La Innovación en el Mercado Inmobiliario y la Colocación Hipotecaria 

Por Mundo Fiduciario 

 

La innovación en el mercado inmobiliario es un tema crucial, especialmente en un contexto económico cambiante. A medida que las necesidades de los consumidores cambian, es fundamental que las instituciones financieras y los desarrolladores se adapten a estas nuevas dinámicas. En este artículo, se presenta un análisis integral de los aspectos clave que interrelacionan la adquisición de vivienda, los productos hipotecarios y la gestión del riesgo crediticio. SOFTEC en uno de los paneles de su seminario sobre “Decisiones inmobiliarias basadas en datos”, brindó información valiosa sobre el sector inmobiliario. 

La Adquisición de Vivienda: Una Transformación Digital 

 

La forma en que las personas adquieren viviendas ha cambiado drásticamente gracias a la tecnología. Las plataformas digitales y las aplicaciones móviles han facilitado el proceso de búsqueda, compra y financiamiento de propiedades, así como han simplificado el proceso de búsqueda, compra y financiamiento. La manera en que las personas adquieren viviendas ha transformado significativamente.  

 

Leopoldo Hirschhorn cofundador de Grupo HIR, abrió el panel explicando las iniciativas de Grupo HIR en el sector inmobiliario, enfocándose en métodos más sustentables y eficientes en la construcción. Su nueva línea de investigación, basada en óxido de magnesio, permite la construcción de paneles que optimizan el proceso, haciéndolo tres veces más rápido y rentable. Hirschhorn comentó que, “La innovación va desde la conceptualización de una idea hasta su impacto en la sociedad”, resaltando la importancia de implementar ideas innovadoras y evaluar sus efectos en el mundo real. 

 

Por otra parte, Andrés Ponce de León, cofundador y CEO de Entropía AI, enfatizó que, “La inteligencia artificial ya no es una opción sino una necesidad”. La definición de inteligencia artificial, según Ponce de León, se centra en la capacidad de los sistemas para aprender y mejorar, lo que es esencial en el sector inmobiliario. Esta tecnología facilita la creación de renders para desarrollos y el análisis crítico del mercado, permitiendo predecir tendencias y optimizar el comportamiento del segmento, capaz de adaptarse a las necesidades del mercado. 

 

La intersección de la tecnología, la innovación y la inteligencia artificial está redefiniendo el panorama del sector inmobiliario, facilitando el acceso a la vivienda y mejorando la experiencia de compra para los usuarios.

 

Tasas de Interés: Flexibilidad y Estrategias Financieras 

 

Las tasas de interés son un factor determinante en la adquisición de vivienda. Innovaciones como la fijación de tasas variables y la opción de tasas fijas por períodos determinados ofrecen a los compradores flexibilidad en sus decisiones. El uso de modelos predictivos y análisis de datos permite a las instituciones financieras ajustar sus tasas de forma más efectiva, adaptándose a las fluctuaciones del mercado y mejorando la experiencia del usuario.

 

El proceso de colocación hipotecaria, que implica la concesión de préstamos garantizados por la propiedad, ha evolucionado con la diversificación de productos hipotecarios. Desde hipotecas a tasa fija hasta créditos puente, cada opción está diseñada para satisfacer diferentes segmentos de mercado, incluyendo a compradores de vivienda por primera vez, inversionistas y propietarios que desean refinanciar. 

 

El panel también exploró las oportunidades para el desarrollo de comunidades destinadas a jubilados extranjeros, subrayando la importancia de adoptar un enfoque integral a este sector de la población.  

 

Javier Govi, fundador de Grupo AMAR, mencionó que, para 2025 se alcanzará la maduración que el mercado necesita para atender al sector de la población de retirados, conocido como New Retirem. Esto ampliará el acceso al crédito hipotecario, permitiendo que un mayor número de personas pueda financiar una vivienda.  

 

Productos Hipotecarios: Diversificación y Personalización 

 

La oferta de productos hipotecarios ha experimentado una transformación notable. Opciones como las hipotecas verdes, que ofrecen tasas preferenciales para propiedades sostenibles, y la personalización de productos según las necesidades de los clientes son cada vez más comunes. Estos desarrollos no solo mejoran el acceso a la vivienda, sino que también fomentan la sostenibilidad en el mercado inmobiliario.

 

Seguros de Crédito a la Vivienda: Protección en Tiempos de Incertidumbre 

 

La relevancia de los seguros de crédito a la vivienda ha aumentado en un entorno económico incierto. La innovación en este campo ha permitido la creación de productos más flexibles y accesibles, que protegen tanto a prestatarios como a prestamistas. La integración de tecnología en la gestión de riesgos y la personalización de pólizas mejora la oferta actual, brindando mayor seguridad a todas las partes involucradas. 

 

Nuevos Modelos de Negocio: Co-living y Blockchain 

 

La innovación en el mercado inmobiliario no solo se trata de tecnología, sino también de nuevos modelos de negocio. Conceptos como el co-living y el co-working están ganando popularidad, adaptándose a las nuevas formas de vida y trabajo. Además, el uso de blockchain para la compra y venta de propiedades promete hacer el proceso más transparente y seguro, eliminando intermediarios y reduciendo costos. 

 

Gabriela Mena CEO de Polibit apuntó que, a pesar de la búsqueda de oportunidades de inversión, en México y Latinoamérica las opciones siguen siendo limitadas, concentrándose en Private equity y banca de inversión. Esto no permite innovar en proyectos que requieren estructuras de financiamiento a largo plazo. La tecnología, según Mena, está cambiando esta dinámica, permitiendo a los desarrolladores tener un control más directo sobre su estructura de capital al reducir la dependencia de intermediarios. 

 

Conclusión: Adaptación y Oportunidades 

 

Sin duda, la experiencia de estos ponentes refleja la innovación en el mercado inmobiliario, lo cual es fundamental para responder a las necesidades cambiantes de los consumidores y a los desafíos económicos actuales. La integración de tecnología, la creación de productos financieros inclusivos y la adaptación a nuevas formas de vida son claves para el desarrollo del sector. Y es que estas innovaciones inmobiliarias en México prometen transformar el mercado, haciéndolo más accesible, sostenible y eficiente, lo que podría tener un efecto positivo en la economía y en la calidad de vida de sus habitantes. Sin embargo, también será crucial abordar los desafíos que estas innovaciones traen consigo, como la regulación y la necesidad de capacitación en nuevas tecnologías. 

 

Mantenerse al tanto de estas tendencias y adaptarse rápidamente puede ofrecer ventajas competitivas tanto para las instituciones financieras como para los desarrolladores y agentes inmobiliarios. A medida que el proceso de colocación hipotecaria evoluciona, la diversificación de productos hipotecarios se convierte en una herramienta esencial para satisfacer las diversas necesidades del mercado, asegurando así la salud financiera del sector y su capacidad para prosperar en un entorno desafiante. 

 

 

 

Estrategias y Desafíos del Futuro Inmobiliario: Lo Mejor del Seminario Softec 2024 

Por Mundo Fiduciario
 

Estrategias y Desafíos del Futuro Inmobiliario: Lo Mejor del Seminario Softec 2024 

 

El Seminario Softec 2024: “Decisiones inmobiliarias basadas en datos”, se llevó a cabo en el hotel Four Seasons en la Ciudad de México, el 3 de diciembre a partir de las 9 am. Este evento reunió a expertos y profesionales del sector inmobiliario como lo son Leopoldo Hirschhorn de Grupo HIR, Gabriela Mena de Polibit, Javier Govi de AMAR y Andrés Ponce de León de Entropía AI.  

 

Para discutir las tendencias, desafíos y oportunidades alrededor del mercado. Con un enfoque en la innovación, la tecnología y la sostenibilidad, el seminario ofreció valiosas perspectivas sobre cómo enfrentar los cambios y aprovechar las nuevas herramientas disponibles para tomar decisiones estratégicas en el ámbito inmobiliario. 

 

 A través de diversas ponencias y paneles de expertos, se abordaron temas como: 

 

 1. La Innovación y la Tecnología: Exponer cómo la adopción de la inteligencia artificial y la tokenización, puede transformar el sector inmobiliario, mejorando la eficiencia y la personalización de los servicios. 

2. Sostenibilidad: Destacar la importancia de la sostenibilidad en los proyectos inmobiliarios, abordando temas como la calidad, el mantenimiento sobresaliente y el uso eficiente de recursos como la energía eléctrica y el agua. 

3. Análisis de las Tendencias del Mercado: Exponer la importancia del análisis profundo de las macrotendencias del mercado inmobiliario, considerando los ciclos largos de los proyectos, las oportunidades y retos que estos presentan. 

4. Facilitar el Acceso al Crédito Hipotecario: Discutir modelos de desarrollo hipotecario que permitan un mayor acceso al crédito hipotecario para las personas no afiliadas, impulsando un mayor crecimiento en el mercado de adquisición de viviendas. 

5. Explorar Nuevas Oportunidades de Inversión: Identificar nuevas fuentes de inversión y oportunidades en el mercado inmobiliario, como el desarrollo de comunidades para retirados y la diversificación de las oficinas y hoteles. 

6. Fortalecer la Gestión de Proyectos: Resaltar la importancia de una gestión eficiente de recursos y procesos administrativos en los proyectos inmobiliarios, asegurando la formación de equipos de trabajo sólidos y la mitigación de riesgos. 

 

Puntos clave del seminario Softec 2024 

 

Las ideas principales y discusiones del seminario, proporcionando una visión integral de las tendencias y desafíos para el estado actual y futuro del mercado inmobiliario: 

Se destacó la importancia de la adopción de tecnología en el sector inmobiliario, especialmente la inteligencia artificial y la tokenización. Estas tecnologías pueden mejorar la eficiencia y personalización de los servicios, así como fomentar la liquidez y atraer nuevas inversiones. La digitalización de transacciones y el uso de blockchain son herramientas clave para esta transformación. 

 

Además de la tecnología, la sostenibilidad y la calidad de los proyectos inmobiliarios siguen siendo prioridades; se enfatizó la necesidad de un enfoque riguroso en la regulación y el análisis del mercado para asegurar proyectos sostenibles y de alta calidad. Dicho enfoque no solo mejora la viabilidad de los proyectos, sino que también impulsa el crecimiento del mercado inmobiliario al ampliar el acceso al crédito hipotecario, permitiendo que una mayor parte de la población acceda a financiamiento para vivienda. 

 

El seminario también abordó las oportunidades en el desarrollo de comunidades para retirados extranjeros, destacando la importancia de pensar de forma integral sobre el envejecimiento de la población. 

 

La diversificación de las oficinas y la reducción de la construcción de centros comerciales debido a su baja rentabilidad fueron identificadas como tendencias importantes. En conjunto, estos temas enfatizan la necesidad de una gestión eficiente de recursos y procesos administrativos, así como la formación de equipos de trabajo sólidos, para garantizar el éxito de los proyectos inmobiliarios en un mercado en constante transformación. 

 

Se espera que las conclusiones del seminario tengan un impacto significativo en el sector inmobiliario, impulsando la adopción de nuevas tecnologías y prácticas sostenibles.  

 

Los profesionales del sector estarán mejor preparados para enfrentar los desafíos del futuro, aprovechar las oportunidades de inversión y mejorar la calidad de vida de la población a través de proyectos innovadores y sostenibles. La ampliación del acceso al crédito hipotecario y el desarrollo de comunidades para retirados extranjeros también pueden contribuir al crecimiento económico y social del país.  

 



 

Tokenización y Fideicomisos: Una Alianza para la Protección de Datos

Por Camilo Bernheim 

 

En los últimos años, la tecnología blockchain ha revolucionado el ámbito financiero, abriendo nuevas oportunidades para la gestión y transferencia de activos digitales de manera más ágil. 

 

Una de las innovaciones más fascinantes aportadas por blockchain es el proceso de tokenización de activos. Gracias a este proceso, bienes físicos y reales, como inmuebles, obras de arte e incluso propiedad intelectual, pueden representarse como tokens digitales en una red blockchain. 

 

Es crucial analizar el concepto de tokenización, sus beneficios y su impacto en diversos sectores, así como el papel que los fideicomisos pueden desempeñar en asegurar la gestión eficiente, la seguridad y el cumplimiento normativo en este nuevo entorno. 

 

La tokenización consiste en convertir derechos sobre activos reales en fichas digitales o tokens que se pueden almacenar, transferir y negociar de manera segura en una red blockchain. Cada token representa una fracción del activo subyacente, facilitando así la propiedad compartida y mejorando la liquidez. Generalmente, estos tokens se generan a través de protocolos de blockchain como Ethereum, que ofrecen la infraestructura necesaria para contratos inteligentes y aplicaciones descentralizadas. 

 

Beneficios de la Tokenización 

 

Una de las grandes ventajas de la tokenización es la posibilidad de fraccionar la propiedad de activos tradicionalmente ilíquidos. Esto abre las puertas a un abanico significativo para inversores, permitiendo que cualquier persona adquiera pequeñas partes de activos de alto valor que antes estaban fuera de su alcance. 

 

Bajo este esquema activos como inmuebles exclusivos o piezas de arte valiosas pueden ser tokenizados, permitiendo que cualquier persona que cuente con acceso a internet, participe en su propiedad o inversión.

 

Además, este proceso simplifica las transferencias y liquidaciones, minimizando la intervención de intermediarios y reduciendo los costos asociados. Los contratos inteligentes automatizan el cumplimiento de obligaciones, la gobernanza y la distribución de beneficios, lo que disminuye la carga administrativa. 

 

Uno de los casos recientes más significativos en bienes raíces ocurrió en Suiza, donde edificios de alto valor fueron tokenizados, abriendo las puertas para que pequeños inversores adquieran fracciones de propiedad inmobiliaria en zonas privilegiadas. A nivel mundial, ha está emergiendo como un modelo viable en el arte, clubes deportivos y otros sectores de alta liquidez. 

 

Desafíos Regulatorios 

 

A pesar de sus numerosas ventajas, la tokenización de activos enfrenta ciertos retos. En América Latina, el marco regulatorio para actividades relacionadas con criptoactivos y blockchain,  no está plenamente definido, lo cual naturalmente genera incertidumbre para aquellos emprendedores, inversionistas y otras empresas que deseen participar en este tipo de proyectos. 

 

En contraste, Europa ha introducido el Reglamento sobre Mercados de Criptoactivos (MiCA) del Consejo Europeo, mediante el cual se busca establecer un marco regulatorio claro para criptomonedas y activos digitales. MiCA establece requisitos y estándares para los emisores y proveedores de servicios, así como para las plataformas que operan en la Unión Europea, con el fin de proteger a los consumidores y garantizar la integridad del mercado. 

 

Estados Unidos, por su parte, ha adoptado un enfoque fragmentado hacia la regulación de activos digitales y se espera que introduzca normativas más claras a nivel federal que faciliten la expansión de la tokenización en sectores como la propiedad inmobiliaria y la propiedad intelectual. 

 

Plataformas basadas en blockchain, como el caso de Polygon y Solana, están activamente liderando la integración de soluciones de tokenización en mercados emergentes, haciendo un fuerte énfasis en la interoperabilidad y la escalabilidad. 

 

La Intersección con los Fideicomisos 

 

Recientemente, el interés en utilizar estructuras fiduciarias de activos ha aumentado exponencialmente. Aunque los fideicomisos han sido tradicionalmente utilizados para la gestión y protección de activos, al integrarlos con la tokenización, ofrecen beneficios como un marco jurídico que protege los activos. 

 

Con un fideicomiso, los activos tokenizados se colocan bajo la custodia de un fiduciario, proporcionando una capa adicional de seguridad para los inversores y reduciendo significativamente los riesgos de pérdida o apropiación indebida de los tokens. 

 

Esta integración entre fideicomisos y tokenización es particularmente relevante en jurisdicciones donde la regulación de activos digitales sigue siendo incierta. Al utilizar un fideicomiso, los emisores de estos tokens pueden operar dentro de un marco legal más tradicional y confiable, lo cual garantiza una protección adicional tanto para los emisores, inversionistas y el ecosistema financiero-digital en general. 

 

Los fideicomisos también ofrecen una vía para la herencia de activos tokenizados, una consideración importante para los titulares de grandes sumas de activos digitales. 

 

Además, los fideicomisos al tener la obligación fiduciaria de actuar en el mejor interés de los beneficiarios brindan a los inversores mayor confianza en la legitimidad de la estructura de inversión. Este marco ayuda a salvaguardar los derechos de los inversores y garantizar el cumplimiento de las normativas aplicables. 

 

Tendencias Futuras 

 

La combinación de tokenización y fideicomisos se ha visto impulsada por una mayor adopción institucional de la blockchain. Fondos de inversión y entidades bancarias, como es el caso de JPMorgan y BlackRock, quienes exploran formas de integrar activos  tokenizados en sus portafolios tradicionales. Es muy probable que inminente veamos un crecimiento exponencial en el uso de contratos inteligentes programables, que permitirán fideicomisos más dinámicos y adaptables a las necesidades de los beneficiarios. 

 

Conclusión 

 

La tokenización de activos tiene el potencial de redefinir la propiedad y transformar los mercados financieros. A través del blockchain, este proceso mejora la liquidez, accesibilidad y eficiencia en múltiples sectores. No obstante, para que este avance sea seguro y efectivo, el uso de fideicomisos y una sólida regulación, como MiCA, son fundamentales para garantizar una gestión segura, el cumplimiento normativo y la protección de los inversores. 

 

La integración de fideicomisos en este proceso brinda a los propietarios de activos y a los inversores la confianza, seguridad jurídica y gestión profesional necesaria que todos los participantes del mercado necesitan en este nuevo paradigma financiero. 

 

 

 

Camilo Bernheim 

Abogado especializado en Derecho Corporativo, Desarrollo de Negocios, Fintech y Servicios Fiduciarios.

¿Certificados Fideicomisarios o Security Tokens?

Por Enrique Jatto

Todos conocemos el término tiempo compartido como el derecho a usar semanas o intervalos de un desarrollo turístico durante un periodo específico; en otras palabras, es la compra anticipada de una vacación por determinado número de años. Con el tiempo evolucionó al fractional, que es quien adquiere una fracción y se convierte en dueño en copropiedad de un inmueble, pudiendo utilizarlo en los tiempos convenidos y, además, recibir las utilidades que su renta genere, la principal diferencia es que en el tiempo compartido solo “compras días” y en el fractional compras una porción de un inmueble representado en días de uso o en el resultante de las rentas de esos días.

 

En esta última modalidad, el fideicomiso es el vehículo idóneo para el negocio, el titular de la fracción del inmueble podrá decir que es el dueño de esa fracción a través del contrato de fideicomiso y de certificados fiduciarios, ahora con la aparición de la Blockchain, WEB 3 y las criptomonedas, cada vez nos estamos alejando más de las costumbres en papel y se hacen más atractivas las opciones digitales.

 

¿Qué les parece si planteamos que un fideicomiso emita NFTs o Tokens para representar derechos fideicomisarios?

 

Antes que nada, analicemos los ingredientes para realizar este platillo exótico.

¿Qué es un Fideicomiso?

Es un contrato a través del cual una persona transmite la propiedad de uno o más bienes o derechos (patrimonio fideicomitido) a una institución fiduciaria para ser destinados a fines lícitos y determinados con el objetivo de beneficiar a otra persona o a la persona que entrega dichos bienes o pago.

 

¿Qué es un fideicomiso fractional?

Es una típica operación inmobiliaria en la que a través de un Fideicomiso un fideicomitente aporta un inmueble y diversos fideicomisarios pagan al fideicomitente una contraprestación que les da derecho una parte alícuota de los derechos sobre la propiedad del inmueble afecto al patrimonio del Fideicomiso, pudiendo utilizar o recibir las rentas del inmueble. Estos derechos son representados con certificados de derechos fiduciarios.

 

¿Qué es el patrimonio fideicomitido?

Es el objeto o patrimonio del fideicomiso pudiendo ser toda clase de bienes o derechos que el fideicomitente aporta al mismo y se consideran afectos al fin a que se destinan.

 

¿Qué es un bien mueble?

Son los bienes que se pueden trasladar de un lugar a otro, ya sea por sí mismos o por una fuerza exterior, así como los derechos y acciones que tienen por objeto cosas muebles o cantidades exigibles por acción personal, así como aquellos cuyo destino sea, al ser separados de un inmueble, adquirir el carácter de muebles.

 

¿Qué es un activo digital?

En el artículo 30 de la Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech) señala que un activo digital es la representación de valor registrada electrónicamente y utilizada entre el público como medio de pago para todo tipo de actos jurídicos y cuya transferencia únicamente puede llevarse a cabo a través de medios electrónicos. De dicho concepto legal, destaca la inmaterialidad de los activos virtuales.

¿Qué es un equity token?

Es un tipo de security token que funciona más como un activo de acciones tradicional. En otras palabras, quienes tienen en su poder equity tokens poseen alguna forma de propiedad en sus inversiones. Cada token representa un porcentaje sobre la propiedad que realmente tienen. En la mayoría de los casos, los equity token representan un activo, una propiedad o una empresa.

 

Ahora bien, empecemos a elaborar este platillo…

Los fideicomisos establecen derechos fideicomisarios que son los beneficios por el cual un fideicomiso fue celebrado, estos pueden ser otorgados con un certificado fiduciario, y en general, existen 2 tipos de certificados fiduciarios.

  1. Constancia de derechos fiduciarios: Documento expreso en donde se consignan los derechos fideicomisarios.
  2. Certificados bursátiles Fiduciarios: Títulos de crédito que representan el derecho a una parte de;
  • El derecho de propiedad o de la titularidad sobre bienes o derechos afectos en fideicomiso. 
  • Los frutos, rendimientos y, en su caso, al valor residual de los bienes o derechos afectos con ese propósito en fideicomiso. 
  • El producto que resulte de la venta de los bienes o derechos que formen el patrimonio fideicomitido. 
  • En su caso, el derecho de recibir el pago de capital, intereses o cualquier otra cantidad. 

 

En la actualidad, un fideicomiso fractional otorga los beneficios de uso, goce y habitación del inmueble a través de un título emitido por una institución fiduciaria llamado certificado de derechos fiduciarios, en el que se establecen los derechos que tiene el fideicomisario para utilizar y disfrutar su participación en el inmueble, es decir las fechas en las que podrá utilizar el inmueble.

¿Qué les parece una institución fiduciaria que agregue un tipo de certificado más un security token que esté respaldado directamente con el inmueble que pertenece al patrimonio del fideicomiso?

 

Definitivamente suena posible en la teoría, sin embargo hará falta el salto a un sistema fiduciario que sea compatible con blockchain y a los sistemas de tokenización. Un claro ejemplo, es lo que están haciendo en Argentina con Briken.

 

Retomando la definición de activo digital, de acuerdo a Banxico, es  una unidad de información que no representa la tenencia de algún activo subyacente a la par, y que es unívocamente identificable, incluso de manera fraccional, almacenada electrónicamente. Puede asegurarse que la naturaleza jurídica de estos, es la de ser bienes muebles intangibles dentro del comercio y, por lo tanto, susceptibles de ser objeto de actos jurídicos. Por lo tanto, si es un bien mueble puede ser parte del patrimonio de cualquier tipo de persona, ser sujeto de garantía para cumplir obligaciones, e incluso, aportar o transmitir la titularidad, al menos la guardia y custodia de los activos digitales a una institución financiera para obtener créditos, o bien, celebrar otros fideicomisos.

 

Asimismo, de acuerdo con la Ley General de Títulos y Operación de Crédito; pueden ser objeto del fideicomiso toda clase de bienes y derechos, salvo aquellos que, conforme a la ley, sean estrictamente personales de su titular.

 

En otro orden de ideas, ¿te imaginas el potencial para capitalizar proyectos? Imaginemos un desarrollo inmobiliario que emita security tokens y que pueda venderlos para poder capitalizar su proyecto. En este punto ya se lo que estás pensando, eso me huele a una Fibra, definitivamente sí, pero… crear una Fibra requiere una inversión considerable de conocimiento, capital humano y económico. Así que la tokenización inmobiliaria podría resolver, en parte, muchos de los costos administrativos de estas Fibras y permitir la creación de nuevos competidores que utilizan inversionistas privados y mercados alternativos de compra y venta de certificados (Exchanges Crypto).

 

Si lo simplificamos, la tokenización inmobiliaria es como crear Fibras privadas que puedan comercializarse en un mundo ligado a crypto.

Desafortunadamente, ninguna ley en México define, formalmente, qué es una criptomoneda y tampoco un criptoactivo, sino que la Ley Fintech está basada en el concepto de activo digital y ahí está uno de los problemas de interpretación del uso de criptomonedas debido a que la ley mexicana y  Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), establece que un activo virtual es “una representación de valor registrada electrónicamente y utilizada entre el público como medio de pago para todo tipo de actos jurídicos, cuya transferencia únicamente puede llevarse a cabo a través de medios electrónicos. En ningún caso se entenderá como activo virtual la moneda de curso legal en territorio nacional, las divisas ni cualquier otro activo denominado en moneda de curso legal o en divisas”.

 

Estamos viendo el nacimiento de una nueva forma de representación de acciones, del futuro, de los certificados, entre otros, donde su manera de resguardo e intercambio, definitivamente, está en un tiempo de cambio y los fiduciarios no son la excepción. El primero que adopte la tecnología blockchain y sus derivados, será el ganador de una estrella michelin y se convertirá en el estandarte por los próximos años, y esto sin tocar al 100% el tema de los fideicomisos y notarios virtuales, pero ese tema lo tocamos en otro artículo.

 

 Sin más que decir, bon appetit

 

 

Enrique Jatto

Estructurador Fiduciario y Negocios en TMSourcing y Click Seguridad Jurídica, egresado de la Universidad del Valle de México, especialista en esquemas fiduciarios, inmobiliarios, planeación patrimonial y desarrollo de negocios públicos y privados.

La Firma Electrónica; Un Recurso de Vanguardia en la Firma de Contratos

Por Lucely Cruz Sánchez

La digitalización de los procesos ya no es un lujo sino una necesidad, el tiempo avanza y con ello las situaciones ameritan modernidad, es la realidad de hoy en día. Ante esta condición, es necesario avanzar con base en las necesidades del mundo moderno, gracias a ello han surgido diversas tecnologías que nos permiten avanzar a la par, tal como sucede con la Firma Electrónica.

 

Si bien es cierto, por muchos años el medio idóneo y recurrente para la suscripción de documentos ha sido la firma autógrafa, ya que es comúnmente reconocida por la sociedad como el medio oportuno de manifestación de la voluntad, sin embargo, esta situación ha tenido que cambiar, pues la contratación entre ausentes se torna más necesaria día con día, tal como le ocurrió al mundo entero con el acontecimiento de la pandemia por COVID-19, desencadenando una serie de dificultades para contratar o llevar a cabo actos a distancia, no dejando de lado las diversas complicaciones que se derivan del uso de la firma autógrafa, tal como su falsificación.

 

Englobando dichos acontecimientos, la Firma Electrónica es el recurso de vanguardia que emergió para contrarrestar estas condiciones adversas; en México, su implementación data desde el año 2000 y que más adelante el 11 enero del 2012 se llevaría a cabo la puesta en marcha de la Firma Electrónica Avanzada con la publicación de la Ley que lleva el mismo nombre, sin embargo su práctica no ha sido sencilla, pues las empresas y la sociedad aún tiene dudas respecto a su validez y legalidad, cuestionando y evitando recurrir a este medio por desconocimiento o simplemente por negación.

Pero, ¿qué es la Firma Electrónica? Ésta puede ser de dos tipos:

 

Firma Electrónica Simple (FES): El Artículo 89 del Código de Comercio la define como;

“Los datos en forma electrónica consignados en un Mensaje de Datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo por cualquier tecnología, que son utilizados para identificar al Firmante en relación con el Mensaje de Datos e indicar que el Firmante aprueba la información contenida en el Mensaje de Datos, y que produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, siendo admisible como prueba en juicio”.

 

Como verán, es el tipo básico de firma electrónica, este conjunto de datos al utilizarse como firma se une a un documento electrónico y se envía en un mensaje electrónico, dicho mensaje va cifrado; para que vaya cifrado el emisor debe contar con una clave pública, asignada por un organismo autorizado para tal fin, de manera que nadie puede modificarlo ni alterarlo, garantizando su integridad de esta forma. 

 

La principal finalidad de la FES es la de identificar al sujeto que la utiliza (el Emisor/firmante), que como podrán darse cuenta, el Código de Comercio señala claramente que produce los mismos efectos jurídicos que una firma autógrafa, además, es admisible como prueba en juicio.

 

Firma Electrónica Avanzada (FIEL): El artículo 2 de la Ley de Firma Electrónica Avanzada la define como; “el conjunto de datos y caracteres que permite la identificación del firmante, que ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo control, de manera que está vinculada únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, lo que permite que sea detectable cualquier modificación ulterior de éstos, la cual produce los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa.”

En similitud con la anterior, la FIEL también es un conjunto de datos electrónicos que sirven para identificar al emisor de un mensaje permitiendo su integridad. Te preguntarás entonces, ¿cuál es la diferencia? 

 

La diferencia entre la simple y la avanzada es que la última está creada bajo una serie de controles que están bajo vigilancia u observación directa e inmediata del firmante, por lo que la dota de mayor seguridad, permitiendo una autenticación e identificación más segura del firmante, además de que la infraestructura de la tecnología de la FIEL es de clave pública o PKI que se asocia al certificado digital, que es el medio físico, mensaje de datos o registro que confirma el vínculo entre un firmante y la clave privada, esto es, el medio donde se entrega la firma respaldado por un tercero confiable, siendo este, la autoridad certificadora que lo emitió.

 

Una vez comprendidos ambos conceptos, me abocaré a responder las preguntas más frecuentes en torno al uso de la Firma Electrónica:

 

¿Es válida la Firma Electrónica en México? 

Como dije al inicio, el acostumbrado uso de la firma autógrafa en la suscripción de documentos podría deberse a un simple hábito y desinformación, pues disposiciones legales como el Código Civil Federal, Código de Comercio, Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley de Firma Electrónica Avanzada y la NOM-151, reconocen la manifestación del consentimiento por medios electrónicos desde hace ya varios años, así como el uso de las firmas electrónicas.

 

Por ejemplo, nuestro Código Civil Federal desde su reforma, el 29 de mayo del 2000, en su artículo 1803 reconoce a los medios electrónicos, ópticos o cualquier otra tecnología como una forma de consentimiento expreso, esto es, respaldados por dicha disposición, podíamos optar por estas soluciones vanguardistas para manifestar la voluntad desde hace ya 22 años.

Lo mismo sucede con la firma de actos mercantiles, pues el Código de Comercio desde el 2003 regula el uso de este tipo de herramientas digitales. Entonces, en resumidas cuentas, la respuesta es SÍ, la validez de la Firma Electrónica en nuestro país es una realidad desde hace más de 20 años, reforzando y tomando mayor aceptación con la creación de la Ley de Firma Electrónica Avanzada en 2012 que nos otorgó los parámetros y directrices para su uso y validez.

 

¿Es segura?

Completamente, ya sea con el firmado simple o el avanzado, pues ambos generan registros electrónicos que permiten la identificación y autenticación del firmante, la hora y fecha en la que la firma se registra, así como su dirección IP, tornando de seguridad y validez a una transacción en comparación con una firma autógrafa.

 

Ahora bien, ¿Cuáles son sus ventajas? 

El uso de la Firma Electrónica otorga mayor agilidad en los procesos y reducción de los tiempos de respuesta, permitiendo englobar la prestación de los servicios y/o contratación en tu empresa, ahorrando los tiempos y costos en la gestión y agenda de firmas de los actos que se vayan a ejecutar (reduce el papeleo y costos en el traslado de firmantes).

 

Un mejor control de tus documentos firmados es también otra de las ventajas del uso de la Firma Electrónica, eliminando la exposición al empleo y el traslado de información confidencial tangible.

 

Se disminuyen y evitan errores humanos, esto debido a que la Firma Electrónica a diferencia de la autógrafa, provee de mayor seguridad en la firma de documentos, pues dos de las características más importante de la FIEL es el No Repudio, es decir; la autoría del contenido del documento es innegable por el emisor, así como la confidencialidad, ocasionando con esto una disminución de daños y pérdidas en el patrimonio respecto al riesgo de falsificación de firmas y/o fraude.

Es amigable con el ambiente, pues al reducir el papeleo, contribuirás a un panorama de sustentabilidad en el planeta.

 

Y por último la pregunta del millón, ¿qué actos podemos firmar con Firma Electrónica?

Como es de saberse, tanto el Código Civil Federal como el Código de Comercio, le aseguran validez y legalidad a los contratos celebrados a través de estas soluciones tecnológicas, por lo que podemos utilizar la firma electrónica desde un simple acuse de recibo, hasta la firma de diferentes tipos de documentos comerciales y empresariales, inclusive en la celebración de diversos contratos y convenios, exceptuando de estos la celebración de contratos en donde la ley exige una firma autógrafa o les requiere una forma específica, por ejemplo, la compraventa de inmuebles.

 

Para culminar, de manera muy general me gustaría comentar otro uso que pudiésemos darle a la Firma Electrónica, esto es en el tema de la operación de los fideicomisos a través de la Firma Electrónica. Si bien es cierto, la operación de los fideicomisos se rige ampliamente por las instrucciones de las partes al Fiduciario y en su defecto por el comité técnico, como es de suponerse, estas instrucciones deberán cumplir con las tres más importantes características que son comúnmente conocidas dentro del universo Fiduciario como “Las tres Fs” esto es, FINES, FIRMAS y FACULTADES, que su conjetura deberían ser los primeros filtros para validar y consecuentemente ejecutar la instrucción, sin embargo esto no es completamente seguro debido a las falsificaciones de firmas autógrafas que suelen ocurrir en la operación de los fideicomisos. 

 

En relación con lo anterior, los fiduciarios optan por añadir otro tipo de filtros y seguros que garanticen que efectivamente se trata de una instrucción genuina de las partes o del comité técnico, tales como; llamadas de confirmación y correos y personas autorizadas para instruir. Sin embargo, muchas veces estas medidas no son suficientes a la hora de asegurarnos de la genuinidad de las instrucciones, por lo que tomando en cuenta todas las ventajas que fueron plasmadas en el desarrollo del presente, una solución muy correcta para esta situación sería la de implementar el uso de la Firma Electrónica en la suscripción de las instrucciones al Fiduciario, agilizando también de esta manera la operación.

Fuentes

  • Barreto Zúñiga, L.A. (2011). Evolución de la firma autógrafa a la Firma Electrónica Avanzada. Revista Digital Universitaria. Volumen 12 Número 3. Pág. 5-8. 
  • Ley de Firma Electrónica Avanzada
  • Código Civil Federal
  • Código de Comercio

 

 

Lucely Cruz Sánchez

Licenciada en Derecho y Maestra en Derecho Corporativo.Profesional con más de 8 años de experiencia en el sector Corporativo y Fiduciario, se ha desempeñado como Abogado Corporativo y Ejecutivo de Promoción y Administración Fiduciaria en importantes Instituciones Financieras.

El Fideicomiso como Herramienta de Ejecución en el Crowdfunding

ANTECEDENTES.- 

El Crowdfunding está concebido como un proceso mediante el cual un proyecto empresarial o un emprendimiento, busca establecer financiamiento de la mayor cantidad de aportes, muchas veces no sólo por el monto, sino por el número de aportes, al transformarse en un vehículo legal colectivo. Recordemos que el término  Crowdfunding, proviene de dos palabras en inglés, que son crowd que significa multitud y funding que significa financiamiento.  

Dadas las condiciones actuales de las economías, sobre todo latinoamericanas en las que la crisis financiera ha desbordado cualquier proyección pesimista, es necesario el desarrollo y presentación de alternativas y de mecanismos de inversión que permitan acelerar los procesos  de creación de proyectos, de emprendimientos y también de apoyo a determinadas necesidades, incluso de corte social o de beneficencia, que se deseen implementar. 

Inicialmente los proyectos, empresas y emprendimientos suelen financiar  la totalidad de la operación o  una parte mediante la obtención de recursos  propios o de terceros.  En la búsqueda de recursos de terceros,  que apoyen el desarrollo empresarial y comercial, han tomado espacio los conceptos de desintermediación financiera mediante la creación de modalidades, incluso que van más allá de las conocidas, como es el mercado de valores. 

En los últimos años la creación de mecanismos de financiamiento no sólo se ha enfocado hacia temas comerciales o financieros, se han incorporado a este proceso temas de apoyo social e incluso de beneficencia, que requieren formas o alternativas para su ejecución. Para efecto del presente artículo, nos enfocaremos netamente en temas comerciales y financieros. 

Es aquí donde el Crowdfunding se presenta como una alternativa interesante no sólo de desintermediación financiera, sino de que los intereses de las partes puedan enfocarse más allá de requerimientos financieros y también en apoyo, con base a la experiencia y el conocimiento de una de las partes para poder llegar a obtener los resultados que se buscan.  

Estos conceptos aceleran las políticas de inclusión financiera y también de la democratización de las sociedades, que en el caso de América Latina son eminentemente familiares. Una de las bases sustanciales del manejo de los procesos de crowdfunding son sus plataformas o mecanismos de inversión.  

Considero que el analizar los esquemas tecnológicos de sus plataformas, quizá requiera otro tipo de acercamiento, por lo que el presente artículo evoca al apoyo que pudieran dar los esquemas fiduciarios a estos procesos de financiamiento y cómo poder lograr establecer mecanismos que garanticen la ejecución del proyecto que emana o que se genera del Crowdfunding.

¿QUÉ ASPECTOS SE DEBEN MITIGAR EN UN PROCESO DE CROWDFUNDING?  

Como cualquier actividad los riesgos existen. Los riesgos no se eliminan, se mitigan o se buscan reducir a su mínima expresión.  Los potenciales riesgos existen tanto para quienes fondean la operación como para quienes reciben esos recursos. 

Los riesgos para quienes reciban los recursos están en su correcta ejecución y en poder determinar en el tiempo que lo consideren, si el proyecto de inversión rendirá o tendrá los resultados esperados.  Estos recursos pueden entrar por la vía de crédito, de equity o patrimonio y también de una manera mixta.  

MITIGACIÓN DE RIESGO PRE OPERATIVO Y OPERATIVO.-  En un proceso de Crowdfunding podrían existir  2 etapas. Una etapa pre operativa, que busca un punto de equilibrio en la consecución de los recursos para arrancar el proceso de inversión, y la otra, el proceso en sí. 

Es aquí en donde los mecanismos fiduciarios aparecen y nos pueden aportar diversas formas de mitigación de riesgo. Para la primera etapa podríamos establecer un mecanismo de encargo fiduciario, en donde no existe el traspaso de la propiedad a la fiduciaria y el constituyente o adherente a este encargo mantiene la propiedad hasta que lleguen a establecerse, por ejemplo, un valor a un punto de equilibrio financiero o un número determinado de partícipes. 

Al llegar a este punto de equilibrio, se podría establecer la entrega de la propiedad de los recursos, ya sea a un fideicomiso para que éste pueda llegar a estructurar y ejecutar otros temas, no inherente de manera directa a la operación que recibió los recursos,  tales como derechos políticos y económicos dentro del vehículo legal que percibió la inversión, e incluso mecanismos de salida.  

También podrían traspasar la inversión desde el encargo directamente al vehículo legal del crowdfunding .   Con este simple ejemplo, ponemos en consideración la versatilidad y flexibilidad que pueden llegar a tener los mecanismos fiduciarios. 

TIPOS DE FIDEICOMISOS A ESTRUCTURARSE.-  Los fideicomiso que podrían estructurarse para estos proyectos, podrían ir desde fideicomisos de administración de inversión, de administración de flujos  e incluso fideicomisos de ejecución de determinadas instrucciones, que las partes  pudieran haber decidido desde el inicio de la operación del mismo. 

A diferencia de la titularización que resulta de movilizar activos que generan recursos, pero cuyo nivel  o grado de rotación es menor, en el tema del crowdfunding partimos con la no existencia de los recursos, pero la administración de estos recursos pudiere ser similar o estructuralmente parecido a los esquemas de titularización en los que existan las determinadas prelaciones o cascadas de pago, que permitan el cumplimiento de las obligaciones existente para quienes  han colocado los valores. Este es un ejemplo claro de un fideicomiso de administración. 

En el caso de que fuere un proyecto no de crédito sino de equity, la percepción y los niveles de riesgo son diferentes al crediticio y también las expectativas de retorno a esa inversión. El esquema fiduciario de administración, podría establecer que en el caso de existir los valores, condiciones y formas de ejecución de estas recompras, se reflejarían de manera directa o a través de terceros.  

En este mecanismo se busca asegurar  que el fin se concretó a través de un tercero idóneo, como es el ente fiduciario. Todo dependerá también del vehículo legal establecido desde un inicio.  Pueden darse casos de recompra de valores por parte de este vehículo (acciones en tesorería), o el colocar dichos valores a un partícipe mayoritario.  Podemos ver como en este caso, la figura de financiamiento es un híbrido entre crédito y equity, pero su ejecución se trata de asegurar en un mecanismo fiduciario.  

Recordemos siempre que cualquier proyecto de crowdfunding, por lo general,  tiene un principio y un fin.  El fin debería ser que el proyecto pueda cumplir las metas estructuradas en un principio; y, si se  busca un crecimiento mayor se podría repetir el mecanismo.  Estas propuestas pueden o no llevar los mismos esquemas fiduciarios planteados en un principio y serán similares a lo que se denomina rondas de inversión en ciertos proyectos.

Uno de los aspectos que muchas veces tiene peso en la apertura societaria, sea ésta provisional o definitiva, es el control de los derechos sociales, políticos y económicos para los nuevos inversores.  Es común que muchos de ellos no estén interesados en la participación de la administración del negocio, sino, que simplemente son aportantes y como tales sólo requieren que se cumplan las ofertas de retorno de la inversión.  

A través de un fideicomiso, ya sea de manera individual o colectiva, se pueden establecer parámetros bajo los cuales la administración de esos derechos no económicos, se los realice por parte de un fideicomiso de administración, bajo instrucciones previamente establecidas en el contrato inicial de inversión.  Es la voluntad de las partes la que prima en este mecanismo y su facilidad de ejecución será fiduciaria.  

CONCLUSIONES.-   

Los mecanismos fiduciarios son una interesante alternativa de mitigación de riesgo, que permiten incluso tener un mejor desarrollo de comercialización y mercadeo de un proceso de Crowfunding, ya sea desde la etapa pre operativa o de la ejecución del mismo. 

La gestión fiduciaria podría incluso ir más allá de las dos etapas señaladas, incluyendo -sin limitar-, aspectos relativos; ya sea al pago de las obligaciones contraídas o  bien, a estructurar procesos parasocietarios que permitan el correcto desarrollo y desenvolvimiento del Crowdfunding.   Recordemos siempre, que las estructuras fiduciarias son procesos que se estructuran a la medida  y requerimientos que estipulan las partes en este tipo de negocios. 

Las diferentes figuras fiduciarias que pudieran llegar a estructura fiduciaria, ya sea a través de encargos fiduciarios, del propio fideicomiso de inversión o de administración, ofrecen mecanismos idóneos, para que tanto inversiones como inversionistas, puedan plantear sus necesidades dentro de una plataforma de crowdfunding que permita desarrollar el esquema con más facilidades.

La estructura societaria nos permite establecer los potenciales riesgos que pudieran llegar a presentarse dentro del inicio de una operación y a mitigarlos en una gran medida, al establecer parámetro de su ejecución y administración.

Los fideicomisos, otorgan una mejor visualización y una mejor condición de la seriedad en el manejo de los recursos al tener que reportar a un tercero el uso y estructura de los recursos conforme se estableció en el convenio inicial de captación de estos valores.

En fin, la versatilidad fiduciaria y el poder establecer “trajes a la medida”, permite que en un proceso de crowdfunding, se puedan establecer los mecanismos que  pudieran requerirse, en anuencia de la partes, y sobre todo, que no perturben el fin común y que sus costos y estructura tampoco lleguen a afectar la rentabilidad del vehículo legal establecido a través del crowdfunding.

Este es un pequeño acercamiento de lo que se podría lograr con estas dos figuras de inversión y control, en el ámbito fiduciario. 

5 Tendencias del 2020 según Linkedin y su aplicación al mundo fiduciario

Autora: Genoveva B. Franco Aguado.

La red social de los negocios nos sorprendió éste diciembre comunicando a sus suscriptores un estudio en el cual, conforme a los feeds de los usuarios, se identificaron las grandes ideas que definirían el año 2020 y en Mundo Fiduciario no quisimos pasar la oportunidad de compartirla con Usted, querido lector, y cómo podríamos aplicar éstas tendencias en el mundo de los fideicomisos.

 
 
 

1. El tiempo se convierte en un beneficio cada vez más valorado.

 

Es un hecho que el mundo está cada vez más acelerado y el tiempo es primordial al momento de cerrar negocios. Tanto el cliente como el empleado fiduciario valoran cada vez más el tiempo personal, por lo que la productividad efectiva es indispensable al momento de hacer negocios.

 

El trabajo flexible en algún momento se consideró como un privilegio de unos pocos empleados, sin embargo hoy en día se trata de una demanda general, y es necesario que los procesos fiduciarios estén preparados para cubrir con éstas cuestiones.

 

No se trata, ni se ha tratado, del tiempo que se le dedique al cierre de un negocio, sino que el mismo pueda realizarse de la manera más sencilla en el menor tiempo posible. Para esto, la automatización de procesos juega un papel fundamental en la organización fiduciaria, ya que muchas veces la falta de procesos automáticos hacen de distractores y consumen tiempo valioso.

 

La clave para que esto funcione es que los empleadores y empleados encuentren formas de trabajo más eficientes.

 

2. Salud mental en el ámbito laboral.

 

¿Sabían que la depresión y la ansiedad solas le cuestan a la economía mundial cerca de $1 Billón de Dólares en pérdida de productividad al año? Éste dato, tomado de la Organización Mundial de la Salud, nos indica que el cuidado de la salud mental es un tema urgente, sin embargo al día de hoy sigue siendo incierto, ya que hablar sobre salud mental en el trabajo podría malinterpretarse y plantear cuestiones de privacidad, responsabilidad legal y discriminación, por tanto por motivos mentales, sólo el empleado tendría que ser quien comenzara la conversación.

 

En México, en octubre del presente año salió publicada la Norma Oficial Mexicana emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social NOM-0035, misma que tiene como objetivo establecer los elementos de identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo. Los especialistas se han pronunciado en diversos estudios que es indispensable una buena salud física y mental para un buen desempeño, y, por ende, una buena productividad laboral, por lo que ésta Norma jugará un papel fundamental en las organizaciones para mejorar el ambiente de trabajo dentro de las organizaciones. Es fundamental que en 2020 se crea una cultura de apoyo, con confidencialidad, un plan de adaptación y beneficios similares a los de la cobertura de la salud física, y actuar como líderes en lugar de jueces.

 

3. Tu habilidad para concentrarte será tu aptitud más importante.

 

Si alguna vez te sorprendiste mirando tus redes sociales en hora laboral, déjame decirte que no estás solo. De acuerdo con un estudio de Udemy, dos tercios de los trabajadores admitieron mirar su teléfono durante al menos una hora durante su día laboral, lo cual genera un gran costo tanto como para el empleado como para el empleador.

 

“Aunque las distracciones no son necesariamente tu culpa, son tu responsabilidad” escribe Nir Eyal, autor de “Indistractable: How to Control Your Attention and Choose Your Life”. Eyal ofrece estrategias para ayudar a mantener la concentración: Dominar la curiosidad, planificar el día a día y hacer pactos con uno mismo para no caer en distractores, incluyendo controlar el uso de la tecnología.

 

Como hemos mencionado, la productividad jugará un papel vital en las organizaciones, por lo que eliminar la procrastinación será el verdadero reto de todas las instituciones fiduciarias.

 

4. La Inteligencia Artificial como forma de hacer negocios.

 

Estamos siendo testigos del surgimiento de las primeras compañías de escala sobrehumana, empresas donde son tantos usuarios que el volumen de trabajo necesario para su evaluación y procesos alcanza un nivel inmanejable por seres humanos. Para éstas empresas, la inteligencia artificial es la única manera de gestionar sus negocios.

 

En el Mundo Fiduciario es indispensable la utilización de las herramientas tecnológicas para el mejor aprovechamiento y productividad de los negocios. Desde la búsqueda en listas negras hasta el manejo de un buen CRM para prospectar, sin duda nos estamos volviendo cada vez más tecnológicos.

 

El gran desafío del 2020 será empezar a entender mejor los efectos y alcances de la inteligencia artificial y aprender a vivir con ella.

 

5. El 2020 será el año en que los humanos seremos “más humanos”.

 

Cada día más tareas repetitivas se automatizarán y los humanos tenemos que descubrir qué hacer con nuestra capacidad humana en el trabajo. El próximo año será clave porque necesitaremos más herramientas para re- humanizarnos y, al mismo tiempo, aprovechar mejor los recursos de las empresas y lograr una satisfacción total tanto con nuestros clientes como con nosotros mismos. Como consecuencia, debemos prepararnos para ser cada día más creativos, empáticos, pensar estratégicamente, romper jerarquías, conversar, trabajar en equipo y resolver problemas. “Las compañías que incorporen ésta tendencia como parte de su estrategia tendrán más chances de éxito. Quienes ayuden a otras empresas a hacerlo aún más.” Dice Leo Piccioli, escritor y speaker cobre liderazgo.

 

Hablando fiduciariamente, desde el primer contacto con nuestros clientes deberemos estar de la mano con ésta tendencia. Sin lugar a dudas como instituciones fiduciarias es un gran reto el “llegar al corazón de nuestros clientes”, sin embargo, con la ayuda de toda la organización, se puede hacer de éste esfuerzo una realidad.

 

Fuente: https://www.linkedin.com/pulse/20-grandes-ideas-para-2020-estas-son-las-tendencias-que-fabeni/

 
 

“BIVA es un equipo y busca hacer equipo con todos”

BIVA es un equipo que busca incluir, sumar y crear nuevas oportunidades para todos. A un año de haber iniciado operaciones, María Ariza, nos cuenta su experiencia como la primera mujer al frente de un mercado de valores en México, conquistando un terreno, hasta entonces considerado “sólo para hombres”, innovando, transformando, y derribando muros en un sector que antes parecía inaccesible.

María Ariza tuvo la oportunidad de dirigir al gremio de fondos de capital emprendedor y privado, colocando a México en la mente de grandes inversionistas internacionales, y posicionándolo como un país de grandes oportunidades y talento. Actualmente, en el mercado público, desde BIVA, observa una gran oportunidad de lograr objetivos muy importantes, ampliar la cultura bursátil del país, integrar a más sectores al mercado y contribuir a que el status quo se modifique en beneficio de todos.

Tras su arranque operativo en julio del 2018, BIVA ha tenido un primer año de retos fuertes; desde el esfuerzo por cambiar la mentalidad de un mercado hasta entonces monopolizado, hasta la edificación y fomento de una cultura bursátil en México que brinde apertura a sectores potenciales, tanto de inversores como de emisores, anteriormente olvidados. BIVA surge como agente de cambio, presentando una alternativa visible, innovadora y accesible que pretende contribuir al beneficio del mercado y del país.

¿Cómo ha sido para ti ser una de las figuras más importantes del mundo financiero del país?

“El hecho de ser mujer, creo que definitivamente es complejo, implica mucho sacrificio, implica estar comprobando que lo que vas logrando es por méritos propios, y no por cualquier otra situación que no este aparejada a ellos. Me siento muy contenta y muy responsable, porque hoy tengo una posición de liderazgo en donde puedo ir planteando mejores condiciones, mayor apertura y mejores oportunidades para las mujeres. Es un compromiso que tengo conmigo misma, con mis hijas, y con las mujeres con las que me toca convivir.”

¿Que valor agregado le aportan las mujeres al sector financiero?

“Tenemos muchísimas cosas que aportar, tenemos una inteligencia emocional distinta, complementamos los puntos de vista de los hombres, tenemos diferentes apetitos de riesgo, diferentes ángulos de medir cosas, podemos tener discusiones muy nutridas y tomar decisiones en función de la diversidad. Somos originales, creadoras, innovadoras, trabajadoras, eficientes; ¡Mi equipo está lleno de mujeres!”

Con una palabra, describe el impulso que te permitió llegar hasta donde estas hoy:

“Valor”

¿Qué cualidad de BIVA te representa más?

“Cambio”

¿Cuál es la fortaleza de BIVA?

Integración. BIVA quiere hablarles a los diferentes grupos de personas que están allá afuera que oían hablar del mercado bursátil como si fuera algo lejano, como si fuera para millonarios, o como si no tuvieran entrada, cuando en realidad esta es una oportunidad para todos.

¿Cómo facilita BIVA el proceso de ingreso a bolsa para las empresas?

Nosotros tenemos el compromiso de ser un aliado para la empresa, y por ello hicimos el programa “Acompañamiento 360”, en el que caminamos junto con la empresa desde que tiene la motivación de entrar al mercado, hasta su vida posterior a la emisión.

¿Que áreas de oportunidad vio BIVA ante la Bolsa Mexicana de Valores?

Te diría que, si bien algo se hacia, definitivamente había mucho por hacer, entonces realmente BIVA contribuye y complementa lo que se hacía, ofreciendo alternativas positivas e innovadoras, que van a lograr que poco a poco las cosas caminen al beneficio de las dos bolsas, del mercado y del país.

¿Qué resultados ha dado BIVA hasta el día de hoy?

Ya hemos tenido muy buenos resultados. Tenemos prácticamente 50 mil millones de pesos financiados, ya tenemos 10% del mercado en operaciones, y creciendo. Pienso que los resultados se van a ir notando más en el mediano plazo, no son inmediatos, es construir, es educar, es regenerar todo un sistema, y ojalá podamos ir viendo más resultados en los próximos meses.

¿Qué es lo que hace falta para que el mercado bursátil este en boca de todos?

Este es un trabajo en equipo y todos tenemos que participar, tanto los empresarios, inversionistas, intermediarios, las bolsas, las instituciones educativas, y también un gobierno que nos genere certidumbre, un ambiente propicio de inversión, y nos provea de mejores condiciones competitivas, regulatorias y fiscales. BIVA es un equipo y busca hacer equipo con todos.

¿Cuál es tu opinión acerca de los proyectos de gobierno que buscan construirse como FIBRAS?

Creo que el gobierno puede ser un semillero, pero definitivamente necesita que la inversión privada catapulte la magnitud que tienen todos estos proyectos, donde podemos colaborar con un proyecto que es nacional y que debe de ser algo en lo que todos nos sumemos como país.

¿Cual es tu opinión acerca de la Ley Fintech?

Me gusta pensar que México fue muy vanguardista con esta ley. Creo que, al día de hoy, México no debiera verse sin las fintech, las fintech son los brazos que permiten una mayor inclusión financiera a nivel nacional, y es a través de ella que realmente vamos a ver un mayor crecimiento como país. BIVA se visualiza de la mano al 100% con las fintech en su crecimiento, me encantaría poder financiarlas a través de los mercados, a través de BIVA, y con ello contribuir al crecimiento de las PyMEs de México.

La nueva plataforma de pagos digitales (CoDi)

Autores: Irving Peña, Carlos Flores y Adolfo García – Colaboradores en TMSourcing.

“Código Digital (CoDi) permitirá hacer pagos de bienes y servicios mediante un teléfono celular.”

2019 nos traerá una nueva forma de hacer pagos, a través de la nueva plataforma de Banxico denominada Cobro Digital (CoDi). Está plataforma tiene el objetivo de permitir realizar pagos de bienes y servicios a través de celulares inteligentes o vía web, brindando un medio de pago seguro y eficiente al público en general.

Con este proyecto, Banxico en conjunto con el Gobierno de México buscan brindar mayores beneficios de los comercios y personas usuarias de los servicios de pago electrónico, así como de aquellos segmentos de la población que, a la fecha, no forman parte del sistema financiero formal, brindándoles un acceso al sistema financiero a través del móvil.

Para aclarar el punto anterior, es importante mencionar que el número de personas con teléfonos inteligentes es el doble del número de personas que tienen una cuenta bancaria, cabe mencionar que la CoDi contempla no únicamente las compras presenciales, si no también las compras de bienes y servicios no presenciales, incluso pagos de servicios recurrentes.

La plataforma CoDi se encuentra en pruebas piloto actualmente y se espera que sea obligatoria para las instituciones de banca múltiple a partir del último día de septiembre de este mismo año, incluso, CitiBanamex comentó que a finales de abril se encontrará lista para realizar pruebas reales.

El Banco de México también adelantó que más adelante se permitirá el desarrollo de plataformas compatibles con CoDi para desarrolladores distintos a los participantes.

¿Cómo funciona CoDi?

La plataforma CoDi utiliza el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI), el cual permite realizar pagos electrónicos de manera segura y en tiempo real (5 segundos en promedio), en un esquema donde el pago (de hasta 8 mil pesos) es solicitado por el vendedor desde su teléfono (QR o NFC) o desde internet y el comprador autoriza dicho pago desde su teléfono celular.

Para hacer uso de CoDi, se requiere que los compradores cuenten con un teléfono inteligente con la aplicación móvil de su institución financiera participante en CoDi instalada y una cuenta en la misma. Dicha cuenta podría ser nivel 2, lo que permite que su apertura no se tenga que realizar en una sucursal.

Por otro lado, el vendedor únicamente requiere contar con su código QR (puede ser una impresión) y un teléfono inteligente o algún dispositivo con aplicación CoDi para generar las solicitudes de cobro (incluso se podría hacer desde un portal para ventas por internet).

Beneficios de la plataforma CoDi

Los principales beneficios de la plataforma CoDi se enfocan a los comercios, al ser un pago electrónico sin comisiones a diferencia de las altas comisiones que se cobran por el procesamiento de pagos con tarjeta, así como la disponibilidad de los recursos de forma inmediata sin tener que preocuparse de los contracargos.

Las Fintech y los Fideicomisos

Autor: Guillermo Donjuán Aguirre – Subdirector de Ingeniería Fiduciaria.

Como sabemos el año pasado se publicó la Ley Fintech, que tiene como objetivo principal regular la operación de las Instituciones de Tecnología Financiera (“ITF”), así como las operaciones con activos virtuales (criptomonedas) previamente aprobadas por Banco de México.

Dentro del ordenamiento legal citado, se regulan dos tipos de ITF: (i) Instituciones de Financiamiento Colectivo (crowdfunding), y (ii) Instituciones de Fondos de Pago Electrónico (electronic wallets), que pasaremos a detallar:

(i) Instituciones de Financiamiento Colectivo (crowdfunding): Son las instituciones que tienen como objeto poner en contacto a solicitantes de recursos e inversionistas, a través de aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de internet, o cualquier otro medio de comunicación electrónica o digital, para que los inversionistas otorguen financiamientos a los solicitantes conforme a los siguientes esquemas:

(a) Financiamiento Colectivo de Deuda: Los inversionistas otorgan préstamos, créditos, mutuos, o cualquier otro financiamiento causante de un pasivo directo o contingente a los solicitantes, el cual que deberá ser pagado, generalmente con intereses;

(b) Financiamiento Colectivo de Capital: Los inversionistas compran o adquieren títulos representativos de los solicitantes; y

(c) Financiamiento Colectivo de Copropiedad o Regalías: Los inversionistas y solicitantes celebrarán entre ellos contratos de asociación en participación o cualquier otro tipo de convenio mediante el cual el inversionista adquiere una parte alícuota o participación en un bien presente o futuro, o en los ingresos, regalías o pérdidas que se obtengan de la realización de una o más actividades o de los proyectos del solicitante.

Dentro de operaciones autorizadas para las Instituciones de Financiamiento Colectivo, está la de constituir los fideicomisos que resulten necesarios para el cumplimiento de su objeto social, y todos los esquemas de financiamientos arriba señalados, caben en un fideicomiso, lo que abre un mercado importante de oportunidad de negocios en esquemas asociación entre las Fiduciarias y las Instituciones de Financiamiento Colectivo.

Por otra parte, tenemos:

(ii) Instituciones de Fondos de Pago Electrónico (electronic wallets): Son las instituciones que tienen como objeto la emisión, administración, redención y transmisión de fondos de pago electrónico, incluyendo moneda nacional, moneda extranjera o activos virtuales (criptomonedas), a través de aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de internet, o cualquier otro medio de comunicación electrónica o digital. Las actividades principales para cumplir con su objeto incluyen, entre otras:

(a) Abrir y llevar una o más cuentas de fondos de pago electrónico por cada cliente;

(b) Realizar transferencias de fondos de pago electrónico, cantidades de dinero en moneda nacional o extranjera, o activos virtuales (criptomonedas) aprobadas por Banxico entre sus clientes, y los clientes de otras Instituciones de Fondos de Pago Electrónico, o de instituciones de crédito (bancos); y

(c) Entregar una cantidad de dinero o activos virtuales (criptomonedas) equivalente a la misma cantidad de fondos de pago electrónico en una cuenta de fondos de pago electrónico, mediante el respectivo cargo en dicha cuenta.

En este último inciso cabe señalar que Banxico deberá autorizar los activos virtuales previo a que las ITF y otras entidades financieras los utilicen. Para la determinación de los activos virtuales, Banxico tomará en cuenta, entre otros aspectos, el uso que el público dé a las unidades digitales como medio de cambio, el tratamiento que otros países le den a las unidades digitales particulares como activos virtuales, así como los convenios, mecanismos, reglas o protocolos que permitan generar, identificar, fraccionar y controlar la replicación de dichas unidades.

Adicionalmente, Banxico definirá las características de los activos virtuales, así como los términos y condiciones y restricciones de las operaciones y demás actos que se puedan realizar con los mismos, mediante disposiciones secundarias.

Finalmente, las ITF que operen con activos virtuales deberán revelar a sus clientes los riesgos inherentes de los activos virtuales, incluyendo que el activo virtual no es moneda de curso legal y no está respaldado por el gobierno federal ni Banxico.

La ley establece para las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico le siguiente obligación respecto de las cantidades de dinero que reciban de sus Clientes para la realización de las Operaciones contratadas.

Las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico estarán obligadas a mantener los recursos propios segregados de los de sus Clientes, así como mantener estos últimos identificados por cada Cliente. En todo caso, mientras las ITF mantengan dichas cantidades bajo su disposición sin que las hayan entregado al beneficiario o destinatario, o bien, transferido a otra entidad facultada para participar en servicios de pago a que haya lugar, deberán depositar dichas cantidades, a más tardar al final del día en que las hayan recibido, en cuentas de depósito de dinero a la vista abiertas a nombre de la institución de que se trate en una Entidad Financiera autorizada para recibir depósitos de dinero, las cuales deberán ser distintas a aquellas donde se mantengan los recursos propios de la operación de la ITF, o emplearse en operaciones de reporto solo con Valores emitidos por el Gobierno Federal o el Banco de México celebradas con instituciones de crédito a plazo de un día renovable conforme a lo que convengan al efecto, o bien afectarse en un fideicomiso de administración constituido para tal fin, que únicamente lleve a cabo las referidas operaciones de reporto.

Esta última obligación, se abre otra ventana de oportunidades para las Fiduciarias en México para la creación de esquemas de fideicomisos ya se para el manejo de fondos de pago electrónico o bien para segregar los recursos propios. de los de recursos de sus Clientes.

Así que la Instituciones de Tecnología Financiera podrán estar en el tercer milenio, pero la herramienta milenaria del Fideicomiso será un gran auxiliar en el cumplimiento de sus fines.