiento patrimonial, denominados en inglés como Offshore Voluntary Disclousure Programs, que buscan que determinados patrimonios que tengan exposición a posibles sanciones administrativas, incluso civiles y/o penales por no haber reportado activos financieros en el exterior. 

 

Como podemos ver, estos avances van creciendo año tras año, y más aún ante necesidades imperiosas que se han presentado como son por ejemplo, la última crisis sanitaria mundial que genera requerimientos no planeados de manejo de recursos financieros. Lo último que hemos visto, dentro de este engranaje, ha sido la decisión del G20, que conjuntamente con la OCDE llegaron a establecer un impuesto mínimo empresarial del 15%.

LA PLANEACIÓN Y PLANIFICACIÓN PATRIMONIAL

El plantear un esquema de planeación y planificación patrimonial no solo deberá entenderse como un esquema sucesorio. Si bien, gran parte del interés de quienes están interesados en revisar la figura, lo ven como un esquema sucesorio, por lo que también es importante que el esquema patrimonial pueda ser tomado en cuenta antes de un hecho sucesorio, esto es permitir que el dueño del patrimonio comience a diseñar un proceso para dirigir los recursos que se presentan durante el tiempo y existencia de un negocio determinado sin que esto implique necesariamente que no se contará con la presencia física del dueño del patrimonio.

 

Quizás esta última etapa puede ser considerada, por decir algo, cuando se quieran evitar un evento en el que el riesgo inherente a un negocio no está debidamente identificado o si se quiere separar determinados bienes o activos y comenzar a distribuirlos como se suele decir “en vida”, o que el usufructo de los mismos se comience a ejecutar antes de un hecho sucesorio. 

 

Los negocios y las actividades económicos son cambiantes en el mundo y es mejor manejar esquemas distributivos de locación de activos y de riesgos, conforme la percepción que el dueño de los mismos lo tenga, ya que es importante siempre tomar en cuenta la planeación patrimonial y que como se percibe termina siendo una planeación tributaria. 

LAS FIGURAS FIDUCIARIAS COMO HERRAMIENTA DE APOYO

Las figuras fiduciarias permiten un grado de mayor certeza de ejecución dentro de un proceso de planeación patrimonial.

Tomemos en cuenta dos procesos de planeación fiduciaria; uno de ellos, de ser tomado en un esquema pre sucesorio, si cabe el término señalarlo, y el otro, simplemente como una medida de mejor administración del riesgo patrimonial.

 

Para un esquema sucesorio podríamos encontrar estructuras como: 

FIDEICOMISO DE PLANEACIÓN PATRIMONIAL.- A través de este mecanismo el constituyente aporta bienes al fideicomiso, detallándole al fiduciario sobre el fin que deban tener los mismos, además de que se cumplan las instrucciones al momento de producirse el fallecimiento, pero siempre guardando las limitaciones legales permitidas, así como los principios contractuales de capacidad, consentimiento causa y objeto lícito.

 

FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN DE FLUJOS.- En este caso, se puede determinar que ciertas rentas o recursos provenientes de inversiones, puedan ser destinados o que tengan a futuro el cumplimento de eventos que se produzcan. Estos pueden ser tanto de tipo educativo, filantropía o simplemente el asegurar recursos a determinados beneficiarios del mismo.  

Siempre hay que tomar en cuenta que la calidad contractual de estos esquemas fiduciarios deberá descansar de la capacidad, consentimiento, el objeto y la causa que se buscan estructurar, sea lícito y permitido bajo la legislación que se quiera ejecutar. 

Para un proceso de planeación que no implique hechos sucesorios, podríamos encontrar los siguientes esquemas:  

 

FIDEICOMISO DE TENENCIA DE BIENES.-  Si bien este tipo de fideicomisos tiene por objeto esencial el traspasar bienes o derechos a un patrimonio autónomo con el fin de garantizar obligaciones con terceros. También, pueden servir para blindar en cierta medida el patrimonio ante eventuales sucesos de riesgo que puedan producirse y poner en peligro dicho patrimonio.     

 

FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN DE FLUJOS.-  A través de este mecanismo se puede determinar que los flujos provenientes de negocios o rentas predeterminadas puedan tener un objeto ya estructurado y no formen parte del acervo patrimonial desde un inicio.

 

 

CONCLUSIONES

Las diferentes figuras fiduciarias otorgan un alto grado no solo de flexibilidad en la estructuración de un programa de planeación patrimonial sino también incluyen la administración y continuidad del negocio desde el punto de vista de riesgo del mismo, además de apoyo y ayuda en un esquema sucesorio.

La facilidad que otorgan las diferentes figuras fiduciarias, permite que por el lado de ejecución tengan en la práctica un mejor esquema y estructura que otras figuras de corte mercantil, como es el denominado protocolo familiar. En el caso del protocolo familiar son varias voluntades respecto a uno o varios eventos, sucesorios que se produzcan las que deben tomar la decisión respecto del manejo y su ejecución.   

 

Las herramientas existentes y válidas van desde esquemas societarios, estructuras para-societarias, pasando por esquemas fiduciarios y hasta fundaciones. Todo dependerá del tamaño del patrimonio y de las condiciones que queramos otorgar protección.

Al estructurar un esquema de planificación patrimonial, pesará mucho el tamaño del patrimonio a estructurarse, puesto que, en el caso de patrimonios no tan grandes, digamos modestos comparativamente hablando, las fuentes de ingresos y recursos no son tan amplios, lo que limitan en cierta medida, dependiendo de cada legislación, esquemas de donaciones, transferencias o legados, en el caso de estructurar una planificación.   

 

Como vemos se abre una gran ventana de relación entre el Derecho Sucesorio y el Derecho Fiduciario, sobre todo en la facilidad en la aplicación del mismo, incluso en ciertas legislaciones en donde la capacidad de disponer con total libertad de los bienes, se encuentran ya predeterminadas de manera legal.  

 

De todas maneras, las herramientas fiduciarias nos permiten estructuras sólidas, a la medida, incluso ajustables en el tiempo para que la protección patrimonial cumpla el fin inicial que busca el generador patrimonial. Asimismo, creo que las figuras fiduciarias permiten que las estructuras de planeación patrimonial y derecho sucesorio tengan un mayor y mejor dinamismo.

 

Dentro de la planeación patrimonial sucesoria encontramos ventajas de costos y seguridades para el patrimonio a ser traspasado, evitando procesos largos y onerosos dentro del proceso sucesorio. A estos le podremos añadir las ventajas de los bienes que se transforman en inembargables al estructurarse la figura de un patrimonio autónomo.Igualmente, mientras el hecho o evento sucesorio no produzca la facilidad de ampliar o modificar las instrucciones emitidas al Fiduciario respecto del manejo y administración del esquema, permite un alto grado de flexibilidad en el mismo.  

 

Aparte del esquema sucesorio, la protección patrimonial con el apoyo de figuras fiduciarias, puede permitir el aislamiento temporal o definitivo de determinados bienes o activos que podrían, eventualmente, estar en peligro del acervo patrimonial general.

En fin, buscaba a través de este corto acercamiento, el presentar la alternativa fiduciaria para la figura de planeación patrimonial, misma que ha tomado mucha fuerza dadas las condiciones de crecientes tasas impositivas a favor del Estado y de altos costos sucesorios en ciertas legislaciones.

Tendencias regionales en planificación y tributación internacional

  • «Ya tenemos tres países que han aprobado un impuesto extraordinario a los patrimonios (o a las grandes fortunas) poniendo como excusa la pandemia»
  • «Más allá de las normas aprobadas por Argentina y Bolivia, existe un proyecto muy avanzado en Chile y rumores o proyectos más incipientes o con menos apoyo en México, Perú, Uruguay y otros países»
  • «Es muy probable que la creciente voracidad fiscal de los países lleve a que estructuras 100% legales hoy, no lo sean tanto en el futuro»

Desde 1998 hasta el presente, las áreas de planificación patrimonial internacional y tributación internacional se han visto atravesadas por dos tendencias macro, a saber:

  1. la homogeneización o cartelización fiscal (lo cual implica subas de impuestos a nivel global y destrucción de cualquier vestigio de competencia fiscal); y
  2. el avance sobre la privacidad de los individuos (muy necesario para poder alcanzar el objetivo anterior).

Ambas tendencias ganaron momentum luego del vil atentado a las Torres Gemelas hasta la irrupción de Donald Trump como líder político y parecen estar nuevamente tomando protagonismo en la actualidad.

Para graficarlo basta con recordar que, entre ambos hechos, se registraron -entre muchos otros- los siguientes cambios, todos ellos en las direcciones que apuntamos al comienzo:

  1. se aprobó la “Patriot Act”;
  2. se forzó a las jurisdicciones de baja o nula tributación a eliminar las acciones al portador y, en muchos casos, a obligar a las sociedades allí constituidas a registrar con las autoridades registros de directores (lo cual no sucede, por ejemplo, en muchos Estados de los Estados Unidos);
  3. se aprobó y se instrumentó FATCA; y
  4. se aprobó y se instrumentó el Common Reporting Standard.

Así como el triunfo de Trump en su momento frenó al avance de la invasión a la privacidad (a modo de ejemplo, se detuvo la firma de acuerdos IGA para la implementación de FACTA con terceros países) y de hecho implicó no solo un freno sino una vuelta atrás en lo que tiene que ver con los grandes acuerdos entre países de alta tributación, generando un revival de la competencia fiscal que en su momento había promocionado Ronald Reagan, la victoria de Biden y, sobretodo la pandemia, han causado una rápida vuelta a las tendencias antes aludidas.

Nuevamente, para muestra, un botón.

Cuando Trump ya había perdido las elecciones presidenciales, pero aún estaba en funciones, el Congreso ignoró su veto a la Ley de Defensa Nacional y forzó la aprobación. Dentro de la misma, estaba la “Corporate Transparency Act” que, en pocas palabras, estableció la obligación de comunicar los beneficiarios finales de cualquier sociedad que se incorpore en los Estados Unidos a FinCEN. Cómo va FinCEN a procesar tamaño volumen de información es incierto, lo que no es incierto es el increíble avance sobre la privacidad de las personas que -de manera justificada o no- esta norma prevé.

Respecto del segundo tema, los impuestos, aún resuenan en mis oídos las palabras de Yellen: Estados Unidos no debería tener problemas en aumentar sus impuestos corporativos y no perder inversiones como consecuencia de ello si los demás países del mundo cooperan. Mejor definición de cartelización fiscal, imposible.

A nivel de América Latina, ambas tendencias están a la orden del día.

Comenzando por el tema impuestos, ya tenemos tres países que han aprobado un impuesto extraordinario a los patrimonios (o a las grandes fortunas) poniendo como excusa la pandemia. Nos referimos a Argentina (con el agravante de que Argentina ya era uno de los países de la región, junto con Uruguay y Colombia, que tenía un impuesto al patrimonio antes de que existiera el Covid-19), Bolivia y Chile.

Si bien el mundo descartó hace tiempo este tipo de impuesto, básicamente por ser contraproducente para el crecimiento de los países, por ser difícil de administrar, por violar el principio de igualdad y por ser uno de los más evadidos a nivel global, en algunos países de América Latina el mismo pareciera estar ganando “momentum” sobre la base de las pérdidas ocasionadas por la pandemia que aún estamos viviendo y del surgimiento de nuevos gobiernos populistas.

Hasta hace muy poco, solo en tres países de América (continente que incluye 35) tenían un impuesto al patrimonio, los bienes personales o la riqueza. Se trataba de Argentina (que tiene además la tasa más alta y el mínimo imponible más bajo), Colombia y Uruguay.

Sobre finales del año pasado, Bolivia se transformó en el cuarto país de la región en contar con este tipo de gravamen. En efecto, el 28 de diciembre de dicho año, el parlamento boliviano aprobó un impuesto a las fortunas superiores a los 30 millones de bolivianos que alcanzará a 152 personas en Bolivia y un segundo impuesto a la riqueza (en teoría, por única vez) en Argentina. De acuerdo con la información que compartió el presidente de Bolivia en redes sociales, la autoridad del área económica estimó que con la nueva norma se recaudaría unos 100 millones de bolivianos, aproximadamente 14,3 millones de dólares.

Los casos de Argentina y Bolivia tienen importantes diferencias entre sí, a saber:

  • en primer lugar, y tal cual señalamos más arriba, en Argentina ya existía un gravamen a los bienes personales, con lo cual este gravamen adicional, que afecta los mismos bienes, es claramente inconstitucional (dado que el pago de este impuesto vencía originalmente el 30 de marzo, ya hay de hecho varias presentaciones judiciales que solicitan medidas cautelares contra el mismo y/o la declaración de inconstitucionalidad);
  • en segundo lugar, el impuesto en Bolivia afecta patrimonios de más de 4.300.000 de dólares, en tanto que en Argentina se paga a partir de los 2.420.000 millones de dólares.
  • en Argentina, las alícuotas correspondientes a este impuesto van de 2% a 3% para activos que se encuentran en el país y de 3% a 5,25% para activos que se poseen en el extranjero; mientras que en Bolivia son del 1,4% para personas con patrimonios de entre 4,3 millones de dólares y 5,7 millones; 1,9% para patrimonios de 5,7 millones de dólares a $72 millones de dólares y 2,4% para patrimonios mayores; y
  • el nuevo impuesto en Bolivia será anual y permanente para todas las personas que vivan en Bolivia, incluso los extranjeros, y con bienes, depósitos y valores que tengan en el territorio nacional y en el exterior; esto no sucede (al menos por ahora) en Argentina porque ya existe allí el Impuesto sobre los bienes personales, que es anual e incluye alícuotas que pueden llegar al 2,25% con un mínimo no imponible prácticamente inexistente.

Más allá de las normas aprobadas por Argentina y Bolivia, existe un proyecto muy avanzado en Chile y rumores o proyectos más incipientes o con menos apoyo en México, Perú, Uruguay y otros países.

En el caso del proyecto de ley chileno, las dos diferencias más importantes con los que vimos hasta aquí son las siguientes:

  • que el threshold en Chile se colocó en 22 millones de dólares (similar al que existe en Estados Unidos para el impuesto a la herencia y en línea con lo que se considera una gran fortuna a nivel bancario); y
  • que, al existir en este país un nivel alto de seguridad jurídica, es altamente probable que este impuesto “extraordinario” y “por única vez”, realmente lo sea. En Argentina, existen numerosos ejemplos de impuestos que se aprobaron por un plazo determinado y se prorrogaron por décadas (i.e. impuesto a las ganancias, impuesto a los bienes personales, impuesto al cheque, aumento de alícuota del IVA, etc.)

Nuestra postura sobre este impuesto, más allá de las características que adopte en cada país, es la misma de siempre: existen cuatro clases de impuestos a nivel global (a las ganancias, al consumo, a las transacciones y al patrimonio) y esta última es la peor para el país de que se trate por lejos. Es algo que solemos graficar diciendo que el impuesto a la riqueza actual es esencialmente un impuesto a la pobreza futura. ¿Por que esto es así? Porque los sectores más pobres y vulnerables de una sociedad son los que mas dependen del crecimiento económico de la misma.

Volviendo al tema de la privacidad de los individuos, otra desafortunada tendencia en América Latina se caracteriza por la aprobación de distintas normas que obligan a los pagadores de impuestos a notificar a las autoridades fiscales acerca de sus planificaciones patrimoniales, violando -además de la privacidad de las personas- principios tan básicos como importantes como es el secreto profesional de abogados y contadores.

En este caso, quien tomó la iniciativa fue México, a través de una ley aprobada el 30 de octubre de 2019 por el Congreso Mexicano que entró en vigor el 1 de enero de 2020. Dicha ley, entre otras cosas, incorporó en el Código Fiscal de la Federación la obligación, no solo en cabeza del pagador de impuestos, sino también de sus asesores fiscales, de revelar estructuras fiduciarias que generen un beneficio fiscal en México.

Quien siguió a México, para variar, fue Argentina a través de la Resolución General 4838 de AFIP que está siendo en estos momentos analizada por diversos jueces de la Nación.

Siguiendo con el tema privacidad, si miramos que pasó con relación a la adopción del Common Reporting Standard en este último tiempo, vamos a ver que en 2020 se sumaron siete países a dicho sistema de intercambio automático de información financiera promovido por la OCDE. Entre ellos, se encuentran Ecuador y Perú. Obviamente, las economías más grandes de la región y/o las más relevantes en materia de planificación patrimonial ya intercambian información bajo CRS desde 2017 (Argentina, Colombia y México) o 2018 (Brasil, Chile, Panamá y Uruguay).

El resurgimiento y el fortalecimiento de ambas tendencias, no solo en América Latina, sino en todo el mundo, implica para nosotros la necesidad de revelar estructuras patrimoniales actuales de manera de anticiparse a cambios mayores y acelerar en el armado de estructuras fiduciarias para quienes no lo hayan hecho aún. Es muy probable que la creciente voracidad fiscal de los países lleve a que estructuras 100% legales hoy, no lo sean tanto en el futuro.

 


Martín Litwak es fundador y CEO de Untitled, una boutique de servicios legales especializada en planificación patrimonial internacional y en el establecimiento y, a la vez, el primer “Legal Family Office” de las Américas. Por otro parte, Martín es autor de los libros “Cómo protegen sus activos los más ricos (y por qué deberíamos imitarlos)” y “Paraísos fiscales e infiernos tributarios” y preside la Fundación 1841, una organización sin fines de lucro que promueve y defiende la competencia fiscal entre países, la privacidad de los individuos y el derecho a la propiedad privada.

 

 

Impuestos y Aportes Patrimoniales en Latinoamérica

Las personas físicas y/o morales como participantes del sistema financiero, formamos parte esencial de los recursos que circulan día a día, sin embargo, no saber qué pasará con nuestro patrimonio el día de mañana, genera incertidumbre para nuestras familias, mismo patrimonio que si no se administra adecuadamente      puede llegar a disminuir o peor aún perderse.

En la actualidad y aun teniendo un sin fin de fuentes de información a nuestro alrededor, como seres humanos no vemos la necesidad de tener un adecuado gobierno corporativo de nuestras empresas o aún más, una correcta administración de nuestros activos como parte de una planificación familiar.

Para resolver y establecer un panorama más claro, analizaremos los puntos de vista de tres asesores especializados en Planeación Patrimonial, Martin Litwak, Francisco Nugué y Adolfo González Olhovich, reconocidos consultores que se reunieron en el Webinar “Impuestos y Aportes Patrimoniales en Latinoamérica por COVID”, en donde compartieron grandes ideas en torno a los impuestos y patrimonio en Latinoamérica.

Respecto a la protección de patrimonios y ayuda a las familias, Martín Litwak y González Olhovich coinciden que, lo principal va en función de atender la seguridad jurídica, anteponiendo la privacidad del cliente frente a terceros, partiendo de las necesidades del cliente se armara un vehículo eficaz que ayude a mitigar riesgos patrimoniales. 

Por su parte Francisco Nugué, nos indica que, en su rol de fiduciario, su función primordial va enfocada a la administración de fideicomisos, fondos de inversión y aún más conforme a la legislación de Ecuador, a la titularización. La función principal de crear estas herramientas va con el único fin de que los activos del patrimonio prevalezcan. 

Si bien es cierto, proteger el patrimonio de la familia es de vital importancia, ¿cómo puedo hacer esto sin generar conflicto dentro del núcleo familiar? Litwak menciona que en la gran mayoría de casos la falta de información que se le proporciona a los sucesores, puede generar un conflicto innecesario, y hace el llamado a no esperar el último momento para comenzar a ceder la estafeta. Asimismo, nos dice que crear un fideicomiso es una herramienta que busca establecer qué pasará con el patrimonio familiar.

Profundizando con el fideicomiso, Francisco Nugué nos dice cómo ésta puede ser tu mejor herramienta para la administración de activos, ya que se basa en el entorno y en los intereses del cliente, éste se creará con las características necesarias, únicas y particularidades que se requiera, y coincidiendo con Litwak, nos dice que su fin no es evitar peleas, sino brindar tranquilidad al cliente, haciendo saber que su patrimonio ya tiene un camino a seguir. 

Por su parte y en complemento con el fideicomiso, el Presidente de TMSourcing, Adolfo González, hace referencia a la importancia de contar con un inventario de los bienes con los que se cuenta, ya de acuerdo al tipo de bienes que se tengan, las necesidades y los fines de estos pueden ser diferentes. Dejar patrimonio sin inventariar siempre generara conflicto. 

Como base fundamental de una debida y adecuada planeación patrimonial siempre será de vital importancia, tener reglas claras y debidamente documentadas, que no baste con una “reunión de damas y caballeros” para que se considere una planeación establecida. Estas reglas deberán constar por escrito siempre dejando en claro la voluntad de las partes y adaptándose a las necesidades del entorno familiar. 

Ahora bien, al respecto de los impuestos y/o reformas fiscales que afectan la administración patrimonial, Martin Litwak, hace énfasis de que la estructura que se elabora para administrar los recursos son para evitar posibles impuestos futuros y no pasados, asimismo, será parte del estudio del consultor, evaluar la legislación local, ya que en su gran mayoría, los países en Latinoamérica no generan impuestos al patrimonio, tal es el caso de Uruguay, Argentina y Colombia,  únicos países que tienen gravado el patrimonio de los bienes personales, caso excepcional Argentina que tiene legislado dos impuestos al patrimonio. 

Sin embargo, también es importante tomar en consideración que si el vehículo utilizado nos da la posibilidad legalmente de evitar el pago de impuestos, evitemoslo, si no existe la posibilidad tenemos que cumplir ante la autoridad, ya que los instrumentos de planificación familiar no son para evadir impuestos.

Por otro lado, Francisco Nugue, nos habla particularmente de Ecuador, en dondel no existen impuestos al patrimonio, pero sí la obligación de hacer una declaración patrimonial sobre los activos. Por lo que se refiere en impuestos a la herencia, nos encontramos que existe la sucesión forzosa, de donde partimos de dos supuestos, la donación del patrimonio y el impuesto a la herencia por la muerte, que se encuentra en una tasa del 35%, de la cual existe un descuento del 50% si el patrimonio va a favor de los hijos y cuando los descendientes sean menores de edad no se cubre ningún arancel.

Mientras tanto en México, ha estado sobre la mesa de los legisladores establecer el cobro de impuesto a la herencia, sin embargo, al día de hoy, México es un buen país en términos fiscales, ya que no se paga por transmitir los bienes a los herederos, puntualizó el Presidentede TMSourcing, Adolfo González.

La recomendación de los expertos va desde dar el primer paso y decidir crear una estructura hasta construirla, ver el lado positivo de la planificación y no solo los gastos que esto me va a generar, es decir, considerar a la planeación de bienes como un proceso necesario y benéfico.

Por su parte el Dr. Guillermo Cruz, destacado consultor en Gobierno Corporativo,y de acuerdo con estadísticas del Banco Mundial, el 95% de las empresas familiares se pierden en la tercera generación y en la segunda generación el 50%. También destaca que parte de la educación patrimonial y la planificación familiar comienza en la casa, por ello, siempre será de vital importancia crear reglamentos y sentar las bases del juego para anticiparnos a los conflictos intrafamiliares     .

Para concluir es importante saber que la planeación patrimonial no es exclusiva de “gente de alto perfil”, con tener activos será suficiente para poder iniciar tu planeación. Como mencionamos previamente, es importante no dejarse llevar por comentarios de tributación y que siempre la información venga de un experto que ayude a inventariar los bienes, identificar las necesidades con base al patrimonio, requerimientos del cliente y documentar los acuerdos para una debida integración, dispersión del patrimonio y activos conforme a la voluntad del cliente. 

Como intermediarios en el sistema financiero, las entidades financieras deben redoblar esfuerzos para tener una adecuada difusión a través de diferentes canales de los modelos para una debida planeación patrimonial. 

LA RESPONSABILIDAD DEL FIDUCIARIO

Cuando en 1995 mi amigo Jairo me dijo que estaban buscando a alguien para trabajar en el área comercial de una fiduciaria y que si quería participar en ese proceso, le pregunté: ¿qué hace una fiduciaria? Los cargos que había tenido hasta ese momento no habían tenido relación con esta industria y menos con áreas comerciales; él me dijo “fresco que es para trabajar conmigo”.

La entrevista fué en el edificio de un banco muy importante, en una oficina muy bonita. Unos días después mi amigo me llamó y me contó que había pasado y que fuera a realizar el proceso de vinculación.

El primer día me presentaron a la Dra. Stella Presidente de la compañía. Aún recuerdo sus palabras, ella me dijo “Bienvenido y que aprenda…”. Esas mismas palabras las he utilizado muchas veces en mi vida como fiduciario, siempre que llegaba alguna persona nueva a trabajar o no conmigo y tenía oportunidad de presentarme les decía “Bienvenido y que aprenda…”.

En su momento no entendí el sentido de esas palabras, ¿que aprenda? ¿que será lo que tengo que aprender? Yo suponía que este trabajo sería igual que los otros administrativos que había tenido hasta ese momento, donde se aprende lo que se debe hacer y luego lo mismo.

Desde ese momento comenzó mi proceso de formación en fiducia, el cual luego de 25 años puedo decir con certeza: no he acabado. Se aprende todos los días y de igual forma se comparte ese conocimiento.

Durante este tiempo he hecho muchos amigos, he visto el progreso de muchas personas y de muchas empresas, y he ayudado de alguna u otra forma al crecimiento de esta industria. Todo eso hace que esté altamente agradecido con mi amigo Jairo por haberme enganchado en este negocio y del cual ahora vivo como gerente de Be Trust, mi empresa de consultoría dedicada a prestar servicios a la industria fiduciaria.

Una de las cosas más difíciles que me costó aprender y que a mi juicio debe ser lo primero que se le explique a quienes laboren en una fiduciaria o en una sección que administre fideicomisos, fue el identificar y entender la responsabilidad que el fiduciario adquiere cuando se ofrecen servicios y administran negocios fiduciarios. 

Si nos remontamos al inicio de fiducia en el mundo, la responsabilidad del fiduciario nace con la esencia misma del negocio, cuando en el derecho romano se le otorgaba al fiduciario la responsabilidad del buen cumplimiento de las actividades asignadas, de acuerdo con la voluntad de quien confío en él. 

La responsabilidad, como muchas cosas que existen y no vemos, es algo difícil de identificar y por lo mismo de cuantificar, y si se decide trabajar en esta industria hay que esforzarse por adquirir la habilidad de identificarla, esta le servirá mucho para la toma de decisiones en la vida de un fiduciario. 

Como lo indique, la responsabilidad es difícil de identificar y de cuantificar, puesto que tiene un grado de subjetividad que depende mucho de la cultura propia de cada administrador fiduciario, de la forma de ver y analizar los riesgos así como de la propia estructura organizacional con que se decida administrar los fideicomisos. Sin embargo las diferentes legislaciones dan las premisas básicas respecto de la responsabilidad del fiduciario, como por ejemplo indicando que debe actuar como un buen hombre de negocios o indicando que la responsabilidad del fiduciario va hasta la culpa leve en el desarrollo de su gestión, por lo cual es importante realizar una interpretación adecuada por parte de la administración de la entidad para determinar el alcance real de esta obligación legal. 

Alguien de forma desprevenida podría pensar que una fiduciaria es como un outsourcing que se encarga de hacer pagos, nada mas lejos de esa realidad. Algunos clientes desestiman la responsabilidad, llevando al fiduciario a medir su gestión por temas netamente operativos como el número de pagos, los informes, los viajes, etc., de esta forma incorporan dentro de los contratos la responsabilidad legal del fiduciario pero no pagan por ella.

La responsabilidad se mide al momento de estructurar los negocios fiduciarios, para lo cual se debe identificar con claridad cuál es la finalidad que tiene el cliente de hacer un negocio, qué tipo de negocio necesita, quiénes intervienen en el mismo y conocer e identificar detalladamente las actividades y el alcance de las mismas. De esta forma se analizarán los riesgos que el negocio tiene y la responsabilidad que su administración conlleva.

Cuando se analizan los laudos arbitrales o los fallos de las cortes en los cuales las fiduciarias se encuentran involucradas, se observa que los árbitros o jueces sustentan sus decisiones en la responsabilidad que el fiduciario tiene, incluso en ocasiones yendo más allá de lo que se pensaba respecto del negocio fiduciario, ese es el criterio de las personas.

Por ejemplo en Colombia a partir de 2016 la circular 024 le impone a las fiduciarias que incursionen en negocios inmobiliarios la obligación de evaluar, valorar y verificar que se encuentren dadas las condiciones técnicas, financieras y jurídicas para que el proyecto llegue a término, antes de permitir que los constructores dispongan de los recursos de los futuros compradores. De igual forma le impone las mismas obligaciones a la fiduciaria en cuanto que el constructor o promotor del proyecto cumpla con unos niveles mínimos de solvencia, capacidad técnica, administrativa y financiera.

Como vemos, la responsabilidad del fiduciario va más allá de ser un simple administrador de recursos y de registro de transacciones. La responsabilidad implica cada vez más un conocimiento técnico de los negocios en los cuales es administrador o incluso propietario de bienes, buscando que cuando existan terceros o beneficiarios que de alguna forma participan en el negocio, se les brinde seguridad por la participación de un fiduciario.

Con este artículo busco que los responsables de los negocios fiduciarios, y en particular aquellos que llevan poco en esta industria, tengan en cuenta que la responsabilidad del fiduciario es real, que debe ser evaluada, cuantificada y cobrada, y que es uno de los conceptos más importantes en la administración de negocios fiduciarios y lo que en realidad genera más valor para los clientes.

Andres Castañeda Monroy

Gerente Be Trust
Colombia

La aplicación de la Mediación en la Planeación Patrimonial Familiar.

Contar con una planeación patrimonial consiste en tener en orden todos los bienes con los que uno cuenta y poder prevenir el impacto que pudieran tener ciertos eventos como una enfermedad, un accidente o la muerte. De igual forma, contar con una adecuada Planeación Patrimonial contribuye a que se prevengan futuros conflictos familiares al dejar en claro cómo se van a distribuir los bienes o de qué forma los mismos pueden ser aprovechados y en qué momento. Para ello existen diferentes herramientas jurídicas que son muy efectivas y que dan certidumbre legal para cumplir estos objetivos como por ejemplo el Fideicomiso. 

Pero qué sucede en aquellos casos en los cuales la planeación patrimonial no depende de una sola persona, sino más bien de una familia que comparte la propiedad de un bien o un conjunto de bienes, esto implica que dos o más miembros de la familia tengan que llegar a acuerdos acerca de la distribución del patrimonio que poseen y de cómo puede ser aprovechado por las futuras generaciones. 

Hablar sobre temas de planeación patrimonial dentro de una familia suele tocar fibras sensibles, ya que cada uno de sus miembros puede tener diferentes posturas respecto a cómo se debe a manejar el patrimonio por lo que es importante explorar cuales son los intereses y necesidades de cada uno de ellos para continuar con la armonía familiar a la que vez que se protege el patrimonio para ellos mismos y para sus descendientes.

Una opción totalmente viable para aquellas familias que presentan dificultades para ponerse de acuerdo respecto su planeación patrimonial es la Mediación.

¿Qué beneficios ofrece la Mediación en la Planeación Patrimonial de una Familia?

La Mediación es un medio por el cual un tercero imparcial denominado Mediador interviene en una controversia para que las mismas partes, a través del diálogo, encuentren una solución que sea satisfactoria para todos los involucrados. Y tomando en cuenta que el mediador es un profesional que tiene una formación especializada en temas referentes a la interacción y comunicación humana, resolución de conflictos y gestión adecuado de las emociones, las diferencias que surgen en una familia como consecuencia de temas relacionados a la planeación patrimonial pueden definitivamente ser resueltos a través de la Mediación. Además, ofrece ventajas que resultan atractivas para este tipo de controversias entre las que se encuentran:

Confidencialidad – El Mediador fomenta un ambiente en el cual los miembros de la familia se pueden escuchar y expresar, y todo lo que se trate dentro de las sesiones ahí se queda, la información no puede ser compartida con nadie más.

Ahorro de tiempo y dinero – Existen casos en los cuales las familias, al abordar temas patrimoniales, lamentablemente terminan peleadas e inclusive llevan estos problemas ante un juez. Sin embargo, en la mediación los miembros de la familia son los dueños del proceso y son ellos mismos los que deciden el número de sesiones que consideran pertinentes para resolver sus conflictos, esto es un proceso que puede durar días o semanas o como las partes lo consideren a diferencia de un juicio que puede tardar años lo cual implica pérdida de tiempo y un alto costo económico y emocional.

Cumplimiento de los acuerdos – Debido a que los acuerdos a los que se llega con la familia surgen de sus propios recursos y propuestas, es altamente probable que sus miembros se sientan más comprometidos con cumplirlos y si lo aterrizamos al tema de la planeación patrimonial que ejecuten las acciones para proteger sus bienes.

Es así como se concluye que es importante definir los instrumentos con los cuales se van a proteger los activos de una familia, pero si presentan dificultades previas para definir cómo lo van a hacer, una forma práctica para resolver estas dificultades es a través de la Mediación.

Juan Miguel Castro Alcocer.

Licenciado en Psicología y Derecho.
Mediador Privado Certificado.