La importancia de saber quiénes son los buenos y quiénes no.
Autor: TEP. Adolfo González Olhovich, Presidente del Consejo / CEO TMSourcing
1. Introducción Mientras observo lo olivos en mi viaje de Granada a Sevilla no dejo de pensar el cambio que estamos viviendo en el negocio de la Planeación Patrimonial. Veo con preocupación y me ocupo, con mí equipo, para encontrar soluciones a lo que está sucediendo dentro de las Instituciones Financieras y en particular aquellas dedicadas a banca patrimonial o privada, para poder cumplir con los requisitos de trasparencia que exige hoy el mundo. La época donde los sistemas y la estadística hacen sencillo el intercambio de información está marcando un hito en el mercado, tanto para la autoridad, como para las Instituciones Financieras y sus clientes. Sin duda será un sisma en el negocio a nivel mundial que costará tiempo, dinero y mucho esfuerzo.
2. Antecedentes Primero analicemos cómo se diseñó el sistema de banca privada a nivel mundial. Nace cuando aquellas personas con excedentes de dinero, para fines del presente lo llamaremos HNWI por las siglas en inglés de High Net Worth Individuals, buscando: a. Resguardo de su patrimonio, b. Protección en caso de contingencia, c. Confidencialidad, y d. Obtener un retorno o premio inversión Deciden invertir a través de bancos y casas de bolsa, los Intermediarios Financieros, en diferentes jurisdicciones. Ya que los banqueros, profesionales en el tema de prestar dinero, se dan cuenta que al ellos recibir los ahorros de estas personas y luego prestarlo, tiene como resultado un margen financiero muy interesante.
Así los Intermediarios Financieros diseñan e implementan elaborados planes de inversión tanto en deuda como en capitales para sus clientes HNWI. Logrando dos negocios: La captación, el negocio pasivo de la Institución Financiera de recibir dinero o valores y cobrar por ellos y la colocación u otorgamiento de créditos, negocio activo donde se cobran comisiones e intereses.
Es importante dimensionar el mercado, por ejemplo en México en 2014 los activos que se administran en la Bolsa Mexicana de Valores, de personas físicas y morales, están alrededor de los $550,000 millones de dólares americanos en diferentes esquemas que financian la operación de sociedades mercantiles y del gobierno; no obstante esta cantidad no es el mercado más grande de Latinoamericana y es pequeño frente a otros en el mundo.
De los cuatro elementos antes mencionado, el tema de confidencialidad logró que algunos HNWI buscaran opciones con mayor grado de secrecía:
A) Suiza, por ejemplo, al ser un país neutro con una legislación robusta y con un importante negocio financiero decidió ir más allá, obtuvo la fama del ser el país más secreto e incluso creó cuentas donde un número era la llave a la misma sin que los empleados del sistema financiero tuvieran acceso a la información de los Últimos Beneficiarios.
B) Los ingleses, miembros de Commonwealth, holandeses y norteamericanos no dejaron ir la oportunidad y lograron efectos similares con el uso de sociedades, civiles y mercantiles, generalmente trasparentes fiscalmente. Así muchos de los países del Caribe, algunos miembros de la Commonwealth ubicados en los mares que rodean Inglaterra, y algunas otras jurisdicciones crearon un negocio financiero importante.
Unos incluso solucionaron temas de interdicción, incapacidad y de herencia usando fideicomisos. Por lo que generalmente encontramos que los activos son propiedad de la compañía, las acciones de ésta o los intereses, semejantes a partes sociales, son propiedad del fideicomiso. Al igual que al mantener la cuentas a título personal y en ambas aproximaciones, antes mencionadas, ninguna de las partes preguntaba la procedencia de los recursos, ni el uso que se le daría y mucho menos si los recursos habían pagado impuestos; eso era tema del cliente y negocio era la captación y la colocación de recursos.
En virtud de lo anterior muchas instituciones se diseñaron en base a estándares de secrecía y alta confidencialidad, eliminando de sus procesos el compartir información con el exterior o aún menos con la autoridad. Paradigmas que hoy cambiaron necesaria y favorablemente, los requerimientos y requisitos son completamente opuestos y hoy tenemos que ser trasparentes.
3. El mundo de hoy trasparente, será un adiós a la corrupción… y evasión fiscal Conforme avanza la segunda década del siglo XXI parece que los escándalos de corrupción, terrorismo y evasión fiscal se han agravado a nivel mundial. Todos sabemos que en España hay varios políticos respondiendo causas penales; la presidenta de Argentina y el Presidente de México están viviendo una situación desafortunada por escándalos de abuso de poder o conflicto de interés según dicen los diarios; la ex líder del Sindicato de los Trabajadores de la Educación, en México tiene imputaciones de Lavado de Dinero; hay autos de formal prisión para notarios por intervenir en operaciones con recursos de procedencia ilícita, así como asesores en inversiones y banqueros en todo el mundo; los empresarios están con miedo de posibles errores que hayan tenido en su contabilidades; la hija del expresidente Venezolano Chávez con presuntas cuentas con cantidades estratosféricas; funcionarios de primer nivel en diversos países del mundo; miembros de la Realeza; equipos de futbol; y el ciudadano común escucha los problemas y no encuentra una respuesta a su situación.
Sin embargo, seguramente no es que las actividades delictivas se hayan incrementado si no que hoy es posible probarlas de manera sencilla y son públicas. Los sistemas de vigilancia, fiscalización, supervisión y de documentación han coadyuvado con la autoridad en su tarea. Un sencillo archivo acaba de revelar “Suisseleaks” (http://projects.icij.org/swissleaks/ o http://www.swissleaks.net/carte-les-demarchages-illicites-de-hsbc/ ) información de miles de HNWI y sus cuentas en HSBC en Suiza, dentro de los que figura un importante número de personajes de nuestro país. Lo que implica que los gobiernos de muchos países mejoraron la foto que tenían del patrimonio de sus gobernados o contribuyentes. Hoy hay una plataforma similar en nuestro país “México Leaks” (https://mexicoleaks.mx/). Usando a México como ejemplo concentremos el tema fiscal y de Prevención de Lavado de Dinero, ya que es la historia que mejor conozco y puedo afirmar que el proceso de fiscalización empezó hace muchos años. La idea de que la SHCP, el SAT o la Unidad de Inteligencia Financiera o de la PGR no tienen nuestra información es algo que suena a romanticismo , en nuestro país las autoridades han trabajado por 10 o 15 años intensamente en saber quiénes somos y cuánto valemos, lo cual ha sido reconocido por la OCDE en el Reporte de Trasparencia Fiscal 2014 documento que vale la pena leer y que hicimos del conocimiento del público en general a través de nuestra página (http://www.oecd.org/tax/transparency/GFannualreport2014.pdf).
Si pensamos de una manera ilustrativa y para fines didácticos y no jurídicos que existen cinco tipos de activos que podemos tener nuestro patrimonio los podríamos definir de la siguiente manera:
A) Bienes Inmuebles, que generalmente se inscriben en el Registro Público de la Propiedad que ayuda a dar certeza jurídica pero hace que la información sea pública. Los cuales han sido monitoreados cuando se trasmite la propiedad por más de década y media.
B) Bienes Líquidos, es decir bienes muebles, valores, que son negociados en mercados formales y/o reconocidos, como lo es la Bolsa Mexicana de Valores, la Bolsa de Santiago, la Bolsa de Bogotá y que están custodiados en Instituciones diseñadas para esto y generalmente supervisadas por la autoridad. Los cuales en México han sido fiscalizados desde 2004.
C) Acciones de compañías privadas, títulos de crédito que representan la parte alícuota de una sociedad. Cuyos actos corporativos relevantes en México se inscriben en el Registro Público del Comercio dándoles la publicidad requerida. Mismas que han sido revidas por la autoridad desde hace más de una década al fiscalizar los actos corporativos hechos por los accionistas.
D) Derechos que sean susceptibles de tener un precio o valor en el mercado, tanto aquellos otorgados por la autoridad, una marca; como aquellos que nacen de otros actos jurídicos privados como los derechos al cobro derivados de un contrato de Prestación de Servicios de Trasporte.
E) Otros, todos los demás bienes de los cuales podamos ser propietarios y que son considerados parte de nuestro patrimonio. Quizás de los que menos información tienen en la actualidad las autoridades en la materia es a los que llamamos “Otros”, pero los primeros cuatro están bien fiscalizados y en algunos casos la información se encuentra con tal detalle que nuestros archivos personales son pobres o pueden dar pena frente a los de la autoridad. Quizás los sistemas no son perfectos aún, pero están cerca o en muy poco tiempo llegarán a serlo; empresas como Oracle promueven en su página web productos que prometen a los países fiscalizar mejor a sus contribuyentes.
Entendiendo que la tecnología informática dobla su potencia cada dos años, sin duda podemos afirmar que estamos ya en la era de la trasparencia. Por su parte los registros públicos, tanto el Registro Público de la Propiedad, donde se registran los inmuebles; como del Registro Público del Comercio han invertido en sistemas; a los notarios se les han impuesto obligaciones de información; las sociedades tienen que atender una serie de requisitos de registro en el Registro Público del Comercio; muchas actividades son vistas como una Actividades Vulnerables en materia de Prevención de Lavado de Dinero, reguladas de manera específica por una Ley especial en materia de prevención de lavado de dinero; y así podemos seguir enumerando temas que hoy son una realidad y que llevarán a la autoridad a tener un mayor control de sus contribuyente en muy breve tiempo. Si a lo antes comentado le sumamos que en materia fiscal México ha suscrito:
A. Más de 11 Tratados Internacionales que tenemos sobre Intercambio de Información;
B. Más de 33 Tratados Internacionales para Evitar la Doble tributación; C. La Convención Multilateral de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, sin duda el documento fiscal más comprometedor que existe en materia de impuestos;
D. El anexo de la Declaración de G20 de San Petersburgo 2013;
E. El estándar para el Intercambio Automático de Información Financiera en Materia Fiscal;
F. Los acuerdos para mejorar el cumplimiento fiscal internacional, incluyendo el acuerdo de FATCA con los Estados Unidos de Norte América a través del cual cualquier persona que hubiere ganado más de $10.00 USD en intereses durante 2014 será incluido en la lista que recibirá la SHCP el próximo año.
Entre otros, más las cerca de 48 normas internacionales: tratados, convenciones, memorandos de entendimiento, y demás documentos que rigen la materia de Prevención de Lavado de Dinero, blanqueo de capitales, y el financiamiento al terrorismo, lo cual ya se encuentra comprendido en la propia normatividad nacional.
No lleva a concientizar que el manejo de información, no es público pero tampoco es tan secreto, ya que aproximadamente 131 países tienen forma de acceder a ella, algunos de manera automática y otros a través de complejos procesos administrativos o judiciales, según sea el caso. Lo importante es sabe que cualquiera de los delitos, incluyendo los fiscales, será fácilmente identificable y perseguible. Por esta razón el padrón de contribuyentes aumentó de manera importante en 2014, y la recaudación ha seguido esos pasos en 2015.
De 2015 en adelante la SHCP tendrá nuestra información en línea, la Contabilidad Electrónica entre otras medidas, lo que proporcionará a las autoridades fiscalizadoras, lo que podríamos llamar algo así como un video de alta calidad y en tiempo real.
4. ¿De quién es el problema? El problema es de todos los participantes ya que:
A. El Cliente o HNWI necesita cubrir sus necesidades de confidencialidad pero de manera inteligente, debe aprender a manejar su patrimonio, conocido como el Weath Management; y pensar cómo lo gastará, término relativamente nuevo el Weath Spending. Cumpliendo con las disposiciones fiscales. Los contribuyentes deben de cuidar y estar conscientes de su residencia fiscal, ya que en algunos casos pueden llegar a ser considerado como Residentes Fiscales de otro país al que contribuyen por tener: a. Nacionalidad, b. Residencia, o c.
En algunos casos por pasar tiempo en un país determinado. Por ejemplo si uno pasa más de 183 días al año en EEUU se convierte en Residente Fiscal de ese país. Por otro lado la familia no debe revelar información a personas que no la tienen que conocer. Lo que implica una tarea de diseño e implementación de cierto tamaño para el dueño del patrimonio, su esposa, su familia y negocios, una Planeación Patrimonial.
B. La Institución Financiera, ya que desde su diseño probablemente no contempló los mecanismos para conocer a sus clientes tanto en:
a. Sus necesidades,
b. FATCA,
c. Cumplimiento de la nueva legislación vigente como en temas de Prevención de Lavado de Dinero, cada vez con mayor fuerza y alcance como lo podemos ver con la reforma financiera del año pasado a través de 34 leyes reformadas cuya finalidad, entre otros aspectos, fue reforzar la prevención del lavado de dinero.
d. Entre otros. Hoy se encuentran con una tarea titánica para lograr los estándares esperados, sólo hay el imaginar la metodología, cantidad horas y personas necesarias en un banco mediano, con 2 millones de clientes, lo que implica.
Así por ejemplo uno de las Instituciones Financiera más grandes de México, tuvo que dejar de trabajar con Pershing uno de los custodios más grande de Estados Unidos de Norte América.
C. Para la autoridad, ya que no sólo tiene que recibir la información de todo el mercado, tiene que archivarla, procesarla, establecer las acciones correctivas, y en su caso responder a las pretensiones de los particulares en tribunales. Por otro lado pueden surgir problemas de competencia económica o monopolios, como por ejemplo los invito en Italia o Grecia a cambiar un billete de €500.00 es un verdadero reto, inclusive en los bancos; prácticamente el efectivo dejó de tener valor y los bancos prefieren no realizar el servicio por los posibles problemas que pueden tener, lo que implica una práctica monopólica si la mayor parte de los bancos llevan a cabo esa actividad.
D. Para los abogados, Asesores en Inversiones, Asesores Independientes, Asesores en Estrategias de Inversión, contadores, fiscalistas, consejeros y directivos de las Instituciones Financieras, y demás personas involucradas, ya que conforme a la normatividad vigente tanto peca el que toma la vaca como el que le jala la pata.
E. Para las empresas o sociedades que reciben los fondos, ya sea en capitales o deuda, ya que si los procesos no se tratan de manera correcta pueden tener riesgos principalmente legales y de reputación.
5. Grados de confidencialidad de acuerdo al número de personas que tienen acceso a ella. Así debemos de establecer diferentes grados de confidencialidad en el entendido de que en todos ellos se deben conocer y atender los canales con las autoridades fiscales conducentes:
A) Público, recomendado para personas que por temas de reputación o de negocios abre su información a los medios. Generalmente son HNWI que tienen una parte importante de su patrimonio invertido en Bienes Líquidos y probablemente formen parte o tengan el control de una Empresa Pública. La Revista Forbes por ejemplo investiga a los millonarios del mundo por muchos medios públicos (http://www.forbes.com/billionaires/list/#tab:overall ).
B) Inversionistas Privados, aquellos que tienen su patrimonio en bienes o derechos, principalmente inmuebles, y acciones de compañías privadas, registrados en Registros Públicos. Es cierto que se necesita algún trámite relativamente sencillo para obtener la información, en prácticamente todas las entidades en México los Registros Públicos de la Propiedad han mejorado sus procesos y se obtiene información; pero en otros países como EEUU y jurisdicciones la información prácticamente está en Internet. No se entrega a los medios los datos, la información es pública.
C) Inversionistas de Empresas Públicas o Bancos, en este caso los registros no son públicos, en sentido amplio. La información, que está muy bien organizada, del propietario de los valores la tienen en sus sistemas el Intermediario Financiero y sus empleados, la autoridad financiera, además de la autoridad fiscal tienen acceso a ella.
D) Último Beneficiario On Shore, algunos Inversionistas usan fideicomisos o sociedades privadas para mantener la propiedad de los bienes o derechos, de esta manera se reduce significativamente el grupo de personas que conocen de la información.
a. Si sólo se tiene un fideicomiso, el equipo del Fiduciario y el Oficial de Cumplimiento tendrán la misma, y b. Si además se tiene una sociedad, los administradores de la misma tendrán la información de los bienes y los empleados del Fiduciario la del Último Beneficiario, dividiendo la información para cada grupo.
En ambos casos es muy importante cuidar el efecto fiscal ya que puede tener diferentes consecuencias, tanto positivas como negativas.
E) Inversionistas de Empresas Públicas o Bancos Off Shore, al igual que lo que pasa On Shore los registros no son públicos y los que conocerán la información serán los empleados de Intermediario Financiero, las autoridades fiscales locales, y gracias a los tratados internacionales la autoridad fiscal del lugar de donde sea Residente Fiscal el HNWI. Un mexicano que tiene una cuenta en Estados Unidos de Norte América no sólo el IRS le llegará su información está también tiene grandes posibilidades de llegar a manos de SAT o de la SHCP.
F) Últimos Beneficiarios Offshore, asimismo se utilizan vehículos como fideicomisos; trust, revocables e irrevocables; compañías; partnerships, similares a sociedades civiles; y Fundaciones de Interés Privado extranjeras u Off Shore, reduciendo aún más la posibilidad, no eliminándose por todo lo que hemos comentado, de llegar a la información del último beneficiario, Pero con una posibilidad alta de caer en temas fiscales complejos, regímenes fiscales preferentes, y de evasión de impuestos.
Asimismo es importante hablar de aquellas Personas:
A) Políticamente Expuestas, son personas que cumplen con las condiciones para ser consideradas como tales por la ley;
B) Funcionarios Públicos, personas que prestan su servicio o son remunerados por el Estado. En ambos casos la información no sólo se compartirá con la autoridad fiscal, sino también debe compartirse con el órgano supervisor o aquel que revisa el actuar de la función pública.
Es importante entender que la confidencialidad también debe de existir una vez que el HNWI esté muerto o incapaz, ya que el patrimonio se trasmitirá y los elegidos, fideicomisario, herederos, legatario, beneficiarios o semejantes y serán quienes tendrán la contingencia de ser los dueños del patrimonio.
6. Precauciones que se deben tomar El mercado siempre está proponiendo estrategias fiscales, unas están más cerca de la realidad que otras y algunas no manifiestan sus riesgos hasta que algunos años han pasado. Por lo que antes de aplicar o implementar alguna de ellas hay que estar seguro de que es lo que se hará. Estando consciente de que la autoridad conocerá parte de la información al mismo tiempo que el contribuyente.
Asimismo los matices de la Reforma Fiscal 2014 se han tratado técnicamente en diferentes foros, los diversos impuestos y sus tasas, las deducciones, los modelos de comercialización, los incentivos fiscales y en general todos los elementos que integra la planeación fiscal se deben tratar con un experto que dé su opinión al caso en específico.
El qué hacer y los pasos a seguir deben de estar muy estudiados por los
expertos que no sólo sean especialistas en temas fiscales en México, sino que estén enterados de los
tratados y convenios internacionales que existen, ya que hoy estas normas tienen un nivel superior a las
normas generales y aunque se encuentran debajo de la constitución salvo en el caso de derechos
humanos que están sobre nuestra carta magna, su aplicación debe ser puntual. Lo anterior conforme a las
últimas contradicciones de tesis emitidas por la Suprema Corte de Justicia
Vale la pena hacer un alto en el camino para analizar qué es lo que debemos estar buscando y cuáles son nuestros objetivos reales. El mercado siempre está proponiendo estrategias fiscales, unas están más cerca de la realidad que otras y otras no manifiestan sus riesgos hasta que han pasado algunos años, entonces la sugerencia es estar lo mejor posible frente a la autoridad fiscal. Por su parte la cantidad de actividades vulnerables, consideradas como tales en materia de Prevención de Lavado de Dinero son muchas, y muchas de ellas tienen que ver con las actividades usuales que tiene un HNWI, como el desarrollo de inmuebles y la renta de los mismos, la compra de arte, joyas, metales preciosos, autos etc. Por lo que es muy importante atender esta normatividad e intercambiar o proporcionar la información correspondiente.
7. Pero ¿Qué puede pasar? Hay tres resultados si la autoridad encuentra áreas de oportunidad en las actividades de un HNWI:
1. Sanciones administrativas o multas, que tienen repercusión directa con el patrimonio ya que lo disminuye y nos puede dejar con una pequeña cicatriz en el expediente.
2. Delitos, que nos pueden privar de la libertad.
3. Extinción de Dominio, procedimiento a través del cual el Estado obtiene la propiedad de bienes o derechos relacionados con algún delito, incluyendo la evasión fiscal; situación que ha dado muy buen resultado tanto en el ámbito nacional como en el internacional Nada mejor que dos ejemplos: Negocio Inmobiliario “Don Gastón Billetes” heredó un terreno en Reforma frente a la Diana. Decide reunirse con Mr Edificio, S.A. de C.V, como Desarrollador; Construyendo Barato, S de RL, como proveedor; y con Super Arquitectos, SC, como arquitectos para hacer un complejo de 30 pisos. Escogen como modelo asociativo un Fideicomiso, con las características de los que se conoce A + B o de Desarrollo Inmobiliario. Así comienzan a firmar contratos de promesa de venta, donde se describía el inmueble y su precio.
El dinero de cada operación entra al fideicomiso y, el Fiduciario previa instrucción del Comité Técnico, dispersa los recursos tal como dice el fideicomiso. Los Fideicomitentes no se preocupan por reportar los ingresos, más a varios de los compradores depositan parte del precio en Estados Unidos, en las cuentas que cada uno tiene allá. Los delitos se podrían investigar el Ministerio Público, son:
A) Evasión Fiscal, ya que puede existir una omisión expresa del no pago del impuesto;
B) Asociación Delictuosa, el artículo correspondiente de Código Penal Federal mexicano dice:
“Artículo 164. Al que forme parte de una asociación o banda de tres o más personas con propósito de
delinquir, se le impondrá prisión de cinco a diez años y de cien a trescientos días multa.
C) Operaciones con recursos de procedencia ilícita, entendiendo que la Evasión de Impuestos es un Delito predicado del de lavado de dinero, fácil de tipificar, dejamos al lector con el artículo 400 bis del mismo Código antes mencionado: “Artículo 400 Bis. Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa al que, por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas:
I. Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, o
II. Oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita. Para efectos de este estudio, se entenderá que son producto de una actividad ilícita, los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente, o representan las ganancias derivadas de la comisión de algún delito y no pueda acreditarse su legítima procedencia.
En caso de conductas previstas en este estudio, en las que se utilicen servicios de instituciones que integran el sistema financiero, para proceder penalmente se requerirá la denuncia previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Cuando la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de sus facultades de fiscalización, encuentre elementos que permitan presumir la comisión de alguno de los delitos referidos en este Capítulo, deberá ejercer respecto de los mismos las facultades de comprobación que le confieren las leyes y denunciar los hechos que probablemente puedan constituir dichos ilícitos.”
Quizás un buen abogado puede cambiar la historia pero la investigación, su atención, riesgos y consecuencias son muy importantes. Cuenta de banco en Estados Unidos de Norte América El Licenciado Benjamin Franklin exitoso abogado hace muchos años abrir una cuenta en ese país por cuestiones de certeza cambiaria, no confió en el peso mexicano. El dinero provino de un juicio que ganó, hace más de 5 años, y del cual le pagaron honorarios, mismos que reportó a la SHCP en su momento y pagó los impuestos correspondientes. Con tres hijos y sin esposa decidió que los tres fueran cotitulares de la cuenta en partes iguales y desde entonces no ha pagado el impuesto de las ganancias de dicha cuenta, intereses o dividendos, ya que entiende que al firmar el formato W-8, no tiene que hacerlo; aun cuando sabe y paga sus impuestos en México como Residente Fiscal. En este caso, además de contemplar los mismos posibles delitos que comentamos en el ejemplo anterior.
Al haber firmado la W–8 por medio de la cual se declara que uno no es Residente Fiscal en aquel país y por lo tanto no se pagan impuestos en dicha jurisdicción, con sus excepciones. Para México la operación puede llegar a ser considerada para la LISR una inversión Régimen Fiscal Preferente y se podría tipificar otro delito por la falta de declaración informativa prevista en el artículo 178 de dicha ley.
8. ¿Beneficio o freno para el sector Financiero? Este cuestionamiento seguirá planteándose por varios años, pero llegó para quedarse con una intención eminentemente recaudatoria, toda vez que generará un mayor pago del impuesto por parte de los HNWI y el impacto aún se desconoce. Claro es el efecto que tendrá en la recaudación de impuestos, lo que esperemos por lo menos beneficie a 9.
Recomendaciones Hacer una Planeación Patrimonial y/ o establecer un Family Office considerando los siguientes riesgos:
1. Fiscal;
2. Legal;
3. Reputacional; de reputación
4. De operaciones;
5. Personal; y
6. De liquidez. Con buenas prácticas corporativas, controles, organización y tecnología que logren mantener la misma de manera puntual y adecuada. Enumerar las diferentes medidas para convertir este artículo en un documento técnico e ineficiente por lo que sin duda alguna hay que acercarse a su fiscalista, Trust and Estate Practitioner o Asesor en Inversiones de confianza para revisar la estrategia para los siguientes años y en su caso corregir el pasado.
Teniendo cuidado de los movimiento que hoy hacemos. Cualquier pregunta o duda será un gusto responde a la misma a través del correo electrónico: info@tmsourcing.com.
10. Definiciones: Empresa Pública, compañía emisora de Valores que se negocia en mercados formales o reconocidos para México o alguno de los países de la OCDE como tales. conforme a lo normatividad vigente. En el entendido que estos documentos generalmente están depositados en una sociedad autorizada para estos fines. OCDE, Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.
On Shore, dentro del país de la principal residencia fiscal. Off Shore, fuera del país de principal residencia fiscal. Multinacional Fiscal, persona que tributa en más de dos países o que es considerado para la legislación de más de dos jurisdicciones como contribuyente. Último Beneficiario, persona que, aun cuando no sea el propietario de bienes, o derechos posee los beneficios de la titularidad o controla los mismos. PGR, Procuraduría General de la Republica de México. SHCP, Secretaria de Hacienda y Crédito Público de México. SAT, Servicio de Administración Tributaria de México. IRS, Internal Revenue Service de Estados Unidos de Norte América. LISR, Ley del Impuesto Sobre la Renta en México. Biografía del Autor TEP.
Adolfo González Olhovich, Presidente del Consejo / CEO TMSourcing Con más de 20 años de experiencia en la prestación de servicios poco comunes con notas legales financieras, y 11 años en planeación patrimonial, y comercialización de negocios corporativos fiduciarios; Adolfo González Olhovich tiene experiencia en la estructuración de vehículos onshore y offshore para clientes Latinoamericanos.
Ha colaborado al mercado fiduciario con diferentes herramientas, como la revista Mundo Fiduciario, eventos y reuniones a nivel nacional e internacional, ha colaborado con diferentes asociaciones en México y Colombia, de igual manera ha fomentado la práctica de la Prevención de Lavado de Dinero en México. Ha impartido más de 30 conferencias en México y en otros países, ha escrito artículos para diversas publicaciones, y trabaja como un miembro independiente del Consejo de Administración de varias instituciones financieras. Actualmente es considerado Trust and Estate Practitioner (TEP) por STEP (Society of Trust Estate Practitioners) y es miembro del comité asesor de STEP LATAM desde 2012, fue designado como Secretario del Comité STEP México. TMSourcing, creada en 2009 y actualmente dirigida por él, tiene gran renombre y reputación en el manejo de proyectos de ingeniería en fiduciaria, Outsourcing Fiduciario y Prevención de Lavado de Dinero.