Mundo Fiduciario

Controles para Prevenir el Lavado de Dinero en México

Autor: Mundo Fiduciario

Por: Fernando Castrejón Hernández

Introducción

Como consecuencia de la globalización económica y de la rapidez con que operan los mercados de capitales, los particulares y las empresas pueden movilizar con relativa libertad grandes cantidades de dinero de un mercado financiero a otro, tanto a escala nacional como internacional, esta libertad ha permitido lavar dinero, obtenido de actividades ilícitas.

Aunque difícil de cuantificar, la magnitud y el alcance de la cuestión, repercuten en la asignación regular de los recursos a nivel nacional e internacional, y en la estabilidad macroeconómica. En los últimos años, el lavado de dinero y las medidas adoptadas para contrarrestarlo han aumentado su importancia.

En diferentes documentos oficiales de organismos internacionales se analiza el costo de las actividades internacionales de lavado de dinero para la economía mundial y se proponen posibles medidas correctivas. Por definición, el lavado de dinero es una actividad clandestina. El dinero “sucio” que pasa por las economías internacionales de capital procede de actividades que suelen escapar del control de las autoridades.

Estas actividades comprenden, entre otras, la producción y distribución ilegal de drogas, el robo, el fraude, las transacciones basadas en información privilegiada, el tráfico de indocumentados, el tráfico de armas, la prostitución etc. Aunque resulta imposible cuantificar con precisión absoluta, se estiman dichos beneficios a escala global en un billón 500 millones de dólares de los E.U.A., o lo que es lo mismo, aproximadamente un 5% del PIB mundial. Además, es probable que el volumen total del dinero lavado sea mayor que el PIB de muchos países. Según algunos especialistas, se observa una relación directa entre la evidencia empírica sobre lavado de dinero a gran escala y la actividad delictiva, según datos de Interpol, en el grupo de países industriales.

Dada la enorme cantidad de recursos vinculados a estas operaciones, han aparecido métodos cada vez más complejos para lavarlos.

Actualmente se utiliza una amplia gama de instrumentos financieros, que suele incluir a bancos y similares, corredores y agentes de mercados bursátiles y cambiarios.

El mayor volumen de dinero lícito que circula con relativa libertad por los mercados mundiales ha permitido que los recursos de origen dudoso se infiltren sin mayores problemas en este circuito, dificultando su detección.

Efectos macroeconómicos

Los datos disponibles parecen indicar que, en algunos países, esta actividad está lo suficientemente generalizada como para ejercer un marcado efecto sobre la macroeconomía. Por lo general, los que lavan dinero no buscan la tasa de rendimiento más alta, sino más bien la plaza o el tipo de inversión que más se preste al reciclaje del dinero obtenido por medios ilícitos, aun cuando ello signifique aceptar una tasa de rendimiento baja.

Transacciones de esta modalidad, contrarias a lo que lógicamente se esperaría, logran a menudo sobredimensionar mercados financieros, bursátiles o inmobiliarios en los llamados “paraísos fiscales”, con consecuencias adversas sobre las tasas de interés y los tipos de cambio.

El Lavado de Dinero

El llamado lavado de dinero es generalmente entendido como los procedimientos llevados a cabo para ocultar el origen delictivo de activos o inversiones o la naturaleza delictiva de una transacción. Existe una aceptación generalizada de este significado que, frecuentemente, conduce a la creencia de que existe un significado legal preciso y acabado del término. Lo cierto es, que la legitimación de bienes y capitales provenientes de actividades delictivas, es un concepto amplio, se trata de una frase abreviada, útil para brindar una descripción genérica de un proceso completo, que ha sido incluso dividido en sus componentes de colocación, estratificación e integración de las ganancias ilegales.

Sin embargo, cuando los instrumentos legales se interpretan para prevenir y controlar el fenómeno del lavado de dinero, se utiliza, generalmente, una terminología jurídica más precisa, por ejemplo “……. el ocultamiento o disfraz de la verdadera naturaleza, fuente, ubicación, disposición, movimiento, derechos respecto de, o titularidad de un bien sabiendo que dicho bien proviene de un delito…….” ( Convención de las Naciones Unidas Contra el Tráfico Ilícito de estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, Viena, 1988).

En efecto, los delitos contemplados en la legitimación de bienes y capitales provenientes de actividades delictivas, incluyen una compleja serie de violaciones de diversas normas regulatorias y penales, tales como las transgresiones a esquemas de información para transacciones y transferencias de divisas, violaciones de los requisitos de registro de intermediario financiero, entre varias otras.

Fundamentalmente se traduce en una conducta de encubrimiento. Convencionalmente, en consecuencia, entendemos por lavado de dinero toda operación comercial o financiera tendiente a legitimar los recursos, bienes y/o servicios provenientes de actividades ilícitas. En términos generales del estudio que se ha hecho de los sofisticados y especializados métodos que se utilizan para lavar dinero, se ha detectado que dicho proceso consta de los siguientes tres pasos fundamentales:

Colocación

Este primer paso, el cual puede ser el más vulnerable para ser detectado, involucra la disposición física de efectivo mediante diversos medios, ya sea invirtiéndolo en una mezcla de negocios legítimos con los ilegales y/o haciendo depósitos en bancos e instituciones financieras.

Estratificación

Una vez efectuado el paso anterior, el dinero se encuentra invertido en el sistema financiero o en bienes y negociaciones, se busca con este paso que es el más complejo, ocultar la fuente de los recursos, mediante múltiples movimientos de fondos entre cuentas, vía transferencias de fondos, entre otros medios.

Integración

Es el último paso, con el cual el dinero ya lavado se integra a la economía ( se gasta o se invierte ) con la apariencia de haberse obtenido de fuentes legales.

Técnicas del Lavado de Dinero

Compañías de Fachada:

Una compañía de fachada es una entidad que está legítimamente incorporada (u organizada) y participa, o hace ver que participa, en una actividad comercial legítima. Sin embargo, esta actividad comercial sirve primeramente como máscara para el lavado de fondos ilegítimos. La compañía de fachada puede ser una empresa legítima que mezcla los fondos ilícitos con sus propias rentas. Puede ser también una compañía que actúa como testaferro, formada expresamente para la operación de lavado de dinero. Puede estar ubicada físicamente en una oficina, o a veces puede tener únicamente un frente comercial; sin embargo, toda la renta producida por el negocio realmente proviene de una actividad criminal. En algunos casos, el negocio está establecido en otro estado o país para hacer más difícil rastrear las conexiones del lavado de dinero.

 

Mezclar: en esta técnica, el lavador de dinero combina los productos ilícitos con fondos legítimos de una empresa, y después presenta la cantidad total como renta de la actividad legítima de tal empresa. La mezcla confiere la ventaja de proveer una casi inmediata explicación para un volumen alto de efectivo, presentado como producto del negocio legítimo. Al menos que la institución financiera sospeche que hay un problema con la transacción ( por ejemplo, determinando que los recibos comerciales son demasiado altos para el nivel comercial de cierta vecindad), la mezcla de fondos ilegales es difícil de ser detectada por las autoridades competentes.

 

Contrabando de Efectivo: esta técnica involucra el transporte físico del efectivo obtenido de una actividad ilegal. El lavador puede transportar el efectivo por avión, barco, o vehículo a través de las fronteras terrestres. El efectivo puede estar en el equipaje, en compartimentos secretos del vehículo, o ser llevado consigo por la persona que actúa de correo. Los lavadores de dinero han demostrado el más alto grado de imaginación para encontrar nuevos medios para mover el dinero en efectivo.
El contrabando de dinero en efectivo, si resulta exitoso, otorga al lavador la ventaja de destruir completamente sus huellas.

 

Transferencias Electrónicas: esta técnica involucra el uso de la red de comunicaciones electrónicas de bancos o de compañías que se dedican a transferencias de fondos comerciales. El uso de transferencias es probablemente la técnica más importante usada para estratificar fondos ilícitos, en términos del volumen de dinero que puede moverse, y por la frecuencia de las transferencias. Los lavadores prefieren esta técnica porque les permite enviar fondos a su destino rápidamente, y el monto de la transferencia normalmente no está restringido. Después de transferir los fondos varias veces, especialmente cuando esto ocurre en una serie de transferencias sucesivas, se vuelve difícil la detección de la procedencia original de los fondos.
Hasta hace poco Estados Unidos no limitaba las cantidades que podían ser transferidas electrónicamente dentro o fuera del país, ni requería informes sobre las transacciones entre cuentas o instituciones financieras.

 

Compras de Bienes o Instrumentos Monetarios con Productos en Efectivo: en esta técnica, un lavador de dinero compra bienes tangibles (tales como automóviles, embarcaciones, aviones, artículos de lujo, propiedades y metales preciosos) o instrumentos monetarios (tales como giros bancarios, giros postales, cheques de caja o de viajero, y valores) con la masa de efectivo que se origina directamente de una actividad criminal. A menudo, el minorista que vende el artículo al lavador lo hace a sabiendas, y hasta podría ser un empleado de la organización ilícita. Posteriormente, el lavador usa bienes comprados para continuar su actividad ilícita (por ejemplo, transporte, escondites, etc.), como método para cambiar las formas del producto, o para mantener un estilo de vida lujoso.

 

Cambiar la Forma de Productos Ilícitos por medio de Compras de Bienes o Instrumentos Monetarios: bajo esta técnica, el lavador de dinero cambia los productos ilícitos de una forma a otra, a menudo en rápida sucesión. El lavador puede, por ejemplo, adquirir cheques de caja con giros bancarios o cambiar giros bancarios por cheques de viajero. Los productos se vuelven más difíciles de rastrear a través de estas conversiones; además, se vuelven menos voluminosos, con lo cual se hace menos probable su detección si se les transporta. En algunos casos, los casinos u otras casas de juego pueden facilitar el lavado de dinero convirtiendo los productos criminales en fichas. Después de un corto tiempo, el lavador cambia las fichas por cheques o efectivo.

 

Establecimiento de Compañías de Portafolio o Nominales (“shelf company”): una compañía de portafolio es una entidad que generalmente existe solamente en el papel; no participa en el comercio ( a diferencia de una compañía de fachada).
En el lavado de dinero, se usan tales compañías para enmascarar el movimiento de fondos ilícitos. Las compañías de portafolio ofrecen la cobertura confidencial de una sociedad anónima, disfrazando a sus verdaderos dueños por medio de una representación nominal tanto para los accionistas como para los directores. Ellas se pueden formar rápidamente y se convierten en entidades legales que pueden dedicarse a cualquier negocio excepto a aquellos expresamente prohibidos por las leyes bajo las cuales se establecieron, o por sus estatutos.

 

Falsas Facturas de Importación/Exportación o “Doble Facturación”: Esta técnica se lleva a cabo sobre declarando el valor de las importaciones y exportaciones. Por ejemplo, si las importaciones desde otro país se sobrevalúan en la factura comercial, entonces, cuando se paga dicha factura, la diferencia entre el valor real de la mercadería y lo sobrevaluado puede ser objeto de lavado. La sobrefacturación de exportaciones permite una justificación legítima de fondos recibidos del extranjero.


Venta de Valores a través de falsos Intermediarios: 

bajo esta técnica el lavador se vende valores a sí mismo a través de un falso intermediario, generalmente una compañía de portafolio. El intermediario hace que suba el precio de estos valores y el lavador puede entonces mostrar una ganancia aparentemente legal.

 

SISTEMA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO

Son muchos en el mundo los países que en su legislación interna ya han adoptado medidas para la prevención y punición de conductas de lavado de dinero. Aun entendiendo que la sanción penal es la última medida de una sociedad en su lucha contra las conductas criminales, en muchos sectores explican que poner énfasis en la prevención supone capacitar a los agentes que intervienen en la actividad económica, mantenerlos informados y constantemente actualizados sobre las tareas específicas a asumir para frustrar la posibilidad de concentración de esas conductas criminales.

 

El esquema de prevención

Objetivo del sistema: el objetivo no es ni más ni menos que reconocer que la importancia de la lucha contra el lavado de dinero tiene como respuesta desarrollar e implementar un eficiente esquema de control que permita detectar clientes en operaciones sensibles al lavado de dinero, y mediante un proceso de investigación, encuadrado asimismo en el sistema de prevención, determinar si “el cliente” es sospechoso de lavar dinero, para proceder luego a su reporte a las autoridades pertinentes. Precisamente, el objetivo del sistema se establece para evitar que la entidad pueda ser utilizada por las actividades del lavado de dinero, mediante la aplicación de herramientas y procedimientos que controlen y verifiquen la veracidad de las operaciones que se cursan en ella. Ello como objetivo global del cual se irán encadenando objetivos particulares para que cada pieza integrante, que permitirán la interacción de las funciones y responsabilidades inherentes a cada elemento componente.

 

Organización del sistema: el primer aspecto integrador del sistema de prevención, o sea, su organización, es el que le da validez y respaldo institucional. El fin propuesto para la organización de un sistema de prevención debe encuadrar en sus contenidos en el “marco legal interno”, estableciendo un ordenamiento de funciones y responsabilidades tanto institucionales como personales de los funcionarios involucrados en la puesta en marcha y ejecución del sistema.

 

Conocimiento del Cliente

En igual grado de importancia se puede citar el “CONOCIMIENTO DEL CLIENTE”, en esta línea se debe dotar de normas, procedimientos, y controles internos encaminados a tener un eficaz y completo conocimiento de los clientes y sus actividades, con el fin de confirmar y documentar la verdadera identidad de los que mantengan cualquier tipo de relación comercial; confirmar y documentar cualquier información adicional, de acuerdo con la valoración de riesgos de lavado de dinero, garantizar que no se realicen operaciones con individuos o entidades cuyas identidades no se puedan confirmar, etc.

 

Identificación de Clientes

La herramienta más importante con que se cuenta para evitar el riesgo de que se involucre y utilice a las instituciones como intermediarios en operaciones ilícitas, es el correcto “CONOCIMIENTO DEL CLIENTE”. Las Instituciones deberán establecer las medidas para recabar la información que les permita tener un conocimiento general del cliente, origen de los recursos que el cliente ingresa a la Institución, uso que se le dará a las cuentas y de su comportamiento transaccional esperado que espera registrar en las mismas. Asimismo, para obtener información acerca de la verdadera identidad de las personas en cuyo nombre se abre una cuenta o se realizan transacciones, se procederá a identificar a titulares, cotitulares y terceros autorizados, por ello se deberán tomar medidas concretas para la identificación y conocimiento adecuado del cliente, mismas que deben observarse tanto al efectuar aperturas de cuentas y contratos como al realizar cualquier transacción.

 

Operaciones relevantes

Definición: Aquella que se realice en billetes y las monedas metálicas de curso legal en los Estados Unidos Mexicanos o en cualquier otro país, así como con cheques de viajero y monedas acuñadas en platino, oro y plata por monto igual o superior al equivalente a 10,000.00 Dlls. de los E.U.A.

 

Operación Inusual

Definición: Aquella operación que realice una persona física o moral dubitativa en razón de su monto, frecuencia, tipo y naturaleza de la operación; al lugar, región o zona en que se efectúe; a los antecedentes y actividad de la persona física o moral; así como a los criterios establecidos en los Manuales y demás comunicados que sobre la materia se emitan y que las Instituciones deberán formular y registrar ante las autoridades. Cabe señalar que para el caso de estas operaciones, además de los instrumentos que comprenden las operaciones relevantes, deben considerarse los cheques, pagarés derivados del uso de tarjetas de crédito o de débito, o los recursos que se transfieran por cualquier medio electrónico o de otra naturaleza análoga. 

 

Operaciones Internas Preocupantes

Definición: Se entiende por Acto u Operación Interna Preocupante toda conducta u operación que asuma o realice un miembro del Consejo de administración, funcionario o empleado de la organización que pueda considerarse como inusual.

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